1000 resultados para Sujeto de Derecho
Resumo:
El Fòrum Social per lïEducació a Catalunya, celebrado los días 25, 26 y 27 de febrero de 2005, congregó a más de 2000 personas, que presentaron propuestas para mejorar la educación. Dos modelos educativos avanzan en direcciones opuestas: el primer modelo considera que la educación es un derecho universal y un bien público, al que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a acceder y la Administración tiene el deber de garantizar en condiciones de calidad y de igualdad. Este modelo considera que la educación es un factor de desarrollo personal, de emancipación social y una de las herramientas para hacer posible una sociedad cohesionada, inclusiva y justa. El segundo modelo considera que la educación es un bien individual y su valor es básicamente económico y que, por lo tanto, debe estar sujeto a las leyes del mercado, como cualquier otra mercancía. El gran debate se refiere al futuro de la educación y hacia cuál de estos dos modelos se quiere avanzar. La cuestión es si el Gobierno promulgará las medidas adecuadas, presupuestos incluidos, para poder avanzar en la dirección de reforzar una educación pública, laica e igualitaria, o bien cederá a las presiones de aquellos sectores que pretenden hacer de la educación un negocio.
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La subjetividad infantil es una construcci??n sociohist??rica en la que la escuela ejerce su papel al situar a los ni??os y ni??as en la categor??a de alumno. En la investigaci??n se detecta una relaci??n causa-efecto entre 'buen alumno' y 'sujeto pleno' y se analizan dos tiempos paralelos en que se produce dicha construcci??n vital: el tiempo social y el curricular. Se realizan observaciones que permiten reflexionar sobre los tiempos paralelos que vive la escuela. En el tiempo social se desarrollan actividades que implican a todo el centro; se trabajan temas transversales donde la reflexi??n y la discusi??n entre el alumnado se orientan a incentivar el compromiso que plantean sectores de la sociedad occidental actual con causas sociales, de cooperaci??n y medioambientales. En el tiempo curricular, el conocimiento de las distintas ??reas se presenta fragmentado y encapsulado dentro de los horarios de cada curso, y el profesorado cambia el ritmo de las actividades acad??micas. Ser??a deseable avanzar hacia una transformaci??n de la escuela que permitiera aprender a conversar con diferentes modos de vivir en el mundo, de acogerlo y de comprenderlo en un aprendizaje colectivo de convivencia.
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Se analiza la Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE), la Ley Orgánica de Calidad de la Enseñanza (LOCE) y el reciente documento para el debate del Ministerio de Educación y Ciencia (2004), base de la Ley Orgánica de Educación (LOE). La guía para su análisis es la búsqueda de concepciones sobre el sujeto y la subjetividad. Las leyes generales educativas son dispositivos discursivos de fijación de visiones del sujeto infantil. La ausencia de sujeto en el marco normativo de la escuela primaria supone la presencia de visiones sobre la subjetividad. Una primera imagen de la representación de los sujetos infantiles en los documentos legales es la necesidad de que el niño y la niña dejen de serlo lo antes posible para transformarse primero en alumnos y posteriormente en adultos útiles y productivos para la sociedad. Los objetivos fundamentales de la LOGSE son permitir que niños y niñas conformen su propia y esencial identidad; desarrollen la suficiente autonomía personal y logren el pleno desarrollo de la personalidad del alumno. Los textos legales enfatizan el componente socializador de la escuela y se identifica la educación como un proceso normalizador e integrador que tiene como objetivo insertar a los sujetos en la sociedad y que éstos aporten lo mejor de sí mismos. El sujeto de la LOCE aparece vinculado al espíritu emprendedor, al esfuerzo y la exigencia personal y al deber, la disciplina y el respeto al profesor. Todo ello contrasta con la actual propuesta del Gobierno que coloca en el centro la formación de una cultura democrática, tolerante y solidaria a partir de la educación en valores. En una sociedad democrática la educación en valores debe referirse a aquellos que capacitan para el desarrollo de la ciudadanía. El desarrollo de actitudes de respeto, tolerancia, solidaridad, participación o libertad debe figurar entre los objetivos y las tareas del sistema educativo.
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Tras la publicación del libro de Raimundo Cuesta 'Felices y escolarizados: crítica de la escuela en la era del capitalismo', se realizan tres reflexiones a propósito de las tesis del autor. En la segunda de ellas, se reflexiona acerca de las causas que favorecen el fenómeno de escolarización masiva y las que lo frenan, con el objetivo de comprender su complejidad. Se reflexiona sobre la extensión de la escolarización promovida por la configuración del derecho a la educación como un derecho individual y social. Se cuestiona si la educación es un engaño promovido por las sociedades capitalistas o es un derecho social para todas las personas.
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen basado en el de la publicaci??n
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El grupo de innovación educativa de la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona, desde el año 2000, está llevando a cabo diversas experiencias educativas. El autor resume estas experiencias entre las que destacan el aprendizaje basado en problemas, los proyectos como estrategia multimetodológica para el aprendizaje del Derecho o el desarrollo del Plan de Acción Tutorial.
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Forma parte de un monográfico titulado: Imágenes de la infancia
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Resumen tomado de la publicaci??n
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El art??culo forma parte de un dossier titulado: Nuevas y viejas desigualdades
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Se trata de un reportaje sobre la escuela inglesa Summerhill School que, entre otros principios educativos que se han ido incorporando a los sistemas educativos de distintos países como la participación infantil, mantiene la libre asistencia a clase como elemento diferenciador. Se describe la vida en la escuela durante una jornada escolar de dos de sus 75 alumnos.
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Se hace un recorrido por los principales documentos en los que se reconocen los derechos de los niños en relación con la educación. Se recoge legislación como: resolución del Parlamento Europeo sobre el Derecho a la Educación y la Libertad de Enseñanza de 14 de marzo de 1984, Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales de 4 de noviembre de 1950, Convención de la Conferencia General de la UNESCO relativa a la lucha contra la discriminación en el campo de la enseñanza de 14 de diciembre de 1960, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 19 de diciembre de 1966, etc..
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Se estudia la progresiva gramatización del habla infantil y las dificultades de los aprendices de español para expresar el sujeto de la oración, ya que este se realiza a través de dos vías, proniminales (yo-tu-él) y flexivas (com-o-es-e) que entran en relación de concordancia (SVsO) u omisión (VsO). Se compone de 72 niños-as españoles y 36 niños-as franceses. Se ha estudiado este problema a través del procedimiento de los recados. Este consiste en que un adulto pide a un-a niño-a que de un recado a otro-a adulto-a. Se desarrolla una metodología transversal tanto observacional como experimental. La experimentación ha permitido la manipulación de variables tales como el tipo de verbo, de cambio deictico, de recado (con-sin Pronombre). En ambas lenguas se ha identificado un proceso de gamaticalización lento, gradual que, partiendo de una base funcional, se completa con mecanismos de naturaleza específicamente legal.
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Estudia la educación como un derecho fundamental inherente al hombre. Se parte de la consideración del fenómeno educativo como hecho social y se analizan los conceptos extrajurídicos que constituyen el objeto del correspondiente derecho (educación, enseñanza, instrucción...) para pasar a su consideración jurídica a la luz del concepto de dignidad humana y bajo la perspectiva de los valores superiores del ordenamiento constitucional español. El derecho a la educación necesita no sólo ser garantizado sino ser promovido en condiciones de igualdad. Se analiza, a continuación, la profunda interdependencia educación-democracia y se hace un estudio de su concepto, caracteres, límites y contenido específico de este derecho. Se completa con capítulos de enfoque histórico, administrativo y de filosofía del derecho internacional y procesal. El fenómeno de la educación constituye una institución social esencial para la vida del hombre por cuanto es el instrumento de cultura de las jóvenes generaciones.
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Estudiar las relaciones entre el estilo cognitivo reflexividad-impulsividad y las variables edad, sexo, inteligencia, ansiedad y estrategias de resolución del Raven.. 200 sujetos de 6 a 14 años, de los que 109 son niños y 91 son niñas.. Se revisa la bibliografía sobre la impulsividad reflexividad, atendiendo a las concepciones teóricas sobre el estilo cognitivo y los datos de otras investigaciones. Se realiza un estudio expiremental. Aplica el MFF-20 de Cairns y Cammock, el Test de Matrices Progresivas de Raven, el Test de Inteligencia de Factor 'g' de Cattell y Cattell, el T.A.S.C. de Sarason y un cuestionario sobre estrategias de resolución.. Para contrastar las hipótesis planteadas se analizan los datos mediante procedimientos de estadística descriptiva, inferencial no paramétrica y diseños multivariantes.. Los sujetos se vuelven más reflexivos con la edad, independientemente de la variable sexo. Los que tienen mayor nivel de inteligencia cometen menor número de errores. Los reflexivos tienen una media de inteligencia más alta que los impulsivos, son significativamente más ansiosos que los rápidos-exactos y utilizan estrategias más eficaces de solución de problemas que los impulsivos y los lentos-exactos. No se encuentran diferencias en el rendimiento escolar entre los cuatro grupos del estilo cognitivo impulsividad-reflexividad..