1000 resultados para Derecho civiles – Colombia – Legislación
Resumo:
Lo que se propone con esta investigación es señalar de manera objetiva la infinidad de actuaciones establecidas en el Procedimiento Tributario Nacional, las cuales deben cumplir los contribuyentes. Esa disparidad de normas y actuaciones van en contravía de las instituciones modernas de orden procesal que buscan es simplificar los procedimientos, aspecto que en nuestro entender viola la defensa debida y algunos otros principios también de carácter Constitucional, tales como los de: celeridad, eficacia y economía de la actuación administrativa.
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A través de la investigación del concepto de derechos fundamentales, su protección constitucional, y del concepto de derecho a gozar de un medio ambiente sano, podemos establecer una teoría mediante la cual el derecho a gozar un medio ambiente sano es un derecho fundamental, y puede ser protegido a través de la acción de tutela.
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Este trabajo se centra en el análisis del discurso político y desde allí analiza la problemática que tiene el aborto en Colombia, con la intencionalidad de permitir a las mujeres decidir sobre su cuerpo sin que sean notablemente estigmatizadas y penalizadas por llevar a cabo una práctica que desde ciertos puntos de vista debe ser permitida para respetar los derechos de las mujeres. En ese sentido, la despenalización del aborto en Colombia se permite en tres casos específicos, por violación, peligro para la vida de la mujer o malformaciones en el feto; bajo estas premisas que han pasado por una evolución discursiva, que no sólo ha afectado a las mujeres, sino a la sociedad, ya que el problema se ha acrecentado y se ha convertido también, en un problema de salud pública. Es así, que desde autores como Bourdieu, Butler y Austin, se crean actos de palabra que desprenden el cuerpo de su lenguaje, crea fuerza en él y permiten acciones que aumenten el posicionamiento de las mujeres en la lucha reivindicatoria que les permita decidir qué hacer con su cuerpo.
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La obra pretende probar la hipótesis de trabajo que versa sobre la constante centralista que ha marcado las relaciones entre territorio y poder en Colombia. Dicha tendencia se observa en la reiterada adopción del modelo territorial unitario, con leves excepciones, que ha marcado la construcción de la Constitución territorial desde el año 1821. Sin duda, una apuesta que nuevamente es retomada en el proceso constituyente de 1991, a pesar de la inserción tímida de los principios de descentralización y autonomía, y del generoso espíritu del constituyente, hoy bastante menguado, en materia de transferencias intergubernamentales. Dicha hipótesis conllevó a la revisión de otros Estados unitarios, e incluso de modelos regionales o autonómicos y federales, todos ellos en proceso de reacomodamiento, transformación e incluso de difusas fronteras de diferenciación. La historia constitucional, la asamblea constituyente y la arquitectura de la constitución territorial de 1991, son objeto de sistemático estudio y reflexión. También el desarrollo que ha sufrido el Título XI de la Constitución Política, a lo largo de las dos últimas décadas. Por ello, la publicación presenta una reflexión sobre los diversos planes de desarrollo, documentos Conpes, políticas territoriales, reformas constitucionales y legislación, que hablan sobre los avances, pero también sobre los retrocesos que se han dado en materia de descentralización y de autonomía en los últimos veinte años. La publicación está sustentada con innumerable bibliografía nacional e internacional, además de las diversas opiniones y posturas de algunos actores territoriales, académicos y políticos sobre el tema de la organización del territorio, la constante centralista y la situación del nivel intermedio de gobierno. Finalmente, culmina con un análisis y lectura sobre la orientación territorial que le ha dado al país la Ley 1454 de 2011 o Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, que le apunta más al principio de asociatividad territorial que al desarrollo pleno de los principios de descentralización y autonomía territorial
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En este trabajo se demuestra que por medio de continuación de la explotación del objeto social durante un proceso liquidatorio, es posible reactivar las empresas en Colombia. Todo lo anterior a pesar de contravenirse el artículo 222 del código de comercio, el cual afirma que dentro de una liquidación, las sociedades únicamente podrán ejecutar actos encaminados a la liquidación misma.
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La idea central de este texto es que la ineficacia del voto programático (un tipo de voto que vincula a algunos gobernantes en Colombia al cumplimiento de su programa de gobierno) debe ser duramente criticada desde una comprensión participativa y deliberativa de democracia y desde el punto de vista de la obligatoriedad del Derecho, y por lo tanto resuelta a partir del desarrollo de las garantías del voto programático ya previstas en la Constitución y en la ley, así como a partir de la creación de nuevas garantías. En la primera parte del texto, correspondiente al marco teórico de la investigación, se desarrolla el tema de los posibles vínculos entre quienes están sujetos al poder político y quienes lo ostentan en una democracia (básicamente, mandato representativo y mandato imperativo). En la segunda parte, luego de la descripción normativa del voto programático, se ofrece una revisión detallada de la revocatoria del mandato en Colombia, teniendo en cuenta los últimos avances legislativos e información sobre su puesta en práctica. Así mismo, el trabajo incorpora un estudio de la correspondencia que debe existir entre los planes de desarrollo de departamentos y municipios y los programas de gobierno impuestos por la vía del voto programático a los elegidos gobernadores y alcaldes, así como un análisis del tema del control sobre la Administración a partir de la idea de accountability. Finalmente, se ha incluido un capítulo que plantea la posibilidad de considerar el cumplimiento de las promesas políticas como un derecho subjetivo.
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El propósito de esta investigación es describir desde lo teórico, cómo se han incorporado los modelos de Estado en el derecho administrativo colombiano con el fin de encontrar los referentes ideológicos que tiene a su disposición el juez administrativo para la resolución de conflictos. Este estudio es parte de una investigación que tiene por objeto aportar al estudio del derecho administrativo desde la perspectiva del papel del juez administrativo como defensor o crítico de determinado modelo de Estado. La inquietud que permea este estudio se presenta bajo la frase de Otto Mayer “el derecho constitucional pasa, el derecho administrativo permanece” que llevándola a la actualidad, lleva a cuestionarse sobre el razonamiento del juez administrativo en tiempos del Estado Social y Constitucional de Derecho.
Llamamiento en garantía con fines de repetición: problemas de su aplicación en el derecho colombiano
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Estudio sobre el llamamiento en garantía con fines de repetición, como mecanismo jurídico para exigir la responsabilidad patrimonial de los agentes estatales, enfocado en las causas de su ineficacia y sus posibles correctivos.
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Durante los siglos XVII y XVIII se presentaron varias querellas ante el Tribunal de Justicia Criminal del Nuevo Reino de Granada, en las que se denunciaba que había personas que ejercían los oficios médicos sin tener títulos que los acreditaran como facultativos en las artes curativas. Por ese entonces, se creía que quienes utilizaban yerbas y conjuros como métodos terapéuticos, por lo general mujeres, debían ser juzgadas como yerbateras-envenenadoras, porque no pretendían curar sino matar a quien consumiera sus preparados. El texto establece que los procesos criminales por envenenamiento constituyen un prisma en el que convergen diferentes problemáticas del periodo colonial neogranadino, relacionadas con la salud, los oficios médicos, las enfermedades, las creencias mágico-religiosas, el ideal de mujer en la época, la delincuencia, y las dinámicas de las instituciones españolas, entre otras. De esta manera, se estudió cómo fue la relación entre los aspectos jurídicos, las leyes criminales (dictadas por la Corona) y las conductas “desviadas” (relacionadas con el crimen por envenenamiento) de los habitantes del Nuevo Reino de Granada, entre los siglos XVII y XVIII. Para ello se revistaron desde diferentes perspectivas, varios temas del mundo colonial neogranadino, relacionados con los rumores, la comidilla, los chismes y la importancia de la comunicación hablada en el virreinato; el problema de la honra, como una de las virtudes más sobresalientes de la época y las creencias de la cultura popular con relación al envenenamiento y los diferentes métodos curativos.
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El objeto de este trabajo de investigación fue estudiar cómo ha operado el derecho administrativo disciplinario frente a un tema muy específico, las “infracciones graves al Derecho Internacional Humanitario”, conducta consagrada como falta disciplinaria gravísima en el numeral 7° de la Ley 734 de 2002. Sin embargo, con el fin de delimitar el objeto de investigación, el estudio se redujo a la conducta específica de “homicidio en persona protegida” por el derecho internacional humanitario y para delimitarlo aún más, se estudió concretamente esa conducta respecto de la “población civil”.La elaboración de la investigación conllevó un estudio preliminar de los conceptos generales del DIH así como un estudio general de las principales instituciones del derecho administrativo disciplinario, partiendo de disposiciones constitucionales y legales e incluyendo los principales pronunciamientos de la Corte Constitucional y de la doctrina especializada. Esta primera etapa sirvió de punto de partida para posteriormente proceder con el estudio de casos y de esa manera verificar si los fundamentos de las decisiones disciplinarias corresponden con la explicación teórica que ha sido expuesta.
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En nuestro país existen múltiples entidades y materias que no aplican la Ley 80 de 1993. Así, el desarrollo de su actividad contractual escapa al ámbito normativo que establece el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, configurándose de esta manera los denominados regímenes excepcionales. Sin embargo, teniendo en cuenta que son entidades que administran recursos públicos y en virtud del deber de observancia de los principios que orientan la función administrativa establecido por el ordenamiento jurídico, el Derecho Público que pareciere inicialmente no exigible a estos regímenes termina siendo aplicado, llegando a convivir e interactuar entonces con el Derecho Privado preponderantemente aplicable en este tipo de entidades. Dentro de estas, precisamente, se encuentran las denominadas Empresas Sociales del Estado - ESES -, las cuales por disposición expresa del legislador en materia contractual se rigen por el Derecho Privado, pero otorgándoles además la facultad de utilizar las cláusulas exorbitantes previstas en el Estatuto Contractual. Este escenario particularmente confuso, donde impera la incertidumbre sobre el alcance de la aplicación del Derecho Público y/o del Derecho Privado, constituye el problema jurídico que se aborda en el presente trabajo, el cual se desarrolla a partir del estudio del régimen contractual de las ESES, señalando sus rasgos más importantes y brindando una serie de criterios para la determinación de aspectos puntuales como: la aplicación de los principios, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades aplicable, la utilización de las cláusulas y potestades exorbitantes, las modalidades de selección del contratista, entre otros.
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En Colombia, la construcción, operación y administración de los puertos, exige el otorgamiento por parte del Estado, de una concesión portuaria a sociedades portuarias, la cual se concede previo el agotamiento de un trámite administrativo especial de iniciativa privada, mediante el ejercicio del derecho de petición en interés particular, o por medio de una oferta oficiosa impulsada por el Estado. Los trámites enunciados están previstos en la Ley 1ª de 10 de enero de 1991 y en el Decreto 4735 de 2 de diciembre de 2009. Si bien, el régimen legal prevé mecanismos que permiten la comparecencia de terceros dentro del trámite, no contempla la manera como debe tramitarse la solicitud de concesión portuaria, radicada por fuera del término previsto en el artículo 10 de la Ley 1ª de 1991, sin que constituya una oposición o propuesta alternativa a una solicitud, sobre una misma área en estudio de petición de concesión.
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El documento muestra la sólida influencia de la corriente doctrinal del profesor francés León Duguit (1859 – 1928), en la reforma constitucional colombiana de 1936, desde tres perspectivas: El sistema jurídico, la función social de la propiedad y los servicios públicos. Para el primer tercio del siglo XX, en Colombia, al igual que sucedía en Norteamérica y los países europeos que encauzaban nuestra tradición jurídica, las tesis individualistas sobre el modelo de Estado y el derecho, habían envejecido, y se planteaban nuevas interpretaciones del sistema jurídico imperante y del papel del Estado en la sociedad, en Colombia, el francés, León Duguit secundaría de manera decisiva, aunque no exclusiva, tal proceso.
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La coyuntura internacional actual se caracteriza por la tendencia de los Estados1 en estar inmersos en la globalización y en la necesidad constante de interrelacionarse con otros actores de orden nacional, supranacional o no gubernamental, que le permitan velar por su interés nacional pero a la vez ser parte activa en el concierto mundial. La política exterior es el mecanismo por medio del cual un Estado, con base en su interés nacional, define principios, prioridades y desafíos de carácter internacional, ejes orientadores y estrategias tanto bilaterales como multilaterales para poder cumplirla. Surge de una congruencia entre la realidad interna y la actualidad mundial2 . Por ello, no se da en abstracto, es el resultado de un consenso nacional que busca materializar unos objetivos delineados.
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La cada vez más creciente posibilidad de reinserción a la sociedad, por parte de miembros de los grupos alzados en armas, pone de presente la importancia de dejar claro qué se puede negociar y qué no. Por lo anterior, es fundamental determinar los parámetros mínimos para que un proceso de este tipo no redunde en impunidad. El objetivo del presente trabajo, es establecer esos parámetros mínimos de negociación, desde una perspectiva internacional o, más exactamente, desde el enfoque regional del Sistema de Protección y Promoción de los Derechos Humanos, esto implica revisar cuidadosamente la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos