973 resultados para Estatuto Jurídico
Resumo:
Exposición de los 65 artículos del nuevo Estatuto Orgánico de la Educación para la Enseñanza Primaria, Normal y Secundaria chilena, que demuestra ser uno de los más exigentes planes de reforma educativa.
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Se reflexiona sobre la necesidad de redactar un estatuto completo y justo del profesorado oficial de enseñanza media ante la falta de concreción de los derechos y deberes de los profesores en las últimas reformas orgánicas, y la oportunidad de redactarlo en este momento utilizando diversos factores favorables, como la cohesión adquirida por los estamentos interesados.
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La seguridad social de los maestros interinos se enfrenta al riesgo, como cualquier otro elemento de la Administración, de la disgregación, por la progresiva dispersión de los procesos de gestión. Hay partidarios de una situación contractual, frente a otros partidarios de una situación reglamentaria, lo cual conlleva la existencia del acto-condición. Pero el maestro interino pertenece sin dudas al trabajador sujeto a situación reglamentaria, ya que es un funcionario. Sin embargo es un funcionario con características especiales. Éstas vienen definidas en el Decreto 315/1964, de 7 de febrero, o Estatuto de los Funcionarios Civiles del Estado. En el artículo 5õ se define a los funcionarios interinos como 'aquellos que por razones de necesidad o urgencia, ocupan plazas de plantilla en tanto no se provean por funcionarios de carrera'. Se ahonda en los preceptos que la ley establece para los funcionarios interinos. Después se establecen una serie de conclusiones respecto a los maestros interinos, como que en dicho estatuto no se define la figura del maestro interino, aunque se detalla con precisión los requisitos para el nombramiento de los interinos, aspecto que es totalmente aplicable para los maestros. Se prosigue con el análisis de algunos artículos, que directamente hacen referencia a la profesión docente, y a los maestros interinos. El cumplimiento del Estatuto del Funcionario Público, requiere que se desarrolle el Decreto-ley 10/65, de 23 de septiembre, sobre Derechos pasivos y de Seguridad Social de los Funcionarios de empleo. Este decreto reconoce dos situaciones: la anterior a su promulgación, en 1965, en la que el funcionario de empleo se rige por el estatuto de clases pasivas; y la posterior a su promulgación, que tiene como novedad que los funcionarios se regirán por el Régimen General de la Seguridad Social, el cual sólo afectará a los funcionarios nombrados después del 1 de enero de 1965.
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El matrimonio ha dejado de ser para muchos sectores de la sociedad española como la única vía posible para la vida conyugal. Lo que significa que haya sido regulado por el derecho como un modelo alternativo al matrimonio. Han sido primero los tribunales y después el regidor quienes sin llegar a formular un tratamiento global y homogéneo a las parejas de hecho, han ido corrigiendo algunas injusticias provocadas por las leyes vigentes. No obstante, no existe una regulación global al respecto. Es tratamiento regulativo de las parejas homosexuales requiere un enfoque jurídico, psicológico y sociológico que evite caer en estereotipos y de cierta racionalidad a las controversias en temas como la adopción por parte de este tipo de parejas. En este caso debiera de darse un debate abierto y plural que hasta el momento no ha tenido lugar en España, tanto en el ámbito social como en el legislativo, atendiendo a los criterios más expertos de psicólogos, pedagogos, educadores especializados, sin perder el norte de que no hay un derecho de adoptar en ninguno de los dos casos (parejas casadas, no casadas, hetero u homosexuales, etcétera).
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Resumen basado en el de la publicación
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Resumen basado en el de la publicación
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Acompañan al texto dibujos representativos realizados por niños de EGB
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Monográfico con el título: 'El Estatuto Profesional Docente'
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Monográfico con el título: 'El Estatuto Profesional Docente'
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Se delimitan las cuatro funciones básicas del profesorado incluidas en el Informe cuatro de Euridyce de 2004, 'La profesión docente en Europa: perfil, tendencias y problemática' que son: la función docente, la función tutorial, la función de coordinación docente y la función de formación continua. A continuación se critica la falta de atención prestada a la realización de las funciones que no son la docencia, y se pone de manifiesto la necesidad de una asignación adecuada y suficiente de recursos para todas ellas y de coordinar horarios de modo que se dé una atención integral a todas las funciones. Finalmente se establece la necesidad de que el Estatuto Profesional Docente adapte los centros y la propia profesión al enfoque por competencias que se está imponiendo.
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Monográfico con el título: 'Enseñanza virtual, innovación e internacionalización de la educación'. Resumen basado en el de la publicación
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Memoria de máster (Universidad Pablo de Olavide, 2009). Resumen basado en el de la publicación
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Memoria de máster (Universitat de Barcelona - FREIE Universität Berlín, 2007). Resumen basado en el de la publicación. Incluye anexos
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Resumen basado en el de la publicación
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El autor del artículo, Jefe de la Sección de Fundaciones del Ministerio de Educación Nacional, hace unas consideraciones sobre la conveniencia de actualizar la regulación de las fundaciones de carácter benéfico-docentes y aborda los problemas que deben contemplarse y resolverse.