1000 resultados para Realidad social
Resumo:
El ecologismo, como ideología nueva, constituye un valor en si mismo, se erige en un estilo de vida capaz de influir en cualquier ámbito de la realidad social y natural. La educación debe plantearse todas las cuestiones que se derivan de la postura ecológica y con ello crear nuevas actitudes hacia el entorno. Se repasan los problemas que existen en la relación ser humano-entorno desde un punto de vista ecologista y se propone la escuela como espacio vital para potenciar estas ideas incorporando en todo el currículum cuestiones relativas al medio ambiente.
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Examen de la reforma educativa llevada a cabo en la Italia fascista de la primera mitad del siglo XX, en relaci??n con la reforma llevaba a cabo en el ??mbito del trabajo, con las denominadas 'Carta de la Escuela' de 1930 y 'Carta del Trabajo' de 1927. Esta renovaci??n del sistema educativo italiano se basa tanto en la estructura como en los m??todos y programas, destacando los aspectos que contribuir??n a formar las masas trabajadoras del futuro. Pretend??a acercar la escuela a la vida real con un ciclo de estudios formado por una parte te??rica y una pr??ctica. As?? mismo, pretend??a crear escuelas adaptadas al trabajador, a cada tipo de trabajo, para fomentar la especializaci??n y la vocaci??n profesional de las juventudes italianas. Tambi??n destaca 'el plan nacional de cursos' para mujeres y parados mediante un sistema de organizaci??n org??nico y unitario que forma a los trabajadores seg??n las exigencias de producci??n del pa??s, encargando a las asociaciones profesionales recientemente creadas la formaci??n de estos sectores de la poblaci??n en los oficios en los que se requiera mano de obra. Todas estas medidas intentan solventar los problemas de la realidad social y econ??mica de la ??poca en Italia, empezando por el primer escalaf??n que son los ni??os, el fututo del pa??s.
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Se plantea la desproporción que existe, a juicio del autor, entre los estudios de Derecho en las Facultades españolas y la realidad social de la época. Repasa los conceptos y relaciones entre sociedad liberal, jurista y abogado. Plantea el cambio de sentido que ha sufrido el Derecho, lo que refleja, a su vez, una profunda renovación sociológica y expresa sus reservas ante la creación de la nueva Faculta de Ciencias Políticas, que podría llegar a agravar el problema.
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Se estudian los valores educacionales en la historia, en el sentido cultural, desde una perspectiva axiológica. Para la axiología o la filosofía de los valores, los valores son los fines, las metas, los objetivos últimos. Algunas corrientes filosóficas como el evolucionismo, el vitalismo, Nietsche, Freud, Marx, el existencialismo, el personalismo, y toda filosofía moderna ponen de relieve que la realidad humana no es algo estático, y que el hombre es una realidad educativa del mismo modo que es una realidad social.
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Se exponen las diferencias entre el alfabetismo clerical, es decir, la capacidad para leer y escribir, del alfabetismo laico, es decir, la serie omnipresente de supuestos que se dan como hechos establecidos por parte de los lectores y no lectores de una sociedad letrada. La tarea de un estudio sobre alfabetismo es la de descubrir y analizar tales supuestos. La vía para el descubrimiento de los mismos pasa por una consideración de las relaciones entre las formas vernáculas y las formas letradas del lenguaje. Se utiliza el término alfabetismo laico para hablar de una mentalidad definida por una serie de certezas que se han difundido dentro de la esfera del alfabeto desde finales de la Edad Media. Y constituye un nuevo tipo de espacio en el que se reconstruye la realidad social. Se intenta trazar la evolución de esta mentalidad y la transformación de determinadas certezas que sólo pueden existir dentro de ella. Se intenta ilustrar cómo tiene lugar dicha transformación contando la historia del texto.
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Resumen del autor
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Se plantea la Educación Intercultural como un entendimiento crítico de las relaciones sociales. Se aportan una serie de criterios para adoptar un programa de ciencias sociales, donde se concibe la realidad social de la interculturalidad desde una perspectiva problematizadora. Se parte de la idea de que la práctica de la convivencia intercultural se asienta sobre un entendimiento crítico de las relaciones sociales.
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Resumen tomado del autor
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Se analizan tres conceptos: el formalismo, el derecho y la educación, desde una perspectiva filosófica. El formalismo es considerado un vicio del pensamiento, ya que otorga un significado general a los conceptos, obviando lo individual, lo concreto. El Derecho en cambio opera a un nivel de coacción social, pero sin limitar la realidad social a la que sirve. De hecho muchos aspectos de esta realidad social escapan al Derecho. Algo parecido sucede con la Educación. El fenómeno educativo es el resultado de una acción formativa de un adulto hacia una serie de niños o menores, y aunque este perfil no responda con exactitud a las vivencias sociales, la rigidez normativa en lo educativo, convierte al maestro en funcionario y a la misión educativa en función regida por el Derecho. De este modo, mediante la reflexión en torno a estos tres conceptos se llega a un conocimiento más profundo de la Educación y su naturaleza.
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Se trata de una contestación a una carta al director de Luís Artigas sobre las deficiencias de la Administración educativa y su escasa correlación con la realidad educativa. Se trata de precisar las críticas de Artigas. Por ejemplo Artigas defiende la supuesta incapacidad de la legislación para actuar sobre la realidad social, y en consecuencia sobre la educación, lo cual es considerado un error. La legislación, su cumplimiento, es uno de los elementos fundamentales para transformar los comportamientos sociales. Sólo a través de una adecuada legislación educativa, podrá mejorarse el sistema educativo y hacerlo más acorde con las necesidades sociales. Se profundiza en torno a este tema y esta idea principal.
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Educación y derecho son compañeros de viaje, pero ¿a cuál de los dos corresponde señalar su término su camino y el modo de recorrerlo? Si dirigimos una mirada al mundo jurídico podemos encontrar casos en que el papel del derecho ha sido reducido y otras, se ha sobrevalorado y ha encerrado a la educación entre unas normas rígidas que acabarían por atrofiarla. Es verdad que la educación tiene un fin propio, que el derecho no debe señalarle; pero a este corresponde establecer las vías y los modos de una gran parte se su cometido. Cuando la sociedad está en orden, el entendimiento debe ser prefecto; el derecho respetará el fin de la educación y todas las aspiraciones de ésta para conseguirlo con más perfección y más rapidez, aquélla por su parte se acogerá gustosa a los cauces del derecho, porque ambos parten de la misma moral y, es a ésta, a quien le compete cuanto se relaciona con el fin último del hombre, al que deben tender tanto la educación como la regulación jurídica. Así, el papel de la educación consiste en brindar y defender sus fines supremos e intermedios; el del derecho garantizar los derechos naturales de la educación, pero no sólo del derecho a la educación, sino también del derecho de educar y de las condiciones de su ejercicio, anticipándose a la realidad social siempre que sea posible.
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La Enseñanza Media española sale malparada de la comparación con la de la mayoría de las naciones cultas, y no es precisamente en su aspecto cualitativo, sino en el cuantitativo, pues, mientras en los países más adelantados y con un nivel de vida más elevado, la Enseñanza Media es casi universal, en España beneficia sólo a una mínima minoría de ciudadanos. Entre las numerosas causas que impiden a un gran número de españoles beneficiarse de esta enseñanza están la escasa demanda de hombres instruidos por parte de la sociedad, el desinterés por los problemas culturales, la inadaptación de nuestras instituciones docentes a la realidad social y una defectuosa estimación de la rentabilidad de la enseñanza media, que afecta por igual a gobernantes y a gobernados. Pero si esto se así, la sociedad debería de formar técnicos, especialistas con campos cada vez más concretos. En definitiva adaptar nuestras instituciones docentes a la realidad social.
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la ley general de instrucción pública de 1857, más conocida por el nombre del ministro que la promovió, Moyano, ha sido considerada el punto de partida de la universidad española actual y, en general, de toda la enseñanza del país, ya que abarca los tres grados. La organización que estableció de la enseñanza se ha mostrado tan ligada a la realidad social española, que todavía hoy están vigentes los principios que estableció. El debate sobre la educación y la enseñanza del país había sido ya puesto sobre la mesa por la ilustración. De aquí, que el tema llegara ya maduro cuando los liberales se reunieron en Cádiz y en la elaboración del texto constitucional ya estaba presente le tema de la educación como uno de los medios más eficaces de reformar el país. Así, necesidad de elaborar una ley general de instrucción pública y comisión extraparlamentaria para que preparara un proyecto de ley, que recogía los principios básicos en que se iba a basar la instrucción pública: la enseñanza en todos sus grados había de ser nacional , de competencia exclusiva del Estado y tenía que llegar a todos lo ciudadanos. Pero proyecto paralizado hasta que vuelvan los liberales con Fernando VII en el trienio liberal, fue promulgado con el nombre de Reglamento General de Instrucción Pública en 1821. Gran parte quedó inédita pues para poderla poner en practica se necesitaban unos medios económicos de los que el estado carecía en ese momento y la inestabilidad política impedía las condiciones necesarias para ponerla en marcha. Los gobiernos liberales que en ese momento se sucedieron lucharon para crear esta nueva ley, pero habrá que esperar al gobierno de Isabel II. Pero iniciativa precedente claro de la ley Moyano. Primer precedente plan que firmó el Duque de Rivas, ministro de la gobernación en 1836 con los moderados. Con ellos, la educación pierde la orientación democrática y fuerte inspiración clasista y toda la enseñanza no debe extenderse a toda la sociedad, sino que debe ser patrimonio de unos pocos y ni secundaria, ni superior para toda la sociedad. Pérdida de importancia de los estudios científicos y primacía de los estudios humanísticos. Por fin con la mayoría de edad de Isabel en 1843 con gobierno moderado, se prepara un nuevo plan de instrucción realizado por Antonio Gil de Zárate, conocido literato muy influido por la cultura francesa y muy buen conocedor de la regulación de la enseñanza en Francia Finalmente se realizará el Plan Pidal en 1845, llamado asi porque fue el ministro que lo firmó, a pesar de que su autor principal fue Zárate. Por fin, se logra una ordenación general básica de la enseñanza. Así el plan punto de partida en el Plan fracasado de 1836 y los dos proyectos legislativos de 1838 y 1841 como la legislación francesa vigente. En definitiva, responde al punto más álgido del proceso nacionalizador y centralizador del programa liberal. Todo controlado por el estado. La iglesia no puso trabas a este proceso secularizador, pero años más tarde trate de recuperar el terreno perdido, debido a su mala situación tras el apoyo a la causa carlista. Pero el Plan Pidal talón de Aquiles, al ponerse de manifiesto su debilidad normativa al tener rango de Decreto y tendrá que ser retocado. Finalmente es sustituido en 1847 y1850 lo que creó un estado de opinión favorable a darle rango de Ley y se hizo en el bienio progresista con Alonso Martínez, pero tras ser derribado Espartero proyecto eliminado. Aunque precedente inmediato de la ley Moyano. Al ser perfectamente coherente con la legislación que pretendía sustituir. En general tanto moderados como progresistas estaban de acuerdo, salvo en pequeños detalles. Destaca el papel del Estado y diferencias en el papel de la iglesia. De ahí, que cuando moderados volvieron al poder en 1856 con Moyano este presentará a las Cortes un nuevo proyecto de ley, que era simplemente de bases, se recogían simplemente los principios básicos en los que la mayoría parlamentaria estaba de acuerdo y en los que no se innovaba nada. Moyano presentó la ley nada más que como un perfeccionamiento de la situación ya existente y su proyecto fue aprobado por las Cortes con facilidad y sin problemas.
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Ante todo, se está pasando de una concepción en la que existe una relación lineal de causa-efecto entre los procesos de la enseñanza y los resultados del aprendizaje a otra en la que el aprendizaje, es en gran medida obra del propio sujeto que está aprendiendo. El hecho verdaderamente sorprendente y único es que en la enseñanza el resultado subsiguiente a la acción de quien enseña no es el efecto de esta causa, sino el producto de la actividad del propio alumno, que aprende. Este nuevo paradigma está ya presente en muchos autores: Doyle, Gage.Está claro que el fin de la enseñanza no es el de producir aprendizaje, sino el de producir condiciones de aprendizaje. Hay más paradigmas que están revolucionando toda la pedagogía. Pero el estudio del modo de pensar y razonar de los profesores cuando se abordan problemas de educación se sitúa en una investigación social más amplia que presenta, respecto de las orientaciones precedentes (la funcionalista y la neopositivista) tres características principales: primera ,en la explicación de los fenómenos sociales papel preeminente las propias perspectivas de los componentes del cuerpo social; segunda, la atención principal se dirige a las relaciones que se dan entre los microniveles, no a las que existen en las estructuras sociales más vastas y tercera, no se concede mucha importancia a los criterios para la recogida de datos, ni se hace referencia explícita a la validez de los hallazgos. En la teoría funcionalista, el sistema social se estudia como un todo, caracterizado por necesidades o funciones especiales a cuya satisfacción concurrirían las actividades de los distintos subsistemas interrelacionados entre si, como al familia, sistema económico, la comunidad y la escuela. Gran parte de la investigación dirigida a indagar sobre la adecuación de tales subsistemas a los objetivos predeterminados por el sistema general, pero no considerados estos como problemáticos; en la teoría neopositivista lo fundamental era lograr una representación del sistema social como poseedor de una existencia totalmente independiente de las percepciones que de él tuvieran sus componentes. Así, las ciencias sociales tenían que proporcionar explicaciones de la realidad social completamente similares a las que eran propias de las ciencias naturales y las sociales, mismos métodos que las naturales. Los modelos representados por estas dos teorías entraron en crisis a partir de la década de los setenta, cuando se hizo más patente su inadecuación para explicar una realidad cada vez más compleja. La incapacidad de ofrecer respuestas conduce a la desconfianza. El hecho nuevo en investigación es que los estudios recientes prefieren utilizar la etnografía como método de recogida de datos y representan la complejidad de la vida social tal y como es en la realidad. Esta nueva orientación enlaza con un renovado interés por la teoría del conocimiento. En el ámbito del conocimiento escolar la organización de la escuela, la ideología de los profesores, etcétera, es relativo y el objeto de la sociología de la educación consiste en descubrir que constituye la realidad.
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De una forma esquemática la educación puede ser definida como el conjunto de procesos que forman a los hombres, preparándoles para ejercer su papel en la sociedad. La educación se distingue así de la enseñanza, que consiste esencialmente en la transmisión de conocimientos. El objeto de la educación no sería sólo el desarrollo intelectual del individuo, sino su formación física, moral y estética. A nivel de sociedad global, los procesos e instituciones educativas están interrelacionadas con los fenómenos de tipo económico, político, ideológico-cultural y social, que se producen en el marco de dicha sociedad. Si consideramos a la educación como un sistema, este no aparecería como algo aislado, sino relacionado con los restantes sectores de la realidad social, con los que realizaría intercambios, cumpliendo así determinadas funciones en relación con la sociedad global. La educación ha sido y sigue siendo todavía un instrumento privilegiado para el mantenimiento de los valores y relaciones de dominación existentes, está sometido a la sociedad y concurre a sus fines. Por ello, tiene aspectos que facilitan el cambio cultural y social y son reflejo de transformaciones sooenonómicas que ayudan a engendrar las condiciones objetivas de su propia transformación. La educación puede ejercer una labor reflexiva y crítica que influya en la transformación de lo vigente. En las sociedades contemporáneas en las que las funciones educativas son realizadas esencialmente por instancias especializadas, la Escuela , en cuanto institución educativa formal, ocupa una posición central. La Escuela transmite la cultura, que no es sólo el conjunto de conocimientos acumulados en cada campo de investigación, sino que incluye los valores, creencias y normas que han pasado de generación en generación y que son internacionalizados y asimilados a través de los procesos de socialización. Durante la mayor parte de la historia humana, la instrucción organizada ha sido algo esporádico. El niño aprendía por imitación lo que hacían los adultos. El hecho de que en la época contemporánea la escuela sea la institución educativa por excelencia, encargada de realizar las tareas educativas fundamentales, ocupando hasta muy recientemente una posición indiscutible y casi sagrada. Las necesidades originadas por el progreso técnico y la revolución industrial determinarán que se fomente un tipo de educación dirigida a un mayor número de destinatarios, lo cual permitiría formar la fuerza laboral que se precisaba, transmitiendo unos conocimientos que, aunque fuesen mínimos, permitieran dominar una técnica o ejercer algún oficio. La enseñanza estará destinada a formar a formar sobre todo a ciudadanos y futuros trabajadores que conozcan su oficio. Comenzará a ser considerada como un medio de producción apto para formar hombres adaptados a las nuevas condiciones sociales y útiles.