86 resultados para Provisión de bienes públicos


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En Colombia, mediante la Ley 1508 de 2102, se estableció el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas (APP) y con la aprobación de la Ley 1682 de 2013, se regularon los proyectos de infraestructura de transporte. Con la presente tesis se pretende demostrar la figura del Diálogo Competitivo como procedimiento incompleto e insuficiente, apropiado así por nuestro régimen jurídico en la Ley de APP, visto desde la perspectiva de la Unión Europea, especialmente de los modelos español, inglés y francés, porque carece de la mayoría de sus elementos característicos. Posteriormente se realiza una crítica al Diálogo Competitivo colombiano desde la perspectiva de la Unión Europea, ya que se evidencia en la figura interna su precariedad frente a un procedimiento debidamente definido y organizado como el de la Unión Europea. Entre las instituciones jurídicas adoptadas por la Ley de APP, se encuentra el Diálogo Competitivo, que es un procedimiento, verificado en la etapa de estructuración de los contratos APP de iniciativa pública, cuyos antecedentes registran el mayor reconocimiento internacional en la Unión Europea (UE). Ésta introdujo esa figura a su régimen jurídico, a través de la Directiva 2004/18/CE, a su vez derogada por la Directiva 2014/24/UCE. La tesis culmina con una serie de conclusiones y recomendaciones que se estiman útiles para repensar y reestructurar el Diálogo Competitivo en los proyectos de infraestructura vial en Colombia, tarea que le corresponde al Congreso Nacional, pues así lo ha dispuesta la jurisprudencia del Consejo de Estado.

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La presente investigación parte del declive de la hegemonía de los Estados Unidos y el paralelo asenso económico de la República Popular China en las últimas décadas. De este modo, se plantea como objetivo principal analizar cómo China mediante su política económica desafía a la hegemonía monetaria de los Estado Unidos en el Sudeste Asiático, durante el periodo de 2003 a 2015. Con el fin de lograr este objetivo, se elabora un estudio de la hegemonía de los Estados Unidos y sus dinámicas en el Sudeste Asiático. Asimismo, se analiza la política económica de la República Popular China y su incidencia frente a la hegemonía estadounidense en el Sudeste Asiático.

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El documento muestra la sólida influencia de la corriente doctrinal del profesor francés León Duguit (1859 – 1928), en la reforma constitucional colombiana de 1936, desde tres perspectivas: El sistema jurídico, la función social de la propiedad y los servicios públicos. Para el primer tercio del siglo XX, en Colombia, al igual que sucedía en Norteamérica y los países europeos que encauzaban nuestra tradición jurídica, las tesis individualistas sobre el modelo de Estado y el derecho, habían envejecido, y se planteaban nuevas interpretaciones del sistema jurídico imperante y del papel del Estado en la sociedad, en Colombia, el francés, León Duguit secundaría de manera decisiva, aunque no exclusiva, tal proceso.

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En el contexto de una planificación que declara privilegiar los elementos de la estructura ecológica,pero que podría comprometer la provisión de suelos para soportar coberturas que ofrezcan bienesy servicios ecosistémicos, se presenta un aporte a la discusión sobre cómo lograr un balance entredensificación y provisión de estos bienes y servicios, mediante la reconstrucción de la transformaciónde la cobertura de un segmento de la cuenca del río Fucha en Bogotá en un lapso de 77 añosy la verificación de las relaciones de dicha transformación con los instrumentos de planificación ygestión. Los resultados obtenidos sugieren una regulación reactiva, con limitaciones para conducirla ocupación del territorio, de la que se puede esperar una acentuación de la aridez. Estos resultadossustentan las conclusiones sobre la necesidad de replantear la regulación sobre áreas consolidadas eintroducir instrumentos de gestión de la cobertura.

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Existen disparidades importantes entre los departamentos expresadas en el acceso a los servicios públicos y sociales, en el ingreso per cápita regional, etc. Debido a esto la Constitución de 1.991 fortaleció el proceso de descentralización y aumentó las transferencias de recursos a las regiones más pobres para disminuir las brechas de desarrollo económico y social. La descentralización genera mayor cercanía entre ciudadanos, servicios y gobierno permitiendo una mayor eficiencia en la provisión de los bienes y servicios públicos con un mayor control ciudadano. Así “La descentralización tiene sentido desde el punto de vista económico en la medida en que permite captar mejor las generalmente muy diversas necesidades y preferencias de los ciudadanos.

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Introducción: Uno de los problemas que afrontan los hospitales públicos de Bogotá es la insuficiencia de unidades de glóbulos rojos- UGR “O”; este trabajo pretendió evaluar a través de indicadores, el comportamiento del manejo de inventarios de sangre en un Hospital público de tercer nivel. Método: Estudio descriptivo restrospectivo, a partir de registros de Red Distrital de Sangre, banco de sangre Hemocentro Distrital y del servicio de transfusión del Hospital. La evaluación de gestión del inventario y eliminación se hizo con el universo de UGR; para la obtención de: reserva/transfusión, tiempo/reserva y la transfusión no isogrupo, se utilizó una muestra del universo de pruebas cruzadas completas (6.575), Resultados: El Hospital recibió 4.644 UGR, con 4.719 transfundidas, reflejando inconsistencias en estos datos. La participación de transfusiones por servicio fue: Urgencias 22,6%(n=1072), cirugía 21,6%(n=1025), UCI adulto 19,2%(n=912), medicina interna del 17,6%(n=836), ginecología del 6,8%(n=323). El indice WAPI fue de 0,19%(n=9) UGR incineradas, el tiempo de reserva a 24 horas o menos del 65,7%, mayor de 24 horas y menor de 48 horas el 4,2%, mayor de 48 horas y menor de 72 horas el 0,6% y sin información disponible 29,5%; la reserva transfusión del 73%; la transfusión no Isogrupo correspondió 5,1% (n=18), distribuida: prueba cruzada incompatible 1,7%(n=6), protocolo pediatría/neonatología 2%(n=7); Urgencia vital 1,4%(n=5). Conclusiones: Comparado con otros estudios se encontró buen desempeño de los indicadores Wapi (0.19%) y Reserva/trasfusión (73%). No se evaluó demanda satisfecha y utilización componente UGR por registros inconsistentes; en tiempo/reserva la información es crítica para validar el resultado.

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Este artículo presenta una primera propuesta de determinación de subsidios y contribuciones de tarifas de servicios públicos domiciliarios – SPD para la Capital colombiana, que no parta de una clasificación de grupos (estratos socioeconómicos). A partir de un ejercicio exploratorio, se diseña un esquema de pagos del servicio de acueducto a partir del avalúo catastral del inmueble en que habita cada hogar. El ejercicio establece el pago por unidad de consumo de agua, de manera que cada hogar en Bogotá destine una misma proporción de su gasto total al gasto en el servicio de acueducto y garantiza que el total de pagos cubran los costos de provisión del servicio.

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La falta disciplinaria será aquella conducta típica, antijurídica y culpable, pues eso se desprende de los principios rectores del derecho disciplinario, los cuales tienen una consagración normativa en el ordenamiento jurídico colombiano, más específicamente en la Ley 734 de 2002, actual Código Disciplinario Único. La Ilicitud Sustancial es el elemento que delimita la antijuridicidad de la responsabilidad disciplinaria, y se debe decir que el alcance de dicho concepto no ha sido definido de manera precisa por parte de la ley, ni de manera unánime por parte de la doctrina, ni muchos menos por parte de la jurisprudencia. Luego de exponer las reflexiones hechas respecto al alcance de la ilicitud sustancial, se argumentará el por qué se debe entender el alcance de ese concepto bajo la siguiente hipótesis: La ilicitud sustancial debe entenderse en términos de antijuridicidad material, lo cual apunta a que la falta, además de ser típica y culpable, debe vulnerar realmente la Función Pública como bien jurídico a proteger por el Derecho Disciplinario, o ponerla en peligro manifiesto, pues ese tipo de derecho sancionador debe ser estrictamente limitado, ya que sus consecuencias son muy gravosas para los derechos de la personas destinatarias de la Ley Disciplinaria.

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Las asociaciones público privadas "APP" han sido utilizadas para distribuir riesgos y fomentar el desarrollo de los países a través de la provisión de infraestructura. Así, se implementan para proveer bienes y servicios públicos tanto en los sectores de infraestructura productiva (carreteras, puertos, aeropuertos, trenes), como en el sector de infraestructura social (escuelas, universidades, hospitales, edificaciones públicas, etc.). En Colombia, ante la escasez de recursos públicos y la necesidad de formular posiibles soluciones a la crisis del sector salud, surge como una posible solución el modelo de APP consagrado en la Ley 1508 de 2008.

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La presente obra realiza un estudio sistemático de la regulación de los bienes incautados por su afectación a procesos penales, por delitos de narcotráfico y conexos, o a acciones de extinción del dominio, como manifestación de la política estatal de atacar la delincuencia económica organizada, por medio del restricción de sus beneficios patrimoniales, el tratamiento del temática – visto desde la perspectiva de las categorías de análisis del derecho administrativo – a la vez que permite una comprensión del objeto de estudio, sirve como ejemplo ilustrativo de los fenómenos dentro de la parte normativa de la solución, corresponde al derecho administrativo y el balance de la eficiencia de sus contribución par ese propósito.

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El control sobre los bienes y recursos públicos y la eficacia del mismo ha sido una constante preocupación en la historia del país y en la evolución de nuestras instituciones polito-administrativas, como también lo ha sido la insatisfacción por los malos resultados de este control. Cabe entonces preguntarse ¿Por qué en Colombia no funciona bien el control fiscal?. Para responder a este interrogante el autor parte de un grupo de premisas básicas que hacen relación a la escasez creciente de recursos públicos y a la necesidad de estudiar, por una parte, otros sistemas que funcionan mejor que el nuestro y, por otra, la historia de la evolución institucional de las contralorías; para así comprender cómo se llegó a lo que hoy tenemos. A estos supuestos teóricos se agregan la ubicación del control fiscal dentro de los demás controles al ejercicio del poder político (difícilmente habrá algo más político que la asignación y el uso de los recursos públicos); la ubicación de las contralorías como pieza principal, mas no única, en el sistema de control fiscal, y, finalmente, su papel como parte del conjunto de “instituciones presupuestales”, es decir, aquellas a través de las cuales se expresa la economía pública. Consecuentemente, la obra está dividida en tres partes. En la primera se estudia el tema de la eficacia del control sobre los bienes y fondos públicos, desde el punto de vista del derecho comparado. En la segunda, se aborda el tema desde el punto de vista de su evolución histórica. En la tercera y última parte, se utilizan los elementos teóricos definidos en los dos capítulos anteriores y un cuadro conceptual, elaborado a partir de la teoría de las macro-organizaciones (Matus) y de la teoría neo-institucional (North), para intentar explicar por qué no funciona el control fiscal. La tesis que en general se sostiene es que el control de gestión y resultados no tiene los efectos que de él se esperaban, porque el diseño institucional dentro del cual actúan las contralorías, en especial la Contraloría General de la República, hace que la evaluación de la gestión y resultados de la administración pública no esté llamada a tener impacto alguno.

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El derecho de negociación colectiva de los empleados públicos contemplados en los Convenios de la OIT aprobados y ratificados por Colombia, ha sido limitado en varios aspectos, por su forma de vinculación con la administración, el ejercicio de la función pública y la prestación de los servicios públicos a cargo del Estado. Por lo anterior se necesita adaptar las disposiciones laborales vigentes a los instrumentos internacionales suscritos por el país, para lograr el equilibrio de las garantías y las cargas de los empleados públicos.

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La presente investigación reflexiona acerca de los principales problemas derivados de la aplicación del artículo 125 de la constitución política de 1991, y la implementación de la méritocracia como mecanismo para determinar el ingreso a los empleos de la administración pública colombiana.

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La acción colectiva se presenta cuando un grupo de personas con intereses afines actúan en consenso y en función de un objetivo específico; por ejemplo: realizar una obra artística o arquitectónica, preservar o mantener bienes colectivos, etc. Por lo general, se nutre tanto de alguna ideología o doctrina como de un lenguaje común que permita coordinar la acción. Además, depende de la interacción estratégica y de argumentación, cuando el grupo es pequeño (pocas decenas de personas). O es posible mediante el uso de incentivos (premios y castigos) y de la publicidad, cuando el grupo es grande (cientos, miles o millones de personas) y ha de ser organizado por una minoría de empresarios de la acción colectiva. Las acciones colectivas ocurren gracias a una constelación de variables: por eso, no hay una variable que por sí sola, y de una manera completamente coherente, pueda ayudar a explicar la complejidad de tales acciones. Por lo demás, existen acciones colectivas virtuosas (la fraternidad y tributación para causas justas) y otras nocivas (los movimientos de consumidores alineados, las aglomeraciones de gente egoísta que compite negativamente). Aquí ofrecemos unas explicaciones sencillas y unas referencias bibliográficas mas profundas.

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La utilización de la provisión de un bien privado por parte del sector público como política de redistribución del ingreso, es considerada una buena herramienta ante la falta de información sobre los agentes. No obstante, si se puede recaudar, a cierto costo, la información necesaria puede aplicarse un impuesto progresivo que mejore la eficacia redistributiva de la política. Por otra parte, los costos sociales de sobrestimar esta herramienta pueden llegar a ser altos, dependiendo de las condiciones institucionales y del bien privado con el que se implementa la política. Si se tiene un orden institucional que no permite la discriminación por niveles de ingreso en la provisión del bien privado, necesariamente entra a operar la autoselección de los individuos como una relación inversa entre efecto redistributivo y calidad del bien privado. Si esta última tiene efectos sobre la acumulación de capital humano, también tendría efectos sobre el crecimiento y la distribución del ingreso a largo plazo. Es por ello, que los gobiernos enfrentan un dilema entre apaciguar a corto plazo problemas de distribución y obtener beneficios políticos, y lograr un mayor crecimiento y equidad En el largo plazo.