190 resultados para INVESTIGACIÓN JURÍDICA


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Este documento, trabajado con los alumnos del curso de “Métodos de Investigación Científica”, de la Facultad de Administración de la Universidad del Rosario, está dividido en dos capítulos: en el primero se hará un breve recorrido por la historia en el que se presentarán los avances que lograron las diferentes civilizaciones iniciando con la sumeria, la babilonia y la mesopotamia, que existieron hace unos 3.550 años antes de Cristo, pasando por otras civilizaciones que existieron en los territorios que hoy se conocen como el continente asiático, el europeo y el americano. Esta parte es incompleta en su estricto sentido, toda vez que el propósito es el de dar una mirada a la manera como la ciencia se fue construyendo en capas en el sentido de que la nueva no tapa para nada la anterior sino que se nutre de ella para producir nueva ciencia y conocimiento, y con ellas facilitar la vida de las nuevas generaciones. En el segundo se resaltan algunos nombres de quienes con sus ideas o descubrimientos hicieron aportes fundamentales en el desarrollo del conocimiento y la ciencia, aclarando que se dejan por fuera infinidad de nombres y personajes cuyos aportes fueron o son de capital importancia para los desarrollos actuales y futuros de la humanidad. Este capítulo termina con las características generales del método científico y un resumen del mismo. Se hace un reconocimiento a los estudiantes del curso de Métodos de Investigación Científica del segundo semestre del 2009 de la Facultad de Administración del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, quienes en una forma juiciosa, y bajo la orientación y revisión del profesor, hicieron un trabajo importante en la biblioteca de la Universidad, y en varios buscadores como Wikipedia y Google, de aspectos como las épocas en que existieron algunas civilizaciones, lugares en donde se ubicaron y, fundamentalmente, cuáles fueron sus principales aportes a la humanidad; lo mismo hicieron con los personajes que se presentan. En seguimiento a lo anterior, y para evitar que se tilde de plagio, se deja expresa constancia de que en términos generales lo que se presenta en este documento es una recopilación organizada de civilizaciones, eventos, hechos, personajes y fechas históricas que marcaron un camino en lo que tiene que ver con el desarrollo de la ciencia y el conocimiento en los últimos 5.500 años, y que los autores no pretenden arrogarse (y excusen la redundancia) la autoría de algo que no les pertenece.

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La reciente alianza interinstitucional de la Universidad del Rosario con la Orden Hospitalaria de San Juan de Dios y la Caja de Compensación Familiar (Compensar), como red hospital- universitario representa una gran oportunidad para consolidar la capacidad de generar conocimiento sobre los principales temas de salud que el país confronta, y de aplicarlo a mejorar los servicios de salud en el Distrito Capital y en Colombia. Recientes estudios adelantados por la Facultad de Economía de la Universidad del Rosario1 muestran claramente la forma como en América Latina ha surgido una importante comunidad de investigación en temas clínicos (investigación clínica), convirtiendo al hospital tradicional en una organización del conocimiento. A fin de que los hospitales tengan la capacidad de responder a los desafíos que confrontan en la sociedad del siglo XXI, deben conocer y desarrollar su capacidad para convertirse en hospitales de conocimiento, en particular aquel que se deriva de la práctica e investigación clínica. Ello pasa por dimensionar la capacidad de las organizaciones y los individuos para conducir investigación, usar sus resultados y transferirlos de manera eficiente, efectiva y sostenible. Alineadas con esta realidad, las facultades de Medicina y Rehabilitación y Desarrollo Humano de la Universidad del Rosario, que hoy conforman la nueva Escuela de Medicina y Ciencias de la Salud, a través de los grupos de investigación en Rehabilitación e Integración Social de la Persona con Discapacidad y de Investigación Clínica, participaron de la convocatoria 2008 del Fondo de Investigación de la Universidad del Rosario, con el proyecto denominado “Capacidad para la Investigación Clínica en la Red Hospitalaria Méderi”, cuyo objetivo es caracterizar la capacidad para la investigación clínica en la red local de hospitales de Méderi, y definir estrategias de desarrollo y fortalecimiento de dicha capacidad, con miras a convertirse en un hospital de conocimiento. Con este fin, se planteó realizar un análisis diagnóstico de la capacidad existente para hacer investigación clínica en la red hospitalaria Méderi, y proyectar dicha capacidad con el fin de lograr sus objetivos. Para este análisis se está desarrollando una “estructura analítica mixta” que permitirá caracterizar la estructura y organización de la red hospitalaria.

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El presente documento pone de manifiesto la propuesta de profundización en el currículo de los programas de pregrado de la Facultad de Rehabilitación y Desarrollo Humano, generada a partir de la reflexión, los logros y los avances del Grupo de Investigación en Actividad Física. El grupo define una serie de espacios académicos de formación en investigación para profesionales de las ciencias de la salud y de la Rehabilitación interesados en adquirir actitudes y competencias básicas en la generación de conocimiento dentro de su categoría objeto de estudio, en donde la actividad física se concibe como elemento dinamizador del desarrollo humano de los individuos y de las comunidades.

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La ciencia como construcción altamente elaborada está presente en todas las esferas de desarrollo del hombre contemporáneo. Los procesos de formación incluyen la enseñanza y aprendizaje de sistemas conceptuales y lingüísticos complejos y la inculcación de un sistema de representaciones e imágenes científicas, modelos, técnicas, notaciones, problemas y manejo de instrumentos y de datos (1). Además supone las formas de comunicación de los resultados ante las comunidades de modo que el proceso de construcción del conocimiento sea dinámico.

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El propósito de este texto es, por un lado, dar a conocer los resultados del foro, y por otro, contrastar las opiniones de los expertos que en él participaron con el marco teórico desarrollado para la investigación. En la primera parte se encuentra el marco teórico y la categorización de componentes utilizados en el proceso de investigación. En la segunda se describe el proceso de construcción del foro a partir de algunos conceptos teóricos, y el posterior desarrollo de este evento. La tercera se ocupa de contrastar los resultados del foro con el marco teórico. El presente documento está dirigido a quienes gestionan y trabajan con personas con discapacidad cognitiva y son actores y promotores de la actividad física entre esta población; del mismo modo, a quienes proponen y desarrollan las políticas públicas referentes a discapacidad, jóvenes y actividad física.

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El presente documento busca dar cuenta de las actividades que desarrollé para dar apoyo y complemento al proyecto de investigación “Los mecanismos de influencia en la relación de liderazgo”, en el cual me desempeñé como asistente de investigación. El proyecto de investigación es adelantado por el profesor Juan Javier Saavedra Mayorga y pertenece a la línea de investigación en Liderazgo de la Facultad de Administración de la Universidad del Rosario.

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El distanciamiento presidencial entre Colombia y Venezuela, dejó problemas de orden económico, político y social en la frontera de Cúcuta (Colombia) y San Antonio del Táchira (Venezuela). Estas implicaciones negativas se deben a las diferencias de concebir la seguridad y la integración por parte de los presidentes de turno, Hugo Chávez y Alvaro Uribe.

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El esquema de protección de derechos es un elemento esencial en el ordenamiento jurídico de las naciones organizadas bajo la modalidad de Estado Social de Derecho, y en ese sentido, la implementación de las garantías a los derechos de las minorías existentes en la Nación. Colombia no es la excepción dentro del modelo señalado; en la Constitución Política de 1991 se plantea una amplia gama de derechos y garantías, haciendo un especial reconocimiento a la existencia del pluriculturalismo y el multilingüismo propio de una Nación marcada por la presencia de diferentes grupos étnicos que han determinado su legado histórico y cultural. Así las cosas, surge un escenario de interrelación entre los derechos de las minorías y los del resto de la colectividad, a partir del cual se pueden establecer elementos de armonía y correspondencia, así como también evidenciar posibles conflictos derivados del choque de intereses de una y otra parte. Para el caso de la presente investigación, se ha decidido centrar el estudio en una etnia específica respecto de la cual se han detectado una serie de problemas los cuales permiten efectuar un análisis detallado y con ello evidenciar los objetivos pretendidos. En ese sentido, el grupo étnico escogido es el raizal, residente en las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. El eje central de investigación apunta a plantear que el reconocimiento constitucional que se le ha dado a la comunidad raizal no tiene, ni los alcances, ni las implicaciones que debería tener en los escenarios legislativo, jurídico y político, pues la entidad y relevancia que se la ha otorgado a la mencionada etnia no cumple con el verdadero objeto de pluriculturalidad con que se pretende catalogar a nuestra Nación. El discurso étnico por medio del cual los grupos buscan autodeterminarse, manifestar el esplendor de su cultura y demostrar la existencia de una memoria histórica colectiva, no ha sido considerado en su totalidad como es el caso de la etnia estudiada, pues elementos indispensables de su legado, de su historia y de su presente se han visto ignorados o readaptados a otros escenarios con discursos diferentes, con intereses disímiles y con enfoques diversos, generando una alteración del verdadero pluriculturalismo en el sentido estricto de la palabra. En ese orden de ideas, el estado de las cosas y de los derechos ha llevado a situaciones en las cuales el discurso ha tomado un enfoque distinto del carácter étnico que ha de caracterizarlo, tornándose en un discurso político marcado por la presencia de múltiples opiniones al interior de la misma etnia, pero que a su turno evidencia la necesidad de dar una revisión a las condiciones en que jurídica, social y culturalmente está reconocida dicha etnia y con ello demostrar que el panorama no se agota en una simple denominación constitucional o legal, sino que ha de acompañarse con la práctica política y legislativa justa que demuestre una real existencia de la minoría en el entorno social y jurídico de la Nación. La etnia raizal ha padecido un impacto cultural inmedible desde el momento de la abierta inmigración de continentales al Archipiélago, generándose con ello un sentimiento de marginación frente a las otras etnias y en general, frente el resto de la colectividad. Para el cumplimiento de los objetivos de la presente investigación, se utilizó la metodología de búsqueda en fuentes secundarias, con un especial énfasis en el análisis legislativo y la revisión jurisprudencial, orientado a la obtención de parámetros de guía para la determinación de aspectos relevantes, así como también al poder efectuar comparaciones con miras a obtener conclusiones. Así las cosas, la investigación se complementó con un trabajo de campo en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, territorio de la comunidad raizal, el cual se desarrollo a través de la modalidad de entrevistas semiestructuradas aplicadas a diferentes miembros de la etnia, procurando incluir personas de diferente tipo, esto es, algunas que ocupan cargos públicos, otras que se desempeñan como líderes activistas y otras del común.

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Debido a las transformaciones sociales y económicas del mundo por causa de la tecnología, el desarrollo acelerado de los países capitalistas, la guerra constante, el aumento de la pobreza, el deterioro ambiental, entre otros factores que han ocasionado un impacto negativo en la mayoría de los países del mundo, la noción de derecho colectivo ha cobrado gran importancia por su trascendencia en la vida social. Como respuesta a esta nueva problemática que viene surgiendo en torno a lo vulneración y afectación de los derechos colectivos, se consagra en la Constitución Política de 1991 la Acción Popular, como el mecanismo idóneo para la protección y amparo de estos derechos. En ese orden de ideas surgen las Clínicas de Interés Público, con el fi n de promover el uso de estas acciones, fortalecer la investigación en el manejo de estos casos y ayudar a la población menos favorecida y más afectada en la vulneración de sus derechos colectivos, tal es el caso del Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario (GAP). El presente borrador de investigación pretende exponer de manera sencilla la estructura, integración, reglamento, funcionamiento del Grupo de Acciones Públicas, así como los criterios utilizados para determinar la viabilidad o inviabilidad de un caso al interior del grupo –estas son las etapas que los estudiantes deben agotar previa la adopción de una estrategia jurídica para la defensa del derecho colectivo–. De la misma manera, se exponen las estadísticas del número de acciones constitucionales interpuestas (acción de Tutela, de Grupo, de Inconstitucionalidad, Popular y de Cumplimiento) con el correspondiente resultado, y un análisis de las sentencias favorables obtenidas por el GAP en la interposición de acciones populares, teniendo como instrumento de análisis el método francés y, por último, un breve glosario que contiene las palabras más empleadas al interior del grupo en desarrollo de sus funciones. El Grupo de Acciones Públicas de la Universidad del Rosario, como Clínica de Interés Público, gracias a la trayectoria y esfuerzo constante de su coordinador, supervisores y estudiantes, se ha venido fortaleciendo con óptimos y valiosos resultados no sólo en la interposición de acciones, que como se verá a continuación han sido positivas y hasta la fecha se ha logrado la protección efi ciente y efi caz de muchos derechos colectivos vulnerados a varias comunidades, sino también, en relación con su estructura y funcionamiento, que gracias a la investigación, el contacto e interrelación con clínicas de interés público de otros países de mayor trayectoria como Argentina1, Chile2 y Estados Unidos, se ha venido enriqueciendo al punto que –como se ve a lo largo de este escrito– existe ya toda una metodología investigativa para la recepción, análisis y determinación de viabilidad de los casos que serán adelantados por el GAP, con el fi n de obtener así los resultados anhelados. Los casos son elegidos teniendo en cuenta el impacto social, el interés que se busca proteger, y sólo en la medida en que de la defensa del mismo, (haciendo uso del aparato jurisdiccional y de las herramientas que la Constitución Política y el ordenamiento jurídico tienen a nuestra disposición) pueda derivar consecuencias con incidencia en la modifi cación de las circunstancias que alteraron, vulneraron o amenazan con vulnerar el derecho colectivo, y con ello la estabilidad de la comunidad, el caso es asumido por el grupo. Por ello, los casos son asumidos con una perspectiva estratégica que permite enfocar el estudio y la investigación de los casos en torno a dos puntos importantes: la del cliente y la del interés público. El trabajo de la Clínica en la defensa del interés público y de los derechos colectivos, se ha estructurado bajo cinco líneas de trabajo: i) defensa de casos de interés público, ii) desarrollo de investigaciones y trabajos de campo, iii) control y supervisión permanente del caso por parte de los estudiantes integrantes del grupo, iv) participación en encuentros nacionales e internacionales, v) difusión de las actividades de la Clínica. Los casos asumidos por el GAP son utilizados para el trabajo académico con los alumnos de 9° y 10° semestre de Derecho en la Clínica Jurídica; así, además del carácter altruista y el sentido social que se imparte al interior del grupo, se logra que a partir de la defensa de casos concretos y la perspectiva del interés público, los estudiantes apliquen los conocimientos aprendidos durante la carrera mediante la formulación de estrategias jurídicas, investigación, el desarrollo de una argumentación jurídica orientada a emplear y reformular las nociones y categorías de derecho (en muchos casos inservibles por sí solas), y desarrollar una nueva manera de articular el derecho y el uso de la jurisprudencia –como interpretación de las normas que constituyen nuestro ordenamiento jurídico–, para logar así la realización de los principios constitucionales que caracterizan a nuestro Estado como Estado Social de Derecho.

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Hace 37 años, aproximadamente desde el 13 de mayo de 1970, fecha en la que el profesor Claus Roxin leyó su ponencia titulada “Política criminal y sistema de derecho penal”, la ciencia del derecho penal ha experimentado un profundo cambio en su método y en su objeto. El antiguo paradigma de que el derecho penal debía ser la barrera infranqueable del derecho penal, vigente desde los tiempos en que Franz von Liszt pronunció su conocido “Programa de Marburgo”, fue sustituido por una nueva perspectiva en la que la dogmática jurídico-penal sólo adquiere su verdadera dimensión de sentido, cuando se la elabora en función de la realización de los fines político-criminales que a la ley penal le atribuye la Constitución. La doctrina penal actualmente dominante, en consecuencia, ha abandonado por completo el método lógico-deductivo de los tiempos del positivismo, y el método teleológico-valorativo impuesto por el neokantismo, para adoptar como método para la elaboración y determinación del derecho penal uno con orientación teleológica hacia la realización de la política criminal del Estado. Hoy la doctrina general, casi de forma unánime, toma como punto de partida la idea de que la Constitución Política reconoce positivamente un conjunto de valores éticosociales,cuya preservación explica desde sus fundamentos el ius puniendi. Si se toma realmente en serio el carácter de Estado social y democrático de derecho, esa potestad con la que cuenta el Estado para crear delitos y para imponer penas, sólo puede fundamentarse como contrapartida del deber que le asiste de actualizar esos valores positivamente reconocidos en la Constitución. La Carta Política, depositaria de ese acuerdo sobre lo fundamental al que supo llegar el constituyente primario, determina con exactitud cuáles son esos valores sobre los que ha de erigirse el Estado; valores que luego se encarnan en las libertades civiles y en los bienes jurídicos fundamentales, y que habrán de servir como límite y fundamento del derecho penal. Si por política criminal entendemos el conjunto de principios que orientan, enmarcan, limitan y fundamentan el uso del ius puniendi que, legítimamente, puede hacer el Estado en orden a prevenir la realización de conductas que afecten las libertades y los bienes jurídicos básicos, entonces no queda duda de que ella se encuentra ya delineada en sus trazos más fundamentales en la Constitución Política, y que la ley penal no es más que la concreción de la política criminal del Estado en su más pura expresión. Muchos son los valores dignos de protección, y por ellos son muchos también los bienes que tradicionalmente han gozado de alguna forma de tutela jurídico-penal: la vida, la libertad individual, la libertad y el pudor sexual, la honra y el buen nombre, el patrimonio o la administración pública, son sólo algunos ejemplos de ellos. No obstante,junto a esos bienes jurídicos tradicionales, que desde mediados del siglo XVIII integran lo que actualmente se suele conocer como el derecho penal clásico o nuclear, han empezado a surgir otros que reclaman también protección penal. Se trata, en general, de bienes jurídicos que se aglutinan en lo que hoy se conoce como el derecho penal moderno o accesorio, y cuya protección se garantizaba anteriormente apelando a la legislación mercantil o administrativa. Y me refiero, en particular, a bienes jurídicos que, como la propiedad industrial, los derechos patrimoniales de autor, el medio ambiente o los recursos naturales, han pasado recientemente a disfrutar de un indiscutible estatus de protección penal del que antes no gozaban. Uno de esos bienes jurídicos que han pasado recientemente a disfrutar de la tutela jurídico-penal, es el orden económico y social, y es en el estudio de las conductas por medio de las cuales se le lesiona o pone en riesgo, donde se centra nuestra principal preocupación académica.

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Este trabajo se soporta sobre una base conformada por dos conceptos, que constituyen el horizonte contextual de la investigación: Derecho Administrativo y Comunidad de integración. Es claro que al hablar de una Comunidad de integración específica como la Comunidad Andina (CAN), incide de forma directa en la actividad del derecho administrativo.Ha sido necesario que los países que conforman los grupos de integración económica cedan parte de sus competencias para crear un ordenamiento jurídico de orden supranacional, el cual modifica la dinámica social de las relaciones comerciales y afecta la estructura de la administración pública, haciendo que el derecho administrativo no se limite a interactuar solo con derecho nacional. Esta mutua dependencia de las políticas internas y las regionales se realiza, entonces, cada vez que existe participación y compromiso de los Estados frente a las decisiones, de carácter vinculante o no. En esa medida surge el problema de investigación tendiente a esclarecer cómo ha sido la adopción de las decisiones e interpretaciones, emanadas de los mecanismos oficiales del Derecho Comunitario Andino, en el ordenamiento jurídico colombiano. La existencia de varios puntos de vista con respecto a la obligatoriedad o no de dicha adopción, moldea un tema de suficiente amplitud y profundidad para ser estudiado en un trabajo de investigación.

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De acuerdo a la coyuntura social por la que atraviesa actualmente la administración de justicia colombiana, en cuanto a la proliferación de injusticias y errores judiciales causados por la valoración probatoria positiva de los falsos testigos, nace nuestro estudio y la respectiva crítica a la estimación superficial que se realiza a la prueba testimonial por parte de algunos de nuestros jueces, y la aceptación sin mayor control que efectúa la Fiscalía General de la Nación. En ese sentido, se realiza una exhaustiva pero concisa investigación al respecto de todos y cada uno de los factores relevantes a la hora de valorar al deponente y su testimonio como medio probatorio, de suerte que establece los diferentes requisitos formales y sustanciales de los cuales debe gozar, tanto el testigo como su declaración, para que puedan ser tomados en cuenta a la hora de tomar una decisión judicial en materia penal. Con base en lo anterior, nuestra monografía consta de una parte teórica y una parte teóricopractica, en la cual se tomó como ejemplo principal, el paradigmático caso del Coronel ® Luis Alfonso Plazas Vega, toda vez que es un proceso que actualmente se encuentra en sede de casación, y aun no tiene un pronunciamiento definitivo por parte de la honorable Corte Suprema de Justicia, por lo cual es posible realizar una crítica constructiva y propia en lo que concierne a la valoración de la prueba testimonial, en el entendido en que no existe una decisión inequívoca. Finalmente, lo que se pretende con este trabajo es explicar de una manera sencilla y de fácil entendimiento la labor que deben realizar los jueces de la República y la Fiscalía, que aunque no es la que toma la decisión, también debería realizar un mínima valoración, o por lo menos una verificación al momento de aportar y darle credibilidad a testigos que son favorables a su teoría del caso. De forma tal que, la administración de justicia debe llevar a cabo una valoración probatoria, específicamente encaminada al estándar probatorio que se le debe atribuir al testimonio, teniendo en cuenta los factores externos e internos que afecten la declaración, y por los cuales se vea influenciada la misma; todo esto, con el fin de evitar los errores judiciales que se han generado a lo largo de nuestra historia, los cuales han conllevado a innumerables injusticias creando gran polémica y un desasosiego por parte de la sociedad civil.

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El estudio responde las preguntas sobre injerencia política hacia medios radioeléctricos por parte del gobierno chavecista con el cierre de RCTV; con la identificación de instrumentos jurídicos hacia los medias y la examinación en que el gobierno manejó estos instrumentos de regulación.

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El cáncer es una de las enfermedades con mayor impacto en la población mundial, debido a que genera alteraciones en las áreas de ajuste de los individuos, su núcleo familiar y social circundante. El presente estudio tiene como objetivo establecer la prevalencia de ideación suicida en pacientes con cáncer de tejidos blandos (leucemias y linfomas) y cáncer gástrico (colorectal). Fue un estudio exploratorio descriptivo, de la línea de investigación en Psicooncología y Cuidado Paliativo a la cual pertenece el proyecto: “Conducta suicida (ideación suicida, intención suicida y suicidio frustrado) y factores biopsicosociales asociadas a esta en pacientes con cáncer”. La población que participó en este estudio fueron pacientes adultos del Centro de Investigaciones oncológicas de la clínica San Diego CIOSAD. De esta investigación se puede concluir que la prevalencia de ideación suicida en pacientes con estos tipos de cáncer es de 4.9% (N=10). Los factores asociados a la ideación suicida fueron: número de hijos, dolor y ansiedad en la última semana y estrato socioeconómico

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El presente artículo tuvo como finalidad hallar cuáles han sido los aportes específicos de la Psicología al Consumerismo. Para alcanzar dicho fin se inició con la contextualización del marco teórico relacionado con el consumerismo, partiendo de la historia de la Psicología del Consumidor y sus conceptos más relevantes, continuando con la definición del Consumerismo, las circunstancias específicas de la sociedad actual que han favorecido el afianzamiento en esta temática, así como los aspectos legales generales y los específicos referidos a Colombia. En tercer lugar se realizó una búsqueda rigurosa de material bibliográfico que permitiera ahondar en los aportes de la Psicología, en todas sus ramas, al consumerismo. Finalmente se realizó una reflexión con respecto al papel activo que la psicología debe tomar en el tema del consumerismo, los factores psicológicos que intermedian en este proceso, las consecuencias individuales y sociales, así como el nuevo rol que debe enfrentar el Psicólogo interesado en la Psicología del consumidor.