138 resultados para Protección de menores
em Universidad del Rosario, Colombia
Resumo:
El objetivo del presente trabajo es formular, mediante una profunda revisión documental, bibliográfica y empírica, una fundamentación teórica sobre si existe o no incidencia de las prácticas de recursos humanos sobre el bienestar laboral de los empleados, y el que grado en que esta se presenta sobre aspecto como el engagement y la satisfacción laboral. Se realizó la revisión de múltiples estudios empíricos que aportaran evidencia sobre la relación que se presenta entre las principales prácticas de recursos humanos – provisión de personal, formación y desarrollo, promoción de personal, evaluación de desempeño, compensación y pago, y balance trabajo-familia – y el bienestar laboral, representado en el engagement y satisfacción en el trabajo de los empleados. Los resultados de este trabajo indican la existencia de una relación e incidencia de las prácticas de recursos humanos, el bienestar laboral, el engagement y la satisfacción laboral. De igual forma se encontró que estas relaciones son principalmente de carácter positivo, lo cual indica que las organizaciones que desarrollan este tipo de prácticas en su interior, fomentan tanto el desarrollo y la presencia de bienestar laboral en sus empleados, como su perdurabilidad.
Resumo:
Los menores de edad en Colombia han sido el blanco de los grupos como el ELN y las FARC quienes los reclutan con el fin de incrementar su esquema de lucha, esto gracias a que los niños son fácilmente amoldable a nuevas estructuras emocionales, sin contar que muchos de estos pequeños atraviesan por difíciles situaciones en sus hogares.
Resumo:
El conflicto armado colombiano es un fenómeno social, político, económico y simbólico que exige una lectura interdisciplinaria y desde la perspectiva de sus múltiples actores para lograr, en cierta medida, su comprensión. En este sentido, en la escena actual de la confrontación interna del país se cuenta con la posibilidad de obtener la mirada peculiar de aquellos que fueron protagonistas de la guerra, los excombatientes de los grupos armados ilegales y entre ellos un sector poblacional marginal, los menores de edad. Este último conglomerado social ha sido reconocido desde hace pocos años como un agente presente en el conflicto armado, pero no sólo como víctima sino también como actor directo de la violencia armada. Por lo tanto, la presencia de los menores en los grupos armados ilegales ha guiado recientes investigaciones que se centran en los factores que motivan su vinculación a las organizaciones irregulares, la violación a sus derechos fundamentales, las medidas de protección y reeducación que el Estado debe ofrecerles para su reintegro a la civilidad, las implicaciones psicosociales, físicas y legales de su experiencia en la guerra, y las políticas encaminadas hacia la prevención de esta problemática.
Derechos humanos de la población desplazada en Colombia. Evaluación de sus mecanismos de protección.
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El desplazamiento forzado es uno de los fenómenos más dolorosos y críticos de la historia reciente a nivel mundial e interno. En respuesta a estas circunstancias han emanado de la comunidad internacional y de los Estados afectados diversas normativas y sistemas de atención, todavía en construcción, que pretenden dar respuesta efectiva a las adversas circunstancias de la población que es víctima de este flagelo. El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El Estado colombiano desafortunadamente no ha sido ajeno a este drama y a partir del año 1995 comenzó a registrar un inmenso número de casos en los que las personas se desplazaban a sus lugares de origen en busca de la protección de sus vidas y de su integridad. La respuesta estatal a esta problemática estuvo dada por la Ley 387 de 1997 y algunos otros instrumentos jurídicos que pretendieron establecer un marco de acción y un direccionamiento de la política pública interna que brindara un adecuado tratamiento a la población desplazada. A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.A pesar de la existencia de la reglamentación, con el paso del tiempo el problema se agudiza, las expectativas de atención a las víctimas se incrementan y son cada vez mayores las demandas sociales de personas en estas circunstancias que pretenden hacer exigibles sus derechos. Con esta crítica situación la Corte Constitucional declara el estado de cosas inconstitucional y fija unos plazos específicos de cumplimiento por parte de los entes que conforman el sistema nacional de atención a la población desplazada, buscando un redireccionamiento de los sistemas de atención y política pública en la materia desde un perspectiva integral de derechos humanos. El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.El presente trabajo pretende realizar una exhaustiva mirada a la respuesta estatal y jurisprudencial, la coordinación y planificación del sistema, presentar las condiciones de los grupos vulnerables y evidenciar el rol de la capital de la república, como principal receptora de quienes se desplazan de sus asentamientos.
Resumo:
Introducción: Siendo la desnutrición infantil, un indicador trazador en el perfil de salud de una población y prioridad establecida por los objetivos de desarrollo del milenio y el plan decenal de salud pública en Colombia - PDSP en su dimensión de seguridad alimentaria y nutricional, mantiene gran prevalencia a nivel nacional a pesar de presentar subregistro en la información reportada, por ende, es prioridad la medición, notificación y tratamiento de la misma. La OMS estandarizó los parámetros de medición y el gobierno nacional los adoptó mediante la resolución 2121 de 2010. Sin embargo, para disminuir el indicador de desnutrición que al año 2015 debería estar reducido en un 50% según el PDSP, es necesario identificar el sub registro que hay en el diagnóstico de la misma. Metodología: Se realizó un estudio poblacional, descriptivo y transversal, en el cual se analizó la base de datos de los niños menores de 5 años asistentes a consulta de crecimiento y desarrollo en una institución de salud del municipio de Puerto Inírida, con el fin de realizar una caracterización nutricional basados en mediciones antropométricas y contrastándolas realizadas por los profesionales de salud con las encontradas utilizando los patrones establecidos por la OMS. La información se analizó con el Software WHO Anthro propiedad de la OMS. Resultados: Se encontró que el 33,6% de los menores de 5 años registrados presentan desnutrición crónica, el 7,6% desnutrición aguda, el 13,2% de desnutrición global y el 13,9% tiene obesidad. Al discriminarlo por edad se encontró mayor prevalencia de desnutrición crónica en ambos sexos, siendo mayor en población de sexo masculino (40,1% masculino – 27,6% femenino); al igual que al realizar la comparación por pertenencia puesto que se encuentra la misma prevalencia en desnutrición crónica (29,1% en población indígena y 29% en población no indígena). Según los estándares de la OMS, en la población estudiada 12 se identificaron 243 casos de malnutrición, mientras que en la consulta de crecimiento y desarrollo fueron diagnosticados como casos de malnutrición por los profesionales de salud solo 99. Discusión: La malnutrición es un problema estructural, por ende, se deben tener en cuenta factores tanto intrínsecos como extrínsecos de la persona. Las medidas antropométricas son sólo una manera de medir, que se debe contextualizar con el entorno y las condiciones socioeconómicas, patológicas y culturales en las que se encuentre la población. El estado nutricional de los menores asistentes a los controles de crecimiento y desarrollo de la población estudiada, se encuentra mal registrado, de la misma manera se encontró una gran prevalencia de desnutrición crónica que es un determinante en la calidad de vida. Es imperante la implementación de políticas públicas adecuadas que permitan profundizar en las causas de este flagelo y así mismo en su tratamiento.
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Objetivo: Identificar la relación de los factores de riesgo ocupacional del trabajo infantil con los problemas de comportamiento en menores de edad trabajadores de una plaza de mercado en Colombia Materiales y métodos: Se realizó un estudio de corte transversal con 100 niños trabajadores de la plaza de Mercaneiva. Se aplicó un cuestionario para evaluar los factores ocupacionales en la población, evaluando aspectos sociodemográficos y condiciones laborales; para establecer la prevalencia de los problemas del comportamiento se utilizó el cuestionario sobre el comportamiento de niños niñas de 6-18 años (CBCL- 01). El análisis de los datos se realizó mediante SPSS versión 26, con un análisis estadístico cualitativo por medio de proporciones y tablas de frecuencia, se usaron además medidas de tendencia central y dispersión. Se hizo un análisis bivariado entre los problemas de comportamiento y los factores ocupacionales utilizando el coeficiente de Spearman. Resultados: Se determinaron 3 parámetros relacionados entre los factores ocupacionales y los problemas de conductas que fueron la edad mínima de admisión al empleo (8.2 ± 2.5 años, med=8), las extensas jornadas de trabajo (7.2 ± 3.1, med=7) y los años que lleva laborando (4.5± 2.6 años med=4). Los niños mostraron una diferencias significativa en los problemas de comportamiento (26.3± 9.9) más que las niñas (23.9±9.3) (p=0.023) y respecto a las conductas externalizadas fue mayor en el género masculino (p=0.001). El resultado de la prevalencia de los problemas de comportamiento demostró que el rango clínico se correlacionó significativamente con el comportamiento general (conductas internalizadas r= 0.735, p<0.001; conductas externalizadas r= 0.693, p<0.001; otros problemas r= 0.729, p<0.001) al hallar que el 76.0% de menores trabajadores están en un rango clínico. Conclusión: El empezar a trabajar a una edad temprana es un riesgo para presentar problemas de conducta. Los entes gubernamentales deben ser más activos y apropiarse de su rol para el restablecimiento de derechos y actuar en los resultados hallados en la investigación para que se continúe monitoreando mediante más estudios e intervenciones.
Resumo:
La protección general atribuida en los conflictos armados no internacionales por el artículo 3 común a la población civil, de la que las niñas menores de 15 años forman parte, no depende de su filiación con alguna de las partes en el conflicto, y se extiende, en principio, a todos los actos de violencia, entre los que se encuentran los de naturaleza sexual cometidos por cualquiera de las mismas, incluyendo aquellos cometidos por los miembros de la parte en el conflicto con la que se encuentren afiliadas. Los casos contra Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda muestran que, como regla general, las niñas menores de 15 años no desarrollan de manera prolongada actividades de participación directa en las hostilidades, por lo que, a pesar de acompañar permanente al grupo y de ser “esposas” o “compañeras” de sus comandantes, no asumen una función continua de combate y no pueden ser consideradas como miembros del mismo. Además, los actos de naturaleza sexual coercitivamente desarrollados por las niñas menores de 15 años reclutadas por las FPLC en favor de los comandantes y miembros del grupo con las que se encuentran esposadas, no cumple ninguno de los tres requisitos exigidos por el concepto de participación directa en las hostilidades porque: (a) no son idóneos para causar directamente por sí mismos el umbral de daño requerido; (b) no forman parte integral de ninguna operación militar que pudiera generar dicho umbral de daño; y (c) no poseen el nexo beligerante requerido, puesto que no están específicamente diseñados para causar un menoscabo a la parte adversa de las FLPC. Tampoco las demás actividades desarrolladas por las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas por las FLPC, incluyendo trabajo doméstico (donde principalmente desempeñaron tareas culinarias), transporte de comida a bases aéreas y acompañamiento a las esposas de los comandantes, cumplen, según la Sala de Primera Instancia I en el caso Lubanga, con los tres requisitos necesarios para su consideración como participación directa en las hostilidades. De ahí, que las niñas no hayan perdido en ningún momento su protección general. A todo lo anterior hay que añadir que los niños y niñas menores de 15 años, al ser una población particularmente vulnerable, gozan de una especial protección durante los conflictos armados (con independencia de su naturaleza), tal y como se manifiesta en la Convención de los Derechos del Niño de 1989, los Convenios de Ginebra de 1949 y de sus Protocolos adicionales de 1977, el Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998 y las Resoluciones 1882 de 2009, 1960 de 2010 y 2106 de 2013 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Esta protección especial se extiende a los actos de violencia sexual cometidos por los miembros de las fuerzas armadas nacionales o grupos armados organizados que los alistan o reclutan. En consecuencia, la protección general y especial a que son acreedoras las niñas menores de 15 años, no se limita a las agresiones provenientes de las partes adversas en el conflicto, sino que se extiende también a la violencia sexual ejercida contra ellas por los miembros del propio grupo que las alistó o reclutó, incluso en el caso de que ésta sea ejercida por los comandantes que las tomaron como esposas o compañeras. Las niñas menores de 15 años alistadas o reclutadas entre 2002 y 2003 por las FPLC de Thomas Lubanga y Bosco Ntaganda eran sin duda acreedoras de dicha protección.
Resumo:
Nuevo código de infancia y adolescencia. Antecedentes, análisis y trámite legislativo tiene por el objeto presentar los debates y aportes académicos que giraron en torno a la redacción del Código de infancia y Adolescencia y que sirvieron de apoyo para los congresistas que se encontraba al frente del trámite de la iniciativa. En el presente texto se recogen las opiniones, sugerencias y fundamentos filosóficos y académicos de un equipo interdisciplinario de docentes de la Universidad del Rosario que, desde antes de la radicación del proyecto de ley y hasta la sanción presidencial de la norma, estuvo realizando aportes académicos indispensables para la consolidación de esta iniciativa legislativa. Adicionalmente, el libro cuenta con las ponencias y textos definitivos que se profirieron al interior del Congreso como parte del trámite legislativo del proyecto, así como la norma sancionada y algunos cuadros de análisis de normas relacionadas con la matera. El libro que presentamos a ustedes es un esfuerzo por recoger los antecedentes y las reflexiones en torno a la nueva norma y un esfuerzo por consolidar en un documento los aportes que desde la academia se hicieron a tan importante iniciativa legislativa. Este libro está dirigido a jueces de familia, jueces de menores, procuradores, defensores de familia, personeros, comisionarios de familia, abogados, docentes, estudiantes de pregrado y especialización, magistrados, congresistas, unidades legislativas, autoridades de policía, instituciones de adopción, psicólogos, trabajadores sociales, funcionarios del ICBF y todas las personas que tenga un interés en los derechos, las garantías y la protección de nuestros niños, niñas y adolescentes.
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Se analiza la Sentencia T-025/04 de la Corte Constitucional, estableciendo la relacion con la política pública de atencion al deslazamiento en Bogotá en la administración de Luis Eduardo Garzón. Periodo 2004-2007.
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El presente trabajo de investigación es el resultado de un ejercicio analítico sobre la atención a refugiados colombianos en Ecuador durante 1998 a 2007. A continuación se presenta la información analizada y obtenida por la autora para responder a la siguiente pregunta de investigación: ¿Cuáles son los obstáculos alrededor de la cooperación internacional para la buena atención a los refugiados colombianos en Ecuador? La dificultad para garantizar la protección internacional al refugiado radicaría en las rutas comunes que utiliza con el migrante económico. Sin embargo, esta investigación parte del supuesto de que la débil cooperación intergubernamental (entendida como actos de colaboración entre Estados y/o organismos gubernamentales) colombo ecuatoriana y la descoordinación entre las instituciones ecuatorianas y los organismos internacionales de ayuda humanitaria son los obstáculos para la buena atención a los refugiados colombianos en Ecuador. El trabajo de campo realizado en Ecuador constituye la fuente principal de información y análisis de la investigación, y produce un giro en las conclusiones del documento
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El trabajo consiste en un estudio histórico y crítico de los mecanismos jurídicos de protección de las tierras de la población desplazada, en el cual se revisan las políticas públicas y la legislación que ha tenido incidencia en la materia. Así, partiendo de un breve estudio de los móviles que determinan el desplazamiento forzado, del cual concluye que la tierra ha sido un factor permanente y definitivo para el conflicto armado y el desplazamiento forzado, por lo cual se justifica abordar el desplazamiento forzado a partir de ella y la necesidad de protegerla, se adelanta un análisis crítico de las medidas que el Estado ha abordado para proteger a los desplazados en sus tierras, destacando la insuficiencia histórica del mismo, para finalmente plantear la necesidad de revaluar la política estatal al respecto.
Resumo:
La educación está definida por la Constitución Política como derecho y como servicio público con función social. A su vez, para lograr este cometido se la ha definido como política pública, es decir, de máximo interés para el Estado. No obstante, lo plasmado en norma y programas no corresponde con la realidad. Aún hay actuaciones de la administración que vulneran el derecho a la educación por deficiencias en la prestación del servicio público educativo. De ahí el interés legítimo que tiene la colectividad para exigir de la administración, mediante las acciones populares, que se garantice la prestación del servicio público de la educación en las mejores condiciones posibles. La educación como servicio público es un derecho colectivo, y la comunidad puede exigir que se garantice su prestación adecuadamente, pues en la medida en que haya más personas bien educadas, ello redunda en beneficio de la sociedad y del Estado.
Resumo:
La población civil cada vez es más víctima de los conflictos internos armados, no sólo por estar atrapada entre varios fuegos, sino por ser directamente blanco de los ataques. Colombia no es una excepción, por eso la degradación del conflicto armado interno reclama urgentes soluciones políticas, que si bien no eliminan totalmente el conflicto, si pueden atenuar sus efectos, utilizando los instrumentos que le brindan los sistemas internacionales de protección, a los cuales como Estado se ha adherido, especialmente en lo relativo al Derecho Internacional Humanitario. Los cientos de secuestrados, privados de la libertad, los miles de desplazados y en general las víctimas de la confrontación, por lo general inocentes ajenos a las causas políticas que las generan, se imponen como prioridad ética en una sociedad que se proclama democrática y civilizada. Este trabajo procura realizar una aproximación a la acción desplegada por el Comité Internacional de la Cruz Roja en el conflicto armado colombiano, mostrando algunos de los desafíos a los que se enfrenta el Comité, y las alternativas que posee para llegar a dar respuesta a los mismos, máxime si se tiene en cuenta que el CICR es una de las pocas organizaciones que presta atención humanitaria de manera coherente en un largo período en los múltiples conflictos armados y en contextos inmediatamente posteriores a las crisis. En este sentido, este trabajo pretende realizar un estudio cualitativo de la dinámica operacional y política del CICR en el conflicto armado colombiano a en los últimos años.
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OBJETIVOS Identificar factores asociados a mortalidad en pacientes menores de 1 año de edad operados de cardiopatía congénita en la Fundación Cardioinfantil I.C, en el periodo entre agosto uno de 2004 a Diciembre 31 de 2007. MÉTODOS: Estudio observacional analítico descriptivo de casos y controles en el periodo señalado. Se revisaron 290 pacientes de las cuales 60 fueron casos y 230 a controles. Se realizo análisis bivariable con la Razón de Riesgo (Odds Ratio - OR) e intervalos de confianza del 95% y Posteriormente se realizo una regresión logística incondicional (multivariante) para análisis de los factores en conjunto asociado.
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Las Salas ERA (Enfermedad Respiratoria Aguda) son áreas definidas en las Unidades Primarias de Atención (UPAs), Centros de Atención Médica Inmediata (CAMIs) y de algunas instituciones de segundo nivel, para la atención de pacientes con ERA, que puedan ser manejados con esquemas terapéuticos básicos que en muchas oportunidades se ocupan las salas de observación de urgencias por casos que podrían manejarse en un nivel de complejidad más bajo, pero tampoco pueden ser manejados a nivel domiciliario. La enfermedad respiratoria aguda (ERA) es un conjunto de patologías que afectan el sistema respiratorio, siendo esta una causa muy frecuente de morbilidad y mortalidad en los niños y niñas menores de 5 años, en especial por infección respiratoria aguda (IRA). El pago de la atención integral en las salas ERA a los niños menores de cinco años (población vinculada) de edad corresponde al Fondo Financiero Distrital el cual ha establecido un paquete que incluye valoración médica, valoración con la terapeuta respiratoria, analgésicos, corticosteroides e inhaladores. En el momento en que el médico ordena un examen de laboratorio clínico como ayuda diagnóstica el Fondo Financiero Distrital deja de pagar el paquete completo de prestación de servicios en Salas ERA y paga los medicamentos y dispositivos médicos empleados en la atención de pacientes de manera individual, con esta segunda manera de pago tiene menos ganancias el hospital ya que este debe asumir los costos de la valoración por parte del médico y la terapeuta respiratoria. El objetivo de esta investigación es conocer la magnitud en la solicitud de exámenes de Laboratorio Clínico a los niños menores de cinco años que recibieron atención por parte de la Sala ERA de una Empresa Social del Estado de primer nivel de atención en la ciudad de Bogotá.