710 resultados para Normas y patentes


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Se plantea la cuesti??n del papel de la comunidad educativa en la transformaci??n que est?? sufriendo la mentalidad de los ciudadanos por la influencia de los medios de comunicaci??n, las nuevas normas y costumbres y los propios contenidos, pr??cticas y metodolog??as de la educaci??n formal. Se analiza el entorno competitivo que organiza las relaciones sociales seg??n el modelo del mercado y convierte a los ciudadanos en emprendedores de s?? mismos, promoviendo la resistencia de la escuela frente a la cultura del emprendimiento.

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Este trabajo explora las directrices globales como instrumentos, que proponen normas y principios en materia de empleo, formación, condiciones de trabajo y relaciones laborales por parte de las empresas transnacionales, propuestas en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), articulando como un régimen internacional del trabajo parcial, en construcción o inacabado, donde su eficacia varía según el área de temas y tiempo. En este trabajo, se analizan, la forma en que se aplican las directrices en el funcionamiento de las empresas transnacionales en los países periféricos, los grados de complementariedad y competencia en el comercio internacional y la responsabilidad social. Así como también, las actuaciones en materia laboral, mediante un estudio de caso sobre una empresa transnacional; se ha considerado tanto el contenido de las iniciativas como el proceso de diseño, ejecución y evaluación de las mismas.

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Respecto a la valoración de la prueba, en nuestro sistema de justicia, se establece en el Art. 115 del Código de Procedimiento Civil que: “La prueba deberá ser apreciada en conjunto, de acuerdo con las reglas de la sana crítica, sin perjuicio de las solemnidades prescritas en la ley sustantiva para la existencia o validez de ciertos actos. El juez tendrá obligación de expresar en su resolución la valoración de todas las pruebas producidas.” Con este artículo nuestro legislador establece que la prueba debe ser valorada por el Juez con estricto sentido de la lógica y de la razón, de conformidad con los principios de la sana crítica, mismos que deberán estar integrados por las reglas de la lógica y la experiencia de los jueces. En nuestra legislación no se impone al juez el resultado de la valoración de la prueba, pero sí le impone el camino, el medio concreto, el método de valoración y éste no es otro que el de la razón y la lógica como elementos de todo juicio, es así que la Constitución Política de nuestro país, para controlar que efectivamente el Juez exponga su valoración de la prueba, y exponga sus fundamentos de hecho y derecho presentados en el proceso, estable en su Art. 76 numeral 7, literal L que: Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas y principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados.” Con la motivación se pretende que las personas encargadas de la administración de la justicia demuestren que la decisión tomada en determinada causa, es legal y racionalmente justificada sobre la base de aquellos elementos que la fundamentan.

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Uno de los eventos jurídicos más importantes del siglo XX, sin duda, ha sido la consolidación del derecho internacional de los derechos humanos. Instrumentos internacionales y mecanismos de protección se han puesto en funcionamiento y afianzado, tanto a nivel global como regional. No obstante, en muchos casos, este desarrollo de principios, normas y órganos de protección a nivel internacional no se ha reflejado en iguales progresos en ámbito nacional. Lo cual permite todavía afirmar que si bien la universalización de los derechos ha sido una etapa sustancial para la consolidación de la protección de los derechos humanos el desafío sigue siendo el hacerlos efectivos. El artículo lleva a cabo un examen de la jurisprudencia de los países de la región que permite llegar a la consideración que se están produciendo importantes avances en este terreno y cada vez más los altos tribunales de varios países de la región utilizan como parámetro de interpretación la jurisprudencia de la Corte Interamericana para resolver cuestiones internas y concluir que en Latinoamérica, gracias a la influencia integradora de la Convención Americana y de la jurisprudencia de la Corte Interamericana con la jurisprudencia nacional, se está lentamente consolidado lo que podría ser definido como un estándar mínimo común en materia de protección de los derechos humanos. Un núcleo fundamental o esencial de derechos que poco a poco se va imponiendo en los países miembros dando origen a un nuevo ius commune para Latinoamérica.

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El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo central evaluar con base en el estudio de la doctrina, el derecho comparado, y los pronunciamientos de órganos competentes, el avance de la materia de competencia desleal en las legislaciones internas de los países miembros de la CAN. De manera especial, se buscó determinar la situación de la legislación ecuatoriana, y proponer pautas para la instauración de un régimen integrado y eficiente de protección contra prácticas desleales de mercado. Los asuntos específicos de competencia desleal vinculados con el comercio exterior, como el dumping y las subvenciones, no fueron parte de este trabajo, ya que presentan particularidades que requieren un tratamiento independiente. Para alcanzar los objetivos propuestos, el contenido de esta investigación se distribuyó de la siguiente manera: El Capítulo I se concentró en aspectos introductorios, con el fin de establecer el sustento teórico con base en el cual se desarrollaría el trabajo. El análisis empezó por la revisión de las disposiciones relevantes para la materia que integran la Constitución económica dentro de los países que conforman la Comunidad Andina de Naciones -CAN-. Posteriormente, se arribó a una definición personal sobre competencia desleal, previo el estudio de referentes doctrinarios y legales, y se analizó el tema de la cláusula general. Finalmente, se establecieron los puntos de conexión entre la disciplina que estudia la competencia desleal y otras ramas jurídicas. El Capítulo II, se refirió concretamente al tratamiento que de los actos típicos de competencia desleal se hace en las legislaciones internas de los países de la CAN, con el objetivo de determinar las fortalezas y debilidades de las disposiciones sobre el tema. La tipología revisada fue la siguiente: actos de confusión; actos de engaño; actos de descrédito; actos de sustracción y explotación de secretos; actos de explotación de la reputación ajena; actos de imitación; actos de comparación; actos de desorganización; violación de normas; y, otros, como las ventas agresivas. El Capítulo III estudia las acciones franqueadas por ley para la defensa contra los actos de competencia desleal. Para el efecto, se analizaron las acciones civiles, administrativas y penales. En el desarrollo de este análisis, se trataron temas como pretensiones admisibles, legitimación activa; diligencias preliminares; y, medidas cautelares. Finalmente, el Capítulo IV contiene una sistematización de las conclusiones y recomendaciones obtenidas en cada uno de los capítulos precedentes. Por otro lado, se ha incorporado una sección de Anexos, contentiva de cuadros comparativos de las disposiciones legales de los países de la subregión con relación a cada uno de los temas estudiados.

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Nuestra legislación regula a la emisión de obligaciones en la Ley de Mercado de Valores, en su Reglamento y en la Codificación de Resoluciones expedidas por el Consejo Nacional de Valores; esto con el objetivo de promover un mercado organizado, eficaz y transparente; difundiendo al público una información adecuada de la situación financiera del emisor. Al momento de una emisión de obligaciones, ésta debe estar garantizada por una garantía general, la cual consiste en la totalidad de los activos no gravados del emisor y además podrá contar con garantía específica. Estas normas y otras han derivado problemas en el mercado de valores, ya que la norma no es clara y es subjetiva con la cual el emisor no tiene un mercado ágil ni eficiente. Lo expresado anteriormente ha sido contemplado en tres capítulos: El primer capítulo se ha titulado "OBLIGACIONES", en el cual se brinda un análisis del marco legal, en qué consiste y el proceso de la emisión de obligaciones. El segundo capítulo se ha titulado "RESGUARDOS", en el cual después de tener un conocimiento claro de todo lo relacionado a obligaciones, se analiza esta norma que limita el desarrollo de un mercado ágil, eficiente y veraz. Finalmente, el capítulo tercero se ha titulado "CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES" en el cual se brindará conclusiones que permitan entender la aplicación de la norma y brindar una reforma o la propuesta a la derogación a la misma, si esta lo amerita, después de todo el análisis realizado.

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A partir del concepto de "Estado Social y Democrático de Derecho, este trabajo investigativo pretende establecer cuales son las características, funciones y perfiles constitucionales de esta fórmula encargada de articular las instituciones, normas y políticas de un Estado que se auto define como social, con este fm luego de un breve análisis histórico del concepto de Estado, se pasa a establecer las diferencias existentes entre el Estado Liberal y el Estado Social, con sus correspondientes y particulares perfiles, para encarar después el análisis del Estado Social y Democrático de Derecho como la fórmula constitucional acogida por la Constitución del2004 en Bolivia. Partiendo de una clara exposición del régimen económico dentro del cual se desarrollo y se desarrolla Bolivia, el régimen social y sus contradicciones y la diversidad étnica y cultural, este trabajo estudia el contexto histórico-político y económico de Bolivia desde sus origines republicanos, precisando el análisis desde el año 1982, año en el que se reinstauro la democracia en Bolivia, pasando por los sucesos de Febrero y Octubre del 2003, las históricas elecciones del 2005 y la asunción al poder en enero del 2006 del primer presidente indígena, el aymara Evo Morales Ayma. Los importantes sucesos políticos y constitucionales que llevaron a la construcción del nuevo mapa político-constitucional de la actual Bolivia, demuestran que también resulta indispensable realizar un análisis histórico de las reformas constitucionales· mas importantes realizadas en Bolivia, partiendo desde su primera constitución la "Constitución Bolivariana" hasta llegar a las últimas reformas, para terminar haciendo un recorrido a lo largo del actual proceso constituyente boliviano, visualizando además las perspectivas y propuestas de transformación radical del modelo de Estado en Bolivia.

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Esta investigación se focaliza en el Título Habilitante Único, instrumento regulatorio necesario para el ingreso al mercado de los servicios de telecomunicaciones. Explica las razones de la crisis del monopolio en el sector, el impacto de la liberalización de los servicios, la innovación tecnológica que ha ocasionado una convergencia en los servicios de voz, datos y video, de manera que los mercados también convergen, haciéndose necesario la introducción de normas y regulaciones que faciliten el tratamiento de la operación y prestación de los servicios, así como su comercialización convergentemente, en los llamados paquetes “Triple Playy “Cuádruple Play”. Frente a estos progresos tecnológicos, el Derecho como ciencia, necesaria para planificar, impulsar, controlar y guiar al sector, debe servir para armonizar y como consecuencia de ello simplificar los trámites e impulsar la competencia, contribuyendo a la madurez y eficiencia del sector. Como consecuencia se propone un marco general armonizado en el que se fundamente el Título Habilitante Único de cada país de la región.