1000 resultados para Primera república


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El nuevo tratamiento hacia la infancia de clases populares otorgado por los reformadores sociales de inicios del siglo XX fue, en el caso donostiarra, no s??lo discursivo sino que se concret?? en realizaciones pr??cticas organizadas en torno a las escuelas municipales. As??, a partir de la participaci??n activa del Magisterio se lleg?? a implantar el Plan de Reforma de la Ense??anza de 1909 iniciando una verdadera modernizaci??n de la escuela muy acorde con los planteamientos higi??nicos, paidol??gicos y educativos de la ??poca dirigidos a hacer efectiva la escolaridad obligatoria. En este proceso, junto a innovaciones estructurales tales como la organizaci??n de las escuelas en distritos escolares, la graduaci??n de la ense??anza, la demarcaci??n de ratios por aula y la reforma de los m??todos educativos, se recurri?? tambi??n a la implantaci??n de medidas asistencial-eductivas tales como las cantinas y roperos escolares, la educaci??n f??sica, los ba??os, y la creaci??n de la Inspecci??n m??dico-escolar. Todo ello pone de manifiesto la presencia real de una actitud proteccionista hacia la infancia, tanto de la corporaci??n municipal como de los propios maestros y maestras, que inclu??a la protecci??n a la salud y la educaci??n de los ni??os/as desde una orientaci??n m??s global.

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Se valora la actuación en el sistema educativo navarro en educación infantil, educación especial, enseñanza de idiomas, evaluación y calidad, selectividad, programas educativos de medio ambiente y consumo, alumnado con necesidades especiales, alumnado de régimen especial, educación de personas adultas, educación compensatoria, derechos y deberes del alumnado, ratios, becas, recursos humanos, profesorado, de centros públicos y concertados.

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Se analiza la figura del jesuita Juan Andrés y Morell, autor en 1793 de una carta sobre el arte de educar a los mudos en Europa, que puede considerarse una de las primeras historias de este arte en España. Aportación importante de la que apenas se tienen referencias parciales en la historiografía contemporánea y que se pretende completar en parte presentando al personaje y a su obra histórico-pedagógica.

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Se centra en el pensamiento del poeta norteamericano Walt Whitman sobre la educación, prestando especial atención a las importantes implicaciones sociales, y sobre todo, políticas que este tema suscita. Se analiza la obra en prosa 'Democratic Vistas' (1871). Su propuesta puede entenderse como un proyecto utópico de implementación total de los preceptos democráticos. También implica una concienciación por medio de la educación y que incide principalmente en una participación política personal independiente de los partidos políticos.

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Se analiza la labor educativa llevada a cabo en Las Palmas de Gran Canaria por el Hospital San Martín y La Cuna de Expósitos. El Hospital se encargaba de educar en la Cuna de Expósitos y enseñar nuevas costumbres a las mujeres recluidas en la casa de misericordia. A pesar de las deficiencias la Cuna de Expósitos logró la integración social y profesional de muchos de los bebés que fueron acogidos. Se otorga a la Iglesia un papel fundamental en la buena marcha de estas Instituciones, por su preocupación por la integración de los niños, adultos y mujeres sin cualificación y profesión alguna.

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Se aborda el proteccionismo escolar, y el mutualismo en particular, como un aspecto más del intervencionismo del estado social. Se constata su largo recorrido cronológico, desde finales de XIX, a lo largo de gran parte del S. XX y en cierto modo presente en el S. XXI. La permanencia en el cambio hace que se valore la previsión en la escuela como un elemento educativo en sí mismo. Se analiza su presencia en la escuela española, durante la República, se constata la existencia de 7.000 mutualidades y 5.000 mutualistas (1934) y una población escolar de 2.500.391 niños y niñas durante el curso 1933-1934, de ahí su consideración de práctica relativamente minoritaria .

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Se analiza las primeras medidas político-educativas adoptadas en materia de alfabetización (López, 1989, Luengo, 1995 y 1999, Luzón, 1997 y Vallejos, 2004). Metodológicamente se han seleccionado los Diarios de las Sesiones del Parlamento de la I Legislatura. Se divide en 3 partes diferenciadas. En primer lugar se aborda el analfabetismo como problema estructural del sistema educativo andaluz; a continuación la acción del gobierno; y por último se trata el programa de educación de adultos y la Ley de Educación de adultos.

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Estudiar la libertad de enseñanza en la España de Franco. Libertad de enseñanza entendida como el derecho de los particulares e instituciones no estatales a crear Centros de enseñanza, y más concretamente, Centros de enseñanza superior o Universidades. Consta de seis capítulos: 1.- Es introductorio y en él se presentan datos correspondientes a la trayectoria histórica en política universitaria desde el siglo XIX (a partir de la Constitución de 1812) hasta aproximadamente el primer tercio del siglo XX (incluida la II República española), al hilo de los intentos y logros legislativos más significativos. En ellas se reflejan las ideas educativas que quisieron aplicar los diferentes grupos dirigentes o susceptibles de serlo, a través de la configuración de un específico sistema educativo. 2.- Se contemplan las modificaciones que se produjeron en España durante los primeros años del franquismo, por actuación del Ministerio de Educación Nacional, para contribuir a la transformación de la vida del país, a través de reformas en el Bachillerato, en las altas instituciones científicas dedicadas principalmente a la investigación y en la Universidad. 3.- Está dedicado a considerar las sugerencias, propuestas y opiniones de determinadas instituciones de católicos (que de una u otra forma se dedican a la docencia), en relación con la anunciada reforma de la Universidad española, fundamentalmente las que hacen una referencia más directa a la libertad de enseñanza de la Iglesia en materia universitaria. 4.- Se centra en el proceso legislativo que precede a la promulgación de la Ley de Ordenación de la Universidad española de 1943 y en el estudio particular de los factores implicados en el reconocimiento de Centros universitarios no estatales. 5.- Considera la evolución cronológica del tema de la creación y reconocimiento de Centros de enseñanza superior no estatales en España, desde 1944 hasta los años finales del Ministerio de Joaquín Ruiz Giménez. 6.- La primera parte trata de la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 1957, cuya promulgación supone la ruptura del monopolio estatal en la enseñanza técnica superior. La segunda parte del capítulo se refiere más específicamente a los aspectos que rodean la firma del Convenio entre el Estado Español y la Santa Sede, en 1962, que regula las condiciones para el reconocimiento civil de los estudios no eclesiásticos realizados en las Universidades de la Iglesia. 1.- En los años de Gobierno de Franco no se ha encontrado ninguna opinión destacada que cuestione el cometido de la Universidad como formadora de las minorías dirigentes. 2.- En el nuevo Estado surgido del golpe del 18 de julio la preocupación por la reforma de la Universidad es temprana (Proyecto de 1939 que regula las Universidades del Estado, Anteproyecto de Ley de Organización de las Universidades Nacionales de 1941, la Ley de Ordenación de la Universidad de 1943_). 3.- Con respecto a la reforma de la Universidad en los primeros años del franquismo deber señalarse que tanto las instituciones de católicos (reclaman el derecho de la Iglesia a crear Universidades), como algunos falangistas (también católicos, pero pertenecientes a instituciones oficiales), afirman que el liberalismo es el causante de los males de la Universidad española. 4.- En general, al reclamar la libertad de enseñanza se piensa en el derecho de creación de Centros docentes independientes de los del Estado. 5.- La firma del Concordato de 1953 supone el reconocimiento por el Estado español de los derechos de la Iglesia en todos los niveles de la enseñanza. 6.- Con la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 20 de julio de 1957 se asiste a un punto de inflexión en el tema de la libertad de enseñanza. Dos avances significativos: El derecho a la existencia de Escuelas de Enseñanza Técnica de Grado Superior no estatales y el establecimiento de un examen global ante un Tribunal mixto para esas Enseñanzas Técnicas no estatales. 7.- El régimen de Franco, al reconocer los derechos docentes de la Iglesia hace posible que se haga realidad la libertad de creación de Universidades no estatales.