999 resultados para Plegaria por los muertos-Devociones de noviembre


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Resumen basado en el de la publicación.

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Resumen tomado de la publicaci??n

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El Ecuador en noviembre del 2001, ratificó la Convención Internacional sobre la protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares. En cumplimiento de sus obligaciones internacionales, a cinco años de su ratificación formal y tres años de su entrada en vigor a nivel internacional, ha presentado su Primer Informe de Cumplimiento. Ante ello, la sociedad civil organizada en Ecuador, a través de la Coalición Interinstitucional para el Seguimiento y Difusión de la Convención Internacional para la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias en Ecuador, pone a consideración del Comité el presente Informe Sombra, con el cual se proporciona información de contexto general sobre la situación de los/as trabajadores migratorios/as como un insumo para la revisión preliminar del informe del Estado.

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El tema de los medios y su massmediación se convirtió en el lugar donde todo el poder ejecutivo, la oposición y la sociedad toda, esperábamos se resolvieran los conflictos. ¡Qué equivocados estábamos! Una cosa es que éste sea el tiempo del posicionamiento de los media, que los medios sirvan de reconocimiento y de identificación social y otra muy distinta es que desde ellos podamos encontrar salidas al conflicto. Lo único evidente que tenemos en nuestras manos y en nuestro sentir es que "estamos viviendo una experiencia-límite" no sólo de orden político, sino también de profundas raíces culturales.

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En el escenario donde el orden prima y el dominio se acepta como condición natural, de cuando en cuando se producen conmociones que asustan a los comunicadores oficiales y desorientan temporalmente al propio establecimiento. A través de las grietas abiertas por el instinto y la resistencia han ingresado ocasionalmente representantes marginales a altas funciones del Estado como municipios, congresos y senados e, inclusive, a la cúspide de la representación política, a la Presidencia.

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Exigibilidad de los derechos humanos relacionados con la comunicación desde el ámbito de las políticas públicas La construcción de las políticas públicas, por medio de las cuales se concretan o no las condiciones generales disponibles para el disfrute de los derechos relacionados con la comunicación, ofrecen un terreno de acción de gran importancia en el cual es necesario participar, para hacer de él un espacio de exigibilidad con efectos de mayor cobertura que los que ofrece la justiciabilidad.

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Una reflexión sobre el papel de los medios en el cubrimiento del proceso de negociación con las FARC durante el gobierno de Andrés Pastrana, su responsabilidad social en el tratamiento del conflicto armado con la insurgencia y los procesos de negociación y de búsqueda de la reconciliación nacional, elementos vitales para el futuro de Colombia.

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El conflicto, factor consubstancial de la vida social y referente primordial de la información, la opinión y la interpretación noticiosas, ha visto modificarse su naturaleza y expresiones en la democracia. En este cuadro, el periodismo, especialmente el latinoamericano, está afectado por la erosión de sus mapas cognitivos. De lo que se trata ahora es de reinventar los papeles que tradicionalmente se asignaba a los medios y a los informadores tomando en consideración las peculiaridades de la conflictividad democrática y el desafío central de la región consistente en construir democracia con desarrollo.

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La reforma a la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro Oficial No 406 del 28 de noviembre del 2006, entrega a los notarios ecuatorianos nuevas atribuciones, en los actos de jurisdicción voluntaria. Un tema que surge a discusión es si los notarios ejercen jurisdicción voluntaria de forma plena, o está limitada a ciertos actos. Las variantes doctrinarias de si existe jurisdicción voluntaria son abordadas desde distintas ópticas sin que ninguna de las teorías de su naturaleza alcance unanimidad, por lo que al no estar justificada teóricamente, países vecinos no incorporan esta institución en sus legislaciones procesales. Al ser analizada a profundidad son evidentes sus inconsistencias que ha hecho que todo el talento humano designado para la resolución de conflictos de intereses deba ocupar su valioso tiempo para asuntos, en los que, existiendo un acuerdo previo, se lo tramite con un procedimiento muy similar a los asuntos contenciosos. Por ello propongo un análisis comparativo entre el procedimiento que realiza el juez como el notario identificando cada una de las fases que cumplen ambos funcionarios, haciéndose evidentes las ventajas de que todos los asuntos de jurisdicción voluntaria sean resueltos exclusivamente por el notario. La diferencia de procedimientos en el ejercicio de la jurisdicción voluntaria, respecto de lo que ejecuta el juez y notario, permite identificar las diferencias que básicamente son formales, desde la demanda respecto de la petición, del acta notarial en relación a la sentencia, ha hecho que la gran cantidad de actos de jurisdicción voluntaria retarden el despacho de las causas contenciosas. Por lo que proponer los fundamentos que hacen factible el ingreso en nuestra legislación procesal civil y notarial, de los actos no contenciosos, cuyo procedimiento y resolución de esos actos debería ser de conocimiento exclusivo de los notarios, implicaría una reforma sin precedentes en nuestro país que contribuiría a agilitar el acceso a la justicia de los ciudadanos ecuatorianos. Mi desempeño como notario público del cantón Quito, además siendo operador de la Función Judicial, me permiten reflexionar si verdaderamente existe la jurisdicción voluntaria y sobre todo si la misma está limitada a ciertos actos, para los notarios. Entonces la reforma debería emprenderse por la eliminación de la jurisdicción voluntaria y su reemplazo por los actos no contenciosos en el Código de Procedimiento Civil y la Ley Notarial. Por lo que la eventualidad de que un asunto no contencioso 5 se transforme en controvertido no constituye problema para emprender en la reforma que justificaré en el desarrollo del presente trabajo. Ya que de ocurrir se establece un procedimiento único para los casos en los que se produzca resolviendo de esta forma la eventualidad antes referida. En el evento de que no exista acuerdo para llevar a cabo un acto no contencioso ante el notario, en consecuencia ante un juez de lo civil, se debería seguir el mismo procedimiento para los asuntos no contenciosos que se convirtieron en controvertidos, más la obligación constitucional y procesal de realizar la citación al demandado.

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Esta tesis pretende analizar las prácticas etnoeducativas implementadas en el Colegio 19 de Noviembre ubicado en la comunidad rural afroecuatoriana, La Concepción, de la región Carchi, asentada discretamente en las faldas de la cordillera tremenda. Este trabajo explora el proceso de la etnoeducación, en el colegio al respecto de sus retos, sus triunfos, y sus participantes, y las complejidades epistemológicas de poder e identidad que se enredan en el proceso. La etnoeducación pretende crear nuevas lógicas educativas las cuales incluyen la enseñanza sobre la cultura y la historia afroecuatoriana e intentan recuperar el conocimiento afro perdido y excluido a través de años de colonialismo y neocolonialismo. Esta investigación intenta identificar los desafíos que enfrentan el proyecto etnoeducativo y los éxitos que le inspiran en La Concepción. Desde esta perspectiva, esta tesis se realiza un análisis de las prácticas aplicadas en el colegio rural, de población afroecuatoriana, y las respuestas de los jóvenes allí. Indagaba sobre las siguientes preguntas: ¿Cuáles son las prácticas etnoeducativas que contribuyen al mejoramiento de la calidad de la educación en La Concepción, y qué aportes ofrecen estas prácticas para la construcción de nuevos espacios socio-políticos de participación juvenil? ¿Cómo están construyendo los docentes los espacios educativos de las prácticas de etnoeducación para la participación juvenil como espacios de transformación? ¿Cómo reciben estas prácticas etnoeducativas los jóvenes?

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El objetivo básico de este artículo es demostrar cómo, en primer lugar, la mirada y la perspectiva de las víctimas se han convertido en un elemento esencial a la hora de abordar las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos. Si tradicionalmente los protagonistas han sido el Estado y el victimario, normalmente un funcionario o un agente del Estado, ahora se observa un énfasis creciente en las víctimas y en todo lo que las rodea, lo que ha hecho que estén comenzando a dejar de estar situadas “en la periferia de la agenda política tanto a nivel interno como en la esfera internacional.” Este novedoso proceso ha hecho que esté emergiendo cada vez con más fuerza una auténtica cultura de las víctimas, lo que, según algunas opiniones autorizadas, está conduciendo a la “necesidad de construir una cultura de la memoria que permita a las generaciones presentes construir un futuro en el que el pasado no se repita.” Asimismo, y en parte como consecuencia de este nuevo horizonte hermenéutico, se ha ido afirmando progresivamente en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y en la jurisprudencia de los Tribunales internacionales de derechos humanos el derecho de las víctimas de violaciones de derechos humanos a obtener reparación. Esta reparación es entendida en un sentido amplio, incluyendo, además de la tradicional compensación económica, aspectos simbólicos que pretenden una satisfacción plena y equitativa y aspectos médicos y psico-sociales que tienen como objetivo la rehabilitación de las personas que han sufrido las consecuencias de las violaciones de los derechos humanos. Es en el marco de esta concepción integral de la reparación donde cobran sentido las políticas de memoria, ya que la memoria y el recuerdo se convierten en un ingrediente esencial de la reparación que se debe a las víctimas.

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Esta presentación pretende abordar la relación de las políticas públicas con los derechos humanos en el área del sistema penitenciario focalizando en el problema de los hijos de mujeres presas. La prisión y la privación de la libertad de un niño es una de las violaciones más graves de los derechos humanos. Las consideraciones a seguir tienden a propiciar un debate público y contribuir para la formulación de políticas públicas en defensa de los derechos de los niños nacidos en la cárcel. El primer paso para la formulación de políticas públicas de atención a los derechos del niño y del adolescente consiste en realizar el diagnóstico de una situación, delimitando y especificando el problema y poder definir directrices generales. El segundo momento consiste en la fundamentación teórica de la problemática abordada. Será, por lo tanto, presentada la realidad de los niños encarcelados, para en seguida realizar una reflexión teórica a partir de los derechos humanos de los niños, de la conceptualización del Estado de Derecho y de las consideraciones sobre el sistema carcelario.