167 resultados para Laudo necroscópico


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Se comenta la exposici??n ???Reflejos de Apolo??? llevada a cabo en Barcelona en el a??o 2007. Esta exposici??n itinerante permiti?? disfrutar de una muestra de materiales arqueol??gicos (vasos, ??nforas, estatuas, copas, cer??micas, monedas, mosaicos, etc.), procedentes en buena parte del Museo Arqueol??gico Nacional de Madrid (MAN), que giraba en torno a un tema, el del deporte y la competici??n, de la presencia de la educaci??n f??sica en el mundo cl??sico.

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Se plantean algunas preguntas pedag??gicas de la experiencia educativa, las cuales deben hacerse sobre los fines de su acci??n, para pensar c??mo se vive y se quiere vivir en la sociedad y reflexionar sobre c??mo debe ser la educaci??n. Se entiende, pues, que en el segmento temporal de la sociedad moderna a la posmoderna aparezcan una enorme disparidad de propuestas pedag??gicas y educativas desde instituciones a movimientos y metodolog??as, que juntas conforman el universo de las pedagog??as alternativas.

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La globalización y con ella el crecimiento tecnológico ha tenido como resultado el crecimiento del comercio internacional, lo cual a su vez ha generado un desarrollo importante de la Institución del Arbitraje. El Arbitraje Internacional requiere de eficacia en la ejecución del laudo. El problema central de la presente investigación es el vacío legal que existe en el sistema legal ecuatoriano, en relación al procedimiento de homologación, nacionalización o reconocimiento de los laudos arbitrales dictados en el extranjero, para su posterior ejecución. Es importante considerar que la norma interna, no trata de manera suficiente el tema del reconocimiento y posterior ejecución de los laudos arbitrales extranjeros. Los tratados y convenios internacionales suscritos por el Ecuador sobre el tema ayudan, pero no suplen la falta de norma, toda vez que se remiten al procedimiento establecido en la norma nacional. Por lo expuesto, es necesaria una reforma de la ley.

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Este artículo, introductorio al tema, señala la importancia y la actualidad del mismo, distingue entre el juicio declarativo de reconocimiento de las sentencias extranjeras y los laudos arbitrales, los sistemas de reconocimiento y los requisitos de regularidad, el marco legal y los instrumentos internacionales vigentes en Ecuador, el juez competente para conocer del proceso de reconocimiento y la vía correspondiente, los requisitos que deben reunir las sentencias extranjeras y los laudos internacionales para ser reconocidos en caso de que existan tratados y convenios vigentes y en caso de que no existan tales instrumentos, caso en el cual debe aplicarse la reciprocidad o analogía internacional, si cabe pedir la ejecución sin alcanzar previamente el exequatur cuando se amparan en un tratado o convenio internacional, y la ejecución de la sentencia y el laudo reconocidos. Concluye con la lista de los países que han ratificado los instrumentos internacionales de los cuales Ecuador es parte.

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La presente tesis contiene un estudio crítico del sistema de arbitraje en el ámbito nacional, su naturaleza jurídica, los principios que rigen el sistema, la importancia de la autonomía de la voluntad de las partes, las clases de arbitraje y la materia transigible. Constatamos la relevancia y bondades del arbitraje en general y revisamos las características propias de un sistema especializado de arbitraje de consumo. Realizamos un análisis de la protección constitucional a los consumidores, de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor que rige la materia y sus principios. Arribamos así a los mecanismos de solución de conflictos en materia de consumo, concluyendo que hoy por hoy no se encuentran efectivamente garantizados nuestros derechos como consumidores y por ello la necesidad de proponer un mecanismo adecuado para que los consumidores cuenten con una vía efectiva y eficaz de solución de las controversias, que rijan en torno a una relación de consumo. Como señala Cueto Rúa, el común de los ciudadanos considera una desgracia el verse involucrado en trámites ante los tribunales. Sostiene que la hondura de la crisis judicial es tal que quienes la experimentan y la padecen –como jueces y abogados- han comprendido que la solución requiere mucho más que la modificación de determinados artículos del Código Procesal.1 Este trabajo toma mayor cuerpo cuando realizamos una aproximación a las legislaciones de países pioneros en su implementación -que resultan determinantes-, como lo son España y Argentina, abordando así las características principales de éste arbitraje especializado como son la gratuidad, simplicidad, celeridad, voluntariedad, la oferta pública de adhesión, el convenio arbitral y la fuerza del laudo arbitral y el procedimiento en general. En base al estudio del funcionamiento de sistemas exitosos como los que indicamos, que sin duda son un referente internacional, proponemos en esta tesis unos lineamientos para el diseño de un sistema arbitral especializado en el campo del consumo en el Ecuador.

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Este estudo teve como objetivo levantar a visão de futuro da Criminalistiea brasileira conforme as pereepçõcs autonómieas de peritos oficiais empregando como parad igma os efeitos da Lei 12.03012009, que atribuiu a autonomia técnica, científica ti funcional " estes profissionais. Para isso, rea lizou-se uma pesquisa bibliográfica c de campo. O univcrso da pesquisa foi os Peritos Oficiai , . /\ amo,tra foi fommda por 39 peritos Criminais, um grupo principal COl1lpo~to por 31 peritos de carreira incluindo gestores locais de Instituições Federais (Polícia FctJeral, Polícia do Distrito Federal) e c.s tadoaiS (Polícia Civil e Secretaria de Scgurança Pública) c um grupo complcnlenlar composto por Gestores (04) c Lideranças (04) Nacionai~ destes órgãos. Ao grupo principal foi aplicado um testc de evocação com as palavras "Autonomia" e "Pcricia". como fase preparatória às entrevistas semi cSlruturalaudo c se diferencia pela percepção de autonomia c conseqüente v;slo de fulUro. Os peritos sob regulamentaçlo Federal pereehem a au tonomia segundo a lei alcançada c acreditam na possihilidadc de autonomia administra tiva inseridos no órgão policial, enquanto os p<:ritos vincolados aos estados buscam maior aotonomia como organi7,1Ção i"d cpcndcnt~, integrada e de âmbito nacional, e mais próxima ao Jodieiário, seguindo orientação da ONU (Protocolo de Istamb"l) c do Decreto Lei 7.037/09. Para todos entrevistados a Lei 12.030/09 apenas legitimou oma situaçlo de fato.

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O presente trabalho visa demonstrar a aplicabilidade do prazo da Medida de Segurança no Direito Penal, alertando para um descompasso existente entre o que diz a lei penal, a doutrina e a jurisprudencial brasileira acerca do tema. Isso porque, o Código Penal brasileiro em seu art. 97 parágrafo primeiro prevê que as medidas de segurança perdurarão por prazo indeterminado, até que o laudo feito periodicamente dentro dos Hospitais de Custódia e Tratamento Psiquiátrico demonstre que está cessada a periculosidade do paciente. Contudo a partir da análise dos textos doutrinários e de alguns julgados dos tribunais superiores pode-se constatar que tal dispositivo não vem sendo aplicado literalmente por diversas razões, sendo a principal delas, estar em desacordo com a Constituição da República Federativa do Brasil.