14 resultados para Prelat, Carlos Evaristo
em Universidad del Rosario, Colombia
El resentimiento como motivación moral en el discurso de las autodefensas: el caso de Carlos Castaño
Resumo:
Esta monografía surge en el contexto del conflicto armado colombiano y se analiza desde la sociología política. Entre la variedad de actores presentes en el conflicto se tendrá en cuenta a los grupos paramilitares. La investigación se ocupa de un aspecto mínimo, pero determinante, del paramilitarismo tal como lo es el caso de Carlos Castaño; el líder del importante grupo de autodefensas que hizo presencia violenta en casi todo el país en la primera mitad de la década del noventa: las Autodefensas Unidas de Colombia. El problema que abre la investigación consiste en determinar si el resentimiento y la indignación fueron motivaciones políticas para alguno de los jefes paramilitares. Dado que junto con la culpa, estos dos sentimientos son parte de lo que se llaman los sentimientos morales, surge la pregunta por el papel que juegan los sentimientos morales tales como el resentimiento y el odio dentro del discurso de Carlos Castaño. Desarrollamos la investigación para establecer si estos sentimientos se pueden considerar motivaciones morales importantes en la justificación del paramilitarismo. Respecto al problema, planteamos la hipótesis según la cuál las afirmaciones de Carlos Castaño, que aparecen en entrevistas y comunicados, revelan que, efectivamente, el resentimiento está asociado a los motivos de este personaje para impulsar el paramilitarismo en los años noventa. Con este caso se muestra que en el discurso de Carlos Castaño hay aspectos morales que pueden llegar a explicar, pero no a justificar, las acciones violentas que alimentan el conflicto armado en Colombia.
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Resumo:
Identificar dilemas morales en el ejercicio del periodismo no es un ejercicio frecuente. Los estudiantes Camila Gómez y Carlos Rodríguez analizan la primera aparición en público de Carlos Castaño ante el país. Este acontecimiento se dio gracias a una entrevista realizada por el periodista Darío Arizmendi televisada en marzo del año 2000. El análisis pretende discernir si la entrevista realizada legitimó la lucha paramilitar o informó a la sociedad colombiana acerca de uno de los actores de su realidad.
Resumo:
Este documento contiene el Diseño de Aplicación de la Norma internacional ISO 26000:2010 Modelo de Gestión de Responsabilidad Social en la Fundación Hospital San Carlos, Bogotá - Colombia, en el que se incluye la herramienta que se diseñó para el desarrollo del estudio con base en los requisitos aplicables de la norma que orientan a un comportamiento socialmente responsable; así como el diagnóstico inicial que se realizó en la organización objeto de estudio desde una perspectiva cualicuantitativa, frente a los lineamientos que la norma presenta como elementos esenciales: Principios y Materias Fundamentales. De igual manera y acorde a la metodología que se definió para el estudio que fue observacional de corte descriptivo cualitativo interpretativo, se muestra la matriz DOFA de la institución según el diagnóstico, con el respectivo análisis e interpretación derivados de los hallazgos evidenciados en el proceso de evaluación; en el cual se identificó que la Fundación Hospital San Carlos cumple con un 47,97% de los requerimientos de responsabilidad social según la norma ISO 26000:2010, con el logro de 71 criterios de los 148 evaluados y aplicables a la organización, observándose especial fragilidad en los componentes Fortalecimiento de la Comunidad, Prácticas Laborales, y Transparencia, con un cumplimiento que estuvo por debajo del 50%. Por otra parte y como propósito fundamental del estudio se presenta el diseño propuesto para la aplicación de la norma ISO 26000:2010 en la IPS Fundación Hospital San Carlos, en el cual se registran estrategias y mecanismos que los autores sugieren y recomiendan se deben trabajar para que la implementación de este modelo internacional de Responsabilidad Social, se haga de una manera pragmática y sencilla, que lo conviertan además en un diseño de aplicación de la norma que pueda ser referenciado por organizaciones del sector salud o no, interesadas en trabajar en responsabilidad social empresarial. Para la estructura del diseño de aplicación de la norma y conforme el estudio realizado, se plantean 7 pasos que deben seguir las organizaciones de manera sistemática, metódica y ordenada: comprender la responsabilidad social; reconocer su Responsabilidad Social; levantar una matriz DOFA con base en un diagnóstico institucional; planificar; estructurar y definir de la Responsabilidad Social dentro de la organización; sensibilizar, divulgar y capacitar los estándares de la Norma ISO 26000:2010; documentar el Modelo de Responsabilidad Social; Implementar el modelo de Responsabilidad Social; y monitorear el modelo mediante un mecanismo que integre un sistema de auditoría integral y la revisión de gerencia.
Resumo:
La muerte de la madre es una tragedia prevenible que afecta una vida joven llena de grandes esperanzas y es uno de los hechos más traumáticos que puede sufrir una familia. La pérdida de la madre afecta seriamente el bienestar de su grupo social y puede afectar en forma adversa la supervivencia y desarrollo de sus hijos, especialmente de los más pequeños. Cada muerte materna debilita la estructura social en general. El objeto de este trabajo, es mostrar la relación entre las complicaciones que se presentan en la atención a la embarazada durante el trabajo de parto y el parto que podrían prevenirse y los factores mencionados anteriormente.
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Pensando en los posibles factores de riesgo que en la vida laboral, se asocian con patología lumbar, decidimos realizar un estudio descriptivo para conocer los factores existentes en la población de auxiliares de enfermería
Resumo:
Con la finalidad de mantener la mirada financiera equivalente entre las partes - lo que responde a la relación entre el derecho y la economía- no en vano la Ley 1150 de 2007 contempló dentro de su articulado el restablecimiento del equilibrio económico y financiero del contrato. Por su parte, el Decreto Nacional 0734 del 13 de abril de 2012 –hoy derogado por el Decreto 1510 de 2013- impuso la obligación a las entidades del Estado de incluir los riesgos previsibles en los estudios previos pero sólo aquellos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que pretenda celebrar la Entidad Pública contratante. Aunado a lo anterior, el Decreto Nacional 1510 del 17 de julio de 2013 también contempla la teoría de los riesgos dentro de su articulado. No obstante lo anterior, la normatividad legal pese a su esfuerzo, no puede regular todas las situaciones, prueba de ello, es que para los contratos de prestación de servicios profesionales la disposición legal en lo que respecta a los riesgos previsibles resulta ser innecesaria por la naturaleza misma de éstos y otras razones que se abordo a fondo. Es así como las actuaciones que se desplieguen en la contratación Estatal deben funcionar sobre una lógica económica, por ello, resulta pertinente investigar sobre la eficacia o no de incorporar los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico en los contratos de prestación de servicios profesionales cuando la ejecución de éstos depende exclusivamente del desarrollo intelectual que corre por cuenta del contratista.
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Esta cédula de 1767 expone una recopilación de los mandatos planteados por la Corona española en torno a la participación de los indios americanos en las instituciones coloniales. Se citan: *(382r) la cédula de 12 de marzo de 1697 expedida bajo el reinado de Carlos II de España que permite el ingreso de los hijos de los caciques o indios "nobles" a las instituciones eclesiásticas, seculares, de gobierno y de guerra. *(382v) La cédula de 6 de mayo de 1691 que manda el establecimiento de escuelas en las ciudades de los Reinos del Perú y la Nueva España para la enseñanza de la lengua castellana a los indios. *(382v) La cédula de 12 de julio de 1691 sobre la resolución de fundación de un colegio seminario en México, ordenando que tanto en este colegio y en todos los que se fundasen en las Indias se destinen la cuarta parte de las becas para los hijos de los Caciques. *(383v) La comunicación de Vicente de Mora Chimo Cacique y procurador de pueblos de indios en el Perú diciendo que no se han cumplido las disposiciones reales mencionadas en las cédulas con los indios del Perú, situación ante la que el Consejo de Indias insta todas las autoridades civiles y eclesiásticas a cumplir con el mandato en 21 de febrero de 1725. *(384r) En 11 de septiembre de 1676 se emite una nueva cédula Real con el mismo mandato en respuesta a la petición del franciscano Isidoro de Cala sobre permitir a los indios del Perú en los colegios y en los puestos civiles y eclesiásticos. * (384r) Continúa con el obedecimiento del mandato firmado por el presidente y oidores de la Real Audiencia en Santafé en 21 de enero de 1767. *(384v) Vista y Respuesta del fiscal del Rey en Santafé en 9 de febrero 1767 confirmando el mandato de la Cédula. *(384v- 385) Auto en el que se pide comunicar a las autoridades religiosas, seculares, parroquias y comunidades para dar cumplimiento de los mandatos de las cédulas sobre los indios de las Indias.
Resumo:
Acuerdo de la Real Audiencia de Santafé para definir protocolos en las exequias de Carlos II, es una copia del Auto original en el que se establece el orden de aparición en la procesión de las exequias del Rey Carlos II, quiénes deben asistir y algunas reglas de la indumentaria. Tanto en la portada (Folio 4) y en la nota final (folio 6v) se destaca lo concerniente de este acuerdo para el Colegio Mayor del Rosario: La preeminencia que se le otorga al Rosario en la celebración por ser un Colegio "Mayor", por encima del Colegio de San Bartolomé, ubicándolo a mano derecha en la procesión.
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Miguel Carlos de Sorza presentó una solicitud para oponerse a la cátedra de Prima del Colegio Mayor del Rosario, la petición fue admitida por el rector del Colegio Mayor Juan Andrés Manzanares y Juera y secretario don Francisco Joseph Flórez y Vanegas.
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La presente obra se divide en dos secciones. La primera presenta una visión de la vida y la obra de Carlos Lozano y Lozano y en la segunda aparecen algunos de sus escritos más notables, especialmente los que muestran su visión de los terrenos del derecho y de la historia. En la primera parte se mencionan algunos datos sobre la familia de Lozano, tras lo cual se recorre sus estudios en el Colegio del Rosario; donde fue alumno, colegial y secretario. En 1925 se retira del Rosario para viajar al Perú, donde su padre Fabio Lozano Torrijos se desempeñaba como Embajador. Lozano continúa sus estudios en Italia y en Francia y vuelve a Colombia, en postrimerías de la llamada República Conservadora, para ocupar un puesto de vanguardia en las posiciones del Estado colombiano, principalmente del Parlamento, durante el primer gobierno de López Pumarejo, para desempeñar la Legalización de Colombia entre el gobierno de Francia. En el siguiente gobierno, de Eduardo Santos, ocupó el Ministerio de Justicia y la embajada de Colombia ante el gobierno del Brasil, donde alcanzó altísimos reconocimientos tanto en el terreno diplomático como en el cultural.
Resumo:
La idea del resentimiento como motivación política en el paramilitarismo suele tomarse como un lugar común. Este libro se resiste a aceptar la obviedad de esta afirmación y se ocupa de responder preguntas como: ¿Qué significa sentir resentimiento, ¿Cómo se manifiesta el resentimiento en los paramilitares como actores del conflicto armado colombiano, ¿en qué medida los sentimientos como odio, rencor y venganza tienen carácter político Estas preguntas se ubican en el campo de la ética o filosofía moral. El trabajo es una discusión en torno a estas preguntas, en la cual se toman prestados conceptos de áreas como la ciencia política y la sociología. Desde allí se construye una interesante reflexión acerca de la ética y el paramilitarismo.La aplicación de los conceptos y la discusión se logro al abordar el caso concreto de Carlos Castaño Gil.
Resumo:
Cédula Real de Carlos III de España en respuesta a la carta de Virrey de la Nueva Granada de 15 de agosto de 1777, en la que se pide una nueva extensión de la pensión real de 500 ducados al Colegio Mayor del Rosario. El Rey pide un informe sobre el estado de las rentas, cátedras, colegiales, gastos y sueldos de los catedráticos para justificar la exención de la pensión.
Resumo:
Copia impresa de la provisión real de Carlos III dirigida a los centros de formación y educación de sus reinos para "reintegrar a los maestros y preceptores seculares en la enseñanza de las primeras letras, gramática y retórica", tras la expulsión de la Compañía de Jesús de los Reinos de la Corona española.