792 resultados para Contratos de seguros


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el formulario y su aplicación en todos los servicios de urgencias por parte del personal médico y paramédico evitaría tanta tramitología y ahorraría costos en la medida en que no se transcribirían historias clínicas completas

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Tradicionalmente las compañías de seguros han llegado a sus clientes por medio de canales de distribución directos e indirectos. Los primeros, utilizando la infraestructura propia de la aseguradora

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Antes de la expedición de la Ley 100 de 1993, el ISS prestaba los servicios de salud a los asalariados del sector privado en un monopolio que no le exigía ningún esfuerzo. El déficit acumulado por la falta de los aportes de la nación previstos en la Ley 90 de 1946 y los cambios en su naturaleza jurídica no le permitieron asumir el reto de la libre competencia de los actores dentro del sistema, por lo que su gestión fue cuestionada por los organismos de control y por varios fallos judiciales adversos que profundizaron su crisis financiera, sumado a los altos costos laborales por los beneficios de la convención colectiva de trabajo, cuyos mayores beneficiarios eran los servidores de las clínicas y CAA, llevando a la formulación del Documento Conpes 3219 del 31 de 2003 denominado “PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES - SALUD”, cuyo resultado fue la expedición del Decreto 1750 de junio 26 de 2003, que ordenó la escisión de la vicepresidencia prestadora de servicios de salud, clínicas y centros de atención ambulatoria (CAA) y la creación de siete empresas sociales del Estado. La escisión produjo cambios significativos en materia laboral para los servidores que hasta esa fecha laboraban en calidad de trabajadores oficiales del Instituto ya que fueron incorporados automáticamente a las plantas de personal de las nuevas empresas en calidad de empleados públicos, con excepción de los que desempeñaban cargos directivos o funciones de mantenimiento de la planta física hospitalaria y servicios generales, considerados trabajadores oficiales; cuyo régimen salarial y prestacional es el estipulado para los empleados públicos de la rama ejecutiva del orden nacional (artículos 16 y 18), lo que condujo al aparente desconocimiento de los derechos adquiridos por estos servidores en materia de negociación colectiva. El Decreto 1750 de 2003 fue demandado por vulnerar el ordenamiento superior y, en sentencias de control de constitucionalidad y desde la teoría de los derechos adquiridos, la Corte Constitucional estimó que el artículo 18 era restrictivo por hacer referencia solo a los derechos adquiridos en materia prestacional sin contemplar los relativos a materia salarial y los contenidos en convenciones colectivas de trabajo. Al existir entre el Instituto de Seguros Sociales y sus trabajadores una convención colectiva de trabajo vigente, de conformidad con las Sentencias C-314 de 2004 y C 349 de 2004, la Corte Constitucional indicó que dicha convención debía aplicarse a los servidores de las nuevas entidades por el tiempo de su vigencia.

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Con la finalidad de mantener la mirada financiera equivalente entre las partes - lo que responde a la relación entre el derecho y la economía- no en vano la Ley 1150 de 2007 contempló dentro de su articulado el restablecimiento del equilibrio económico y financiero del contrato. Por su parte, el Decreto Nacional 0734 del 13 de abril de 2012 –hoy derogado por el Decreto 1510 de 2013- impuso la obligación a las entidades del Estado de incluir los riesgos previsibles en los estudios previos pero sólo aquellos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que pretenda celebrar la Entidad Pública contratante. Aunado a lo anterior, el Decreto Nacional 1510 del 17 de julio de 2013 también contempla la teoría de los riesgos dentro de su articulado. No obstante lo anterior, la normatividad legal pese a su esfuerzo, no puede regular todas las situaciones, prueba de ello, es que para los contratos de prestación de servicios profesionales la disposición legal en lo que respecta a los riesgos previsibles resulta ser innecesaria por la naturaleza misma de éstos y otras razones que se abordo a fondo. Es así como las actuaciones que se desplieguen en la contratación Estatal deben funcionar sobre una lógica económica, por ello, resulta pertinente investigar sobre la eficacia o no de incorporar los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico en los contratos de prestación de servicios profesionales cuando la ejecución de éstos depende exclusivamente del desarrollo intelectual que corre por cuenta del contratista.

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El interés de la presente investigación está sostenido en analizar la estructuración de la política pública minero-energética, los instrumentos utilizados para su posterior implementación en el municipio de Segovia, Antioquia, y la incidencia que tiene en las tensiones de los actores que tienen presencia en este lugar. Se utiliza la Acumulación por Desposesión para la interpretación de los hechos ocurridos en Segovia, donde se procede a evidenciar que la imposición o inclusión de nuevos modos de producción, genera resistencias que entran en disputa entre sí y que producen la reconfiguración espacial del municipio.

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En este artículo se estudia la posibilidad de introducir seguros de desempleo en Colombia. En una primera parte, se propone una revisión de literatura de los seguros de desempleo en la cual se exponen las ventajas generadas por una cobertura contra este riesgo, así como sus inconvenientes. En una segunda parte, se estudian varios escenarios para introducir seguros de desempleo en Colombia. Después de haber presentado el contexto del mercado laboral y de las normas que lo vigilan, se proponen varios diseños que abordan la gestión y la administración del riesgo de desempleo en Colombia. Igualmente se presentan algunas consideraciones teóricas para la valoración del costo del aseguramiento, las cuales incorporan los efectos del riesgo moral sobre la duración y la incidencia del desempleo.

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En la obra del Profesor se encuentran los elementos que manifiestan la existencia de un Tratado del derecho de los seguros: una parte, se dedica a los actores, empresas de seguros, intermediarios de seguros y autoridades de control; otra, al contrato de seguros en general ya las diversas ramas; de la misma forma, otro segmento se aventura en los caminos de las relaciones internacionales y, especialmente, las entabladas en el marco del reaseguro, sin omitir los aspectos procedimentales. Igualmente, se incluye una síntesis concluyente de la obra: pasado, presente y futuro del derecho de los seguros en Colombia.Se reúnen en esta nueva aportación científica de unas de las voces más serias y rigurosas del derecho del seguro colombiano aportes científicos tratados a lo largo de las últimas dos décadas. La hondura intelectual, el rigor científico, el conocimiento de la realidad aseguraticia y su imbricación en el sistema financiero, la extraordinaria y solícita sagacidad jurídica del autor, doctor Venegas Franco, cobran todo su dinamismo en estos quince estudios profundos, rasgadores y reflexivos de quien es uno de los autores más reputados y prolíficos del derecho latinoamericano de los seguros.

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El arbitraje en Francia y en Colombia parte de una misma lógica: la autonomía de la voluntad y la libre disposición de los derechos como criterios indispensables para la arbitrariedad de los litigios. A pesar de esto, la prohibición del arbitraje a las personas de derecho público francés es el resultado de una especificidad típicamente francesa: la separación de los órdenes de jurisdicción. En Francia no existen sino dos jurisdicciones, la judicial (Jurisdicción ordinaria) y la administrativa. La autonomía de esta última fue el fruto de una lenta evolución ganada gracias al trabajo del Consejo de Estado francés. En consecuencia, la prohibición orgánica del arbitraje fue arduamente defendida por éste en múltiples ocasiones. Sin embargo, en la actualidad, su posición ha dado un importante giro que se manifiesta claramente en el informe que se traduce en el presente texto.

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Esta tesis se ocupa de analizar la eficacia de la cláusula de solución de controversias contractuales dispuesta en la contratación estatal que es financiada con recursos del Banco Mundial –regla de excepción a la aplicación del Estatuto General de Contratación Pública– pues en las normas de contratación de dicho organismo, se ha previsto que ante un conflicto contractual corresponde a un conciliador (versión 2008 de las normas Banco Mundial) o a un mediador (versión 2013) “tomar una decisión” para resolver la controversia con fuerza vinculante para las partes. La reflexión aborda el papel del “conciliador” o “mediador” según las facultades que le atribuyen las normas del Banco Mundial y su distinción respecto al concepto legal que prevé el ordenamiento nacional, donde el conciliador o mediador no toman decisiones y en consecuencia no es clara la forma de acudir a estas figuras. El reto nos lleva a considerar dos alternativas de aplicación de la cláusula para hacerla eficaz: el primero, considerar a la mediación como una figura autónoma regulada en el contrato por autorización de nuestro Estatuto de Contratación Estatal y de los Convenios suscritos con organismos internacionales, a partir de la cual se reconozca la producción de los efectos indicados por el Banco Mundial en cabeza del mediador; en segundo lugar y para desatar el efecto útil de la cláusula, considerar a la mediación como figura análoga a la amigable composición, y tramitar la solución de controversias bajo esta figura.

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Este artículo tiene como objetivo presentar algunos mecanismos de mercado que pueden inducir a mejorar la confiabilidad en el mercado de generación de electricidad spot colombiano; estos son:1) la provisión de información adicional al precio unitario spot, en un mercado que por su naturaleza es aleatorio, y 2) seguros de confiabilidad, al reconocerse que las demandas son altamente inflexibles. También se desarrolla una aplicación para mostrar cómo operarían en la práctica estos mecanismos y se determinan las restricciones que se deben corregir para que sean operativos. Este programa de seguros garantiza una confiabilidad eficiente, provee información importante para los agentes del mercado y reglas de asignación que minimizan los costos económicos en caso de fallas en la capacidad de generación de electricidad, que podrían ser aplicados a mercados de generación de electricidad como el colombiano, donde se han tenido recurrentes crisis de abastecimiento y se ha pensado profundizar en las reformas de este mercado.

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En la permanente búsqueda de mejores condiciones que las organizaciones realizan con el propósito de dar respuesta a los cambios del entorno y la complejidad de la interacción con las organizaciones del mismo sector, se encuentra necesario identificar las características que les permiten a estas, sobrevivir, mantenerse en el mercado o crecer en él. En este orden de ideas, en este documento se desarrolla la caracterización de la forma como dos organizaciones importantes y líderes del sector asegurador en Colombia: Seguros Bolívar y Suramericana de Seguros, compiten, desde el punto de vista comercial, con el propósito de identificar como esto influye en cada organización. La investigación se centró en explicar a partir de los autores revisados y analizados con respecto al concepto de la competencia, en particular, la forma como se enfrenta la organización al entorno tanto interno como externo, la influencia de cada organización según su estructura, su importancia, la disponibilidad de los recursos necesarios para desarrollar sus actividades, el impacto y las implicaciones organizacionales a partir de la forma cómo se enfrenta el entorno. Para lo anterior y con base a la revisión conceptual, se realizó la recolección de datos y cifras tanto de las organizaciones como del sector al cual pertenecen, adicionalmente se realizaron entrevistas tanto estructuradas como semi estructuradas al área de ventas, debido a que es el área de las organizaciones encargada de generar estrategias de ventas, posicionar productos en el mercado, identificar el perfil del consumidor, conocer y comprender el mercado y la competencia. Lo anterior con el fin de caracterizar a las organizaciones analizadas, determinando cómo responden a la competencia y al entorno, para finalmente establecer cuáles son los comportamientos recurrentes, similares y diferentes entre ellas. Por lo tanto, los resultados obtenidos en la investigación permiten establecer si dos empresas con estructuras, tamaño y participación en el mercado similares compiten de igual forma y que implicación tiene esto en el comportamiento organizacional.

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Los contratos didácticos estimulan la participación del alumnado para guiar la convivencia y el trabajo en el centro. Estos contratos establecen expectativas sobre los objetivos y las reglas de actuación para mediar en el proceso de negociación del aula..

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Describe en qué consiste el contrato de aprendizaje que firman los alumnos y el personal docente del CP Ruperto Medina de Portugalete -centro perteneciente a una comunidad de aprendizaje-. En el contrato, los alumnos acuerdan cultivar unas actitudes, hábitos y valores con el objetivo de promover una escuela democrática, pluralista y abierta. El documento contiene, además, un apartado diferenciado para cada estudiante que recoge los conocimientos que debe mejorar.