17 resultados para Activismo
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
Desde su creación en 1991, la Corte Constitucional colombiana (en adelante, CCC) ha sido uno de los principales protagonistas de la vida política e institucional del país. Su vigorosa intervención en varios asuntos económicos, políticos y sociales ha promovido cambios importantes en el balance institucional de poder, así como en la vida de minorías y grupos sociales tradicionalmente excluidos. Este activismo judicial progresista1 ha propiciado una gran cantidad de debates académicos y políticos: si bien ha tenido defensores entre algunos académicos, miembros de movimientos sociales, e incluso varios actores políticos y miembros de la rama judicial, también ha tenido muchos críticos entre esos y otros sectores más poderosos.
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El presente trabajo de grado hace referencia a la población de San José de Apartadó, víctima del conflicto armado por la pugna entre grupos subversivos que buscan tener el control territorial, por la riqueza de los recursos y la ubicación geoestratégica que posee. La población se encuentra en una situación de crisis humanitaria y de desplazamiento forzado por más de 50 años. El conflicto se vio agudizado desde la llegada de los paramilitares en la década de los 90, estos en aparente connivencia con las fuerzas militares. Dicha situación llevó a que los civiles se organizaran bajo una iniciativa de resistencia civil no violenta para rechazar el conflicto y exigir el respeto a los derechos humanos. Se declaran Comunidad de Paz el 23 de marzo de 1997, lo cual generó un ambiente de descontento y represalias por parte de los grupos armados. Los pobladores se vieron en la obligación de acudir a actores externos como las ONG, con la capacidad de mediar por la población víctima y elevar el caso a nivel internacional, para que desde las instituciones internacionales pertinentes se ejerza presión externa al Estado colombiano, exigiendo la reparación y protección de las víctimas. El presente caso toma como referencia al Sistema Interamericano de Derechos Humanos- SIDH.
Resumo:
La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de los últimos años, ha establecido una serie de criterios y medidas que configurarían un catálogo de disposiciones que deben emprender los Estados para garantizar la real protección del derecho de propiedad de las comunidades indígenas y tribales. Dichas medidas deben ser implementadas en los procesos de formalización y titularización de las tierras ancestrales ocupadas, en la delimitación y demarcación del terreno, en la restitución de porciones de tierra pérdida, en la estipulación de criterios para el otorgamiento de tierras alternativas; y en los estudios que tiendan a establecer políticas públicas para la satisfacción de las necesidades de las comunidades relativas a la producción y posesión de la tierra como mecanismo idóneo para el mantenimiento de condiciones de vida digna. La regulación colombiana para las tierras de las comunidades indígenas y las comunidades afrocolombianas presenta aspectos divergentes: las primeras poseen una reglamentación destinada a la ampliación, reestructuración y saneamiento de los resguardos indígenas, y las segundas están regidas bajo un estatuto general de la propiedad colectiva y adjudicación de baldíos. En los dos sistemas, los procedimientos son complejos, tardíos, confusos, requieren de sofisticados prerrequisitos, y ante todo su estructura está basada bajo criterios de una sociedad no indígena y no tribal. Adicionalmente, el compendio normativo en materia de titulación, delimitación y demarcación de tierras de comunidades afrocolombianas antes enunciado, presenta diversas lagunas normativas que se acentúan con la carencia de actualización de dicha regulación a las condiciones actuales si se tiene en cuenta que no ha existido modificación a la misma en los últimos 19 años, y que hacen necesario aplicar analógicamente las disposiciones del Código Civil en materia de propiedad individual a efectos de dar respuesta a los supuestos de hecho no contemplados.
Resumo:
La Ciencia Política siempre ha buscado profundizar en el fenómeno del poder y sus causas. Las teorías han cambiado conforme a las circunstancias sociales a lo largo de la historia; no obstante, en la actualidad las dinámicas de comunicación facilitadas por elementos tecnológicos han generado coyunturas sin antecedentes como la ocurrida en Colombia el 4 de febrero de 2008 “Un Millón de voces contra las FARC” La generalización en el uso de Internet y –sobre todo- las redes sociales ha producido un acelerado nivel de activismo debido a la facilidad de cooperación y coordinación que se deriva de estructuras en red. Es sano pensar en una reevaluación de la teoría tradicional del poder vertical y traer al campo teórico nuevos elementos que generen herramientas de análisis sobre comunicación, poder horizontal, activismo y oportunidades políticas. El nacimiento de lo que algunos llaman “sociedad informacional” es lo que permitirá describir el concepto de “noopolitik”. Las que otrora eran movilizaciones políticas costosas y exigentes en recursos de coordinación y tiempo han venido siendo reemplazadas por explosiones de activismo catalizadas por un sentimiento común que han sabido servirse de las ventajas tecnológicas para lograr sus objetivos. Bien habla de ello el caso de estudio de esta investigación al ser la movilización más grande registrada, con más de 12 millones de personas alrededor del mundo y con el uso protagónico de redes sociales. El valor de la información –y por supuesto su difusión-, es ahora uno de los principales asuntos de la Ciencia Política moderna.
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Colombia, junto con otros países como Estados Unidos, Uruguay, Argentina y México se presenta como uno de los primeros países en el mundo que adoptó el control abstracto de constitucionalidad de las leyes. Recientemente y en especial desde la promulgación de la Constitución Política de 1991 la Corte Constitucional de Colombia es presentada como un ejemplo notorio de activismo judicial que crea normas jurídicas a través de sus sentencias. Este artículo presenta una revisión general de los desarrollos internacionales en materia de acciones de inconstitucionalidad así como de los métodos contemporáneos de interpretación y decisión constitucional, con el propósito de mostrar que el caso de Colombia no es tan excepcional como se supone y que tampoco constituye un caso que represente la vanguardia en materia de interpretación constitucional. La jurisprudencia Constitucional de Colombia representa más bien otro ejemplo de trasplante doctrinario y jurisprudencial que obedece a la globalización de la jurisdicción constitucional y de la utilización del método de ponderación para decidir demandas de inconstitucionalidad. Se hace una breve referencia a las dificultades institucionales de los países en desarrollo que inciden en las consecuencias de las sentencias proferidas por la Corte Constitucional y su evaluación.
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El proyecto de Código de Ética Judicial, que emerge de la convocatoria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2004) y promueve una reforma judicial, es analizado desde un diagnóstico que enfatiza el carácter cultural de causas sistémicas de la crisis político-económica de diciembre 2001 en Argentina, donde la matriz institucional y los mecanismos de selección/financiamiento de los partidos políticos destacan la presencia de “clientelismo” y “corrupción”, determinando –con la “anomia social”– la llamada “corrupción gris”. Tales variables definen un patrón cultural de “labilidad” en los límites entre lo permitido-no permitido y lo ético-no ético.Desde los años noventa, la tendencia a judicializar el conflicto político, y una Magistratura con ausencia de debate interno y de activismo judicial, tornaron oportuno analizarla desde cinco ejes temáticos: 1) el debate orgánico dado en la Magistratura; 2) el marco general legislativo; 3) la Magistratura como exponente de valores culturales; 4) la transferencia de responsabilidades del ámbito político al judicial; 5) la mediatización de la labor del juez.De las conclusiones deviene crucial este enfoque que indaga las características de esta herramienta que la propia corporación judicial le propone a la sociedad: el Código de Ética Judicial.-----The Code of Judicial Ethics bill, which has emerged from the Argentine Supreme Court call in 2004 and which promotes a judicial reform, will be analized here from a point of view emphasizing the cultural nature of the general cause of the political and financial crisis that took place in December 2001 in Argentina, where the institutional matrix and the political parties’ mechanisms for selecting candidates and raising funds for campaign financing show that there exists a kind of ‘clientism’ and ‘corruption’, which brings about –within a state of ‘social anomy’– the so-called ‘grey corruption.’ These variables define a cultural pattern which is characterized by a ‘general state of uncertainty’ when it comes to deciding what is allowed or not allowed, and what is ethical or unethical.The tendency present since the nineties to judicialize the political conflict, together with a judiciary where there is neither internal debate nor judicial activism, have both made it appropriate to analize this matter from five points of discussion: (1) the internal debate in the judiciary; (2) the general legislative framework; (3) the judiciary as an exponent of cultural values; (4) the handing over of responsibilities from the political sphere to the judicial one; and (5) the media interfering with the judge’s work.From the resultant conclusions, we will infer that this approach becomes crucial, an approach that looks into the features of this tool that the judiciary itself proposes to the society: the Code of Judicial Ethics.
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En el presente trabajo se analiza la obligación de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la luz de la sentencia de la Corte Constitucional Colombiana referente a la constitucionalidad del Marco Jurídico para la paz. De la aparente remisión que hace la Corte Constitucional a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el deber de investigar graves violaciones de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario se concluye que la Corte Constitucional propone como premisa mayor una obligación que surge de una interpretación extensiva de la Convención Interamericana. De la misma forma, se estudia el tratamiento indebido del derecho aplicable a las amnistías e indultos, que se relaciona con la necesidad de evitar cualquier tipo de impunidad, cuyo concepto sirve para esclarecer cuáles son los estándares que se quiere proteger. Por último, se analiza el contexto al que se pretende aplicar dicha obligación, es decir, la justicia transicional, proponiendo un modelo interpretativo de los fines de la pena, y su aplicación por medio de la favorabilidad penal, para la justicia transicional, que sea acorde a la interpretación de la Convención Interamericana.
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El propósito de este estudio de caso es analizar el proceso de reparación a las víctimas de la comunidad indígena Wayúu de Bahía Portete por los daños causados con la masacre del 18 de abril de 2004, a partir del pensamiento propio sobre la reparación. Para esto se presentan las distintas percepciones que existen en la comunidad sobre las afectaciones sufridas por el conflicto armado y las concepciones sobre el territorio y la justicia en la cultura Wayúu, y se analiza la importancia de reivindicar estos significados en el proceso de reparación colectiva que adelanta la Unidad de víctimas con estos indígenas, para la efectividad del mismo. Lo anterior se basa en el trabajo de campo realizado en La Guajira con la comunidad de Portete y funcionarios de la Unidad, otras fuentes primarias como informes institucionales, al igual que en la revisión de legislación y textos académicos sobre la materia.
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Este documento pretende analizar la manera en que las actividades de protección del ACNUR y las acciones emprendidas por el SJR, incidieron en el proceso de reconocimiento y protección de indígenas Emberá-Wounaan, refugiados en la región fronteriza de Darién-Panamá. Dicho análisis muestra la manera en que las estrategias de estos actores se articulan, en el marco de las redes transnacionales de defensa, con las estrategias de actores como MENAMIRE, CEALP, RROCM Y CRM, logrando transformaciones en el comportamiento de Panamá, no solo en términos del reconocimiento de los indígenas, sino en la integración del derecho internacional en las prácticas gubernamentales. Lo anterior, a través de una metodología de observación etnográfica, tanto de los actores como de los escenarios en los cuales participan, que permite la reconstrucción de dinámicas de internacionalismo y de las estrategias de defensa, a la luz de la teoría de los movimientos sociales y activismo transnacional.
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El Catalanismo es un fenómeno sociopolítico que ha sido analizado por académicos de todos los niveles, documentado de manera mediática y debatido en múltiples espacios multidimensionales; pero las relaciones entre el nacionalismo catalán con espacios alternativos como el Fútbol, su posterior transformación del escenario deportivo, aterrizándolo en un escenario con dimensiones y unidades típicas de una arena sociopolítica convencional, es un tema que carece de profusión académica. Es en esta penumbra cognoscitiva, donde este trabajo recurre a las definiciones multidisciplinares alrededor de espacios de Baja Cultura como el Fútbol, conjugándolas con las teorías de creación de movimientos sociopolíticos excluidos como el separatismo catalán, existentes en las perspectivas teóricas de Ernesto Laclau, Jacob Torfing y Armando Durán. Dicho ejercicio permitirá el entendimiento de cómo la lucha identitaria, la acción política no violenta y la reivindicación nacionalista en Cataluña colonizó un escenario incluyente, hasta los días que se viven hoy.
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Este trabajo de grado aborda la contribución del periodismo en la configuración del debate en Colombia sobre política de drogas, a través de un análisis de contenido a las columnas y editoriales publicadas entre 2009 y 2013 en cuatro medios de referencia del país. Se identificaron los perfiles de quienes participaron, los argumentos y las políticas defendidas que plantearon, y la manera como presentaron sus opiniones en El Espectador, El Tiempo, La Silla Vacía y Semana. El desarrollo de la discusión en los textos demuestra una evolución respecto al tema en la medida que hay una transformación del paradigma punitivo hacia un camino menos restrictivo frente a la producción, el tráfico y consumo de drogas ilícitas. Se sugiere que los hechos coyunturales motivaron en parte dicho cambio al ejercer influencia en los giros y la visibilidad que toma el debate dentro de la prensa.
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El Ordenamiento jurídico colombiano desde sus inicios se ha enmarcado en la familia jurídica Romano Germánica, donde la Jurisprudencia ocupa un papel secundario en el momento de tomar decisiones por parte de los jueces, fungiendo como un instrumento meramente auxiliar, totalmente opacado por la ley. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, con la creación de la Corte Constitucional junto al valor vinculante que se ha dado a sus decisiones, el tradicional sistema de fuentes ha presentado una evolución que lo aproxima al uso de instituciones, como el precedente judicial, que parecían exclusivas del Common Law. De esta manera, lo novedoso del problema de investigación es que la discusión sobre la alteración de la jerarquía de las fuentes del derecho, se aborda desde una perspectiva teórica, pero desarrolla puntualmente, mecanismos como las sentencias de unificación y la extensión de jurisprudencia, que posiblemente dan alcance al concepto de precedente judicial en el Contencioso Administrativo en la práctica.
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Este documento surge de la pregunta ¿por qué a pesar de los costos y los inconcluyentes resultados de la guerra contra las drogas, ésta se ha mantenido por más de 40 años? El texto analiza los factores que motivaron a Estados Unidos a iniciar un proceso de construcción discursiva para transformar el problema de las drogas en una amenaza a la seguridad nacional de ese país y del mundo, y cómo Colombia ha aprovechado esa situación para redefinir constantemente su identidad nacional e impulsar sus intereses. La aproximación al problema de las drogas se desarrolla desde la perspectiva del proceso de securitización y desde la óptica de la búsqueda de los intereses nacionales, soportada sobre la base teórica del constructivismo. Desde esa perspectiva, se evidencia cómo la construcción de la guerra contra las drogas ha dependido de la identidad (personalidad) de los Estados, de las políticas e intereses de sus gobernantes, pero también de elementos propios del contexto histórico que han potenciado su desarrollo. Finaliza con el planteamiento de un posible proceso de des-secutiritización del problema de las drogas.
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Esta monografía busca explicar cómo han incidido el contexto internacional y las relaciones transnacionales en el movimiento feminista de Marruecos. De este modo, este estudio defiende que las Conferencias Mundiales sobre la Mujer de la ONU crearon una estructura de oportunidad política que favoreció el surgimiento y el desarrollo de este movimiento. Asimismo, dicho contexto construyó un espacio para que las activistas feministas marroquíes crearan y se insertaran en Redes de Defensa Transnacional, las cuales contribuyeron a cambiar la condición de la mujer en Marruecos, a través de reformas a los Códigos de Familia y Nacionalidad y el levantamiento de las reservas a la CEDAW. Para esto se hará un estudio interdisciplinario haciendo uso de la teoría de los movimientos sociales y del activismo transnacional. Igualmente, se utilizará una metodología cualitativa, principalmente a través de las herramientas del análisis de contenido y el trabajo de campo de la autora.
Resumo:
El propósito de este libro es explicar los fundamentos históricos, jurídicos, políticos y económicos que permiten al Estado colombiano incidir en el sector solidario, con base en los principios de igualdad Y libertad y en el marco del Estado social de derecho, que exige su activismo a través de algunos modelos e instrumentos de intervención económica. Para ello, se ha adoptado una taxonomía emergente que aglutina sus componentes en dos subsectores, a partir de una identidad y una racionalidad propias que los diferencia de los demás empresas capitalistas, estos son: el de las organizaciones de economía solidaria (OES) y el de las organizaciones solidarias de desarrollo (OSD). Esta visión holística posibilita aportar ciertos elementos críticos que cuestionan el comportamiento de los actores públicos, cuyo papel está definido por mandato constitucional, y el de las organizaciones, que al proceder de manera disfuncional obstaculizan el progreso económico y social del país.