155 resultados para PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES


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Analizar la interacción, en la práctica real del aula, entre el principio de comprensividad curricular y la estrategia didáctica de la diversidad.. Alumnado y profesorado de cuatro centros públicos de Educación Primaria de la Comunidad de Madrid. Se presentan las cuestiones que pretenden analizarse en cada centro: 1. Cultura escolar, 2. Tareas del aula, 3. Dimensiones espacio-temporales, 4. Recursos y materiales didácticos, 5. Participación y comunicación en el aula, 6. Evaluación, 7. Diversidad y profesorado. Para la obtención de los datos, se emplea la estrategia de la observación participante en el aula, el estudio de casos y la realización de entrevistas al profesorado. Los datos obtenidos se sistematizan en categorías. Se adjuntan los informes de los 4 centros estudiados. En los casos analizados, la diversidad se entiende, bien como dificultades en el aprendizaje o se reduce a la dimensión disciplinar. En el centro A, la diversidad se reduce a esta última dimensión, mientras que en el centro B se percibe como una característica natural de las personas. En el centro A se ofrece una respuesta precaria a la diversidad, sin existir ni adaptaciones curriculares ni materiales. En cuanto a la distribución espacio-temporal, en el centro A, la organización del centro contempla el aula de Compensatoria como único lugar para este alumnado y la distribución del tiempo es rígida. En el centro B se intenta adecuar el espacio a las necesidades educativas de este alumnado y la distribución del tiempo se realiza por áreas de conocimiento. En la práctica del profesorado del centro A, la tradición intelectualista está muy presente y las necesidades educativas se subordinan a la transmisión de los saberes intelectuales. En el centro B se consideran más importantes los contenidos actitudinales y procedimentales que los conceptuales. En el centro A, el libro de texto condiciona las tareas educativas, que se estructuran en torno a unidades didácticas, y en el centro B se emplean recursos alternativos y las tareas se organizan a través de los planes de trabajo. La evaluación, en el centro A, se refiere casi exclusivamente a contenidos conceptuales y en el centro B se favorece la autoevaluación y se realizan evaluaciones continuas y formativas. Se resalta la necesidad y la exigencia, surgidas de la práctica, de flexibilizar los planteamientos metodológicos y adaptar las condiciones del contexto educativo a cada situación específica. La lógica de la homogeneidad orienta y determina todos los modos de actuación profesional de los docentes. En el profesorado se observa un predominio de las influencias psicológicas sobre las socioculturales que, junto con las presiones curriculares a las que se le somete en el tercer ciclo de Educación Primaria, hacen que, en la diversificación curricular, se ponga más énfasis en los aspectos metodológicos que en los culturales.

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Tratar en profundidad los derechos y deberes de los protagonistas de la educación, espigando para ello las normas constitucionales de los países de la Europa Occidental. Justificar la existencia de la enseñanza privada y las ayudas de los poderes públicos a ella. Ley Española General de Educación de 1970. Art. 27 de la Constitución de 1978 dedicado a la educación. Normas constitucionales de la Europa Occidental. El estudio se estructura en capítulos: introducción. 1. Derechos y deberes de las personas en materia educativa: ¿qué comprende la libertad de enseñanza? 2. Deberes y derechos del estado en la educación: sirve para justificar y delimitar la intervención estatal y sus funciones respecto a los centros privados y a la ayuda y fomento de las mismas. 3. Educación e igualdad: recoge los principios de libertad de enseñanza y de igualdad de oportunidades ante la educación. 4. Educación y gratuidad: se analiza la obligatoriedad de la asistencia a la escuela y la obligatoriedad de la gratuidad por parte de los centros que prestan la enseñanza. 5. Sobre las ayudas del estado a la enseñanza privada; examen sintético del derecho comparado europeo occidental. 6. Los conciertos educativos. 7. Examen evaluativo de las distintas formas jurídicas dependientes de la Iglesia o institutos religiosos acogidos al derecho canónico como los que utilizan formas de derecho mercantil. 8. Constitución y educación: regulación de los derechos y libertades educativas en la nueva Constitución Española. La gratuidad de la enseñanza no es un principio esencial de la educación. Este derecho corresponde al alumno y no a los centros educativos. La libertad de enseñanza mejora la calidad de ésta. La enseñanza no estatal, aun cuando se subvenciona, resulta más barata para el Estado ya que suele poseer mejor administración y mayor interés en el aquilatamiento de los costos y control de los gastos. El Estado tiene el derecho y el deber de crear directamente y sostener escuelas propias, mas no en régimen de monopolio ni cerrando indebidamente las privadas o suplantándolas de manera innecesaria. La homologación, como la apertura de nuevos centros, de ser reglada y concederse automáticamente, siempre que se cumplan las condiciones mínimas establecidas.

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Ponencia fue presentada en el X Coloquio de historia de la educaci??n celebrado en Murcia, 1998

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Se aplica la Gestión de la Calidad y la convergencia europea a la Ingeniería Geomática y Topográfica para la adaptación al Espacio Europeo de Educación de Superior. Se forma un grupo de trabajo con el nombre de Geoplan y se establece como un foro de discusión en torno al programa y proceso formativo de la titulación. Está formado por representantes de las Universidades de Extremadura, Las Palmas, León, País Vasco, Salamanca, Santiago de Compostela y la Politécnica de Madrid. Se persigue el intercambio de ideas en torno a la actividad docente y del escenario profesional de los nuevos ingenieros e ingenieras. Se establece un sitio Web como plataforma de intercambio, discusión interna del grupo y permanente invitación al conjunto de los compañeros docentes para alcanzar un consenso respecto a los planteamientos propuestos en el Proceso de Bolonia. Se elaboran los documentos como resultado de las deliberaciones y discusiones del grupo así como plataforma de avance y se difunden al conjunto de docentes del ámbito nacional como invitación permanente al debate y a la mejora de la calidad.

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El artículo forma parte de una sección de la revista dedicada a reflexión

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El artículo forma parte de un monográfico dedicado a la LOE (Ley Orgánica de Educación).- Resumen tomado parcialmente de la revista

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El artículo pertenece a una sección de la revista dedicada a la investigación

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El artículo forma parte de un monográfico dedicado a la enseñanza bilingüe.

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El articulo forma parte de una sección de la revista dedicada a: Desde y para el aula

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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a la promoción de la identidad en los niños

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Estudio comparado del tratamiento educativo de diecinueve constituciones contemporáneas de otros tantos paises iberoamericanos. Conocer el soporte legal con vistas a profundizar en el conocimiento de una realidad social más amplia y de uno de sus elementos de organización fundamentales: la educación. 19 constituciones vigentes de los siguientes estados iberoamericanos: Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Cuba, Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Puerto Rico, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. El trabajo se divide en tres bloques. El primero se ocupa de ofrecer un marco teórico (concepto de utopía, el Estado y su expresión constitucional y el contexto histórico, político, social y cultural iberoamericano). El segundo se ocupa del análisis comparado que comienza por el estudio descriptivo de los diecinueve textos constitucionales para continuar con un análisis pormenorizado de los temas educativos en esos mismos textos, agrupándolos en siete categorías: fundamento y marco legal, principios de educación, estructura del sistema, educación superior, organización del sistema, fines y contenidos y educación, sociedad y cultura. El tercero se ocupa de la elaboración de las conclusiones del trabajo. Fuentes primarias legislativas y bibliografía. Investigación comparada. Análisis de contenido. Frecuencias y porcentajes. Diagramas de barras y cuadros. En el marco de la sociedad global a la que tantos análisis contemporáneos hacen referencia, la extensión de un modelo de funcionamiento económico de funcionamiento y gestión de fondos económicos y ayudas internacionales no permite, para su libramiento, otra opción que la del reconocimiento de un sistema de gobierno democrático y la garantía de una serie de derechos, entre los que ocupa un lugar destacado el de la educación. Así se recoge en los textos constitucionales que ven aumentadas sus utilidades y disminuida su adaptación al medio y a la realidad a la que se deben.

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El debate social suscitado como consecuencia de la implantación de la asignatura Educación para la Ciudadanía, se ha trasladado a los tribunales y es en ese ámbito donde se están resolviendo las controversias surgidas en torno al derecho a la objeción de conciencia de los padres para que sus hijos no queden obligados a cursar esa asignatura por considerar que vulnera determinados derechos fundamentales reconocidos en la Constitución. Por ello lo que pretende el estudio en primer lugar es ofrecer una visión de la implantación de esta asignatura, centrando la atención de forma especial en los aspectos jurídicos. En segundo lugar, contribuir a esclarecer el debate social aportando un análisis de los fundamentos de derecho de las sentencias recaídas, facilitando una mejor comprensión de la introducción de la disciplina y de las vicisitudes del procedimiento judicial que continúa abierto. Se trata de una investigación que ha seguido el siguiente proceso metodológico: en primer lugar se ha realizado un análisis documental y legislativo, en segundo lugar se realizado una interpretación doctrinal de las disposiciones legales sobre la materia, y por último se ha utilizado el método comparado en el cotejo y análisis de las sentencias sobre el tema. La asignatura Educación para la Ciudadanía, obligatoria para todos los alumnos de Educación Primaria y Secundaria, en la forma que es regulada por la Ley Orgánica de Educación, y sobre todo por los Reales Decretos que la desarrollan, se enfrenta con obstáculos constitucionales como el derecho a la libertad de enseñanza y el de la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y comunidades. El Estado no puede introducir como obligatoria en la enseñanza una asignatura cuyos principios inspiradores, objetivos pedagógicos y contenidos y criterios de evaluación, vayan dirigidos teórica y prácticamente a la formación moral de los alumnos. La imposición legal de una asignatura obligatoria de formación antropológica y moral con carácter general para todos los alumnos, significara el no cumplimiento del Artículo 27 de la Constitución Española. Choca en el derecho a la libertad de enseñanza de los padres y de los titulares de los centros docentes.

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Captar el papel que ejerce la dirección en un centro educativo, y estimar el esfuerzo y las competencias de los directivos. Estudio sobre la dirección en los Centros Educativos. En el primer capítulo se trata de definir la dirección y estudiar los movimientos históricos que han dado lugar a la creación de este proceso de dirección, no es muy extenso porque es una ciencia nueva, nacida a principios de s.XX. El segundo capítulo especifica un poco el tema, analizando las cualidades psicológicas, sociales y culturales que debe tener un buen directivo. Asimismo hace hincapié en los tipos de directivos que se pueden encontrar en la práctica. Trata también un punto importante: las responsabilidades del director y los principios a que debe ajustarse. Ya en el tercer capítulo, expone la evolución histórica de la dirección escolar hasta el año 1984, que culmina con el desarrollo del Estatuto de Centros. Se tratan los cambios legislativos que ha sufrido la dirección escolar, comparado la primera legislación con la reforma que se produjo al publicarse los Estatutos de Centros. Posteriormente, hace un breve análisis de ka figura del director y de su repercusión pedagógica según sus derechos y deberes en cada etapa legislativa. 1) La dirección escolar ha evolucionado mucho en pocos años, se ha estudiado bastante e intensamente a pesar de ser una ciencia tan reciente.2) Tras estudiar las competencias del director se nota que entre ellas es fundamental una: promover y animar la iniciativa del profesorado, del mismo modo que atender a todas las sugerencias y respetarlas.3) Es muy importante e imprescindible, para una correcta dirección, que el candidato posea una personalidad sólida y un carácter equilibrado, sociable y no carezca de estabilidad emocional.4) Es positiva la inserción de las Asociaciones de padres de alumnos en el colegio.5) Ante todo el papel que debe representar un director escolar debe ser de asesoramiento por parte de éste a los demás profesores del centro.6) Una empresa, sea del tipo que fuere, y mayormente tratándose de la educativa, no funcionaría correctamente si no poseyera una coordinación directiva y si no estuviera abierta al diálogo, a las sugerencias y a la información.