215 resultados para Bien jurídico colectivo
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Por discapacitados sensoriales visuales entendemos ciegos. La discriminación de este colectivo va más allá de su discapacidad física; se desenvuelven una cultura propia, distinta de los 'validos', por eso las valoraciones pueden ser distintas. Atendemos a dos tipos de actividades culturales (excluyendo el deporte, donde las paraolimpiadas, al amparo de la familia Kennedy, son referencia): aquellas en las que este colectivo se presenta como espectadores (deben hacerse accesibless los medios de comunicación) y aquellas en las que son partícipes (actividades que desarrollan). Se deben acabar con varios mitos: los discapacitados sensoriales sólo tienen limitaciones en ese sentido (las de educación y las barreras de comunicación son añadidas), ni tampoco por no poseer otros sentidos de desarrollo (fuera de mayor ejercicio). No obstante, realizan actividades insólitas. En este trabajo se recopilan una muy llamativa, el teatro para ciegos. Se lleva a cabo basándose en otros sentidos al carecer de uno fundamental, y evidente, ya que por definición los ciegos no pueden ver (si bien pueden ver restos apreciables).
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Se aborda la historia del Colectivo Cultural Esperpento, desde su formación como proyecto para organizar concurso de cuentos entre un grupo de veinte personas, pasando por la pérdida de identidad original que provoca que este grupo cultural se convierta en un grupo de acción, hasta adoptar una postura de doctrinarismo pedante, serio y aburrido. Se desarrollan algunas de las actividades que se realizan dentro de este colectivo, como la creación de una revista y la realización de trabajos de cine.
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Investigaci??n finaciada por el Plan Nacional I+D+I (BSO2003-09405; BSO2003-09405). Resumen basado en el de la publicaci??n
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Se parte de la base de que cada curso constituye una unidad que es preciso de organizar para llegar a unas metas de conocimientos y hábitos. Se propone que el método utilizado ha de estar basado en una concepción específica de trabajo escolar en donde una dimensión colectiva y otra individual cobran una importancia central, teniendo en cuenta los factores maestro, alumno, curso y materia de enseñanza.
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Este material didáctico obtuvo el premio DIPA-77en la XVI Feria Internacional del Juguete de Valencia y ha sido autorizado por el MEC
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Este material didáctico obtuvo el premio DIPA-77en la XVI Feria Internacional del Juguete de Valencia y ha sido autorizado por el MEC
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen basado en el de la publicación
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La 'escuela que aprende' indica que las rutinas y procedimientos con los que funcionan los centros educativos se vuelven disfuncionales con el tiempo y, desde los centros escolares se debe tener capacidad suficiente de adaptación a un entorno cambiante. Para la adaptación a este cambio es necesario disponer de información relativa a las normas de comportamiento colectivo, a las estrategias para lograr los objetivos y al desarrollo de los procesos. Es lo que se da en llamar la gestión del conocimiento y que depende del trabajo colectivo de todos los individuos implicados en el centro escolar. Por otra parte se destaca la importancia de una dirección eficaz como activadora de los aprendizajes colectivos que se propugnan. Para concluir se relacionan las 'escuelas que aprenden' con la redefinición del papel de los equipos directivos que deben ser capaces de liderar y, a la vez, de crear estructuras que favorezcan la reflexión colectiva.
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Memoria de máster (Universidad Pablo de Olavide, 2009). Resumen basado en el de la publicación
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Memoria de máster (Universitat de Barcelona - FREIE Universität Berlín, 2007). Resumen basado en el de la publicación. Incluye anexos
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Resumen basado en el de la publicación
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El autor del artículo, Jefe de la Sección de Fundaciones del Ministerio de Educación Nacional, hace unas consideraciones sobre la conveniencia de actualizar la regulación de las fundaciones de carácter benéfico-docentes y aborda los problemas que deben contemplarse y resolverse.
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Se define la situación jurídica y laboral del profesorado de enseñanza no estatal en cualquiera de sus grados, que garantizaba los derechos a los profesionales de la educación en centros privados de enseñanza. Se fijan los preceptos legales en torno al año 1946, cuando fue reglamentada laboralmente la enseñanza no estatal. Se establece el ámbito de aplicación al ejercicio de la actividad docente o educativa de cualquier clase o grado en Centros que no dependan directamente del Estado y cuyo personal no sea retribuido con cargo al presupuesto del mismo. En cuanto al tipo de enseñanza, se refería a la superior, media, especial o técnica y elemental. También se definen los ingresos y la tipología de contratación que podían darse entre estos profesionales, sus retribuciones y las jornadas y descansos. Las licencias y excedencias, faltas, sanciones y los reglamentos de régimen interior que habían de cumplirse.
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Se reproducen los Títulos primero y segundo del Decreto número 417 del Estatuto jurídico del personal docente, directivo y de inspección de la escuela maternal, elemental, secundaria y artística del Estado italiano, que comprenden veintitrés artículos en total. El Título primero se refiere a la Función docente, directiva y de inspección y el Título segundo se refiere al reclutamiento del personal, las normas generales de reclutamiento a través de oposiciones y exámenes y a través de oposiciones para titulados, únicamente.