962 resultados para LEY ORGANICA DE EDUCACION


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Se describen las principales reformas que introduce la Ley 15/2005, de 8 de julio que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio. Se centra en la opción que introduce dicha ley de solicitar la custodia compartida y se analizan sus ventajas e inconvenientes.

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A pesar de los intentos de incluir la educación ambiental para la sostenibilidad en el sistema educativo, no se ha llegado a integrar en el aula. En los centros educativos en que está presente, su integración depende del voluntarismo de docentes comprometidos. La Ley Orgánica de la Educación (LOE) contempla la educación ambiental para la sostenibilidad entre los fines de la educación. La introducción de las competencias básicas pone de manifiesto la importancia de la interdisciplinaridad y de la transversalidad en una educación de calidad. Con la LOE la educación ambiental avanza debido a la incorporación de la competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico. También, se incluye en la competencia social y ciudadana en el currículo. Por otro lado, la LOE pretende desarrollar la educación ambiental en las enseñanzas mínimas desde dos vertientes: transversal e integrada. Los centros educativos tienen autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar su proyecto educativo. El proyecto educativo de centro es el marco que da coherencia a todas iniciativas relacionadas con la educación ambiental. Para llevar la educación ambiental al aula con éxito, sería necesario incentivar al profesorado actual; elaborar materiales; hacer participar a la comunidad educativa; convocar ayudas y premios y potenciar la formación ambiental del profesorado..

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El modelo de educación adecuada en una sociedad democrática responde a la educación inclusiva debido a sus principios y filosofía. Entre ellos está el respeto a la diferencia; participación de la población en las decisiones de gobierno y la igualdad de derechos. El proceso debe tener lugar en centros donde las personas se eduquen juntas y con igualdad de oportunidades. La población no debe marginarse, entre otras, por razón de sexo, talento, etnia o religión. La inclusión supone la adaptación de la escuela, una escuela comprensible, amplia, flexible y de calidad. La educación inclusiva supone un gran avance en las expectativas que se ponen sobre el alumnado con necesidades educativas especiales. El logro de los objetivos sociales para por la educación y por la formación del profesorado. Por último, se comenta que existe normativa española e internacional que avala el planteamiento inclusivo de la educación.

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La intervención institucional que se realiza con jóvenes en conflicto con la ley tiene como objetivos comunicar una forma distinta de vida, desarrollando la responsabilización y el desarrollo de la autonomía y el autogobierno en lo jóvenes, el trabajo institucional y socioeducativo despliega sus acciones en la formación de valores y normas y posibilita así una ética personal acorde con su forma de vida. Puesto que ningún sujeto está fuera de un orden social, el hecho de intentar que un jóven asume la propia responsabilidad conduce a que asuma una mayor conciencia del entorno y que tenga en cuenta los intereses, los sentimientos y las diferencias de los otros.

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El proyecto tiene como objetivo fundamental investigar sobre las modificaciones y posibles consecuencias de la aplicación de la Reforma del Sistema Educativo para diseñar un modelo de transformación de centros de Formación Profesional en institutos de Enseñanza Secundaria. Se trata de describir la estructura y organización escolar del centro antes y durante la fase experimental de la Reforma; analizar los cambios producidos por dicha experiencia (enseñanzas, profesorado, organización del centro, aspectos pedagógicos, etc.) y discernir entre lo específico del centro y lo susceptible de ser generalizado y, por lo tanto, de aplicación en otros centros. Las actividades propuestas consisten en la recogida de datos, estudios comparativos entre las distintas fases experimentales o no de la Reforma llevadas a cabo, elaboración de conclusiones (encuestas, entrevistas, análisis estadísticos, conceptuales, y gráficos), diseño del modelo y posibles propuestas. La evaluación o valoración de las conclusiones modelo obtenidas no es posible hasta la aplicación de éstas en otros centros. No hay memoria..

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Establecer las posibilidades educativas de la imagen electrónica (televisión y vídeo) como una alternativa de educación popular en Latinoamérica dentro de una perspectiva de cambio social. Se quiere demostrar que es posible brindar educación a través de la televisión. Las experiencias educativas con la imagen electrónica realizadas en distintos países de Latinoamérica, Europa y Japón. Diseño ex post facto, modelos de sistema de comunicación: behavioristas, funcionalistas, estructuralistas, sistemáticos, dialécticos, matemáticos, informacionales. Interdependencia entre el sistema social y el sistema de comunicación, se utilizan las variables prensa y televisión para medir los efectos de los medios de comunicación sobre el cambio de la sociedad. Modelos de desarrollo social: modelos de equilibrio y modelos de conflicto. Distintos modelos de televisión educativa y su aplicación en diversos países. Véase bibliografía. Experiencias educativas con la imagen electrónica. Programas de las secciones educativas de la BBC en Londres, de la RAI en Italia, de NHK del Japón, de Colombia. Participación en seminarios y congresos. Análisis de las interdependencias existentes entre el sistema social, el sistema de comunicación y el sistema educativo. Análisis histórico del sistema social, de la educación y del sistema de comunicaciones en Latinoamérica. Análisis descriptivo y crítico de las experiencias educativas en Latinoamérica y en otros países. Análisis de contenido de las teorías que tratan el fenómeno audiovisual electrónico. Análisis de los efectos que produce la tecnología televisiva sobre el hombre actual. Se contesta afirmativamente a la hipótesis formulada de si la imagen electrónica puede ser considerada como una alternativa de educación popular en Latinoamérica dentro de perspectiva de cambio social. Se elabora una propuesta educativa utilizando la televisión y el vídeo. Se destaca la importancia de la televisión y el vídeo en la educación no formal o permanente en Latinoamérica. Destaca la necesidad de fomentar la investigación en comunicación y educación. Llama la atención sobre la necesidad de buscar formas alternativas de educación que generen procesos de liberación en todos los órdenes. Considera esta investigación como un punto de partida para nuevas experiencias y estudios en este campo.

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Se estudia el desarrollo reglamentario de Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, haciendo un especial hincapié en los aspectos no desarrollados, en las contradicciones producidas en su puesta en marcha y en su nivel de cumplimiento. El análisis parte de las referencias legislativas y reglamentarias anteriores a la promulgación de la Ley General de Educación, prosiguiendo con el análisis de contenido de los diferentes títulos y capítulos, para terminar con el estudio del desarrollo reglamentario y grado de cumplimiento de cada unos de los temas objeto de estudio. La metodología se centra básicamente en lo referido a la legislación escolar y a las ciencias del Derecho, con especial hincapié en los problemas de interpretación jurídica. Se pone de manifiesto la importancia de la Ley General de Educación, por lo que supuso el hecho de generalizar la Educación Básica a toda la población hasta los catorce años, la implantanción del Bachillerato Unificado y Polivalente y, sobre todo, la consideración de la educación como un sistema global articulado en un texto único, en el que se relacionan todos los mecanismos del sistema educativo. Los logros de la ley son indiscutibles en cuanto al nivel de escolarización, habiéndose acabado con la discriminación existente, por la implantación de un bachillerato polivalente y otros aciertos. Sin embargo, es necesario ampliar el periodo de obligatoriedad y hacer accesible a las distintas capas sociales las enseñanzas posteriores, así como potenciar los estudios técnico-profesionales, adaptándolos a las exigencias del mundo del trabajo, sin olvidar las demandas de más y mejor educación por toda la sociedad.

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Tiene por objeto determinar si la ley establece mecanismos adecuados para posibilitar una efectiva participación de los distintos colectivos de la comunidad educativa, y la realidad de dicha participación en los centros escolares. Analiza la influencia que los miembros de la comunidad escolar creen tener en las decisiones que afectan a la vida del centro y otras variables psico-sociológicas relacionadas. Para la consecución del objetivo utiliza dos tipos de metodología: el análisis de los textos legislativos referidos a la participación y las encuestas para conocer la opinión de los componentes de la comunidad educativa. Los términos en que la Ley establece la participación representan un avance importante, con el reconocimiento formal de la presencia de todos los colectivos en el Consejo Escolar, que abre un camino que puede contribuir a la democratización real del sistema educativo.

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Estudiar los fundamentos de la intervención pública en la enseñanza y con la finalidad de que pueda servir de dato para la construcción de un futuro derecho de la educación.. En la primera parte se estudia el derecho administrativo de educación. Después separa la libertad de enseñar, la libertad de educar y la liberación educativa, y se ocupa de los antecedentes legislativos tanto de las enseñanzas primarias como de las medias y superiores. También se analiza la libertad de enseñanza en la Ley General de Educación con la democratización y socialización de la enseñanza, la libertad de creación y el funcionamiento de centros no estatales de naturaleza jurídica de la autorización la educación como servicio público. Y por último, la libertad de educar en la Ley General de Educación, es decir, la libertad de cátedra, la libertad de métodos y medios educativos, y la libertad de participación.. La libertad de enseñanza es la facultad de fundar o crear centros docentes, mientras que la libertad de cátedra es la facultad de libre expresión ideológica. La educación es un proceso cuya función general, junto con la formación general básica, socializadora e integradora, consiste en proporcionar una instrucción profesional para los distintos grados de trabajadores, por lo tanto se puede considerar una inversión productiva. Para integrar a toda la población estudiantil debe ser gratuita y permitir el acceso a la formación superior. La libertad de educar comprende la libertad y objetividad en la selección del docente; la libertad de expresión científica; y la libertad de participación en la gestión. La disciplina y el orden universitario han de ser responsabilidad de la autoridad académica democráticamente elegida ya que solo el acceso democrático al poder justifica y legitima un escrupuloso ejercicio del mismo.. La educación es un instrumento decisivo de igualación social que debe ser libre, no sujeta a un fin, dogma político o religioso. La organización de la educación no debe ser estatal o privada sino que los titulares de la empresa serían las agrupaciones de padres, alumnos e instituciones sociales y profesionales. Según los niveles educativos, se pactaría con las organizaciones libres del profesorado, la prestación del servicio de enseñanza que financiaría el Estado. Para lograr la libertad de cátedra es esencial la libertad y objetividad en la selección del profesorado. Para que la ley cumpla con los fines pretendidos, no es necesario simplemente un incremento de la financiación, sino que el propio sistema educativo sea corregido en la causa de su desigualdad, es decir, en su complejidad y duración del sistema. Sería necesario adelantar la educación general básica acortando su duración a siete años y generalizando el preescolar; refundir la formación profesional no universitaria y el BUP como tercera etapa de un solo nivel de educación obligatoria; suprimir el COU sin perjuicio de que se impartan funciones de orientación; y limitar la educación formal superior a 3-4 años y adelantar la edad para el ingreso directo en la educación superior.