995 resultados para COLOMBIA. PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Resumo:
La conciliación es uno de los mecanismos alternativos de solución de conflictos más importantes y desarrollados en Colombia. Pese a que las normas legales que rigen la materia son las mismas, en la práctica parece que los conciliadores y centros de conciliación aplican el procedimiento de manera diferente. El presente texto tiene como objetivo poner a disposición de las personas interesadas en la conciliación una descripción de las etapas que integran el procedimiento conciliatorio. El análisis jurídico del procedimiento empieza con los requisitos de la solicitud de conciliación y termina con el seguimiento que se debe hacer al resultado del servicio ofrecido. Para el desarrollo de la presente obra, se integra la legislación, la jurisprudencia y los conceptos de línea institucional del Ministerio del Interior y de Justicia con ejemplos sencillos que permiten un mejor entendimiento de los conceptos que se quieren dar a conocer.
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Este trabajo es el resultado del proyecto de investigación financiado por Colciencias y la Universidad del Rosario, que incorporó la Cátedra Viva Intercultural, constituyéndose así un escenario para el intercambio de saberes y constumbres propias de las comunidades étnicas de nuestro país. Un espacio en el que se reconocen afrocolombianos, indígenas, gitanos, y raizales, y se analiza su realidad social y la jurisprudencia que garantiza la efectividad de sus derechos. El presente texto contiene un estudio metodológico para consolidar el proceso de enseñanza de los saberes tradicionales de las comunidades étnicas en el aula universitaria. Es un documento guía para las futuras cátedras étnicas, dirigido a estudiantes, docentes y a entidades gubernamentales y ONG que trabajen por el respeto de la diversidad étnica de Colombia.El presente texto contiene un estudio metodológico para consolidar el proceso de enseñanza de los saberes tradicionales de las comunidades étnicas en el aula universitaria. Es un documento guía para las futuras cátedras étnicas, dirigido a estudiantes, docentes y a entidades gubernamentales y ONG que trabajen por el respeto de la diversidad étnica de Colombia.
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Los indígenas como sujeto jurídico para el reconocimiento de derechos étnicos han sido definidos desde el paradigma del multiculturalismo liberal, basado en características esencialistas de la identidad, como el vínculo con el territorio ancestral rural, el uso de la lengua nativa, y la organización colectiva y comunitaria. Sin embargo, el conflicto armado colombiano ha generado el desplazamiento forzado de gran parte de esta población i1, en su mayoría hacia áreas urbanas y metropolitanas, donde son inaplicables las características que eran tenidas en cuenta para el reconocimiento y la garantía de sus derechos. La ausencia de un sujeto jurídico étnico que responda a las condiciones de un indígena desterritorializado víctima de desplazamiento forzado a causa del conflicto armado que solicita atención individual, se convierte en un obstáculo para la garantía de sus derechos étnicos en la implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación a víctimas del conflicto armado, porque las medidas afirmativas y el enfoque diferencial étnico, obligación del ejecutivo, queda a la discrecionalidad de las decisiones administrativas, poniendo en riesgo la garantía del derecho a la identidad cultural y, por lo tanto, a la diversidad étnica y cultural de la nación.
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No. 327 (23 ag. 1813); 2a. época, no. 1 (16 en. 1814)-no. 123 (19 mayo 1814); 3a. época no. 1 (1 jun. 1814)-no. 214 (31 dic. 1814); 4a. época no. 1 (1 en. 1815)-no. 117 (27 abr. 1815)
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El interés de este Estudio de Caso, tiene como objetivo analizar la incidencia de la desmovilización de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) en la Política de Seguridad Ciudadana y Convivencia de Bogotá (PSCCB) durante el periodo 2004 – 2013. Se identifica y analiza, cómo se incluyó un programa para desmovilizados en la Política de Seguridad Ciudadana y Convivencia; además de la reconfiguración de las estructuras del crimen organizado tras dicha desmovilización. Lo anterior, para explicar el aumento de los delitos de alto impacto y la percepción de inseguridad en la capital durante este periodo de tiempo.
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El presente estudio describe los cambios en la políticas públicas de niñez en Colombia entre 1991 y 2014, mediante el análisis tanto de las narrativas y contranarrativas de política gestadas en este periodo de tiempo, como de los factores que propiciaron la conformación de una red de política pública y el posterior desarrollo de diversos modos de interacción entre los grupos de actores identificados. Parte esta investigación de situar antecedentes y factores relevantes que permiten contrastar, por un lado, contenidos y perspectivas entre diferentes periodos de tiempo, y por otro lado, el número, tipo, y dinámica de relaciones entre los diversos actores involucrados en este campo antes de 1991, y posterior a este año hasta 2014. En síntesis, a través de los hallazgos y análisis realizados se busca no solo plantear qué se transformó entre 1991 y 2014 respecto a la construcción de la niñez como referente de políticas públicas, sino también, cómo se gestó esta transformación, con el fin de proveer elementos que permitan comprender principalmente los énfasis y las variaciones que han tenido las políticas públicas de niñez en el país, pero también, algunas continuidades por periodos más específicos de tiempo.
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La falta disciplinaria será aquella conducta típica, antijurídica y culpable, pues eso se desprende de los principios rectores del derecho disciplinario, los cuales tienen una consagración normativa en el ordenamiento jurídico colombiano, más específicamente en la Ley 734 de 2002, actual Código Disciplinario Único. La Ilicitud Sustancial es el elemento que delimita la antijuridicidad de la responsabilidad disciplinaria, y se debe decir que el alcance de dicho concepto no ha sido definido de manera precisa por parte de la ley, ni de manera unánime por parte de la doctrina, ni muchos menos por parte de la jurisprudencia. Luego de exponer las reflexiones hechas respecto al alcance de la ilicitud sustancial, se argumentará el por qué se debe entender el alcance de ese concepto bajo la siguiente hipótesis: La ilicitud sustancial debe entenderse en términos de antijuridicidad material, lo cual apunta a que la falta, además de ser típica y culpable, debe vulnerar realmente la Función Pública como bien jurídico a proteger por el Derecho Disciplinario, o ponerla en peligro manifiesto, pues ese tipo de derecho sancionador debe ser estrictamente limitado, ya que sus consecuencias son muy gravosas para los derechos de la personas destinatarias de la Ley Disciplinaria.
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El objetivo de este estudio, consiste en el análisis de la toma de decisiones del gabinete ministerial del presidente Belisario Betancur, durante la crisis de la toma del Palacio de Justicia por parte del M-19, durante los días 6 y 7 de noviembre de 1985. Para ello, se utilizará un enfoque histórico sociológico e institucional, realizando una revisión documental para describir los hechos previos a la toma del Palacio de Justicia, examinar el escalamiento de la crisis y explicar el proceso de toma de decisiones a nivel del alto gobierno, durante el desarrollo de la toma militar del Palacio. De esta forma se busca comprobar, utilizando principalmente el modelo de políticas gubernamentales de Graham T. Allison, que durante el proceso de toma de decisiones no se realizó un adecuado análisis del contexto, no se tuvo en cuenta los factores psicológicos de cada actor del conflicto, ni hubo claridad sobre el rol que desempeñó cada uno dentro de la mencionada crisis, creando las condiciones para el desenlace violento que generó el conocido Holocausto del Palacio de Justicia.
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Las asociaciones público privadas "APP" han sido utilizadas para distribuir riesgos y fomentar el desarrollo de los países a través de la provisión de infraestructura. Así, se implementan para proveer bienes y servicios públicos tanto en los sectores de infraestructura productiva (carreteras, puertos, aeropuertos, trenes), como en el sector de infraestructura social (escuelas, universidades, hospitales, edificaciones públicas, etc.). En Colombia, ante la escasez de recursos públicos y la necesidad de formular posiibles soluciones a la crisis del sector salud, surge como una posible solución el modelo de APP consagrado en la Ley 1508 de 2008.
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El propósito del presente diagnóstico es analizar el proceso de construcción de la identidad del Cabildo Indígena Ambiká-Pijao en la localidad de Usme en la ciudad de Bogotá, desde el año 2005 hasta 2015. Este diagnóstico busca analizar la identidad en el marco de la Política Pública para Pueblos Indígenas de la ciudad de Bogotá, teniendo como elementos centrales las variables del territorio y su pérdida debido al desplazamiento en muchos casos forzado, la cultura, y las características sobre las cuales se entiende al indígena en contextos urbanos. Con base en estos fenómenos, se estudian las principales características de la comunidad e individuos que hacen parte de la misma, para así plantear algunos retos por parte de las instituciones políticas en torno al desarrollo e implementación de políticas multiculturales de reconocimiento para el caso de indígenas presentes en lo urbano.
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En Colombia, mediante la Ley 1508 de 2102, se estableció el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas (APP) y con la aprobación de la Ley 1682 de 2013, se regularon los proyectos de infraestructura de transporte. Con la presente tesis se pretende demostrar la figura del Diálogo Competitivo como procedimiento incompleto e insuficiente, apropiado así por nuestro régimen jurídico en la Ley de APP, visto desde la perspectiva de la Unión Europea, especialmente de los modelos español, inglés y francés, porque carece de la mayoría de sus elementos característicos. Posteriormente se realiza una crítica al Diálogo Competitivo colombiano desde la perspectiva de la Unión Europea, ya que se evidencia en la figura interna su precariedad frente a un procedimiento debidamente definido y organizado como el de la Unión Europea. Entre las instituciones jurídicas adoptadas por la Ley de APP, se encuentra el Diálogo Competitivo, que es un procedimiento, verificado en la etapa de estructuración de los contratos APP de iniciativa pública, cuyos antecedentes registran el mayor reconocimiento internacional en la Unión Europea (UE). Ésta introdujo esa figura a su régimen jurídico, a través de la Directiva 2004/18/CE, a su vez derogada por la Directiva 2014/24/UCE. La tesis culmina con una serie de conclusiones y recomendaciones que se estiman útiles para repensar y reestructurar el Diálogo Competitivo en los proyectos de infraestructura vial en Colombia, tarea que le corresponde al Congreso Nacional, pues así lo ha dispuesta la jurisprudencia del Consejo de Estado.
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El desarrollo tecnológico y la expansión de las formas de comunicación en Colombia, no solo trajeron consigo grandes beneficios, sino también nuevos retos para el Estado Moderno. Actualmente, la oferta de espacios de difusión de propaganda electoral ha aumentado, mientras persiste un marco legal diseñado para los medios de comunicación del Siglo XX. Por tanto, este trabajo no solo realiza un diagnóstico de los actuales mecanismos de control administrativo sobre la propaganda electoral en Internet, sino también propone unos mecanismos que garanticen los principios de la actividad electoral, siendo esta la primera propuesta en Colombia. Por el poco estudio del tema, su alcance es exploratorio, se basa en un enfoque jurídico-institucional. Se utilizaron métodos cualitativos de recolección de datos (trabajo de archivo y entrevistas) y de análisis (tipologías, comparaciones, exegesis del marco legal), pero también elementos cuantitativos como análisis estadísticos.
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En la presente investigación se realiza un diagnóstico de la forma en la que las prácticas culturales de Bogotá generan violencia cultural en las mujeres desplazadas del Caquetá, en el período 2002-2010.
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En nuestro país existen múltiples entidades y materias que no aplican la Ley 80 de 1993. Así, el desarrollo de su actividad contractual escapa al ámbito normativo que establece el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, configurándose de esta manera los denominados regímenes excepcionales. Sin embargo, teniendo en cuenta que son entidades que administran recursos públicos y en virtud del deber de observancia de los principios que orientan la función administrativa establecido por el ordenamiento jurídico, el Derecho Público que pareciere inicialmente no exigible a estos regímenes termina siendo aplicado, llegando a convivir e interactuar entonces con el Derecho Privado preponderantemente aplicable en este tipo de entidades. Dentro de estas, precisamente, se encuentran las denominadas Empresas Sociales del Estado - ESES -, las cuales por disposición expresa del legislador en materia contractual se rigen por el Derecho Privado, pero otorgándoles además la facultad de utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el Estatuto Contractual. Este escenario particularmente confuso, donde impera la incertidumbre sobre el alcance de la aplicación del Derecho Público y/o del Derecho Privado, constituye el problema jurídico que se aborda en el presente trabajo, el cual se desarrolla a partir del estudio del régimen contractual de las ESES, señalando sus rasgos más importantes y brindando una serie de criterios para la determinación de aspectos puntuales como: la aplicación de los principios, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades aplicable, la utilización de las cláusulas y potestades exorbitantes, las modalidades de selección del contratista, entre otros.
Resumo:
El estudio pretende establecer los lineamientos establecidos por la Corte Constitucional, los fallos y conceptos de la Procuraduría, la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y la doctrina entre otros, frente a la ilicitud sustancial, como derrotero para endilgar la responsabilida disciplinaria.