802 resultados para Ordenamiento jurídico
Resumo:
La palabra marketing no existe en español. Según el Diccionario de la Real Academia Española, marketing es una voz inglesa que se usa para referirse a la mercadotecnia, es decir, al conjunto de técnicas y principios que buscan el aumento del comercio, especialmente de la demanda. Si aplicamos esa definición al mundo de los abogados, podemos decir que el concepto de marketing jurídico está conformado por el conjunto de técnicas y principios que un jurista puede utilizar con miras a incrementar la demanda de sus servicios. Esta obra trata sobre las principales estrategias de marketing jurídico que se conocen en la actualidad, a saber: la creación y mantenimiento de una identidad corporativa en las firmas de abogados, las técnicas para mejorar el servicio al cliente, los criterios más aceptados para el cobro de honorarios y el aumento de la visibilidad de las firmas a través, entre otras, de la publicidad propiamente dicha, la vinculación a asociaciones profesionales o la publicación de artículos de investigación en periódicos y revistas especializadas. Sin embargo, vale la pena advertir, de antemano, que varios capítulos están dedicados al tema de la responsabilidad profesional, pues la autora sostiene que el buen nombre del abogado es la mejor herramienta de marketing: el abogado que no comete faltas a la honradez, es leal con su cliente, es diligente y conoce la materia sobre la cual asesora, siempre será admirado y respetado. Sus clientes y colegas lo recomendarán.
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La finalidad de este libro es doble: por un lado, intenta elaborar una teoría histórica y jurídica de la planificación y el control urbanístico con un nivel de complejidad mayor que el desarrollado actualmente y, por otro lado, extrae elementos que pueden servir para un desarrollo teórico del derecho administrativo. Es decir, que desde una perspectiva histórica se puedan descubrir nuevos aportes para el derecho urbanístico que contribuyan a la interpretación, aplicación y creación de normas sobre la planificación y el control urbano que realiza o debe realizar la administración. De esta forma, en esta obra se podrá ver que la participación del Derecho en el urbanismo bogotano comienza en su fundación, reaparece esporádicamente durante 468 años de existencia y adquiere alguna consolidación con las leyes 9ª de 1989 y 388 de 1997, sobre las cuales se hace un estudio sistemático. La lectura de este trabajo resulta necesaria para que la comunidad, los servidores públicos y los estudiosos del derecho comprendan la complejidad e importancia de la planificación, la gestión y el control urbanístico.
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El documento plantea la disfuncionalidad de la organización territorial actual, dentro del nuevo contexto económico y competitivo mundial, haciéndose necesaria una restructuración de los principios rectores del funcionamiento de las entidades territoriales, procurando integrar estos nuevos conceptos -extrajurídicos-, con los de la estructura jurídico política del estado colombiano.
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La comunidad migrante colombiana en España ha tenido un papel importante en las recientes relaciones trasnacionales, interestatales e intergubernamentales entre los dos países. A nivel trasnacional se han creado importantes vínculos sociales, políticos y económicos entre las dos naciones; A nivel interestatal, se está configurando un marco jurídico migratorio y a nivel intergubernamental, los Gobiernos han ejecutado políticas y creado instituciones especializadas con el fin de regular los efectos de la migración y las remesas.
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El presente trabajo tiene como objetivo analizar el proyecto de ley 024 del 2007, presentado por el representante Orlando Guerra de la Rosa, en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes del Congreso de la República, el cual tenía como objetivo la creación de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial. Desde esa perspectiva, se realiza el estudio de la coyuntura que lo enmarcó, los retos y problemas que pretendía resolver dicho proyecto, y las razones por las cuales el proyecto no logró la aprobación de la Cámara. Adicionalmente, se estudia la importancia del Ordenamiento Territorial en el país, junto con las ventajas y desventajas que proponía el proyecto de ley en comento.
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En Colombia existe un desajuste territorial derivado de las tensiones históricas entre centralización y descentralización. En 1991 se contempla una Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT) como instrumento para reducir tales tensiones, al distribuir las competencias entre la Nación y las Entidades Territoriales. Al no haberse aprobado ningún Proyecto de Ley, se identifican y analizan los posibles obstáculos de carácter político-institucional que han impedido su expedición, a saber: la Composición del Congreso, que deriva en una inequidad en la representación política, y el manejo del Conflicto armado por parte de la Nación, que frena el proceso de descentralización territorial. Además, por la inexistencia de la Ley, se concluye que no existe un modelo territorial ni político del Estado como marco para el proceso de descentralización; que es necesario repensar el enfoque de reformismo institucional sobre el ordenamiento territorial; y que para proponer alternativas de Proyectos de Ley viables es necesario incentivar y vincular a las comunidades del país.
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La descripción de procesos sociales es una de las opciones más significativas para que desde los ejercicios académicos se puedan desarrollar investigaciones. En el presente trabajo el autor desde las herramientas conceptuales, procedimentales, metodológicas y sociojurídicas realizó el análisis de dos modelos de mediación como mecanismos para tratar conflictos comunitarios. Por un lado el Modelo Relacional Simbólico (MRS), de otro el modelo de mediación comunitaria campesina (MMCC) que históricamente ha existido en la Región Rural del Alto Sumapaz. Del anterior análisis se pudo establecer un diálogo que permitió concluir que los dos modelos son procedimientos que han evolucionado en contextos tan diferentes como complejos. Su implementación antes que replicarla es necesario estudiarla más en profundidad desde cada uno de sus contextos, sin la intención fundamental de incidir sobre los mismos y mucho menos sobre los campos específicos en donde coexistes socialmente. La reconstrucción del discurso sumapaceño como eje central de la investigación giró en torno al reconocimiento y exaltación de los elementos y principios fundamentales del modelo de mediación campesina. Esto se pudo construir a partir de entrevistas y desde el diseño cualitativo de un grupo de discusión que dio cuenta del sistema de justicia alternativa existente. Finalmente, el estudio académico durante la Maestría en Mediación Familiar y Comunitaria, permitió hallar diferentes construcciones argumentativas que para la presente investigación lograron aportar elementos críticos en campos como los mecanismos alternativos de transformación de conflictos, la justicia comunitaria, el pluralismo jurídico, la mediación y por supuesto al modelo relacional simbólico (MRS).
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Creación un Reglamento especial para el Consultorio Jurídico de la Facultad de Jurisprudencia, con el fin de ajustarlo a las necesidades y condiciones actuales.
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La obra pretende probar la hipótesis de trabajo que versa sobre la constante centralista que ha marcado las relaciones entre territorio y poder en Colombia. Dicha tendencia se observa en la reiterada adopción del modelo territorial unitario, con leves excepciones, que ha marcado la construcción de la Constitución territorial desde el año 1821. Sin duda, una apuesta que nuevamente es retomada en el proceso constituyente de 1991, a pesar de la inserción tímida de los principios de descentralización y autonomía, y del generoso espíritu del constituyente, hoy bastante menguado, en materia de transferencias intergubernamentales. Dicha hipótesis conllevó a la revisión de otros Estados unitarios, e incluso de modelos regionales o autonómicos y federales, todos ellos en proceso de reacomodamiento, transformación e incluso de difusas fronteras de diferenciación. La historia constitucional, la asamblea constituyente y la arquitectura de la constitución territorial de 1991, son objeto de sistemático estudio y reflexión. También el desarrollo que ha sufrido el Título XI de la Constitución Política, a lo largo de las dos últimas décadas. Por ello, la publicación presenta una reflexión sobre los diversos planes de desarrollo, documentos Conpes, políticas territoriales, reformas constitucionales y legislación, que hablan sobre los avances, pero también sobre los retrocesos que se han dado en materia de descentralización y de autonomía en los últimos veinte años. La publicación está sustentada con innumerable bibliografía nacional e internacional, además de las diversas opiniones y posturas de algunos actores territoriales, académicos y políticos sobre el tema de la organización del territorio, la constante centralista y la situación del nivel intermedio de gobierno. Finalmente, culmina con un análisis y lectura sobre la orientación territorial que le ha dado al país la Ley 1454 de 2011 o Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, que le apunta más al principio de asociatividad territorial que al desarrollo pleno de los principios de descentralización y autonomía territorial
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Presenta el análisis de la incorporación de una práctica cultural declarada Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) de la Humanidad en las estructuras formales del ordenamiento territorial. Analiza también la necesidad de reconocer una serie de valores que la comunidad le ha otorgado a la práctica y que soportan la articulación con el ordenamiento territorial, pasando por los beneficios económicos, políticos y sociales que traería este proceso.
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La energía eléctrica y los bienes o activos eléctricos (de acuerdo con la definición técnica) con que se lleva a cabo su prestación, goza de una particular regulación y normatividad, explicables por la importancia capital de este servicio público, sumado al diseño institucional traído por la constitución de 1991, lo que la hace especialmente compleja, dinámica y abierta a precisiones. Es ese sentido, se parte de un entendimiento inicial de todos los activos que conforman una red de generación, transmisión y distribución eléctrica, para de esa forma comenzar a esbozar el régimen jurídico de los mismos, dependiendo de su posición dentro de la cadena de suministro eléctrico. Una vez concluido este acercamiento, se abordan los principales problemas previsibles desde una perspectiva puramente académica, como por ejemplo el relacionado con el alcance de los conceptos de la CREG y su valor normativo, la presunta inembargabilidad de los bienes destinados a la prestación de servicios públicos en cabeza de comunidades organizadas y el problema de la propiedad de particulares sobre activos conformantes de la red de suministro eléctrico y la salida normativa a ese conflicto (pues no debe olvidarse que los propietarios de activos de uso general, de acuerdo con la CREG, deben ser prestadores de servicios públicos domiciliarios) de modo tal que se respeten los derechos de propiedad. De cada uno de estos interrogantes surgen soluciones que lejos de zanjar las discusiones al respecto, buscan abrir el debate sobre un tema de tan capital importancia.
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El siguiente trabajo de grado denominado "Análisis del diferendo jurídico y político entre Colombia y Venezuela con respecto al dominio sobre el Golfo de Coquivacoa/ de Venezuela y sus límites Marítimos, 1952-2010-2010", tiene dos objetivos principales. El primero, es actualizar al lector sobre las relaciones bilaterales entre Colombia y Venezuela a través de un barrido histórico-jurídico, identificando cuales han sido los intereses geopolíticos de cada Estado en el Golfo de Coquivacoa/Venezuela. A su vez, el segundo objetivo, es proponer una solución al diferendo retomando la figura jurídica de Condominio.
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El objetivo de la investigación es analizar los puentes de relación entre la gestión del riesgo y el ordenamiento territorial, vistas tradicionalmente de manera paralela, en pro a materializarlos a nivel local específicamente en el Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Tocancipá- Cundinamarca.
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El análisis de este estudio se centra en describir el proceso que vivió la movilización indígena a través de la Minga de Resistencia Social y Comunitaria; que inició con diversas mingas a partir del año 2006 y se consolidó en el año 2009. Esta movilización tiene como fin exigir la restitución de los derechos de los pueblos indígenas del Departamento del Cauca. La Minga, se convierte en una herramienta política y social que a partir de la movilización empieza a estructurarse e involucrar a otros sectores de la sociedad.
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Se considera como objetivo general: la ordenación sistemática de las normas aplicables a la educación integrada, y su aproximación con la evaluación del segundo curso (1986-87) de experimentación. Como objetivos específicos interesa: a) Conocer tipología y grado de las deficiencias. b) Elaboración y ejecución del proyecto de integración. c) Grado de información y sensibilización de los compañeros. d) Incidencia del equipo multiprofesional. e) Nivel de preparación del profesorado. f) Adecuación del espacio físico. g) Demandas del centro y de los maestros. h) Recursos materiales y humanos del centro. i) Nivel de socialización y académico de los niños. j) Nivel de relación con los padres de los niños integrados. k) Grado de aplicación de la normativa vigente. Once colegios donde se realiza oficialmente integración en las zonas de Palma, pueblos de Mallorca y Menorca. En un estudio anterior se analizó el primer curso (1985-86) experimental de integración en escuelas ordinarias. En éste se analiza el curso 1986-87. La existencia de un estudio anterior posibilita el seguimiento y evaluación del programa, así como la contrastación de resultados, lo que conlleva el establecimiento de criterios más estables de valoración sobre la integración escolar. Así, en primer lugar se realiza un estudio y análisis comparativo de la normativa vigente con los resultados de las entrevistas realizadas. Despues, se presenta la planificación de la integración a lo largo de sus tres primeros cursos (cursos denominados 'experimentales'). Por último, se exponen las valoraciones de la regulación y resultados. Entrevistas a los directores de los centros educativos y a los maestros responsables de los alumnos integrados. Se observa una progresiva descentralización, respecto a la zona de Palma, del número de centros que se acogen al programa de integración respecto; respecto al proyecto de integración sólo se aprecia cierta reserva de la Junta de Padres; aumenta la satisfacción hacia la integración en el curso 86-87, en relación al anterior curso. Respecto a los recursos, alrededor del 55 por ciento de los profesionales manifiestan que el material es insuficiente, llega a tiempo, es adecuado. Un 55,5 por ciento de los profesores de integración valoran la formación previa como insuficiente. En 54,8 por ciento de docentes valora como activa la participación de los padres en el proceso de integración. La representación de las diferentes tipologías de deficiencias es la siguiente: psíquica en un 52.5 por ciento; motórica en un 12,5 por ciento, transtorno de personalidad en un 25 por ciento y sensorial en un 10 por ciento. La aceptación de los alumnos integrados es positiva o muy positiva en la mayoría de los casos. El rendimiento escolar de los niños integrados respeto a la media de su aula es: un 41,9 por ciento se encuentra en el promedio y el 51,6 por ciento son valorados como retrasados. Es necesaria una legislación para integrar niños en las aulas ordinarias. Existe, en la normativa legal, una confusión de conceptos. Es necesario que se utilicen los conceptos con propiedad, respecto a la integración. En la práctica se está en un proceso de estímulo hacia la integración. No existe una única solución de integración dada la diversidad de cada caso. De seguir las líneas actuales desaparecerán los centros de educación especial, salvo los residuales casos extremos. La falta de formación del profesorado se presenta como un obstáculo a la integración. Debe potenciarse el profesor de apoyo. Las escuelas deben proyectarse accesibles arquitectónicamente. Deben abrirse nuevos campos de integración para que la relación entre los alumnos no se circunscriba a los centros escolares. Es necesario que las asociaciones de padres tomen conciencia de la importancia de la integración, potenciandose la existencia de 'escuelas de padres'. Se valora positivamente la integración de niños con deficiencias en las escuelas ordinarias.