15 resultados para RAWLS, JOHN
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
La presente tesis gravita en torno a la siguiente pregunta: ¿cómo puede ser el liberalismo político una alternativa frente a los desafíos del multiculturalismo? La respuesta se presenta a partir de tres capítulos: en el primero se especifica la estructura y contenido del liberalismo político; en el segundo se caracterizan los desafíos del multiculturalismo en Francia, a partir del asunto del velo islámico y las consideraciones de los actores involucrados; en el tercero se analizan los argumentos y opiniones sobre el asunto del velo en Francia, con base en las categorías específicas del liberalismo político, especialmente el consenso traslapado. Se concluye que las posibilidades de consenso dependen del apego que tengan los ciudadanos hacia ciertos valores propios de una concepción política de la justicia, de la capacidad para apartarse de su forma particular de ver el mundo (doctrina comprensiva) en las discusiones públicas, así como de la voluntad que tengan los individuos para ser razonables y respetar las directivas de indagación en las discusiones políticas.
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El análisis del fenómeno migratorio contextualizado en el mundo globalizado, y de la idea de razón pública planteada por el filósofo John Rawls, son el tema principal del presente trabajo. Si bien en la actualidad se han ofrecido diferentes aproximaciones académicas a estudios migratorios, la idea de razón pública, en este caso específico, es clave para comprender las dificultades normativas que surgen a la hora de defender y reconocer las exigencias y derechos de inmigrantes al interior de una nueva sociedad, pues en su teoría, Rawls considera tanto el tipo de relación que deben tener los ciudadanos con el gobierno y la relación que deben tener los ciudadanos entre sí como algunas de las problemáticas más frecuentes que presenta el fenómeno migratorio, a saber, qué tipo de obligación tendrían los Estados con los grupos inmigrantes. El punto fundamental aquí es la defensa de estos derechos de manera justa, es decir, atendiendo al camino que debería seguirse para mantener los principios de igualdad, libertad y autonomía de estos grupos en una sociedad democrática y liberal.
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El artículo elabora una crítica a la teoría de la justicia distributiva formulada por John Rawls haciendo énfasis en los principios de la igualdad y de la diferencia. De manera paralela, analiza las tesis feministas y las perspectivas desarrolladas por Iris Marion Young y Nancy Fraser con el objeto de señalar los principales límites de la propuesta de Rawls.
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La Corte Constitucional colombiana, a través de la interpretación del texto de la carta política, ha hecho invaluables aportes al desarrollo del derecho en nuestro país. Sin embargo, este proceso de definir las palabras de la Constitución requiere la utilización de preferencias valorativas y esto, como es natural, implica un grave riesgo para la seguridad jurídica: ¿hasta dónde puede llegar el intérprete, ¿cuáles son los límites que debe respetar?. Este riesgo incrementa si tenemos en cuenta que buena parte de la doctrina constitucional colombiana contemporánea, llamada por algunos neoconstitucionalismo, ha creado una nueva jerga erudita impenetrable llena de metáforas sofisticadas, razonamientos abstrusos, argumentos con una gran carga emotiva y citas herméticas que, en cierta medida, le han permitido encubrir sus ideas y valoraciones y, de este modo, evitar que sean sensatamente escudriñadas. En un sistema como el colombiano, erigido sobre el principio de frenos y contrapesos entre los distintos poderes del Estado, si el poder político se ejerce a través de la justicia constitucional, en un lenguaje incomprensible y presentado como un argumento de última instancia, todo el equilibrio se viene abajo y, muy pronto, el derecho se convierte en el principal instrumento del despotismo., de Daniel Mendonca, es un libro perfectamente honesto que presenta sus ideas con absoluta claridad y ayuda a trazar los límites entre la discrecionalidad y la arbitrariedad de la interpretación constitucional.
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El tema de este texto es la elusión constitucional. Esta es una forma de manipulación constitucional que consiste en adoptar un texto normativo concreto (usualmente un decreto reglamentario o cualquier otra clase de decreto administrativo, un acto legislativo o un acuerdo simplificado) y usarlo de modo tal, que se contengan dentro de él enunciados que logran escapar al control constitucional. El asunto consiste en hacer una mímesis o "camuflaje": se expide una norma con nombre de decreto administrativo, usualmente un decreto reglamentario (esa su apariencia o "camuflaje") y se le dan contenidos con reserva de ley. De esta manera se logran varios efectos perversos: se usurpan las reservas legales (que son verdaderas garantías para el ciudadano); se suprime el debate democrático a la vez que se diluye la división de poderes, para dejarlo todo en la voluntad del presidente; y se evita el control constitucional, pues al usarse el "camuflaje" de un decreto de contenido administrativo, la competencia para su "control" pasa al Consejo de Estado, que como se sabe, es un órgano judicial que se comporta con frecuencia como cumpliendo funciones notariales al presidente.
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El propósito central de este trabajo consiste en hacer un análisis crítico de la idea de educación democrática. Como hilo conductor se discute la tesis desarrollada por Amy Gutmann, según la cual, la educación democrática tiene como fin garantizar la reproducción consciente de la sociedad. En este contexto, la tesis que se defiende afirma que la educación democrática exige, además de los principios de no represión y la no discriminación desarrollados por Gutmann, un principio de reconocimiento, que articule la orientación de las acciones educativas a fuentes de normatividad asociadas con una interpretación intersubjetivista de la autonomía, de manera que se puedan generar más elementos de juicio, sobre todo, aquellos incorporados en las dimensiones moral, ética, política, legal y social de la persona, al momento de proponer prácticas educativas encaminadas a la formación de una ciudadanía participativa y crítica. Para esto se propone una interpretación que integra las perspectivas deliberativa y agonal de la democracia, se defiende que la expresión clave del ejercicio de la ciudadanía democrática es la participación, que el ejercicio de la participación tiene por condición la realización de la autonomía personal, por lo cual, en la parte final se elabora una lectura intersubjetivista de la autonomía, a partir de los trabajos de Axel Honneth y Rainer Forst.
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Este texto plantea la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario como clave para la superación del «sufrimiento inútil» del sujeto; de este modo, muestra al nos-otros-originario como una zona de protección de los derechos de el-otro, hace una crítica en contra del nos-otros-caído como vulnerador de derechos fundamentales, y aborda la posibilidad de recuperar el nos-otros-originario a través de una consumación definitiva de la "justicia".
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Este ensayo busca establecer una comparación entre los elementos centrales de la teoría de la justicia de John Rawls y de Amartya Sen, así como analizar algunas debilidades y contribuciones de estas propuestas teóricas. Nuestro trabajo se concentra en cuatro temas centrales en la discusión de la teoría de la justicia: las circunstancias que han de ser consideradas en cualquier evaluación de la justicia, principios de la justicia y reglas de combinación, bases informacionales de la justicia y desigualdades admitidas en las evaluaciones de justicia.-----This essay aims to establish a comparison between the central elements present in the theory of justice of John Rawls and Amartya Sen, as well as analyze some of the weaknesses and contributions of these theoretical proposals. This work focuses on four topics that are core to the discussion on the theory of justice: circumstances to be considered in any evaluation of justice, principles of justice and rules of combination, informational bases, and inequalities admitted by the evaluations of justice.
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El presente artículo pretende exponer un debate de filosofía política sobre un problema moral álgido: el aborto. Partiendo de la base de que en todas las democracias occidentales una cuestión central en esta discusión tiene que ver con quién es, en último término, el que debe o puede decidir sobre la legalidad del mismo, lo que aquí se analiza es el problema de diseño y legitimidad constitucional con que se responde en una democracia liberal a esta controversia. Reconociendo que no son pocas las ocasiones en que este controvertido debate moral ha dividido profundamente a la sociedad, el presente artículo tiene como objetivo específico explicar brevemente cuál fue el mecanismo utilizado para lograr la “despenalización” del aborto en Colombia, para luego analizar la justicia del procedimiento, las pretensiones de quienes promovieron la acción de constitucionalidad y, así mismo, la decisión de la Corte Constitucional a la luz del modelo de justicia de John Rawls, especialmente a la luz del concepto de consenso traslapado. Lo anterior, con el propósito de defender la postura de que, al menos en el modelo jurídico-político colombiano, existen serios reparos frente a quienes consideran que la Corte Constitucional es el órgano democráticamente competente para cerrar el debate respecto al aborto.
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Este estudio de caso, pretende analizar el uso de las herramientas de marketing político, desde las elecciones primarias hasta la elección presidencial en el 2004 en Estados Unidos, en la que George W. Bush del Partido Republicano busca la reelección frente a su rival John F. Kerry del Partido Demócrata.
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Si bien es mucho lo que se ha dicho y lo que aún se puede decir sobre la producción filosófica moderna, este texto se centra solamente en un aspecto de las teorías de Locke y Hume: la construcción de la identidad personal. Las teorías empiristas expuestas a continuación representan un antecedente elemental para las teorías contemporáneas de la identidad personal en las que se considera relevante el papel que cumple la intersubjetividad en la construcción de la subjetividad. Mi texto consistirá en una interpretación acerca de las teorías de la identidad personal de Locke y Hume. Mi problema central es analizar el papel que cumplen tanto la memoria como la imaginación en la construcción de la identidad personal al interior de los sistemas de pensamiento de ambos autores. En esa medida, este texto no es un texto sobre la memoria y la imaginación como facultades cognoscitivas en dichos sistemas de pensamiento. Más bien, es un texto acerca de la importancia de estas dos facultades en el problema de la identidad personal. Como veremos, el aporte más importante que hacen Locke y Hume con sus teorías de la identidad personal es que el reconocimiento de nuestro propio yo está dado solo en la medida en la que podemos imaginar y recordar.
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Este documento está compuesto por cuatro secciones de las cuales esta introducción es la primera. En la segunda sección se analiza la visión que diferentes individuos pueden tener acerca del problema de la desigualdad y las implicaciones que estas diferencias tienen sobre el ideal de política re-distributiva. En la tercera sección se presenta una revisión analítica de la literatura económica que se ocupa de las relaciones entre distribución del ingreso y crecimiento económico. Finalmente, en la última sección se presentan algunas conclusiones.
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La autoridad legítima del soberano y la obligación política del ciudadano constituyen el fundamento del poder del Estado, no obstante, una y otra se ven seriamente cuestionadas ante situaciones de extrema injusticia como lo es el Genocidio. En casos como este la obligación de obedecer la ley por parte del súbdito puede e, incluso, debe ser exceptuada y sustituida por los mandatos de la razón moral. El caso de un tribunal alemán que decide absolver al asesino del principal perpetrador del Genocidio Armenio, desobedeciendo de esta manera la ley penal de su país, apoya la tesis enunciada apoyándose en argumentos de la teoría contractualista de Thomas Hobbes y John Locke. La misma tesis es analizada desde la perspectiva del Juego Limpio, en este caso la conclusión no es tan clara, sin embargo, plantea un nuevo problema sobre el Derecho de los Pueblos que deberá ser abordado en otra instancia.
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La Justicia Penal Militar es el privilegio histórico más importante que ha sido concedido a las Fuerzas Militares colombianas debido a la función pública que desempeñan. De allí, que la presente investigación esté dirigida a comprender las causas que han conducido a que el Fuero Militar sea una figura cada vez más restringida no sólo en el mundo, sino en Colombia. Así mismo, el papel de las víctimas será transcendental en el trabajo para comprender un proceso de deslegitimación de la institución marcial traducido en la generación de un debate nacional en torno a la conveniencia de la ampliación de las competencias judiciales de su jurisdicción especial. Finalmente, se planteará una posible alternativa a partir de la conceptualización sobre la Justicia elaborada por John Rawls en el siglo XX, con miras solventar este fenómeno político, jurídico y social.