898 resultados para Raonament basat en casos
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Análisis de la manera como los intereses que están detrás de la Organización de Naciones Unidas, enmarcados por el contexto de la Guerra Fría, se convierten en limitaciones para la acción de la organización en casos como el genocidio en Camboya.
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Introducción: El ECG es una herramienta básica en el estudio del dolor torácico, no hay evidencia que demuestre si la interpretación electrocardiográfica de los especialistas de medicina interna y emergencias es similar a la de cardiólogos en casos de SCA. El propósito de este estudio es determinar si existe concordancia en interpretación de los hallazgos electrocardiográficos más frecuentes en la fase aguda de los síndromes coronarios. Metodología: Estudio retrospectivo de concordancia diagnóstica electrocardiográfica, realizado en un hospital universitario de cuarto nivel. Se escogieron los hallazgos electrocardiográficos más frecuentes en síndromes coronarios agudos para ser evaluados por 3 diferentes especialidades y se hizo el análisis de concordancia mediante el cálculo estadístico kappa. Resultados: Se analizaron 200 electrocardiogramas aleatorizados, de pacientes con SCA entre noviembre de 2012 a abril de 2013. La edad promedio fue 65,14 años, la mayoría hombres (62,5%), la hipertensión arterial y enfermedad coronaria fueron las comorbilidades más frecuentes. Se encontró un grado de concordancia moderada (k = 0.61 – 0.80, p <0.001) entre cardiólogos vs emergenciólogos y cardiólogos vs internistas, excepto en lesión subendocárdica (k = 0.11 y 0.24 respectivamente), hubo un grado de concordancia débil (k = 0.41 – 0.60, p <0.001) entre emergenciólogos e internistas. El hallazgo en el que hubo grado de concordancia muy bueno (k > 0.81) fue bloqueo de rama izquierda. Conclusión: Existe grado de concordancia moderada en la lectura electrocardiográfica en la mayoría de variables en relación con síndrome coronario agudo entre los especialistas de medicina interna y emergencias al compararlo con cardiólogos.
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Durante la solicitud de medidas provisionales, es posible encontrarse en circunstancias apremiantes susceptibles de justificar la exigencia de una protección inmediata del tribunal mientras este decide la solicitud de medidas provisionales. En este contexto, algunos demandantes en casos ante el CIADI han incluido, de forma complementaria, una petición para que se emita una medida interina de protección en el marco de sus solicitudes de medidas provisionales. Tal petición está destinada a obtener del tribunal arbitral una recomendación que prohíba a la contraparte alterar el statu quo y agravar la controversia, mientras tiene lugar la sustanciación y decisión de la medida provisional de fondo. Los Tribunales Arbitrales CIADI, al estar frente a tal tipo de solicitudes, se han encontrado con la dificultad de no encontrar ningún tipo de previsión en la Convención CIADI o en las Reglas de Arbitraje CIADI, que contemple expresamente la facultad para dictar medidas interinas de protección. Ante similar dificultad se han enfrentado otros tribunales internacionales, los cuales han concluido que la facultad de dictar medidas interinas de protección se encuentra implícita en la facultad de dictar medidas provisionales y se basa en los principios generales del derecho internacional que fundamentan la facultad para dictar medidas provisionales. La práctica adoptada por estos tribunales internacionales ante la solicitud de medidas interinas de protección, es de gran utilidad para los tribunales arbitrales CIADI, toda vez que estos tribunales deben decidir conforme a los principios generales del derecho, tal y como lo dispone el artículo 42 de la Convención.
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A pesar de su reconocimiento en diferentes jurisdicciones, la aplicación del principio iura novit curia al arbitraje comercial internacional ha sido objeto de debate. Desde el punto de vista más liberal, el principio es absolutamente aplicable al arbitraje comercial internacional, tal y como sería aplicado por un juez al dictar sentencia conforme a su derecho nacional, mientras que desde la postura más estricta, cualquier manifestación de este principio que permita a los árbitros tomar la iniciativa de traer nuevas cuestiones de derecho al proceso debe ser rechazada por completo. Partiendo de la premisa de que, por lo general, los miembros de un tribunal arbitral internacional no conocen el derecho aplicable a las controversias que se someten a su conocimiento, ni tienen experiencia o manejo práctico respecto a dicho derecho, la aplicación del principio iura novit curia de forma pura y simple no resultaría adecuada en el contexto del arbitraje comercial internacional en razón de su naturaleza contractual y los intereses involucrados. Por otra parte, rechazar de plano la aplicabilidad del principio en el arbitraje comercial internacional implicaría atar de manos a los árbitros y crearía el riesgo de que se emitan laudos que ignoren o contradigan normas y principios del derecho aplicable, lo que podría afectar su validez y dar pie a que su validez y ejecución posterior se vean cuestionadas. En razón de lo anterior, para que el principio iura novit curia pueda ser aplicado en el contexto del arbitraje comercial internacional, dicho principio debe ser abordado desde una postura intermedia y sufrir una importante adaptación de forma que ciertas manifestaciones del mismo puedan ser aceptadas en casos excepcionales como una herramienta para que los árbitros puedan cumplir cabalmente con los deberes inherentes a su función decisoria, incluyendo el deber de no exceder la jurisdicción que les ha sido conferida, de dictar laudos válidos, ejecutables y apegados al derecho aplicable, de actuar en forma imparcial y de garantizar a las partes en todo momento derechos fundamentales derivados del debido proceso, como lo son el derecho a ejercer su defensa en forma adecuada y oportuna, así como el derecho a ser tratadas con igualdad.
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Mediante el repaso de las distintas fuentes normativas vigentes en el territorio español (Constitución española, normativa internacional, normativa comunitaria y normativa interna de extranjería), el presente texto pone de manifiesto la insuficiente protección de los derechos sociales de las personas inmigradas. Este escenario jurídico se muestra cuando menos incapaz frente a la consolidación de un modelo de desarrollo social que ha optado por configurar al trabajador extranjero esencialmente como una pieza más de la maquinaria productiva en el marco de una economía “altamente competitiva”. Así es, en la actualidad los sistemas jurídicos de los países de llegada, en general, optan con claridad por la laboralización de la política migratoria: solamente en casos excepcionales admiten situaciones de residencia no laboral de personas extranjeras, siendo la óptica adoptada la subordinación del fenómeno migratorio a las necesidades del mercado de trabajo.
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La violencia sexual varía dramáticamente de una guerra a otra, y, en ocasiones, de un grupo armado a otro dentro de una misma guerra. Sin embargo, en algunos conflictos la violencia sexual perpetrada por determinados grupos armados es especialmente limitada, pese aque estos cometen otro tipo de violencia contra civiles. Ciertos grupos cometen actos de violencia sexual solo contra mujeres, mientras que otros también lo hacen contra hombres. Los científicos sociales están documentando y analizando con una frecuencia cada vez mayor esta variación en los patrones de violencia sexual en tiempos de guerra, particularmente en cuanto a las distintas dimensiones de violencia (su forma, frecuencia, blancos ypropósitos), así como en lo referente a los cambios en estos cuatro patrones a través del tiempo. Por tal razón, en este texto, en primer lugar, introduzco conceptos clave, incluyendo estas cuatro dimensiones y el concepto de violencia sexual como práctica (un patrón que no es ordenado pero sí tolerado por los comandantes, y que ocurretanto en casos en los que hay beneficios estratégicos como en los que no los hay). Después, resumo brevemente las investigaciones recientes que documentan patronesde violencia sexual en tiempos de guerra. Tras mostrar que muchos abordajes presentes en la literatura publicada no dan cuenta de la variación observada –dehecho, muchos predicen más violencia sexual que los trágicos niveles observados–,propongo un marco teórico centrado en las dinámicas internas de los grupos armados. Luego, analizo las condiciones en las cuales los grupos armados no llevan a cabo violaciones, aquellas en las que realizan violaciones estratégicas y aquellas en las que las violaciones se cometen como práctica. A lo largo del artículo, me valgo de hallazgos recientes en la literatura de las ciencias sociales, algunos de ellos todavía no publicados. Concluyo con la implicación de este análisis para la formulación de políticas públicas: la variación observada en la violencia sexual en tiempos de guerra, particularmente la ausencia relativa de este tipo de violencia por parte de muchos grupos armados, indica que la violación no es inevitable en la guerra.
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Premisa: Si bien numerosos estudios prospectivos, controlados y aleatorizados han demostrado el éxito de la ventilación no invasiva con presión positiva (VNI) en casos seleccionados de insuficiencia respiratoria aguda (IRA) hipercápnica, en contexto con intensidad de cuidado diferente, los datos de práctica clínica relativos al uso de la VNI en escenarios reales son limitados.Objetivo: Reportar los resultados de nuestra experiencia clínica sobre la VNI en la IRA aplicada en la Unidad de Terapia Semiintensiva Respiratoria (UTSIR), de la Unidad Operativa de Neumología de Arezzo, entre 1996-2006, en términos de tolerabilidad, efectos sobre los gases arteriales, tasa de éxito y factores predictivos del fracaso.Métodos: Trescientos cincuenta de los 1.484 pacientes (23,6%) ingresados consecutivamente por IRA en nuestra Unidad Operativa de Neumología, durante el periodo de estudio, recibieronla VNI asociada a la terapia estándar, posterior al cumplimiento de criterios predefinidos, empleados de rutina.Resultados: Ocho pacientes (2,3%) no toleraron la VNI por incomodidad producida por la máscara, mientras los 342 restantes (M: 240; F: 102; edad: mediana [intercuartiles] 74,0 años [68,0-79,3]; enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) [69,3%]) fueron ventilados por más de una hora. Los parámetros de ventilación (y su efecto sobre el pH) y de oxigenación mejoraron significativamente después de dos horas de VNI (media [desviación estándar] pH: 7,33 [0,07] contra 7,28 [7,25-7,31 ], p < 0,0001; PaCO2: 71,4 mmHg [15,3] contra 80,8 mmHg [16,6], p < 0,0001; PaO2/FiO2: 205 [61] contra 183 [150-222 ], p < 0,0001). La VNI evitó la intubación en 285/342 pacientes (83,3%), con una mortalidad hospitalaria del 14,0%. El fracaso de la VNI resultó ser predicho de modo independiente por el puntaje acute physiology and chronic health evaluation III (Apache III), por el índice de masa corporal y por el fracaso tardío de la VNI (mayor a 48 horas de ventilación), después de una respuesta positiva inicial.Conclusiones: Según nuestra experiencia clínica de diez años en una UTSIR, la VNI confirma ser bien tolerada, eficaz en el mejoramiento de los gases arteriales y útil en evitar la intubación en muchos episodios de IRA que no responden a la terapia estándar.
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Este proyecto que se llevara a cabo en la compañía Plusagro S.A.S. la cual busca mejorar de forma sustancial la cultura organizacional de la compañía, para que desarrolle al máximo las ventajas competitivas que encuentra en el mercado, una de estas grandes ventajas es que al tener la exclusividad de su proveedor principal Kursan. Se vuelve de suma importancia saber que existen otras marcas en el mercado de los productos agrícolas que ofrece Plusagro S.A.S. pero se ha encontrado en común acuerdo con clientes insatisfechos que la calidad de los productos turcos en cuánto a maquinaría lechera es superior a la de otras marcas que importan la maquinaria lechera desde China y Corea. Por esto es fundamental recalcar que Kursan es uno de los productores mundiales de estas máquinas desde 1984 la más fuerte en toda la región de oriente medio y su sede principal está ubicada en Estambul, Turquía. (Kursan, 2014). El negocio de Plusagro S.A.S. se encuentra en uno de los sectores más competitivos del país, pero sin duda alguna es uno de los que más importancia está cobrando, debido al boom agrícola que están viviendo en las regiones ganaderas y agricultoras del país después de las nuevas medidas de inversión que está tomando el gobierno nacional para que sean más competitivas en su desarrollo y crecimiento a nivel nacional. (MinAgricultura, 2014), uno de los ítems más importantes que podemos encontrar, es el hecho de que Colombia y Bélgica iniciaran un plan de trabajo para ampliar el comercio de productos agropecuarios, según el titular de la cartera agropecuaria, este plan de trabajo, que se implementará en enero de 2015, tendrá como prioridad los temas fitosanitarios y de buenas prácticas agrícolas (MinAgricultura, 2014). En lo cual Plusagro S.A.S puede buscar una gran ventaja competitiva que lo lleve a obtener un valor agregado al ya tener conocimiento del mercado europeo será más sencillo entrar a negociar con nuevos proveedores que vengan de este país. También de estos mercados no explorados se pueden llegar a encontrar nuevas prácticas agrícolas, diversas especies animales y nuevas tecnologías en cuanto a maquinaría. De igual forma la empresa ha presentado un crecimiento económico bastante alto, para el poco tiempo que lleva en el mercado, esto se ve evidenciado en las ventas que se realizaron el año 2013 las cuales ascienden a $730.500.000. (Plusagro S.A.S., 2013). Este crecimiento no se debe a solo suerte, este se ha trabajado con diversas estrategias desde el momento en el que se pensó la creación de la empresa, ya que esta nace de la necesidad de los ganaderos y agricultores del sector o localización en donde comenzó a comercializarse los productos, en los municipios de Cumaral, Restrepo y los caseríos como Guacabina y actualmente se ha extendido a diversos municipios del departamento del Meta, como lo son Acacias, Castilla la Nueva, Guamal, Cubarral, San Martín, Puerto López, Barranca de Upía, Puerto Gaitán, Granada y Vista Hermosa . (Plusagro S.A.S., 2014) Se espera que con la realización de este proyecto enfocado en una metodología Sure - Step (Paso Seguro) de Microsoft aplicada a las necesidades de la compañía, se pueda mejorar considerablemente la organización para así mejorar estos promedios de ventas y crecer en el aspecto económico. (Microsoft Dynamics, 2010). Es importante resaltar que ningún proyecto es perfecto y hay que estar consiente que pueden presentarse diversos obstáculos en el camino, pero la idea de implementar la Sure - Step está fundamentada en minimizar estos riesgo que pueden ocurrir en el proyecto y que si se fundamenta en unas fases especificas se pueda gestionar y finalizar con éxito, conllevando a que Plusagro S.A.S. pueda mejorar su cultura organizacional y siga con un crecimiento constante en el mercado.
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Al interior del Consejo de Estado se aplican de manera discordante los criterios objetivos y subjetivos al momento de fijar la indemnización de los perjuicios extrapatrimoniales. Lo anterior resulta problemático en tanto que se producen decisiones diferentes en casos fácticamente similares, vulnerando con ello la equidad y la seguridad jurídica. Como consecuencia de lo anterior, esta tesis está encaminada a resolver la siguiente pregunta de investigación: ¿Cuáles son los criterios que permiten que la indemnización de los perjuicios extrapatrimoniales en la jurisdicción de lo contencioso administrativo se haga de manera armónica frente a casos con supuestos fácticos similares?
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ANTECEDENTES: El aislamiento de células fetales libres o ADN fetal en sangre materna abre una ventana de posibilidades diagnósticas no invasivas para patologías monogénicas y cromosómicas, además de permitir la identificación del sexo y del RH fetal. Actualmente existen múltiples estudios que evalúan la eficacia de estos métodos, mostrando resultados costo-efectivos y de menor riesgo que el estándar de oro. Este trabajo describe la evidencia encontrada acerca del diagnóstico prenatal no invasivo luego de realizar una revisión sistemática de la literatura. OBJETIVOS: El objetivo de este estudio fue reunir la evidencia que cumpla con los criterios de búsqueda, en el tema del diagnóstico fetal no invasivo por células fetales libres en sangre materna para determinar su utilidad diagnóstica. MÉTODOS: Se realizó una revisión sistemática de la literatura con el fin de determinar si el diagnóstico prenatal no invasivo por células fetales libres en sangre materna es efectivo como método de diagnóstico. RESULTADOS: Se encontraron 5,893 artículos que cumplían con los criterios de búsqueda; 67 cumplieron los criterios de inclusión: 49.3% (33/67) correspondieron a estudios de corte transversal, 38,8% (26/67) a estudios de cohortes y el 11.9% (8/67) a estudios casos y controles. Se obtuvieron resultados de sensibilidad, especificidad y tipo de prueba. CONCLUSIÓN: En la presente revisión sistemática, se evidencia como el diagnóstico prenatal no invasivo es una técnica feasible, reproducible y sensible para el diagnóstico fetal, evitando el riesgo de un diagnóstico invasivo.
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Éste trabajo de grado investigará cómo han incidido los ‘falsos positivos’ en la deslegitimación de las Fuerzas Militares en Colombia en el marco de la política de seguridad democrática, y si las ejecuciones extrajudiciales han sido una práctica sistemática y articulada, o en cambio se constituye en casos aislados e individuales perpetuados por miembros de la institución castrense. Este proyecto plantea la necesidad de que nacional e internacionalmente se adelanté con rigor y objetividad un examen histórico y jurídico, libre de enfoques polarizados, de las acciones que la Fuerza Pública desarrolló en relación con su misión constitucional en el conflicto armado colombiano para determinar así la responsabilidad de la institución y del Estado colombiano
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El presente estudio de caso pretende analizar los alcances de la cooperación internacional en materia de justicia transicional y construcción de paz tomando en consideración un proyecto de cooperación internacional emblemático denominado Fortalecimiento Institucional para la Atención a las Víctimas del Conflicto o FORVIC. Para conseguir esto, se analizarán primero los efectos generados por el Proyecto FORVIC en materia de fortalecimiento del Estado de Derecho y lucha contra la impunidad en Colombia, y a partir de los hallazgos se constituirán y se propondrán una serie de condiciones sobre las que puede pensarse la cooperación internacional como un instrumento genuino para la construcción de paz en Colombia.
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La autoridad legítima del soberano y la obligación política del ciudadano constituyen el fundamento del poder del Estado, no obstante, una y otra se ven seriamente cuestionadas ante situaciones de extrema injusticia como lo es el Genocidio. En casos como este la obligación de obedecer la ley por parte del súbdito puede e, incluso, debe ser exceptuada y sustituida por los mandatos de la razón moral. El caso de un tribunal alemán que decide absolver al asesino del principal perpetrador del Genocidio Armenio, desobedeciendo de esta manera la ley penal de su país, apoya la tesis enunciada apoyándose en argumentos de la teoría contractualista de Thomas Hobbes y John Locke. La misma tesis es analizada desde la perspectiva del Juego Limpio, en este caso la conclusión no es tan clara, sin embargo, plantea un nuevo problema sobre el Derecho de los Pueblos que deberá ser abordado en otra instancia.