1000 resultados para BANCOS INTERNACIONALES - ASPECTOS JURIDICOS
Resumo:
Resumen tomado de la publicación
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El artículo forma parte de un dossier titulado: Nuevos aires en la Formación Profesional
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La preocupación por la educación ha llevado a numerosos organismos internacionales a desarrollar una serie de instrumentos para u adecuada regulación. Se estudian algunos de estos instrumentos, considerados los principales, y los problemas de los que se ocupan. Destacan tres modalidades de instrumentos: declaraciones adoptadas por la Asamblea de las Naciones Unidas, Convenios y Recomendaciones adoptadas por la UNESCO y Recomendaciones adoptadas por la Conferencia internacional de Instrucción Pública. Entre las declaraciones adoptadas por la Asamblea de las Naciones Unidas, destaca la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, entre las convenciones se analiza la Convención relativa a la lucha contra 1as discriminaciones en la esfera de la Enseñanza, adoptada en 1964 y respecto a las recomendaciones la Recomendación relativa a la Enseñanza técnica y profesional, adoptada en 1962. Por último de los instrumentos se hace una enumeración extensa, en función del campo educativo al que afectan, que puede ser el de la educación primaria, el de la educación secundaria y otros aspectos de la educación.
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Resumen basado en el de la publicación. El artículo en inglés sólo está disponible en la versión digital
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Incluye un organigrama del Consejo de Ciencias y el Consejo Alemán de Educación. Monográfico con el título: 'La experiencia del PISA en Alemania'. Resumen basado en el de la publicación
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Presenta un bosquejo de los congresos nacionales e internacionales que durante el año 1979 han tratado la deficiencia auditiva en sus diferentes aspectos y en los que ha participado el Instituto Nacional de Educación Especial (INEE).
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Monográfico con el título: 'Profesorado y calidad de la educación'. Resumen basado en el de la publicación
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Se ofrece un estudio sobre el funcionamiento y rendimiento de la universidades internacionales españolas y los cursos de verano que se celebraron en 1953. Se analiza una estadística sobre los cursos de verano celebrados desde el año 1931 hasta 1953, donde se aprecia un aumento considerable de la matriculación de alumnos extranjeros. Los cursos de verano se dedicaban a diversos aspectos de la cultura y la mayoría de ellos dependían de los Institutos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y después, se desarrollaban en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Santander y en la Universidad de La Rábida. Los estudios se dividían en tres secciones: economía, ciencias sociales e internacionales de la cultura actual y fundamentos de sus motivos teológicos y filosóficos; cultura clásica y cultura nacional en el estudio del humanismo español; investigaciones científicas desde un punto de vista biológico, químico y físico. Otras universidades como la de Jaca, Barcelona y Valladolid, impartían cursos variados que a su vez, dependían de las dos grandes universidades internacionales. Los Cursos de Verano para estudiantes nacionales y extranjeros, trataban sobre todo de literatura, arte, economía e industria.
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Presentar un marco teórico más amplio del bilingüismo y de su importancia en la realidad española. Evaluar algunos programas internacionales en educación bilingüe y revisar las investigaciones que en materia de bilingüismo se han realizado en la red INCIE-ICEs. Revisión de la bibliografía y trabajos relacionados con el bilingüismo y análisis del caso concreto de España como país multilingüe. Estudio a nivel teórico del fenómeno del bilingüismo en sus implicaciones sociolingüísticas, psicológicas y educativas. Análisis de la situación multilingüe del Estado español y de la problemática del bilingüismo en España. Revisión de investigaciones realizadas por los ICEs. Bibliografía. Investigaciones de la red INCIE-ICEs. Revisión teórica y crítica. Se establecen diferencias entre el bilingüismo macrosocial e individual. En la realidad miltilingüe del Estado español existen claras muestras de ambos tipos de bilingüismo. Dado un programa de inversión bilingüe adecuado, con unos recursos didácticos activos, con un profesorado preparado, el bilingüismo no sólo no es un retraso sino un potenciador de un mejor dominio de las lenguas, en comprensión, vocabulario y fluidez verbal. Las investigacions realizadas por la red INCIE-ICEs sobre el bilingüismo se limitan a Santiago, Bilbao y Barcelona y representan un primer intento serio de abordar la investigación en este área. En general se evalúan positivamente. Es necesario potenciar la investigación en el área del bilingüismo como base real sobre la que tomar orientaciones educativas dentro de la realidad multilingüe del Estado español. Se proponen tres áreas de estudio: 1. Área de la Sociolingüística, 2. Área de la educación bilingüe, 3. Área de la Lingüística.
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Incluye presentación en Power Point en formato PDF
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El objeto sobre el que se centra la investigación propuesta es la crisis y guerra del Golfo Pérsico. Éste es muy amplio y, por ello, se hace del todo necesario establecer unos límites que permitan concretar y definir el objeto sobre el que se centrará la tarea investigadora. En principio, el objeto en sentido estricto es el comportamiento de Irak en la crisis y guerra del Golfo y el objeto de estudio serán los aspectos jurídicos de la conducta iraquí durante la crisis y guerra del Golfo. Sin embargo, los aspectos jurídicos del comportamiento de Irak pueden ser analizados desde diferentes disciplinas jurídicas, pues la misma ha tenido gran incidencia en relación al Derecho constitucional, Derecho penal, Derecho administrativo, Derecho internacional, tanto privado como público, etc. Por ello, dentro del ámbito jurídico, debe delimitarse el alcance del estudio del comportamiento de Irak. El investigador que pretenda abarcar la totalidad de vertientes del comportamiento iraquí deberá llevar a cabo un enfoque interdisciplinar de éste. Por ello, hay que afirmar una nueva limitación voluntaria en nuestra tarea investigadora, ya que ésta no tiene por finalidad abarcar la totalidad de aspectos jurídicos relativos al comportamiento observado por las autoridades de Bagdad, sino sólo los aquellos susceptibles de ser incluídos en el seno del Derecho internacional público. Ahora bien, el comportamiento iraquí durante la crisis y guerra del Golfo, en tanto que fenómeno real y no una mera hipótesis de laboratorio, ha incidido sobre muchos de los temas que integran el Derecho internacional público; esto es, el Derecho internacional humanitario, Derechos humanos, Derecho diplomático y consular, Derecho internacional del medio ambiente, etc., circunstancia que ha contribuido en gran medida a dificultar los límites dentro de los cuales hay que desenvolver la presente investigación. En este contexto, debe señalarse que la finalidad perseguida es el análisis de los aspectos jurídico-internacionales de la conducta observada por Irak durante la invasión y ocupación del pequeño emirato, dejando de lado otras cuestiones como la actuación de su gobierno en la represión kurda o chiita en su propio territorio. Esta limitación responde a la necesidad de realizar una investigación coherente y sistemática, canalizando los esfuerzos en una única dirección y evitando la dispersión de los mismos. Como es obvio, tal limitación también responde a necesidades prácticas que, en este caso, vienen representadas por la redacción de la investigación en un espacio de proporciones lógicas. Las limitaciones impuestas permiten delimitar el objeto de investigación: los aspectos jurídico-internacionales del comportamiento de Irak durante la crisis y querra del Golfo Pérsico y de las actuaciones internacionales para exigir la responsabilidad internacional iraquí. La pretensión y alcance que a la perspectiva del problema se intenta dar aquí viene dada por una doble realidad concreta: la actuación iraquí en Kuwait y el Derecho internacional público y de las actuaciones internacionales para exigir la responsabilidad iraquí. Se parte, pues, del hecho obvio de que es la realidad del ordenamiento jurídico-internacional existente en la que se debe analizar la conducta de Irak. Por ello, el presente trabajo pretende ser, dentro de los límites propios de toda investigación, una reflexión sobre los hechos acontecidos en Kuwait durante su invasión y ocupación y durante la guerra iraquí contra la coalición multinacional. Finalmente, hay que indicar que el período de investigación se desarrolló entre los años 1990 y 1993. Como es obvio, la presente labor investigadora podría prolongarse en el tiempo, pues nuevos acontecimientos relacionados con la misma han tenido lugar con el devenir de los meses . Empero, a la luz del objetivo investigador perseguido con este trabajo, pareció oportuno dar por finalizada la tarea investigadora en noviembre de 1992. En todo caso, utilizando un simil musical, podría decirse que todos los trabajos de investigación son una sinfonía inacabada.
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El artículo, centrándose en el sector agrícola ecuatoriano, hace una descripción del estado en que se encuentran las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Ecuador. De acuerdo con el autor, en el sector agrícola, manejado como tema sensible y relevante por parte de los negociadores ecuatorianos, el ritmo de negociación ha sido desgastante para la parte ecuatoriana debido, entre otras razones, a la inflexibilidad mostrada hasta el momento por parte de los negociadores norteamericanos. Igualmente plantea y analiza dos escenarios factibles una vez concluidas las rondas de negociación: que el Ecuador decida poner un freno al proceso de negociación o que el proceso negociador continúe y las condiciones actuales se flexibilicen, especialmente por parte de los EE.UU. para facilitar la firma del Tratado.
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Actualmente la profunda crisis del sistema financiero internacional, similar a la que vivió Estados Unidos en los años treinta, es el punto más importante de discusión en todo el mundo. Por ello, se consideró importante realizar un análisis de la Ley Glass Steagall Act, promulgada en el año 1933, justamente como una salida a la crisis financiera estadounidense, de aquella época, precisando cuáles son sus principales características, y sobre todo los efectos que su derogatoria (en 1999) trajo consigo en el sistema financiero mundial, pues como veremos, para muchos la actual crisis es producto de la inadecuada mezcla de regulación y libertad que se produjo con la promulgación de la Ley Gramm Leach Bliley Act, mediante la cual los bancos comerciales empezaron a incursionar en operaciones bursátiles, actividades que anteriormente estaban vetadas, y por tanto existían garantías suficientes para los depositantes.
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Luego de la crisis económico-financiera que atravesó el país en 1998 y 1999, la supervisión bancaria ha trabajado en el fortalecimiento de su rol de control sobre el sistema financiero. Sin embargo, en la actualidad se carece de herramientas que permitan identificar señales tempranas de deterioro de las entidades, evaluando no sólo su desempeño individual, sino el efecto de las condiciones del entorno en las mismas. El presente documento tiene como objetivo principal evaluar el comportamiento y desempeño de las IFI bajo las condiciones actuales, a fin de determinar si existen características similares a las del periodo previo a la crisis bancaria de 1998, que determinen la existencia de señales preocupantes de deterioro en su estructura financiera y en la evolución de sus principales indicadores. Para ello, la investigación incluye, en primera instancia, la revisión bibliográfica de los conceptos y metodologías más importantes referentes al tema. En el segundo capítulo se realiza una breve descripción de las condiciones macroeconómicas y específicas del sistema financiero, que perfilaron al Ecuador en el período pre-crisis y durante la misma, esto con el objeto de comprender los determinantes del deterioro del sistema. Posteriormente, en el acápite tercero, se analiza la estructura del sistema de bancos en el período 2003-2010, así como las condiciones que presenta tanto el entorno macroeconómico nacional como del exterior, y las perspectivas de corto y mediano plazo. En el capítulo IV, se estructura la metodología utilizada -un modelo logit multivariante con datos de panel- para identificar las variables e indicadores que explican de mejor manera la crisis de 1998-1999, los mismos que, por su importancia, podrían constituirse en indicadores de alerta dentro de una herramienta de seguimiento. Finalmente, en el capítulo V, se evalúa el modelo estimado en el período 2003- 2010, determinando la presencia de señales de alarma en el sistema de bancos privados en la actualidad, así como estableciendo comparaciones entre ambos períodos sobre las variables e indicadores identificados.
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En busca de un mayor desarrollo económico, los Estados han optado por suscribir instrumentos internacionales que fomenten y liberen los flujos de inversión extranjera directa en sus territorios. Estos acuerdos internacionales, a la vez que promueven las inversiones, proporcionan un marco jurídico dentro del cual los Estados partes del acuerdo se comprometen a cumplir y respetar determinados principios y normas protectoras del inversionista. Además, estos instrumentos internacionales están generalmente dotados de una cláusula para someter las diferencias Estado-Inversor al arbitraje obligatorio. Por la importancia de este tipo de tratados, por su acelerada proliferación y por las repercusiones que puede tener la suscripción de cláusulas arbitrales “without privity”1 en las políticas internas de los Estados, es indispensable que éstos regulen detenidamente los aspectos intrínsecos a su soberanía durante la suscripción o renegociación de los referidos instrumentos. En lo referente a la materia tributaria, la experiencia y la casuística, existentes al respecto, han demostrado que su falta de regulación o somera regulación puede generar a los Estados signatarios de los tratados graves inconvenientes y limitaciones en el manejo de su política fiscal frente a la inversión extranjera. En efecto, los inversores podrían sentirse vulnerados en sus derechos convencionales con la adopción de medidas tributarias o de una nueva política fiscal por parte del Estado receptor y podrían, en consecuencia, exigir el respeto de aquellos derechos. En última instancia, podrían someter las diferencias originadas por cuestiones tributarias al arbitraje internacional, distrayéndolas de su fuero originario, que son las cortes tributarias locales. Lo anterior podría ocurrir en detrimento de una de las facultades inherentes a la soberanía estatal, que es la potestad tributaria, la cual además resulta imprescindible para solventar el gasto público y para alcanzar determinados objetivos particulares de desarrollo nacional. Dentro de este contexto, el presente trabajo procura exponer y analizar ciertas cuestiones en torno a la importancia y necesidad de regular e incluso excluir la materia fiscal de la aplicación de los tratados internacionales de inversión.