295 resultados para Sujeto de Derecho
em Ministerio de Cultura, Spain
Resumo:
Este artículo se presentó en las III Jornadas Pedagógicas sobre el Deficiente Mental Adulto, organizadas por la Universitat de les Illes Balears
Resumo:
Se realiza una entrevista a Jordi Cots i Moner, ex adjunto para la infancia del defensor del menor del pueblo de Cataluña. Jordi Cots tiene una trayectoria de trabajo jurídico y educativo a favor de la infancia como sujeto de derecho. En la entrevista se analiza la situación de los niños y niñas y la infancia, los progresos alcanzados y las carencias que todavía existen en torno a los derechos de los ciudadanos más pequeños.
Resumo:
Aportar nuevos datos a un estudio más amplio de mentalidades y modos de vida de la sociedad en el siglo XIX y principios del XX. Se da una visión general sobre la situación jurídica, profesional y educativa de la mujer en el siglo XIX, y la polémica sobre la educación de la mujer en torno a 1868-1900. Después se estudian la prensa femenina, las asociaciones e instituciones para la instrucción de la mujer, los congresos y certámenes pedagógicos de 1882 y 1892; y las escuelas, colegios y universidades. La segunda parte se centra en la Asociación para la Enseñanza de la Mujer desde sus orígenes en 1868 hasta 1970. Fuentes documentales y bibliografía de la época. La situación jurídica de la mujer en el siglo XIX hace difícil su plena incorporación en la sociedad como sujeto de derecho. A finales del XVIII y principios del XIX existe la preocupación por aumentar las escuelas para niñas y la atención preferente por formación de maestras. El porcentaje de analfabetismo femenino en 1860 es del 86 por ciento y en 1910 se reduce al 65. La polémica sobre la instrucción femenina a partir de 1868 se fomenta por conferencias dominicales organizadas por Fernando de Castro; la creación del Ateneo de señoras; la aportación de la Asociación para la Enseñanza de la Mujer; el boletín de la Institución Libre de Enseñanza; la Escuela Normal de Maestras de Madrid; la entrada de la mujer en instituciones, universidades y ateneos culturales; los congresos pedagógicos; los discursos políticos en el congreso y de apertura de las universidades; revistas y periódicos femeninos; y la cuestión académica de Emilia Pardo Bazán. La iniciativa privada es más importante que la pública. Hasta los años 80 el Ministerio no inicia reformas y la legislación oficial en muchos casos se limita a ser un refrendo de la situación de hecho. A partir de la Revolución del 68 aparece un interés creciente por la instrucción femenina. La Escuela de Institutrices, iniciada en 1869 por Fernando de Castro, es el origen de la Asociación para la Enseñanza de la Mujer. Con ello se quiere preparar a jóvenes para que se encarguen de instruir a las nuevas generaciones de la clase acomodada. El número de alumnas matriculadas es difícil de decir pero un folleto de 1935 habla de 6.000. De ellas algunas cursaban carreras y otras solo asignaturas sueltas. La mayoría están vinculadas a las Escuelas de Maestros. La mujer entra en el siglo XIX como labradora, artesana y ama de casa y termina el siglo como maestra, institutriz, telegrafista y estanquera.
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Describir la situación del joven en la calle, analizar, extraer consecuencias y buscar soluciones. Es importante la figura clave del educador de la calle. Los profesionales inciden más en la descripción de los modos de presencia de estos niños en la calle a través de la descripción de sus rasgos psicosociográficos que en la cuantificación del colectivo. Las situaciones concretas que utilizan los niños como medio de subsistencia son: mendicidad, venta ambulante y trabajos callejeros. Concepción del menor como sujeto de derecho y deberes. Definir la responsabilidad de cada instancia administrativa que debe intervenir. Resolver la actuación judicial sólo para los casos de auténtico conflicto y canalizar las situaciones de desprotección a través de la red administrativa. El tratamiento no debe tener por objeto el niño, sino la familia, para la que se debe arbitrar sistemas alternativos. Crear las vías para que el niño pueda tener acceso a los recursos normalizados. Importancia de los equipos técnicos tanto en lo administrativo como en lo judicial. Necesidad de ciertos tipos de profesionales, personal sanitario, maestros, asistentes sociales. Mentalización de la sociedad para que adquiera una sensibilidad especial ante este tipo de problemas. Ante el joven de la calle, aparcando toda la problematica laboral, familiar, de fracaso escolar, que como parafina le envuelve, habría que promocionar con urgencia la figura del educador en la calle. Educador que sea capaz de bajar hasta ella, que se atreva a salir del recinto educativo institucional para compartir el nuevo y apasionante espacio educativo de la calle con los jóvenes. Allí, sin tanta jerarquización.
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Resumen tomado de la publicaci??n.
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La guía es bilingüe español-árabe
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El autor es profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Sevilla
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Incluye selección bibliográfica (p. 267-272) de obras sobre la enseñanza del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, realizada por los profesores de la Universidad de Huelva Emilia Castellano Burguillos y Roberto Fernández Villarino. - Notas a pie de página
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Ahondar en el tema de la libertad de enseñanza, comenzando por sus fundamentos: la Ley natural y la Ética. La libertad de enseñanza. Se estudia el tema de la libertad de enseñanza según las siguientes perspectivas: el Derecho natural y la Ética. Los documentos de la Iglesia. La Constitución de 1978. La LODE. La Declaración Universal de Derechos Humanos y otros tratados internacionales. La resolución Luster como baremo de la LODE. Vid. Bibliografía. Textos y documentos de carácter jurídico: Constitución, LODE, Declaración Universal de Derechos Humanos, etc. Se realiza un análisis teórico de la información, obtenida a través de las fuentes bibliográficas.
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Resumen basado en la publicación
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1. Estudiar el desempeño de los sujetos en tareas de formación de conceptos cuando éstas se presentan con diferente tipo de materia -abstracto o figurativo-, número de dimensiones -3 ó 5-, y esfuerzo requerido a la memoria, proporcionar ayuda o no al respecto. 2. Ver si la actuación de los niños es afectada por su nivel de desarrollo intelectual -medido por su CI- y por su estilo cognitivo -reflexividad-impulsividad y dependencia-independencia de campo-. 48 alumnos y 48 alumnas de tercero de EGB de un centro público de Sevilla. Pase de los distintos instrumentos para posteriormente realizar el cálculo estadístico. Prueba de formación de conceptos, en cuatro modalidades: material abstracto o figurativo, con o sin ayuda a la memoria; test de factor 'G' de Cattell y Cattell; Matching Familiar Figures test; Embedded Figures test. Técnicas estadísticas, BMDP. Comparando los sujetos de cursos distintos entrevistados con el mismo material, se observa que los estímulos figurativos los niños de sexto resuelven más problemas que los de tercero con un número de hipótesis nuevas por debajo del valor esperado bajo consistencia local. Lo mismo se manifiesta en el material abstracto, pero mucho más acentuado. En la eficacia con que los niños resuelven la tarea de formación de conceptos se manifiesta una interacción entre el curso y el tipo de material con que se les pone a prueba, resultando menos sofisticada la forma en que se enfrentan el material abstracto, especialmente en tercero. Las diferencias observadas no están en relación ni con el número de dimensiones del problema, ni con déficit en la memoria sino con las capacidades cognitivas de que disponen los niños.
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Plantear y analizar las causas o circunstancias ideológicas, políticas, sociales, económicas y jurídico-legislativas que han dado lugar a la actual regulación del Derecho a la Educación en la LODE. Centros de Educación Básica en España. Análisis teórico de los fundamentos ideológicos, socioeconómicos y educativos, los fundamentos políticos, las bases pedagógicas y organizativas y los antecedentes y bases jurídico-legislativas, que dan lugar a la LODE. Principios programáticos de los Congresos del PSOE desde 1918; Constitución de 1931; revistas; informes y comentarios de prensa; programas de los distintos partidos políticos; legislación en general. La LODE no responde a los principios del partido en el poder -PSOE-. Si bien la Constitución fue una ley de todos, la LODE se considera que es una ley partidista. En la LODE existen dos momentos bien diferenciados: antes de la sentencia del Tribunal Constitucional y después de dicha sentencia.
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Resumen tomado de la publicaci??n
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Resumen tomado de la publicaci??n
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Resumen tomado parcialmente del autor