19 resultados para Filtek Supreme

em Universidad del Rosario, Colombia


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Este proyecto de emprendimiento llamado SANMIGUEL SUPREME COLOMBIAN COFFEE, surgió como iniciativa por parte del emprendedor Leonardo Sanmiguel Benavides; quien ha vivido durante toda su vida rodeado del sector caficultor, convirtiéndose en una de las razones por las cuales deseo incursionar en la creación de una empresa cien por ciento huilense, la cual exportará café especial diferenciado en producto terminado de media libra, libra y kilo que tendrá como mercado inicial y principal tres ciudades de los Estados Unidos, que son; Miami, Houston y Atlanta. En el proyecto de emprendimiento se muestra, como un producto de altísima calidad (café) asegurando su trazabilidad puede generar valor y ser más atractivo para el consumidor final; pero no es suficiente el emprendedor comprendió que se debe crear una relación cliente - empresa, no solo con la venta, sino antes, durante y después de la venta; permitiendo la creación de un vínculo de fidelidad entre las partes, también conocido como "Marketing Profesional”. De igual forma el éxito de la empresa debe ser también productor, por esta razón SANMIGUEL implementará una política de comercio justo, en la cual se recompensará la calidad al caficultor, permitiéndole mejorar su calidad de vida; SANMIGUEL reconoce lo valioso de crear constantemente valor a sus productos, es por esto que se compromete a mantener el pilar de la innovación como columna vertebral de la misma. SANMIGUEL una empresa comprometida con el caficultor, con el departamento del Huila y con Colombia, brindando el mejor café del mundo.

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En 1991 la Constitución Política de Colombia incorporó las estrategias necesarias para hacer realidad la Rendición de cuentas como un proceso que contribuye a la gobernabilidad. El presente documento presenta no solo la legislación del gobierno sino también los modelos utilizados por la Contaduría General de la Nación-CGN y otras instituciones en diferentes países: Asociación Internacional de Administración de Ciudades-ICMA, Instituto Federal de Acceso a la Información-IFAI, Organización Internacional de Instituciones Fiscalizadoras Superiores-INTOSAI y la Organización Europea de las Instituciones Regionales de Control Externo del Sector Público-EURORAI. Adicionalmente se presentan conclusiones basadas en evidencia empírica proporcionada por los stakeholders y las recomendaciones necesarias para poner en práctica el concepto de Rendición de cuentas en la CGN y presentarlo ante los ciudadanos y otros stakeholders.

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En cualquier sociedad habrá ciertos niveles de corrupción. A esto se le denomina “corrupción normal o en equilibrio”, no como aprobación, sino para hacer notar que controlar la corrupción nunca será igual a eliminarla. La presente monografía se desarrolló con el ánimo de resaltar desde una perspectiva académica el trabajo que realizan las Entidades Fiscalizadoras Superiores de la Comunidad Andina de Naciones como aparato anticorrupción en la administración pública, y cómo su trabajo fortalece la integración institucional para la lucha contra la corrupción. En la actualidad, además de la existencia de las ramas ya tradicionales del poder público, la arquitectura institucional ha diseñado otras instituciones que contribuyen al control del Estado y con ello, a evitar que la acción de los agentes públicos se desvíe de su propósito fundamental de lograr los fines esenciales del Estado. Dentro de este cúmulo de instituciones, las Entidades Fiscalizadoras Superiores-EFS- se constituyen como mecanismos apropiados para combatir la corrupción, en virtud de su misión destinada a asegurar la correcta utilización de los recursos públicos.

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El giro que el sistema internacional dio tras los atentados perpetrados el 11 de septiembre de 2001 fue de enorme importancia para la política exterior de Irán y su posicionamiento en el sistema internacional. En efecto, la lucha guerra contra el terrorismo que Estados Unidos inició y que finalmente desembocaría en las incursiones armadas a Afganistán e Irak -ambos países limítrofes de Irán, en 2001 y 2003 respectivamente, así como la inclusión de Irán por parte de la administración Bush en 2002 como parte del denominado Eje del mal, generaron en el imaginario iraní una idea de amenaza internacional y por lo mismo, la necesidad de hacerse fuerte con el fin de mantener su integridad territorial y gubernamental. Así pues, una compleja situación económica y social sumada a una fuerte coalición del partido conservador iraní -uno de los más fuertes del país, soportado por el Ayatolá Alí Jamenei, autoridad suprema de la nueva República, un nuevo líder de corte conservador, llegaría a la presidencia: Mahmoud Ahmadinejad, un líder controversial y problemático que desde su primera campaña presidencial en 2002 defendería el derecho de la República a desarrollar armas nucleares para fines pacíficos. El verdadero inconveniente surge cuando occidente, en cabeza de los Estados Unidos –en compañía de algunas potencias europeas como lo son Alemania, Francia y Gran Bretaña, duda sobre esta última afirmación. Esta investigación pretende profundizar cada uno de los elementos anteriormente mencionados así como establecer la forma en la cual China y Rusia –países que ven de forma diferenciada el manejo de arsenal nuclear, logran configurarse y acreditar este desafío ante la comunidad internacional.

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A raíz de la promulgación de la Ley 1328 de 2009 y de la celebración del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos, el sistema normativo colombiano será testigo de un negocio jurídico que, hasta antes de esos eventos, no había visto factible su celebración: el contrato de seguro internacional. Al vernos frente a esta realidad, no queda más remedio que empezar a dar respuesta a las preguntas que surgen con ocasión de que un residente en nuestro país contrate con una compañía de seguros ubicada en el exterior; y, tal vez, la primera de ellas es ¿cuál es la ley aplicable al contrato de seguro internacional? El presente trabajo pretende contribuir a la búsqueda de una respuesta a este cuestionamiento de no poca trascendencia; con el estudio de legislación, doctrina y jurisprudencia extranjeras, junto con el análisis de la particular regulación del contrato de seguro en Colombia, además de consideraciones en torno a la jurisdicción local y foránea, "La ley aplicable al contrato de seguro internacional" se convierte en, si bien una sugerencia de respuesta al ya enunciado interrogante, igualmente en un llamado para que sean las autoridades, Magistrados y expertos en el tema, quienes reparen en ese punto desde este momento y, así, no vernos sorprendidos en 2013, cuando vea la luz el primer contrato de seguro internacional en Colombia.

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La Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Penal, ha venido aplicando la teoría de la autoría mediata por dominio funcional de aparatos organizados de poder, para imputar responsabilidad a jefes de grupos armados al margen de la ley o a políticos vinculados con los mismos por los hechos cometidos por estas organizaciones. En el presente artículo sostenemos que esto no es posible ni resuelve la problemática de la violencia de género en este contexto, para lo cual se exploran los delitos de constreñimiento a delinquir y de instigación a delinquir para resolver esta problemática.

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En una reciente decisión, la Corte Suprema de Justicia Colombiana condenó a un médico por haber prestado sus servicios profesionales a personas pertenecientes a un grupo armado al margen de la Ley. En el presente escrito revisamos ese fallo a la luz de la teoría de la imputación objetiva para diferir de la opinión del Alto Tribunal, por cuanto entendemos que el ejercicio de la medicina jamás constituirá un riesgo desaprobado y éste es un elemento necesario para que pueda hablarse de un delito.

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El pasado 16 de marzo de 2011, la Corte Suprema de Justicia se ocupó de un caso donde se califica a un Juez con el delito de falsedad ideológica en documento público. En este fallo se trazaron los lineamientos fundamentales de este delito, mismos que son analizados en el presente escrito para concluir que si bien el resultado del proceso en la Corte −la condena del procesado− es correcto, es necesario superar el entendimiento causal de este delito para interpretarlo de acuerdo con la moderna teoría de la imputación objetiva.

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De acuerdo a la coyuntura social por la que atraviesa actualmente la administración de justicia colombiana, en cuanto a la proliferación de injusticias y errores judiciales causados por la valoración probatoria positiva de los falsos testigos, nace nuestro estudio y la respectiva crítica a la estimación superficial que se realiza a la prueba testimonial por parte de algunos de nuestros jueces, y la aceptación sin mayor control que efectúa la Fiscalía General de la Nación. En ese sentido, se realiza una exhaustiva pero concisa investigación al respecto de todos y cada uno de los factores relevantes a la hora de valorar al deponente y su testimonio como medio probatorio, de suerte que establece los diferentes requisitos formales y sustanciales de los cuales debe gozar, tanto el testigo como su declaración, para que puedan ser tomados en cuenta a la hora de tomar una decisión judicial en materia penal. Con base en lo anterior, nuestra monografía consta de una parte teórica y una parte teóricopractica, en la cual se tomó como ejemplo principal, el paradigmático caso del Coronel ® Luis Alfonso Plazas Vega, toda vez que es un proceso que actualmente se encuentra en sede de casación, y aun no tiene un pronunciamiento definitivo por parte de la honorable Corte Suprema de Justicia, por lo cual es posible realizar una crítica constructiva y propia en lo que concierne a la valoración de la prueba testimonial, en el entendido en que no existe una decisión inequívoca. Finalmente, lo que se pretende con este trabajo es explicar de una manera sencilla y de fácil entendimiento la labor que deben realizar los jueces de la República y la Fiscalía, que aunque no es la que toma la decisión, también debería realizar un mínima valoración, o por lo menos una verificación al momento de aportar y darle credibilidad a testigos que son favorables a su teoría del caso. De forma tal que, la administración de justicia debe llevar a cabo una valoración probatoria, específicamente encaminada al estándar probatorio que se le debe atribuir al testimonio, teniendo en cuenta los factores externos e internos que afecten la declaración, y por los cuales se vea influenciada la misma; todo esto, con el fin de evitar los errores judiciales que se han generado a lo largo de nuestra historia, los cuales han conllevado a innumerables injusticias creando gran polémica y un desasosiego por parte de la sociedad civil.

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Análisis del riesgo de oportunismo del gobierno Colombiano planteado por el diseño institucional y normativo de la CREG, y favorecido por una notoria concentración de calidades en cabeza del Estado Colombiano como agente de mercado y regulador.

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Este artículo especializado se adentra en la definición, argumentación y demostración de un fenómeno comunicativo denominado regionalismo informativo. Esta problemática involucra a los canales de televisión privada y regional, así como pone de manifiesto las responsabilidades estatales. Con el objetivo de validar la hipótesis de la existencia del regionalismo informativo, se llevó a cabo una investigación que recolectó datos cuantitativos y cualitativos que, junto a la valiosa información brindada por especialistas en el tema, ayudó a desenmascarar las características más relevantes de este moderno fenómeno. Se determinó que la relación entre intereses comerciales y medios televisivos privados constituye un riesgo notable para las sanas prácticas del servicio de la televisión. Ante este panorama, se detectó que los canales regionales toman suprema importancia de acuerdo con los ideales y objetivos por los cuales fueron creados.

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En el presente texto se busca mostrar las capacidades explicativas que puede tener la conjunción entre las perspectivas de la ética hacker y la defensa de la propiedad intelectual para dar cuenta de las reacciones generalizadas de rechazo ante las normatividades de derechos de autor en el espacio digital. Así, se lleva a cabo un resumen de los principios de cada una de estas perspectivas dando cuenta de sus capacidades explicativas y características teóricas para, posteriormente, aplicarlas a la realidad empresarial, laboral y de opinión en el marco social contemporáneo. Cómo conclusión de este trabajo se logra observar que a pesar de que en principio ambas perspectivas podrían parecer contradictorias, existen aspectos comunes que permiten vislumbrar como un trabajo en conjunto permitiría generar normatividades que se acoplen a las realidades contemporáneas.

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La obsolescencia programada es el deseo de tener algo un poco más nuevo, un poco mejor, un poco más rápido de lo necesario. El texto estudia este fenómeno a la luz del Estatuto del Consumidor – Ley 1480 de 2011 para determinar si el consumidor colombiano está suficientemente protegido con él.

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Law is often the source of social discriminations, but, at the same time, it can be thekey to delete these social discriminations. The authors try to give an example of thisphenomenon, by analyzing the impact of the Italian citizenship’s rules over the descendantsof the Italian citizens emigrated abroad and, especially, in South America.Indeed, according to the former Italian law, only fathers could transmit iure sanguinisthe citizenship to their children: moreover, women automatically lost theItalian citizenship if they get a foreign citizenship by concluding a marriage witha foreign husband.These rules hardly discriminate the Italian women emigrated abroad and, especially,their descendants who were prevented to get the Italian’s citizenship.These discriminatory rules were finally deleted by the Italian Constitutional Courtin the Seventies and in the Eighties: however, the effects of those rules still persisted,since the decision of the Constitutional Court could not overcome the temporal limit of the entry into force of the Constitution (01.01.1948) and, therefore, could not“cover” the discriminatory facts occurred before that date.Finally in 2009, the Italian Supreme Court, by extending the effects ratione temporisof the decisions of the Constitutional Court, “reopened the doors” of the Italiancitizenship to a huge number of Italian citizenship born from Italian women beforethe 01.01.1948.Therefore, the authors focus on the social impact of this decision for all the potentialItalian citizens living in South America and try to assess its juridical effects overthe Italian law.

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El proyecto de Código de Ética Judicial, que emerge de la convocatoria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (2004) y promueve una reforma judicial, es analizado desde un diagnóstico que enfatiza el carácter cultural de causas sistémicas de la crisis político-económica de diciembre 2001 en Argentina, donde la matriz institucional y los mecanismos de selección/financiamiento de los partidos políticos destacan la presencia de “clientelismo” y “corrupción”, determinando –con la “anomia social”– la llamada “corrupción gris”. Tales variables definen un patrón cultural de “labilidad” en los límites entre lo permitido-no permitido y lo ético-no ético.Desde los años noventa, la tendencia a judicializar el conflicto político, y una Magistratura con ausencia de debate interno y de activismo judicial, tornaron oportuno analizarla desde cinco ejes temáticos: 1) el debate orgánico dado en la Magistratura; 2) el marco general legislativo; 3) la Magistratura como exponente de valores culturales; 4) la transferencia de responsabilidades del ámbito político al judicial; 5) la mediatización de la labor del juez.De las conclusiones deviene crucial este enfoque que indaga las características de esta herramienta que la propia corporación judicial le propone a la sociedad: el Código de Ética Judicial.-----The Code of Judicial Ethics bill, which has emerged from the Argentine Supreme Court call in 2004 and which promotes a judicial reform, will be analized here from a point of view emphasizing the cultural nature of the general cause of the political and financial crisis that took place in December 2001 in Argentina, where the institutional matrix and the political parties’ mechanisms for selecting candidates and raising funds for campaign financing show that there exists a kind of ‘clientism’ and ‘corruption’, which brings about –within a state of ‘social anomy’– the so-called ‘grey corruption.’ These variables define a cultural pattern which is characterized by a ‘general state of uncertainty’ when it comes to deciding what is allowed or not allowed, and what is ethical or unethical.The tendency present since the nineties to judicialize the political conflict, together with a judiciary where there is neither internal debate nor judicial activism, have both made it appropriate to analize this matter from five points of discussion: (1) the internal debate in the judiciary; (2) the general legislative framework; (3) the judiciary as an exponent of cultural values; (4) the handing over of responsibilities from the political sphere to the judicial one; and (5) the media interfering with the judge’s work.From the resultant conclusions, we will infer that this approach becomes crucial, an approach that looks into the features of this tool that the judiciary itself proposes to the society: the Code of Judicial Ethics.