202 resultados para Teoría jurìdica
Resumo:
El acoso laboral o mobbing, ha sido reconocido y regulado en Colombia a partir de la expedición de la Ley 1010 de 2006, a través de la cual se pretende identificar, prevenir y sancionar las situaciones de acoso que se den en el lugar de trabajo. Sin embargo, ante la novedad del tema y su regulación jurídica, han surgido numerosas dudas con respecto a su identificación, sanción y posibilidad de denuncia. La presente investigación busca entonces plantear las dudas principales e intenta darles una respuesta desde el punto de vista jurídico, no sin antes hacer un análisis de los principales autores en la materia que lo han abordado desde su aspecto psicológico. Igualmente en el presente trabajo se realiza un análisis jurisprudencial y se generan una serie de propuestas que contribuirían a la prevención y sanción de este fenómeno y principalmente hacia su conocimiento por parte de los diferentes actores del acoso laboral.
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La tesis que a continuación se presenta corresponde a la Maestría en Dirección y Gerencia de Empresas de la Universidad del Rosario. En ella se revisan y analizan múltiples factores mediante los cuales se determina o no la aplicación de aplicación de la Teoría General de las organizaciones en la gestión del Fondo Nacional de Ahorro, FNA. de la ciudad de Bogotá. En ella se plantean los aspectos que se aplican de cada una de las siguientes teorías organizacionales o administrativas: Administración Científica, Clásica (Administración Moderna), de las Relaciones Humanas, Neoclásica, Administración por Objetivos, Burocrática, Estructuralista, Conductista (del Comportamiento o Behaviorista, X, Y) Desarrollo Organizacional, Cibernética, Matemática, de Sistemas y Contingencial. En consecuencia, la revisión efectuada, las reflexiones, los hallazgos y el análisis correspondiente facilitan la comprensión y el dominio de los postulados teóricos. De modo que los aportes de tan exigente ejercicio real y práctico constituyen una significativa experiencia que revisa la vigencia y la pertinencia de las teorías organizacionales y se convierten en un valioso aporte a las ciencias empresariales y a la sociedad colombiana.
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Recientemente el mundo ha sido testigo de como las celebridades del espectáculo aparecen en los medios de comunicación comentando sobre asuntos políticos y humanitarios, el motivo de dichas apariciones es que cada día los famosos están interviniendo en temas internacionales de orden político y diplomático en un esfuerzo por solucionar algunas de las más graves crisis a las que se enfrenta el mundo en las últimas dos décadas, este fenómeno es conocido como Diplomacia de celebridades. El presente es un análisis acerca de este concepto en cuanto a su origen, desarrollo y alcance, apartir de la óptica del poder blando y ciertas condiciones que permiten la existencia del fenómeno, tales como el avance de las tecnologías digitales y de comunicación, fama de alcance global y nuevos espacios y actores en el ejercicio de las Relaciones Internacionales. La hipótesis sostiene que los famosos realizan una actividad no oficial y utilizan elementos como el poder blando, el dinero y los medios de comunicación para realizarla, tal y como lo haría una ONG. Ellos se identifican con una causa o un tema y utilizan los medios de comunicación como infraestructura para adentrarse en los escenarios de política internacional y promoverla a nivel de gobiernos y opinión pública. Usualmente los emprendimientos sociales y políticos de las celebridades suelen ser efectivos, sin embargo se enfrentan a campos donde su inexperiencia puede llevarlos al fracaso, la falta de comprensión de situaciones muy complejas puede considerarse otra limitante a la que se enfrentan los famosos, puesto que su mensaje o sus esfuerzos se distorsionan al no conocer los matices de una situación y de esta manera generar más perjuicios que beneficios.
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Respecto del título de imputación denominado riesgo excepcional se analizó su génesis, su concepto, los eventos a los cuales se aplica, sus causales de exclusión, y un análisis de la jurisprudencia en cada uno de esos eventos y bajo que títulos de imputación han sido juzgados estos mismos eventos por la jurisprudencia. Se estudiaron los efectos del artículo 90 en la jurisprudencia del Consejo de Estado, en general y en especial sobre el título de imputación riesgo excepcional y finalmente se analizó la utilidad del este título de imputación para atribuirle responsabilidad extracontractual al Estado
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Desde la introducción del postulado de la “autonomía de la voluntad” en el Estatuto de Contratación Estatal, es posible afirmar que trajo consigo grandes cambios, los cuales se ven reflejados en varios escenarios de la contratación y que sin lugar a duda revelan suma importancia, pero cuando nos referimos a la tipología contractual, primer estadio al cual deben enfrentarse las partes al momento de contratar, este postulado toma real trascendencia al proporcionar libertad a los contratantes, tanto para la entidad como para el particular, de crear conforme a sus necesidades y a los fines estatales la forma contractual que más se ajuste, teniendo en cuenta las limitantes generales que el ordenamiento jurídico le impone. Este entorno ha sido la clave para que se llegue a hablar del contrato estatal atípico, tópico que ha generado discusiones entorno a su admisibilidad en el derecho público por no serle originalmente propio a este.
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Adicionar el Decreto Rectoral No. 1079 del 21 de agosto de 2009, para la obtención del Registro Calificado para la Especialización en Gestión Jurídica Pública.
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Justo ahora, cuando parece haberse agotado el entendimiento del zapatismo como movimiento revolucionario tradicional, esta monografía propone dar un doble salto mortal para destruir las barreras obsoletas de las teorías revolucionarias y aterrizar en lo que Rancière llama la Resistencia de los Sin Parte. El alarido bestial se transforma en palabra para sacudir las estructuras más íntimas del orden y actualizar la pésima partición de los lugares y las funciones comunes en la comunidad. Las partes mal contadas acceden a la palabra para reclamar una partición justa de lo común, e inscribir así las libertades como axiomas para el todo comunitario. Lo descolorido toma color, lo oculto es visto, lo incontado entra en el conteo de las partes, lo que no tiene rostro ni voz es ahora escuchado, las sombras adquieren cuerpos y los cuerpos adquieren vida. La resistencia por la incorporación cambió para siempre la política tradicional mexicana, al punto de que ésta ha dejado de llamarse como tal para quien escribió esta investigación. La palabra común, la imagen del líder Marcos, y los símbolos como el pasamontañas, hacen que la rebelión zapatista sea una rebelión desde y para los sin parte, una voz para incorporar a los sin voz: el rostro indefinido de una máscara que defiende con enjundia a los olvidados y los devuelve a la arena de los vistos. Chiapas habla, los fantasmas resucitan, las partes mal contadas reclaman una justa partición de lo visible en la comunidad. Marcos y los suyo se han salido con la suya.
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El trabajo propuesto busca determinar las formas en las cuales se presenta atipicidad derivada de la particularidad y la constitucionalización del derecho del medio ambiente, ante la teoría general del acto administrativo, visto desde el estudio y la caracterización de las decisiones administrativas emitidas por la Oficina Bogotá D.C.-La Calera de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) en los procedimientos de concesión de aguas superficiales, así como exponer el contenido conceptual de este permiso.
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El artículo elabora una crítica a la teoría de la justicia distributiva formulada por John Rawls haciendo énfasis en los principios de la igualdad y de la diferencia. De manera paralela, analiza las tesis feministas y las perspectivas desarrolladas por Iris Marion Young y Nancy Fraser con el objeto de señalar los principales límites de la propuesta de Rawls.
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La gestión pública, tradicionalmente percibida como burocrática e ineficiente, tiende a evolucionar hacia modelos basados en la Nueva Gerencia Pública y el Gobierno Electrónico, que propenden por acercar los Estados a los ciudadanos y desarrollar con mayor eficiencia las actividades operativas a su cargo. En forma paralela, la Teoría de Restricciones, primordialmente aplicada a procesos productivos, busca optimizar los mismos para maximizar los resultados de las empresas, disponiendo de metodologías y herramientas de propósito específico. ¿Es posible entonces optimizar la operatividad de una entidad pública a través del uso de la TOC?. Mediante el presente trabajo se busca dar respuesta a este interrogante, a partir de las aproximaciones teóricas pertinentes y de su aplicación al caso particular de la CRC, entidad pública a cargo de la regulación sectorial de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en Colombia.
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A medida que pasa el tiempo; la ciencia, el desarrollo tecnológico y la constante búsqueda de encontrar nuevas verdades, más fehacientes y que logren responder más asertivamente los diferentes cuestionamientos de la humanidad, han logrado redefinir las teorías y los axiomas que, en su momento, se tomaron como el dogma a seguir en diferentes disciplinas y cuestionamientos de la sociedad y la industria. La concepción tradicional que se tiene de la mente y el comportamiento del consumidor tenía vacios importantes en términos de aplicabilidad y generalización de sus teorías, pues pensar que la humanidad desarrolla sus decisiones de compra bajo análisis netamente racionales y apegados a estructuras temporales para manejar su dinero es un supuesto que no se emplea de manera general y concienzuda por el común. Antes que agentes 100% racionales, con un completo flujo de información y en un mercado perfecto bajo todos los preceptos económicos, somos personas de sentimientos y sentidos. Reaccionamos ante situaciones, estados de ánimo y estímulos, donde es nuestro cerebro quien recibe todo el contexto cognitivo que nos brinda el entorno y entonces actúa (y compra) de diferentes maneras. Es allí donde el Neuromarketing nace como un claro ejemplo de esa búsqueda por una nueva verdad. Una donde entender al consumidor no deje de lado su faceta más real; sus reacciones, pues son estas las que realmente definen qué le gusta o no y qué despierta en él un impulso lo suficientemente importante como para incidir en su decisión de compra. Es por ello que el Neuromarketing se ha adentrado a estudiar lo más profundo y verídico del consumidor, su cerebro. Alejándose de las técnicas tradicionales de investigación de mercados, donde el consumidor puede desvirtuar la información que percibe de un producto o una campaña publicitaría por diferentes razones sociales y psicológicas. El Neuromarketing se ha adentrado al estudio del consumidor y su cerebro mediante técnicas biométricas, en las cuales expone al consumidor al marketing y analiza sus reacciones cerebrales en términos de interés, adrenalina, memoria activa y sentimientos, apoyado por técnicas como el ¨eye tracking¨, donde las interacciones visuales del consumidor permiten identificar los puntos calientes y de interés en determinada pieza publicitaria. Pero el estudio, entendido por algunos como ¨invasivo¨ frente a las libertades en términos de privacidad y libertad de elección del consumidor deben ser responsablemente dirigidos y puestos bajo un contexto científico, donde el único fin sea el de generar nuevas hipótesis y teorías que permitan tener un mejor conocimiento del comportamiento del consumidor sin traspasar los límites del control del mismo. El Neuromarketing debate su existencia misma entre la creación de nuevas metodologías de acercamiento al pensamiento del consumidor, la efectividad de sus conocimiento dados a la industria y el yugo social que acarrea esta ciencia debido a la potencial coerción a los consumidores debido a sus hallazgos.
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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.
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De acuerdo a la coyuntura social por la que atraviesa actualmente la administración de justicia colombiana, en cuanto a la proliferación de injusticias y errores judiciales causados por la valoración probatoria positiva de los falsos testigos, nace nuestro estudio y la respectiva crítica a la estimación superficial que se realiza a la prueba testimonial por parte de algunos de nuestros jueces, y la aceptación sin mayor control que efectúa la Fiscalía General de la Nación. En ese sentido, se realiza una exhaustiva pero concisa investigación al respecto de todos y cada uno de los factores relevantes a la hora de valorar al deponente y su testimonio como medio probatorio, de suerte que establece los diferentes requisitos formales y sustanciales de los cuales debe gozar, tanto el testigo como su declaración, para que puedan ser tomados en cuenta a la hora de tomar una decisión judicial en materia penal. Con base en lo anterior, nuestra monografía consta de una parte teórica y una parte teóricopractica, en la cual se tomó como ejemplo principal, el paradigmático caso del Coronel ® Luis Alfonso Plazas Vega, toda vez que es un proceso que actualmente se encuentra en sede de casación, y aun no tiene un pronunciamiento definitivo por parte de la honorable Corte Suprema de Justicia, por lo cual es posible realizar una crítica constructiva y propia en lo que concierne a la valoración de la prueba testimonial, en el entendido en que no existe una decisión inequívoca. Finalmente, lo que se pretende con este trabajo es explicar de una manera sencilla y de fácil entendimiento la labor que deben realizar los jueces de la República y la Fiscalía, que aunque no es la que toma la decisión, también debería realizar un mínima valoración, o por lo menos una verificación al momento de aportar y darle credibilidad a testigos que son favorables a su teoría del caso. De forma tal que, la administración de justicia debe llevar a cabo una valoración probatoria, específicamente encaminada al estándar probatorio que se le debe atribuir al testimonio, teniendo en cuenta los factores externos e internos que afecten la declaración, y por los cuales se vea influenciada la misma; todo esto, con el fin de evitar los errores judiciales que se han generado a lo largo de nuestra historia, los cuales han conllevado a innumerables injusticias creando gran polémica y un desasosiego por parte de la sociedad civil.
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La Unión Europea es una institución sui generis, es un proceso avanzado desde lo estructural y necesita hacer frente a las amenazas que cuestionan su existencia, es por eso que ha demandado a los Estados concesiones políticas para potenciar su crecimiento.
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El estudio responde las preguntas sobre injerencia política hacia medios radioeléctricos por parte del gobierno chavecista con el cierre de RCTV; con la identificación de instrumentos jurídicos hacia los medias y la examinación en que el gobierno manejó estos instrumentos de regulación.