90 resultados para Bien jurídico colectivo


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La del acceso a la tierra y su distribución, ha sido una problemática transversal a la historia de los conflictos sociales en el país. En el caso de los pueblos indígenas, la existencia de todo un marco jurídico nacional e internacional que reconoce sus derechos territoriales, así como de importantes avances que a este punto se han producido en cuanto a titulación de tierras de resguardo en nuestro país, fueron dos factores que invitaron a preguntarnos en este trabajo por las dinámicas que, a pesar de ello, subyacen a un permanente desconocimiento de tales derechos. Con este objeto, en él se caracterizan las disputas que, desarrolladas en el marco del ordenamiento jurídico e institucional de la Constitución Política de 1991, han llevado a la existencia de una contraposición entre el reconocimiento y la eficacia de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia. Desde una perspectiva crítica, la mirada propuesta presenta un abordaje a tales disputas que abarca una aproximación a sus antecedentes históricos y posterior configuración a instancias de la expedición de las normas, la formulación de las políticas y el ejercicio del control judicial constitucional, en los años posteriores a 1991. Resultado de tal caracterización, se demuestra de qué manera dichas pugnas, que tienen expresiones normativas, administrativas y judiciales, y a su vez son determinadas por factores sociales, políticos, económicos y culturales, han llevado a la existencia en nuestro país, de una brecha de implementación de tales derechos.

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Este estudio de caso aborda el tema de las alternativas al desarrollo convencional, concretamente el concepto de Buen Vivir- Sumak Kawsay, a la luz de la descripción y el análisis de los impactos del auge minero en la región del Alto Putumayo, territorio ancestral de los pueblos indígenas Inga y Camëntsá. Este trabajo quiere mostrar que la apuesta por un modelo económico extractivista, está inspirado en un plan de dominación global de recursos naturales por parte del algunas potencias, que a través del neoliberalismo económico y la globalización han desplegado estrategias de acumulación por desposesión en el Alto Putumayo. Este trabajo cuestiona las raíces históricas del discurso del desarrollo, que legitima las prácticas extractivas y excluye los saberes locales, a la luz de la experiencia recolectada en campo, donde sobresalen los procesos de resistencia de las comunidades por la defensa de la vida y territorio.

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La categorización jurídica de los mal llamados “falsos positivos” en Colombia es un tema controversial: en algunas ocasiones se habla de ejecuciones extrajudiciales, otras veces de homicidio en persona protegida y en otros casos de desapariciones forzadas, dependiendo de la institución que juzgue los casos. Ahora bien, al no existir unidad de criterios en la categorización jurídica de los “falsos positivos”, se hace imprescindible la integración de conceptos en torno a entender dichos hechos ilícitos inequívocamente como tales, toda vez que esto permitiría generar seguridad jurídica al interior del derecho administrativo colombiano. Precisamente, en lo a referente a la responsabilidad extracontractual del Estado. De igual manera, el concepto de reparación adoptado en los estamentos de Derecho Administrativo Colombiano, no siempre coincide con los estándares delineados por el Sistema interamericano de protección de Derechos Humanos, lo cual repercute de manera negativa en el tratamiento dado a las víctimas de los “falsos positivos” que encuadran en la categoría de desapariciones forzadas, lo que hace necesario el estudio detallado de las decisiones propias de cada sistema y compararlas, para buscar un mejoramiento de los estándares nacionales de reparación. Para dar un aporte teórico importante, esta investigación partirá del análisis sistemático de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, y la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y después inspeccionará los elementos fácticos y la reparación de los “falsos positivos”, determinando el grado de aplicación que se ha dado del sistema interamericano en los fallos proferidos por el Consejo de Estado.

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Los indígenas como sujeto jurídico para el reconocimiento de derechos étnicos han sido definidos desde el paradigma del multiculturalismo liberal, basado en características esencialistas de la identidad, como el vínculo con el territorio ancestral rural, el uso de la lengua nativa, y la organización colectiva y comunitaria. Sin embargo, el conflicto armado colombiano ha generado el desplazamiento forzado de gran parte de esta población i1, en su mayoría hacia áreas urbanas y metropolitanas, donde son inaplicables las características que eran tenidas en cuenta para el reconocimiento y la garantía de sus derechos. La ausencia de un sujeto jurídico étnico que responda a las condiciones de un indígena desterritorializado víctima de desplazamiento forzado a causa del conflicto armado que solicita atención individual, se convierte en un obstáculo para la garantía de sus derechos étnicos en la implementación de la política pública de atención, asistencia y reparación a víctimas del conflicto armado, porque las medidas afirmativas y el enfoque diferencial étnico, obligación del ejecutivo, queda a la discrecionalidad de las decisiones administrativas, poniendo en riesgo la garantía del derecho a la identidad cultural y, por lo tanto, a la diversidad étnica y cultural de la nación.

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Los modelos de gestión urbana a nivel global, incorporan en la planeación y en el desarrollo de los entornos urbanos, al suelo natural de soporte como estructura fundamental; debido principalmente a sus funciones ecosistémicas y a los bienes ambientales que provee, incluyendo la biodiversidad y la conservación de entornos con calidad paisajística, entre otros. Teniendo en cuenta lo anterior, el objetivo principal de esta investigación, consiste en hacer un seguimiento y caracterización del ecosistema estratégico del corredor biológico borde norte en la ciudad de Bogotá, con el fin de identificar y dar visibilidad a los aspectos críticos, que son necesarios a tener en cuenta en la política e instrumentos de planeación, para el tratamiento de ésta área. En el desarrollo de esta investigación, se aplicaron las nociones metodológicas de la ecología urbana, dando inicio con una fase de diagnóstico y caracterización de la situación actual, seguido de la formulación de alternativas, entre las que se destacan, la restauración ecológica. En el diagnóstico se pudo identificar que, si bien existe disponibilidad de agua y de cobertura vegetal en las condiciones de suelo, también está presente una gran presión inmobiliaria en el sector, lo cual, ha promovido la alteración de los predios, haciendo urgente un tratamiento integral de restauración ecológica de éste corredor, que permita la recuperación de la función ecosistémica, aportando beneficios a la ciudad.

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Este libro presenta a la comunidad académica, nacional e internacional, cuatro estudios de caso sobre el movimiento de derechos humanos argentino y chileno, el movimiento de la justicia alternativa brasilero, el proceso de la reforma de la justicia penal en Chile y el proceso de construcción de los derechos de los pueblos indígenas en Colombia; sobre los cuales el material empírico primario es prácticamente inexistente. A través de estos casos, los autores buscan presentar material inédito sobre los procesos jurídicos en América Latina, que servirán de base para el desarrollo de estudios comparados en la región. Una de las fortalezas de este texto es que pretende aplicar las principales herramientas de la sociología política francesa a través de estudios en terrenos extraeuropeos. El texto puede ser de gran interés para las organizaciones sociales, los líderes sociales y los ciudadanos en general interesados en el tema de los derechos humanos y la globalización del derecho.

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La palabra marketing no existe en español. Según el Diccionario de la Real Academia Española, marketing es una voz inglesa que se usa para referirse a la mercadotecnia, es decir, al conjunto de técnicas y principios que buscan el aumento del comercio, especialmente de la demanda. Si aplicamos esa definición al mundo de los abogados, podemos decir que el concepto de marketing jurídico está conformado por el conjunto de técnicas y principios que un jurista puede utilizar con miras a incrementar la demanda de sus servicios. Esta obra trata sobre las principales estrategias de marketing jurídico que se conocen en la actualidad, a saber: la creación y mantenimiento de una identidad corporativa en las firmas de abogados, las técnicas para mejorar el servicio al cliente, los criterios más aceptados para el cobro de honorarios y el aumento de la visibilidad de las firmas a través, entre otras, de la publicidad propiamente dicha, la vinculación a asociaciones profesionales o la publicación de artículos de investigación en periódicos y revistas especializadas. Sin embargo, vale la pena advertir, de antemano, que varios capítulos están dedicados al tema de la responsabilidad profesional, pues la autora sostiene que el buen nombre del abogado es la mejor herramienta de marketing: el abogado que no comete faltas a la honradez, es leal con su cliente, es diligente y conoce la materia sobre la cual asesora, siempre será admirado y respetado. Sus clientes y colegas lo recomendarán.

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La finalidad de este libro es doble: por un lado, intenta elaborar una teoría histórica y jurídica de la planificación y el control urbanístico con un nivel de complejidad mayor que el desarrollado actualmente y, por otro lado, extrae elementos que pueden servir para un desarrollo teórico del derecho administrativo. Es decir, que desde una perspectiva histórica se puedan descubrir nuevos aportes para el derecho urbanístico que contribuyan a la interpretación, aplicación y creación de normas sobre la planificación y el control urbano que realiza o debe realizar la administración. De esta forma, en esta obra se podrá ver que la participación del Derecho en el urbanismo bogotano comienza en su fundación, reaparece esporádicamente durante 468 años de existencia y adquiere alguna consolidación con las leyes 9ª de 1989 y 388 de 1997, sobre las cuales se hace un estudio sistemático. La lectura de este trabajo resulta necesaria para que la comunidad, los servidores públicos y los estudiosos del derecho comprendan la complejidad e importancia de la planificación, la gestión y el control urbanístico.

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El problema del transporte público colectivo (TPC) en Bogotá es complejo, caracterizado por una inconstante sobreoferta que se ve reflejada, como primera medida, en una tarifa para el transporte público inflada por encima del costo real. Sumado a esto, la debilidad institucional es muy grande, generando así una acumulación de poder a favor de los transportadores, a quienes la sobreoferta les resulta lucrativa. Y si le adicionamos el componente de incentivos que la misma Administración Distrital promueve, con el ineficiente sistema de funcionamiento y adjudicación de rutas, la situación se hace aún más critica. Para reducir la sobreoferta el gobierno de Bogotá ha promulgado una serie de políticas que no han resultado efectivas. Las más estructuradas y optimistas se dieron en la administración Mockus, donde se expidieron los decretos 112 a 116 de 2003 de reestructuración del transporte público, que buscaban reducir la sobreoferta y mejorar la calidad del servicio, que iba en decadencia. El siguiente documento intenta analizar como los decretos mencionados pueden haber sido apenas una estrategia jurídica y una muy limitada política pública al menos por 3 razones especificas: la primera hace referencia a las deficiencias en el momento de la planificación y formulación de la política pública, la segunda analiza el problema de desconocer la existencia e influencia determinante de los transportadores como grupo de presión con poderes económicos y políticos. Y la tercera describe de que manera el alto grado de impunidad a la hora de detectar, juzgar y sancionar a los infractores; ha creado aún más traumatismos en la implementación de estas normas.

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La educación está definida por la Constitución Política como derecho y como servicio público con función social. A su vez, para lograr este cometido se la ha definido como política pública, es decir, de máximo interés para el Estado. No obstante, lo plasmado en norma y programas no corresponde con la realidad. Aún hay actuaciones de la administración que vulneran el derecho a la educación por deficiencias en la prestación del servicio público educativo. De ahí el interés legítimo que tiene la colectividad para exigir de la administración, mediante las acciones populares, que se garantice la prestación del servicio público de la educación en las mejores condiciones posibles. La educación como servicio público es un derecho colectivo, y la comunidad puede exigir que se garantice su prestación adecuadamente, pues en la medida en que haya más personas bien educadas, ello redunda en beneficio de la sociedad y del Estado.

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Estudio del desarrollo del derecho colectivo a la moralidad administrativa y su protección a través de las acciones populares. Aproximación a la definición y contenido del derecho a partir de un análisis jurisprudencial. Perspectiva como mecanismo de lucha contra la corrupción.

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La comunidad migrante colombiana en España ha tenido un papel importante en las recientes relaciones trasnacionales, interestatales e intergubernamentales entre los dos países. A nivel trasnacional se han creado importantes vínculos sociales, políticos y económicos entre las dos naciones; A nivel interestatal, se está configurando un marco jurídico migratorio y a nivel intergubernamental, los Gobiernos han ejecutado políticas y creado instituciones especializadas con el fin de regular los efectos de la migración y las remesas.

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A raíz de la promulgación de la Ley 1328 de 2009 y de la celebración del Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos, el sistema normativo colombiano será testigo de un negocio jurídico que, hasta antes de esos eventos, no había visto factible su celebración: el contrato de seguro internacional. Al vernos frente a esta realidad, no queda más remedio que empezar a dar respuesta a las preguntas que surgen con ocasión de que un residente en nuestro país contrate con una compañía de seguros ubicada en el exterior; y, tal vez, la primera de ellas es ¿cuál es la ley aplicable al contrato de seguro internacional? El presente trabajo pretende contribuir a la búsqueda de una respuesta a este cuestionamiento de no poca trascendencia; con el estudio de legislación, doctrina y jurisprudencia extranjeras, junto con el análisis de la particular regulación del contrato de seguro en Colombia, además de consideraciones en torno a la jurisdicción local y foránea, "La ley aplicable al contrato de seguro internacional" se convierte en, si bien una sugerencia de respuesta al ya enunciado interrogante, igualmente en un llamado para que sean las autoridades, Magistrados y expertos en el tema, quienes reparen en ese punto desde este momento y, así, no vernos sorprendidos en 2013, cuando vea la luz el primer contrato de seguro internacional en Colombia.

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En este Estudio de Caso, que se centra en el análisis del proyecto productivo de Palma de Aceite que desde el año 2007 viene siendo implementado en el Territorio Colectivo del Consejo Comunitario de Guapi Abajo, se busca establecer la relación que existe entre el choque de intereses que se ha suscitado entre diferentes actores desde el orden nacional hasta el local, dada su postura sobre la pertinencia de la implementación de esta iniciativa productiva, y la afectación sobre el proceso de toma de decisiones del proyecto, a lo largo de las diferentes fases que conforman el ciclo de la política pública.

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La descripción de procesos sociales es una de las opciones más significativas para que desde los ejercicios académicos se puedan desarrollar investigaciones. En el presente trabajo el autor desde las herramientas conceptuales, procedimentales, metodológicas y sociojurídicas realizó el análisis de dos modelos de mediación como mecanismos para tratar conflictos comunitarios. Por un lado el Modelo Relacional Simbólico (MRS), de otro el modelo de mediación comunitaria campesina (MMCC) que históricamente ha existido en la Región Rural del Alto Sumapaz. Del anterior análisis se pudo establecer un diálogo que permitió concluir que los dos modelos son procedimientos que han evolucionado en contextos tan diferentes como complejos. Su implementación antes que replicarla es necesario estudiarla más en profundidad desde cada uno de sus contextos, sin la intención fundamental de incidir sobre los mismos y mucho menos sobre los campos específicos en donde coexistes socialmente. La reconstrucción del discurso sumapaceño como eje central de la investigación giró en torno al reconocimiento y exaltación de los elementos y principios fundamentales del modelo de mediación campesina. Esto se pudo construir a partir de entrevistas y desde el diseño cualitativo de un grupo de discusión que dio cuenta del sistema de justicia alternativa existente. Finalmente, el estudio académico durante la Maestría en Mediación Familiar y Comunitaria, permitió hallar diferentes construcciones argumentativas que para la presente investigación lograron aportar elementos críticos en campos como los mecanismos alternativos de transformación de conflictos, la justicia comunitaria, el pluralismo jurídico, la mediación y por supuesto al modelo relacional simbólico (MRS).