25 resultados para Sistema jurídico
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
El documento muestra la sólida influencia de la corriente doctrinal del profesor francés León Duguit (1859 – 1928), en la reforma constitucional colombiana de 1936, desde tres perspectivas: El sistema jurídico, la función social de la propiedad y los servicios públicos. Para el primer tercio del siglo XX, en Colombia, al igual que sucedía en Norteamérica y los países europeos que encauzaban nuestra tradición jurídica, las tesis individualistas sobre el modelo de Estado y el derecho, habían envejecido, y se planteaban nuevas interpretaciones del sistema jurídico imperante y del papel del Estado en la sociedad, en Colombia, el francés, León Duguit secundaría de manera decisiva, aunque no exclusiva, tal proceso.
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Modelo utilizado por los indígenas wayuú, donde existe una institución encargada de resolver los conflictos intraétnicos, que tiene un origen mítico pero goza de tanta credibilidad y confianza, que hace imposible que caiga en desuso
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En cuanto que las minorías étnicas son reconocidas constitucionalmente, se encuentra un ambiente propicio para lograr con éxito la necesidad de reconocer a los pueblos indígenas como una cultura diferenciada, razón por la cual, constitucionalmente se otorgó status constitucional a su propio sistema de impartir justicia, es decir, su sistema judicial, al punto que es el artículo 246 de la Constitución Política así lo consagra, siendo de ésta manera como se hizo improrrogable hacer efectivo un mecanismo que permita el funcionamiento armónico de la jurisdicción especial indígena y Sistema Jurídico Nacional. Por ésta razón el presente trabajo investigativo, se desarrollará con base en los resultados arrojados por el proyecto Extensión de la coordinación del Sistema Judicial Nacional (SJN) y la Jurisdicción Especial Indígena (JEI), exponiendo una serie de componentes y elementos jurídicos que pretenden analizar la problemática de coexistencia de culturas jurídicas diferentes, en el marco del Estado Social de Derecho, con base en el pluralismo jurídico, diversidad cultural e interculturalismo.
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Las universidades de hoy, siguiendo las últimas tendencias de docencia universitaria que proponen minimizar la participación del profesor en la tarea del aprendizaje, han trasladado al estudiante al esfuerzo de apropiarse de la información necesaria para el conocimiento de las ciencias; Sin embargo, los libros y documentos que se entregan al estudiante para que se empape de los conceptos fundamentales siguen siendo textos fríos y desapacibles cuya utilidad estaba ligada a las explicaciones previas que ya el maestro había suministrado. Este libro ha procurado un discurso claro y coherente para facilitar su comprensión, haciendo énfasis especial en aquellos aspectos que hacen de la ciencia jurídica un ejercicio intelectual apasionante, pero evitando caer en el sistema de “cartilla” o “instructivo”, una fórmula que parece creada por la comunicación moderna para descalificar la inteligencia del lector. Este texto empieza con un barrido de prácticamente todas las instituciones generales del Derecho (las dos primeras secciones), que sirve de apoyo para entrar en el estudio de los sujetos de Derecho y sus características esenciales, con el nivel de detalle que corresponde a quien se dedica a otras disciplinas para tener una idea de cómo funciona el sistema jurídico. El autor declara que, haciendo caso omiso del esfuerzo, escribir le resultó una tarea útil, grata y no pocas veces divertida y por eso confía en que el lector tenga la misma sensación al realizar su lectura. Nota: complementa esta obra "Derecho Civil. Derecho de familia".
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Con el paso del tiempo y la evolución de los distintos modelos jurídicos se han venido originando fenómenos alternos a la justicia interna de cada país para la solución de conflictos, generalizando las decisiones a todos los conflictos jurídicos de las personas, sin importar a que sistema jurídico pertenece. Es así, como llega a incorporarse a nuestro modelo jurídico el Arbitraje, un método alternativo de solución de conflictos a través del cual las partes involucradas en un conflicto de carácter transigible, deciden llevar sus controversias ante un tribunal arbitral, el cual queda transitoriamente investido de la facultad de administrar justicia, profiriendo una decisión denominada laudo arbitral.
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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.
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La complejidad que supone abarcar el estudio de la responsabilidad patrimonial del Estado en el ámbito médico sanitario, hace preciso prestar atención a ciertos temas que resultan especialmente relevantes y que han sido decantados jurisprudencialmente por el Honorable Consejo de Estado. De esta manera el presente trabajo desarrolla temas descollantes y novedosos en materia de imputabilidad como viene a ser la prueba de la falla médica mediante la teoría "res ipsa loquitur"; la prueba del nexo causal a través de la prueba indiciaria y la teoría de la probabilidad preponderante. Así mismo se estudian los diversos tipos de daños antijurídicos que pueden darse dentro de la prestación médica a cargo del Estado, destacando especialmente la lesión al derecho a recibir una atención oportuna y eficaz, la pérdida de una oportunidad debida a la no obtención del consentimiento informado del paciente, lo que supone, a su vez, el cercenamiento del derecho de este a elegir someterse o no a determinado tratamiento, previo valoración de pros y contras de la terapia sugerida por el galeno (principio de no agravación). Así mismo se analizanlas hipótesis de daños antijurídicos derivados del error en el diagnóstico, la falla por la omisión de las entidades de control y vigilancia, falla en gineco-obstetricia, así como las hipótesis de responsabilidad objetiva del Estado por óblito quirúrgico, para finalmente tratar el tema novedoso del alea terapéutica con sus particulares características y eventual aplicabilidad en el sistema jurídico colombiano.
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Con la Constitución Política de 1991, se introdujo en el sistema jurídico colombiano un nuevo paradigma de interpretación a partir del cual la Constitución, como norma de normas, fija los límites para que el sistema normativo estructure las directrices que rigen la organización de nuestro país. Ante este inevitable fenómeno jurídico, nuestro sistema tributario no fue ajeno y fue el Artículo 338 de la Carta Política el encargado de sentar las bases para la reglamentación a nivel nacional y territorial de las normas tributarias.
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Este trabajo de investigación surge de la necesidad de dar respuesta a los distintos problemas que han surgido con ocasión de la evolución tecnológica que hace que los vinculados al mercado financiero se vuelvan partícipes de una serie de operaciones en las que se involucran componentes tecnológ
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El Ordenamiento jurídico colombiano desde sus inicios se ha enmarcado en la familia jurídica Romano Germánica, donde la Jurisprudencia ocupa un papel secundario en el momento de tomar decisiones por parte de los jueces, fungiendo como un instrumento meramente auxiliar, totalmente opacado por la ley. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, con la creación de la Corte Constitucional junto al valor vinculante que se ha dado a sus decisiones, el tradicional sistema de fuentes ha presentado una evolución que lo aproxima al uso de instituciones, como el precedente judicial, que parecían exclusivas del Common Law. De esta manera, lo novedoso del problema de investigación es que la discusión sobre la alteración de la jerarquía de las fuentes del derecho, se aborda desde una perspectiva teórica, pero desarrolla puntualmente, mecanismos como las sentencias de unificación y la extensión de jurisprudencia, que posiblemente dan alcance al concepto de precedente judicial en el Contencioso Administrativo en la práctica.
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La Corte Constitucional colombiana, a través de la interpretación del texto de la carta política, ha hecho invaluables aportes al desarrollo del derecho en nuestro país. Sin embargo, este proceso de definir las palabras de la Constitución requiere la utilización de preferencias valorativas y esto, como es natural, implica un grave riesgo para la seguridad jurídica: ¿hasta dónde puede llegar el intérprete, ¿cuáles son los límites que debe respetar?. Este riesgo incrementa si tenemos en cuenta que buena parte de la doctrina constitucional colombiana contemporánea, llamada por algunos neoconstitucionalismo, ha creado una nueva jerga erudita impenetrable llena de metáforas sofisticadas, razonamientos abstrusos, argumentos con una gran carga emotiva y citas herméticas que, en cierta medida, le han permitido encubrir sus ideas y valoraciones y, de este modo, evitar que sean sensatamente escudriñadas. En un sistema como el colombiano, erigido sobre el principio de frenos y contrapesos entre los distintos poderes del Estado, si el poder político se ejerce a través de la justicia constitucional, en un lenguaje incomprensible y presentado como un argumento de última instancia, todo el equilibrio se viene abajo y, muy pronto, el derecho se convierte en el principal instrumento del despotismo., de Daniel Mendonca, es un libro perfectamente honesto que presenta sus ideas con absoluta claridad y ayuda a trazar los límites entre la discrecionalidad y la arbitrariedad de la interpretación constitucional.
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El juez constitucional es motivo de apasionados debates tanto por quienes defienden su actividad en tanto expresión constitucional de la democracia como por quienes lo atacan por poner en peligro la separación tradicional de los poderes públicos. Sin embargo una nueva dimensión de su actividad emerge en medio de la re definición de los conceptos jurídicos y políticos que fundan la noción del Estado. Las políticas Públicas hasta hace muy poco eran competencia exclusiva de la administración sin embargo el juez constitucional ha ido consolid?ndose como un actor capaz de determinar sus contornos desarrollando un concepto amplio de gobernanza que va más allá de la idea de gobierno y de gobernabilidad. Entonces esta investigación está orientada a presentar tanto a juristas politólogos y administradores el proceso mediante el cual el sistema jurídico constitucional regula el sistema de políticas públicas y en este caso la política territorial para buscar demostrar cómo una nueva dimensión del control constitucional se consolida dentro de una nueva idea Estado y de democracia.
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Este trabajo busca encontrar una solución para aquel consumidor local que ha celebrado un contrato de compraventa internacional de mercaderías, y el bien objeto de contrato tiene un defecto que genera daño. Propone la aplicación de la falta de conformidad, a través de la figura del efecto atenuado del orden público, como una medida que sustituye la responsabilidad por producto defectuoso contenida en la ley 1480
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A raíz del impacto ambiental que produce la actividad minera sobre la biodiversidad y los recursos naturales, el sistema jurídico colombiano sustrajo de esta actividad, zonas de especial importancia ecológica y ambiental, que podrían llegar a deteriorarse en su totalidad. Sin embargo, si bien es clara la importancia de proteger estas zonas de la actividad extractiva, lo cierto es que en la actualidad se presenta un alto porcentaje de estas zonas que se superponen con títulos mineros. Circunstancia que conlleva a que entren en tensión intereses constitucionales protegidos. Por un lado, el interés general de proteger el medio ambiente y los recursos naturales y por el otro, el interés público de desarrollar la actividad minera. De acuerdo a lo anterior, a través de este trabajo de investigación, se busca describir y analizar las consecuencias en el ámbito jurídico, que se generan, al prohibir la actividad minera en zonas sobre las cuales el Estado había autorizado la realización de actividades de exploración y /o explotación minera con anterioridad al cambio regulatorio. En consecuencia, se expondrán los escenarios en que se puede encontrar un contrato de concesión, con la prohibición legal de desarrollar actividades mineras en ecosistemas de páramos. Específicamente, se analizará la situación de los títulos mineros que cuenten con licencia ambiental, títulos mineros que se encuentren en etapa de exploración y los títulos que habiendo terminado la etapa de exploración su licencia ambiental se encuentre en trámite.
Consentimiento ejercido sobre el bien jurídico libertad sexual, emitido por un menor de catorce años
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Dentro del ordenamiento jurídico colombiano, gracias a nuestro legislador se ha presentado un arduo trabajo de parte de las altas cortes en el sentido de tener que ir más allá de la simple interpretación tal como la conocemos y entendemos, la hermenéutica jurídica aplicada debe observar cómo se legisla cada vez más en los despachos de los honorables magistrados; con la regulación de las diferentes conductas que se pueden enmarcar en los tipos penales, se inicia una carrera entre la realidad y el derecho, que como sabemos deben ir de la mano pero en algunas ocasiones esta máxima deja de tener aplicación y nos vemos de nuevo envueltos en un sistema de leyes muertas.