983 resultados para Educación jurídica


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Se pretende informar sobre los instrumentos de gestión que ha creado el Consorcio Haurreskolak del País Vasco para facilitar la gestión de las escuelas infantiles y la relación con los ayuntamientos, así como para conseguir mejorare l desarrollo de la actividad en las haurreskolas. El consorcio nación en el año 2004 para dar solución a las nuevas necesidades de las familias vascas y una respuesta educativa a los niños y niñas de edad infantil, creando escuelas infantiles en los municipios de Euskadi. Son entidades de carácter público con personalidad jurídica propia e independiente de los miembros que la conforman, y cuya función es la gestión integral de las escuelas infantiles públicas para niños y niñas de 0 a 2 años. El consorcio tiene en 2010 tiene 203 centros abiertos en 164 municipios, de los cuales 39 están en Álava, 89 en Vizcaya y 83 en Guipúzcoa. Su oferta educativa es de 6800 plazas y la plantilla cuenta con más de1000 educadores y educadoras. El propio personal educativo es el encargado de proponer propuestas de mejora y protocolos de actuación.

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El objetivo del trabajo es realizar una restrospectiva histórica de la educación en México a fin de ver los logros obtenidos, de valorar el presente y diseñar el futuro teniendo en cuenta las exigencias del momento. Se trata de formular un juicio crítico sobre las bases en que se fundamenta el sistema educativo nacional. Expone los antecedentes históricos de la educación abarcando tres etapas: la precortesiana, la colonial y la independiente (esta última comprende desde 1822 a 1994). Describe la fundamentación jurídica de la educación, analizando el artículo tercero de la constitución vigente. Aborda cuatro aspectos que considera fundamentales para la transformación de las escuelas normales: los problemas en la formación de docentes, los problemas académicos, la inexistencia de políticas integrales y de planificación, y el autoritarismo. Apunta una serie de sugerencias para mejorar cualitativamente los servicios educativos en las escuelas normales. Concluye que si se lleva a cabo una formación eficiente de los maestros, la calidad educativa será una realidad.

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Pretender desde un análisis y discusión dar posibles soluciones al problema que plantea la educación de la mujer reclusa sometida a prisión usando como medio de apoyo el pensamiento de Concepción Arenal. El estudio, prioritariamente, es socio-pedagógico, lo cual supuso hacer un estudio sobre la situación actual de la mujer reclusa, tanto en su vida cotidiana como en su regulación jurídica. Un análisis comparativo de las dos épocas,el siglo XIX de la autora Concepción Arenal y el siglo XX de la época actual. Lo primero que debemos tener en cuenta es que la mujer penada es un ser humano. Su falta de educación la hacen difícil ante la sociedad y presa de delitos. De todas formas, es educable y enmendable. La educación se lleva a cabo a través de las instituciones, la educación y el trabajo. La sociedad tiene que ser quien le ayude a reintegrarla, acogerla como digna de derechos humanos.

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Estudiar el trabajo y la educación en Marx. Expone brevemente la parte metodológica del Marxismo, define sus conceptos fundamentales, el proceso de producción capitalista y sus elementos, después estudia el concepto de hombre en Marx, el trabajo en la sociedad y el hombre nuevo como ideal de hombre marxista y analiza la contribución de la educación al logro de este ideal de hombre. 1) El materialismo histórico es una teoría científica y como tal nos da los medios que nos permiten lograr un conocimiento científico de una realidad concreta. La interpretación marxista de la historia podría llamarse una interpretación antropológica de la historia, es la comprensión de la historia basada en el hecho de que los hombres son autores y actores de su historia. El hombre por su actividad modifica el mundo y la naturaleza que le rodea y se modifica a sí mismo, pero lo hace ya condicionado por su propia naturaleza, por la modalidad de su actividad y por el conjunto de relaciones sociales en que se halla inmerso y que le han sido dadas de ante mano independientemente de su voluntad. 2) Las relaciones fundamentales en toda sociedad son las relaciones de producción, es decir, las relaciones del hombre con la naturaleza y con los demás hombres en su trabajo. En estas relaciones de producción cabe distinguir tres elementos, las condiciones naturales, las técnicas y la división del trabajo social, elementos que son interdependientes y cuyas consecuencias escapan al control y a la voluntad del hombre. 3) La acción del hombre en la historia es la lucha de clases y no la acción de individuos aislados, ya que las fuerzas sociales comprometidas en la lucha de clases son el motor de la historia. 4) En una sociedad de clases, la ideología tiene como finalidad perpetuar o asegurar la dominación de una clase sobre la otra, haciendo que la condición de explotados sea aceptada como algo natural por éstos y que la clase dominante pueda ejercer su explotación también como algo natural. 5) En una sociedad de clases existe además un organismo regulador autónomo, el Estado, encargado de asegurar su estructura jurídica y política, es decir, que el Estado además de cumplir un papel organizativo o administrativo, es un instrumento de presión de las clases dominantes sobre las oprimidas, cumpliendo así una función de dominación política. 6) Con la supresión de la propiedad privada desaparecen los antagonismos entre las clases, se entablan entre los hombres nuevas relaciones, los intereses del individuo no se contraponer a los intereses de la colectividad, se establecen entre los hombres relaciones de cooperación y apoyo. El hombre nuevo no es un hombre encerrado en sí mismo, su ser está abierto a los demás y forma parte de la existencia de los otros. La sociedad no es un ente abstracto por encima de los individuos, es el conjuntos de los individuos sociales. 7) El hombre necesita una educación técnica polivalente, y dicha educación debe servir de iniciación a la utilización y manejo de los instrumentos elementales de todas las ramas del trabajo, y consiguientemente para luchar contra la especialización. La enseñanza orientada en este sentido es, según Marx, la condición previa fundamental para que el hombre haga su vida más digna y más hermosa. 8) En cuanto a la relación entre la educación y el Estado, Marx advierte que la enseñanza puede ser estatal, sin tener que estar bajo control del gobierno. Marx rechaza absolutamente la idea de una educación del pueblo a cargo del Estado, ha de excluirse al gobierno y a la Iglesia de toda influencia sobre la escuela, de este modo la ciencia se libera de las cadenas que los prejuicios de clase y la fuerza del gobierno imponen. Sólo en una sociedad sin clases la educación se verá libre para desarrollar en los hombres sus potencialidades intelectuales y de cualquier otro tipo, sin tener que adoptar posturas de dominación o subordinación en la sociedad. Lo que Marx nos ofrece a través de su obra y también en su concepción de educación, no es sólo una alternativa más, lo que Marx propone es la transformación de este mundo para salvar a la humanidad de la miseria en que está inmerso. Y esto sólo será posible mediante una revolución, la cual está en manos de la clase obrera, porque sólo ella, como clase consciente de su situación alineada, puede salvarse a sí misma y salvar al resto de la humanidad. De aquí su insistencia en la formación de ésta clase y que su concepción educativa sea precisamente ésta y no otra. 2) Para que pueda surgir la sociedad comunista de Marx, resulta imprescindible el desarrollo total del proceso de producción capitalista, porque el capitalismo crea las bases y pone los medios necesarios para que la sociedad comunista sea posible. Sin éste desarrollo de la producción capitalista, no parece pensable el comunismo.

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Se pretende implantar la asignatura de Educación para la ciudadanía en el currículo situándola en el contexto histórico y cultural de la Unión Europea. Su inclusión plantea varios problemas, ya que no todos los profesores tienen una formación en filosofía moral, social y jurídica como para explicar con rigor a sus alumnos el significado de los valores individuales y sociales, personales y cívicos en que los niños y niñas deben ser educados. Además, se analiza la transversalidad en los institutos de Secundaria, la cultura institucional y la mentalidad y tradición del profesorado de Bachillerato en relación con este tema. Por otro lado, los profesores de Filosofía se oponen a reconvertirse en profesores de Educación para la ciudadanía. La educación ético-cívica es necesaria en el sistema educativo español. El objetivo es la concepción de la escuela como un lugar en el que se vivan los procedimientos y los valores de la vida democrática.

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Se reflexiona sobre los fundamentos que sostienen la materia de Educación para la Ciudadanía. Se centra en la idea de que debe basarse en consideraciones de orden filosófico, de filosofía jurídica, moral y política. Los centros educativos de todos los niveles deben tener un proyecto educativo y curricular conducente a una educación en valores éticos-cívicos. Además la fundamentación filosófica de los valores morales y cívicos debe ser ética y política, no ideológica y tampoco de carácter partidista.

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Se estudia el desarrollo reglamentario de Ley General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, haciendo un especial hincapié en los aspectos no desarrollados, en las contradicciones producidas en su puesta en marcha y en su nivel de cumplimiento. El análisis parte de las referencias legislativas y reglamentarias anteriores a la promulgación de la Ley General de Educación, prosiguiendo con el análisis de contenido de los diferentes títulos y capítulos, para terminar con el estudio del desarrollo reglamentario y grado de cumplimiento de cada unos de los temas objeto de estudio. La metodología se centra básicamente en lo referido a la legislación escolar y a las ciencias del Derecho, con especial hincapié en los problemas de interpretación jurídica. Se pone de manifiesto la importancia de la Ley General de Educación, por lo que supuso el hecho de generalizar la Educación Básica a toda la población hasta los catorce años, la implantanción del Bachillerato Unificado y Polivalente y, sobre todo, la consideración de la educación como un sistema global articulado en un texto único, en el que se relacionan todos los mecanismos del sistema educativo. Los logros de la ley son indiscutibles en cuanto al nivel de escolarización, habiéndose acabado con la discriminación existente, por la implantación de un bachillerato polivalente y otros aciertos. Sin embargo, es necesario ampliar el periodo de obligatoriedad y hacer accesible a las distintas capas sociales las enseñanzas posteriores, así como potenciar los estudios técnico-profesionales, adaptándolos a las exigencias del mundo del trabajo, sin olvidar las demandas de más y mejor educación por toda la sociedad.

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Estudia la educación como un derecho fundamental inherente al hombre. Se parte de la consideración del fenómeno educativo como hecho social y se analizan los conceptos extrajurídicos que constituyen el objeto del correspondiente derecho (educación, enseñanza, instrucción...) para pasar a su consideración jurídica a la luz del concepto de dignidad humana y bajo la perspectiva de los valores superiores del ordenamiento constitucional español. El derecho a la educación necesita no sólo ser garantizado sino ser promovido en condiciones de igualdad. Se analiza, a continuación, la profunda interdependencia educación-democracia y se hace un estudio de su concepto, caracteres, límites y contenido específico de este derecho. Se completa con capítulos de enfoque histórico, administrativo y de filosofía del derecho internacional y procesal. El fenómeno de la educación constituye una institución social esencial para la vida del hombre por cuanto es el instrumento de cultura de las jóvenes generaciones.

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Estudiar los fundamentos de la intervención pública en la enseñanza y con la finalidad de que pueda servir de dato para la construcción de un futuro derecho de la educación.. En la primera parte se estudia el derecho administrativo de educación. Después separa la libertad de enseñar, la libertad de educar y la liberación educativa, y se ocupa de los antecedentes legislativos tanto de las enseñanzas primarias como de las medias y superiores. También se analiza la libertad de enseñanza en la Ley General de Educación con la democratización y socialización de la enseñanza, la libertad de creación y el funcionamiento de centros no estatales de naturaleza jurídica de la autorización la educación como servicio público. Y por último, la libertad de educar en la Ley General de Educación, es decir, la libertad de cátedra, la libertad de métodos y medios educativos, y la libertad de participación.. La libertad de enseñanza es la facultad de fundar o crear centros docentes, mientras que la libertad de cátedra es la facultad de libre expresión ideológica. La educación es un proceso cuya función general, junto con la formación general básica, socializadora e integradora, consiste en proporcionar una instrucción profesional para los distintos grados de trabajadores, por lo tanto se puede considerar una inversión productiva. Para integrar a toda la población estudiantil debe ser gratuita y permitir el acceso a la formación superior. La libertad de educar comprende la libertad y objetividad en la selección del docente; la libertad de expresión científica; y la libertad de participación en la gestión. La disciplina y el orden universitario han de ser responsabilidad de la autoridad académica democráticamente elegida ya que solo el acceso democrático al poder justifica y legitima un escrupuloso ejercicio del mismo.. La educación es un instrumento decisivo de igualación social que debe ser libre, no sujeta a un fin, dogma político o religioso. La organización de la educación no debe ser estatal o privada sino que los titulares de la empresa serían las agrupaciones de padres, alumnos e instituciones sociales y profesionales. Según los niveles educativos, se pactaría con las organizaciones libres del profesorado, la prestación del servicio de enseñanza que financiaría el Estado. Para lograr la libertad de cátedra es esencial la libertad y objetividad en la selección del profesorado. Para que la ley cumpla con los fines pretendidos, no es necesario simplemente un incremento de la financiación, sino que el propio sistema educativo sea corregido en la causa de su desigualdad, es decir, en su complejidad y duración del sistema. Sería necesario adelantar la educación general básica acortando su duración a siete años y generalizando el preescolar; refundir la formación profesional no universitaria y el BUP como tercera etapa de un solo nivel de educación obligatoria; suprimir el COU sin perjuicio de que se impartan funciones de orientación; y limitar la educación formal superior a 3-4 años y adelantar la edad para el ingreso directo en la educación superior.

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Mostrar la relación sustancial entre democracia, educación y ciudadanía en la sociedad democrática occidental y cómo la propuesta democrática de los valores de la comunidad y la participaciòn ciudadana pueden servir de regeneración a la vida política democrática en la sociedad postmoderna y del bienestar de los albores del siglo XXI. Se estructura en cuatro partes. La primera procede a la aproximación conceptual en torno a la idea, fines y objetivos de la educación y su relación con la política y la organización jurídica de la Comunidad. La segunda desarrolla el discurso ilustrado sobre las propuestas de Rousseau. La tercera parte se centra en la función y reconocimiento de la educación en los regímenes jurídicos históricos españoles desdes la Constitución de 1812 hasta la presente de 1978, tomando como referente el desarrollo del pensamiento político occidental tras la Ilustración y la Revolución Francesa. La cuarta y última parte contiene un análisis de la realidad política y sociológica urgente, globalización y postmodernidad, donde, a través de un sistema de pensamiento de renovación democrática, el denominado republicanismo cívico o pensamiento republicano cívico, incorpora un análisis y propuesta de renovación y participación cívica democrática en los asuntos públicos. En esta compleja realidad contemporánea del siglo XXI, la educación inculca y transmite a la ciudadanía la necesidad de participación en la vida pública, y la asimilación y defensa de los valores democráticos. Por ello, se estima que la educaciòn para el estado democrático se ha transformado en uno de los instrumentos más valiosos para la legitimidad , subsistencia y renovación de los sistemas democráticos occidentales. Este proceso racional inductivo-deductivo se aplica desde la técnica de análisis de textos originales. El método comparado es necesario para buscar la contraposición entre universalismo y particularismo. Junto a la política, la educación representa la base de la cultura del sistema político, establece los fundamentos para que los individuos de una sociedad civil sean conscientes de quienes son y del lugar que ocupan, conozcan sus derechos y deberes, adquieran capacidad de juicio, criterio y decisión, y sean individuos más preclaros y más justos. La gestión de sistemas y políticas educativas por los poderes públicos, surgen con el nacimiento de la Universidades. La educación se convierte en una de las prioridades para las élites gobernantes de las sociedades medievales. Durante el Despotismo Ilustrado y en los albores de la Revolución Francesa, las ideas ilustradas incorporan a la educación una nueva misión de la educación como función pública. La educación del ciudadano democrático debe basarse en los principios democráticos de libertad política, igualdad, justicia y pluralismo político. Por ello, la educación puede representar un instrumento indispensable para el regeneracionismo democrático y social. En la presente propuesta, la educación se inserta en este punto como elemento fundamental y garantía de desarrollo del espíritu democrático y pieza de continuidad de la subsistencia de la comunidad al proporcionar, instruir y velar por el vivere civile de la comunidad política democrática.

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Se trata la evolución, continuidad, discontinuidad y otros aspectos de la inclusión y transición de la Educación Religiosa (EDUR) como área de conocimiento. La Enseñanza Religiosa (ER) en el Brasil, disciplina del currículo escolar, tiene una trayectoria que se inició con su comprensión como Enseñanza de Religión (EDR) y proseguimiento en la Educación Religiosa (EDUR) como área de conocimiento. Para elaborar este tratado filosófico-jurídico construido con algunas teorías que permiten la contextualización y la comprensión de la problemática en pauta, fue necesario utilizar conceptos de Michel Foucault, entre otros, los de procedencia, continuidad y discontinuidad, seguidos de las categorías o concepciones de poder y de saber. Tales conceptos son utilizados para la constatación de la realidad en que se encuentra una disciplina en el actual sistema escolar brasileño, en fase de configuración y ampliación, desde que absorbida por un área de conocimiento, que también convive con el problema epistemológico al definirse como tal. Las concepciones de poder y saber, favorecen el análisis del discurso que preside toda la trayectoria que circunda la naturaleza de la materia en cuestión. La problemática constatada es de naturaleza epistemológica que procede de fuente antropológica. Esta se bifurca en vertientes socio-político-culturales que se orientan hacia una confluencia jurídica. La procedencia de los elementos que impiden la eventual normalidad de la disciplina y su absorción y ampliación como área de conocimiento tiene como punto de partida la comprensión del principio de la libertad religiosa, inseparable del principio de la laicidad de un Estado Republicano. El presente estudio es resultado de un esfuerzo en buscar horizontes que indiquen que dirección tomar para la superación de los antagonismos y divergencias que impiden el consenso entre corrientes de concepciones filosóficas opuestas.. El diálogo entre las partes involucradas es fundamental, para que la Educación Religiosa, como área de conocimiento, pueda abrir espacio para la disciplina Enseñanza Religiosa, absorbiéndola en toda su extensión, con el fin de encaminarla para su finalidad en el conjunto curricular, debidamente configurada, desde que se encuentre la solución para las dificultades constatadas..

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Análisis de la normativa comunitaria en materia de protección de la infancia y la juventud ante los medios de comunicación, principalmente los audiovisuales. Así, el Libro Verde recomienda establecer unas exigencias mínimas en la protección de menores para las emisiones televisivas. También se aborda la regulación jurídica sobre publicidad; concretamente, la publicidad de productos cuyo consumo es nocivo para la salud.