51 resultados para NORMAS GENERALES


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La actividad docente ha de comprender que la estructuración del programa a impartir en cada nivel curricular es una cuestión fundamental que depende de cada profesor y que tiene que resolver para realizar adecuadamente su papel. Y dentro de este campo un aspecto esencial es la organización adecuada de los distintos contenidos (ahora se llaman conceptuales, procedimentales y actitudinales) de forma que se ofrezcan de manera progresiva, tanto en el aspecto cuantitativo como en el cualitativo; es decir, tanto a lo que se refiere a la cantidad de información que hay que aprender, como en el grado de comprensión y aplicación de esa información. Por esta razón hay dos aspectos de este problema fundamentales: 1õ La necesidad de estructurar bien los programas correspondientes, seleccionando la materia adecuada para un determinado nivel madurativo de los alumnos; 2õ. La ineludible tarea de organizar los contenidos adecuados, en el orden correcto, de forma que se vaya progresando paulatinamente,tanto en la cantidad, como en la generalización y en la abstracción. También, hay que prestar atención a las limitaciones o condicionantes que la estructura interna de la materia de estudio impone a las consideraciones anteriores.Como todo componente integrante de la programación que el profesor hace para ordenar y estructurar su actividad docente, también las secuencias propuestas y sus minisecuencias son hipótesis de trabajo que hay que confirmar, matizar, reestructurar o desechar, es decir, que hay que evaluar críticamente. Se trata de la autoevaluación docente, de todo el trabajo que ha realizado en el aula y que debe ser revisado por él mismo. Esta autoevaluación implica preguntarse : ¿en qué medida ha funcionado la programación del proceso de enseñanza-aprendizaje? ¿Cuáles son las causas de los fallos, de los estancamientos, de los fracasos? ¿Están bien coordinados los objetivos propuestos en relación con las actividades sugeridas para conseguirlos y con los contenidos a desarrollar? ¿Se ha realizado la evaluación con los instrumentos adecuados, que cumplían los requisitos necesarios? Las respuestas a todas las preguntas surgidas obligarán a modificar algún aspecto de las secuencias o minisecuencias, en unos casos enriqueciéndolas, en otras depurándolas y en el peor de los casos desechando alguna y sustituyéndola o las por otras más adecuadas. Y este proceso una vez revisado deberá volverse a repetir con los nuevos materiales, para conseguir acomodarlos a sus fines.

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La escuela unitaria es la que presenta mayor complejidad para la elaboraci??n de los programas de ense??anza, por la diversidad de su alumnado. Por ello se analizan aqu?? los factores que hay que tener en cuenta a la hora de elaborar los programas de Matem??ticas para tercero cuarto curso, que luego pueden acomodarse a las distintas modalidades de escuelas. Se especifican los fines y objetivos de dicha ense??anza, las materias integrantes en los Cuestionarios, una descripci??n de la modalidad de la escuela en cuanto al n??mero de maestros que la han de servir ,el grado de madurez global de los escolares, seg??n el medio geogr??fico y social en que la escuela est?? ubicada. Se hace hincapi?? en las fuentes de motivaci??n e intereses de los alumnos, la utilizaci??n del material did??ctico existente en la escuela as?? como la adaptaci??n de los contenidos generales del curso al tipo de escuela.

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Se describen brevemente cuatro de las fases utilizadas para la confección de las pruebas objetivas que resultan idóneas para conocer de forma cuantitativa los conocimientos de los escolares y así obtener datos precisos para mejorar la organización de la escuela y de la enseñanza.

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Evaluar los elementos básicos del sistema de selección de docentes estatales en Colombia, obteniendo, en primer lugar, información relevante sobre estos, con la cual se puedan realizar juicios de valor sobre dicho proceso, como soporte para realizar sugerencias sobre el diseño de un modelo alternativo, que dé soluciones a los inconvenientes y desajustes del sistema en cuestión. Se trabaja con cuatro conjuntos distintos que intervienen en los procesos de selección de docentes en Colombia: seleccionadores, candidatos, supervisores escolares y jefes de departamento de la Universidad Pedagógica Nacional. Se comienza describiendo el sistema educativo colombiano para seguir analizando el sistema de selección de docentes estatales, sus faltas, limitaciones y posibles alternativas de solución, y se intenta establecer la relación que existe entre el sistema de selección de docentes y el sistema de evaluación de los mismos. Posteriormente se aborda la problemática de la selección en general y sus implicaciones y relaciones con otros aspectos educativos, como la formación inicial del profesorado y la formación continua, la calidad de la educación, etc. Se presentan sistemas de selección de otros países como Estados Unidos, España, Reino Unido y Noruega. Después se pasa al aspecto del diseño y desarrollo metodológico de la investigación, donde se define el enfoque epistemológico y la metodología del estudio, así como se presenta los resultados del proceso. Para finalizar se esbozan las conclusiones y se presenta un modelo alternativo de selección de docentes estatales para el contexto educativo de Colombia. Cuestionarios, entrevistas, análisis documental, gráficos, tablas. El proceso de selección como el de evaluación tienen fallas empezando por las normas generales, siguiendo con los procesos, criterios, procedimientos e instrumentos llegando finalmente a los recursos. Hay una falta de recursos, de personal capacitado y respaldos científicos que avalen el proceso y generen confianza entre las personas que se someten a él. Se espera que los elementos analizados y las reflexiones hechas sobre éstos, den luces a la crisis por la que atraviesa el sistema educativo colombiano en general y la profesión docente en particular, de igual forma se espera que los aportes hechos contribuyan a la profesionalización y dignificación de la docencia.

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Ganador del acc??sit a los premios de buenas pr??cticas en materia de convivencia, Gobierno de Arag??n 2009-10. Modalidad a

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Seleccionado en la convocatoria: Ayudas para desarrollar proyectos de convivencia, Gobierno de Arag??n 2008-09

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Resumen tomado de la publicación

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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.

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Presenta el análisis de la incorporación de una práctica cultural declarada Patrimonio Cultural Inmaterial (PCI) de la Humanidad en las estructuras formales del ordenamiento territorial. Analiza también la necesidad de reconocer una serie de valores que la comunidad le ha otorgado a la práctica y que soportan la articulación con el ordenamiento territorial, pasando por los beneficios económicos, políticos y sociales que traería este proceso.

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El proyecto se llevó a cabo en el CP Ramón Lanza de Cabezón de la Sal. Un gran número de profesores del centro se implicó asistiendo incluso a cursos de informática. Los objetivos de este proyecto están planteados por niveles educativos, siendo los generales los siguientes: 1. Aplicar programas educativos informáticos como refuerzo a otras áreas - lenguaje, matemáticas, conocimiento del medio, inglés, etc. 2. Desarrollar trabajos específicos de la zona occidental de Cantabria para hacer llegar al alumnado un mayor conocimiento del entorno donde habita. 3. Incorporar el ordenador como recurso importante en el proceso enseñanza-aprendizaje, para: motivar investigar, etc en las distintas etapas educativas. 4. Facilitar la adquisición y descubrimientos de destrezas y capacidades a través de interacciones con los demás. 5. Tratar aspectos transversales como complemento a las demás disciplinas. 6. Colaborar con la organización de centro, aplicando medios informáticos a su gestión: biblioteca, publicaciones, etc. 7. Participar en Talleres de Comunicación. 8. Posibilitar al alumnado el acceso a las nuevas tecnologías. En el desarrollo del proyecto se describen aquellas actividades que se llevaron a cabo como: Nociones básicas sobre el manejo de ordenadores: elementos que lo conforman. Creación de una mascota que está presente en el aula de informática. Desarrollo de los apuntes elaborados para la fase de iniciación: Mascota, Posición correcta, Normas generales del aula de informática, Mi PC, Unidad central, El teclado, El ratón, La impresora. Aplicación de programas como Paint o Pinto para afianzarse con la correcta utilización del ratón. Reconocimiento de letras y su impresión en pantalla en educación infantil. Exposición de programas multimedia en la idea de que el alumnado capte posibilidades de la informática. Los materiales utilizados fueron ordenadores, impresoras, material ofimático (disquettes, tinta), material de oficina.

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Establecer el régimen de responsabilidad de los administradores para lo cual se deben tener en cuenta las normas generales sobre responsabilidad mandato y representación sociedades etc e indagar si hay normas específicas en la legislación colombiana

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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general