88 resultados para legislación publica


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Se analiza lo que la tutoría debiera ser y lo que en realidad está siendo, tratando de encontrar aspectos que no han sido desarrollados suficientemente, pero que poseen de validez. Se trata de conocer las posibilidades que brinda la legislación sobre orientación y tutoría, tanto a nivel nacional como autonómico, recopilando y analizando los principales artículos sobre el objeto de estudio, para valorar hasta que punto están desarrolladas la orientación y la tutoría en los centros. Se realiza una Investigación con una metodología histórica-descriptiva en la que se han seguido dos vías de actuación, por un lado, el estudio de todos los artículos localizados en revistas científicas sobre educación desde la década de los setenta hasta 2003, y por otro, una revisión y análisis legislativo sobre el tema objeto de la Investigación. La recopilación de los artículos en las revistas especializadas se ha realizado a través de las bases de datos, la búsqueda manual, las páginas web de las propias publicaciones y el préstamo inter bibliotecario. Para la localización de la legislación se ha recurrido a recopilaciones del Ministerio, de la Junta de Castilla y León y a otros documentos de entidades privadas. La legislación sobre orientación y tutoría ha sufrido grandes avances en tres décadas sobretodo si la comparamos con sus aportaciones antes de los años setenta. La legislación y los profesionales de la enseñanza tratan de adaptarse a las diferentes realidades educativas que van surgiendo en la sociedad, pero los cambios se suceden con rapidez y las variables que inciden en el proceso de enseñanza-aprendizaje y en el mundo educativo se entremezclan y multiplican a gran velocidad. Se comprueba que existe una correlación entre teoría o legislación y práctica educativa. Para concluir se puede afirmar que la orientación y la tutoría son fenómenos recientes dentro del desarrollo normativo y facilitador del proceso de enseñanza-aprendizaje.

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Analizar la normativa constitucional y el desarrollo legislativo acerca del Derecho a la Educación en Honduras desde 1982 al 2005. Describir y evaluar la funcionalidad de los planteamientos de política educativa en referencia al cumplimiento del Derecho a la Educación en Honduras desde 1982 hasta el 2005. Contrastar el desarrollo legislativo y los planteamientos de política acerca del Derecho a la Educación en Honduras desde 1982 hasta el 2005. Se ha trabajado utilizando el método histórico aplicando a educación, utilizando como fuentes primarias básicamente documentos legislativos impresos (Tratados Internacionales, Constitución Política de la República, Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos) y documentos e informes oficiales de instituciones estatales; complementando las mismas referencias bibliográficas referidas al tema y publicaciones de la prensa escrita hondureña. Existe un apartado de contextualización aparte de los cinco capítulos en los que se divide el trabajo. En este se hace una descripción general de la situación política, socio-económica y educativa de Honduras. Los datos expuestos han sido tomados, principalmente de tres fuentes vigentes y actuales. La primera es el Currículo Nacional Básico (CNB), instrumento de orientación general para la realización de la transformación educativa hondureña, actualmente en proceso, la segunda está constituido por el Informe de desarrollo humano Honduras 2002 (IDH-2002), desarrollado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, y la tercera es la trigésima segunda encuesta permanente de hogares (TSEPH-2006), realizada por el Instituto Nacional de Estadística de Honduras. La obligatoriedad escolar en Honduras se asume desde tres perspectivas complementarias entre sí; la primera que se concreta como el compromiso estatal de satisfacer una demanda educativa social, la segunda considerada como un deber de los padres en proveer de cierta cantidad de educación a sus hijos conforme se determine por parte del estado, y la tercera como la obligatoriedad de los niños y niñas como sujetos dinamizadores del sistema escolar para darle un accionar particular al mismo. Las deficiencias de la educación hondureña en la actualidad tienen que ver con la lógica de asignación de recursos financieros y de las prácticas de gasto del sistema. La inversión pública en educación, además de ser insuficiente, revela una falta de estrategia y criterios claros y equitativos de asignación de los recursos, delimitada además por las presiones salariales, lo que muestra la necesidad de reorganizar el sistema y de introducir mecanismos de rendición de cuentas y cambios en la lógica de asignación de recursos.

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Reflejar la realidad que había en las escuelas del pueblo de Candelario entre 1901 y 1925. Trabajo dividido en 3 partes: la parte primera pretende reflejar un conocimiento del pueblo de Candelario en sus aspectos más generales, como son: su geografía, historia, crecimiento vegetativo, mortalidad infantil, matrimonios y movimiento demográfico. La segunda parte se refiere al estudio del supremo órgano educativo local, que es la Junta Local de Primera Enseñanza, es decir se pretende reflejar lo referente a la cuestión legislativa de la educación, periocidad de las reuniones, lugar de las reuniones, presidencia de las reuniones y motivo de las reuniones. En la tercera parte se pretende reflejar la realidad del pueblo en cuanto a recursos, materiales disponibles, maestros etc. 1) En el periodo 1901-1925 existe un profundo decrecimiento de la población que queda confirmado por la disminución de matrimonios y por la mortalidad infantil. 2) La periocidad de las reuniones de la Junta Local de primera enseñanza es irregular. 3) Las reuniones de la Junta Local solían ser más numerosas en los meses finales del curso escolar y solían celebrarse en los locales del Ayuntamiento. 4) Generalmente las reuniones eran presididas por el alcalde de la población. 5) El objeto de las reuniones solía oscilar pero el tema que más se trataba era el de el cese de posesión de los maestros, mientras que los temas de corrección de exámenes era uno de los temas menos tratados. 6) El aspecto físico de las escuelas era propicio para una buena educación de los alumnos. 7) Los materiales de los que disponían las escuelas eran abundantes, lo que suponía dar confortabilidad y seguridad en el aula. 8) Se cuidaba mucho el aspecto burocrático.

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Analizar la evolución de la sociedad española teniendo como referencia el estatuto educativo que a sí misma se ha concedido desde 1821, fecha en que se publica el Reglamento General de Instrucción Pública, hasta 1936. Conocer, suscribir y explicar los valores que la sociedad española pretende conseguir en sus individuos, durante el período indicado, reseñados en la normativa legal habida. Analizar los posibles efectos en la sociedad habidos por el ejercicio de la educación sistemática. Comparar el discurso teórico de la legislación con el discurso práctico de la realidad durante las fechas dichas. Sistema educativo español desde la publicación en 1821 del Reglamento General de Instrucción Pública. Se trata de un estudio descriptivo y teórico, que trata de explicar las necesidades de la sociedad española de 1821 a 1936, su reflejo en el sistema educativo y en el sistema escolar y el alcance real de los presupuestos normativos. Análisis de contenidos de la legislación habida durante el período reseñado. Análisis de la evolución de la sociedad española, consecución de bienes sociales y fijación de modelos y normas para su alcance. Análisis comparativo de la normativa legal referente a valores reseñados y posiblemente conseguidos en épocas pasadas. Fuentes bibliográficas, legislación. Investigación histórica, análisis descriptivo. Instaurada la soberanía nacional, desaparecida la sociedad estamental, 1812 marca el comienzo de una nueva época en España. Primeramente, se pretendió la obtención de valores globales para la sociedad. A medida de su implantación, van apareciendo valores sociales grupales (grupos amplios), valores sociales de grupos más reducidos y valores individuales. Búsqueda de valores políticos, económicos, sociales, culturales, educativos como medio para la felicidad y la prosperidad personal y comunitaria. Educación profesional, pragmática, integral, pública, obligatoria, disciplinar y otras.

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Se trata de reflejar el estado y el peso de la orientación en la legislación española que se ha iniciado con la ley de agosto de 1970 y se ha extendido hasta finales de 1973. Las bases que sustentan el sistema de orientación en España responden a las directrices que marca la teoría de la orientación. El responsable de la orientación no puede ser cualquiera. Fuera conveniente que poseyera una cieta preparación psicopeadagógica y sociológica. La orientación tiene que fundarse en el conocimiento del orientando, tiene que estudiar la esturctura y el dinamismo de su personalidad. En la orientación del alumno no sólo deben participar las personas que se relacionan con el, sino también distintos especialistas que permiten un diagnóstico más completo. En la legislación española está previsto el funcionamiento del departamento de orientación en el que se integran 'junto al pedagogo-orientador, el médico, el psicólogo, asistente social, tutores y el director espiritual'.

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Estudiar la inserción de la mujer en el trabajo, educación a través de la legislación española desde el siglo XIX. Se comprueba que el status legal de la mujer en la educación durante el período que comprende desde comienzos del siglo pasado hasta el año 1884, se ha basado en una educación moralista a una educación cada vez más científica. La mujer y con ella sus promotores han ido salvando, una tras otra, un sin fin de dificultades que la han colocado en una posición todavía muy distante de óptimo educacional. No obstante el progreso ha sido notable. Desde la perspectiva de nuestros días, en un mundo en pleno desarrollo, nuestra apreciación de los hechos acaecidos y de las mejoras consabidas, nos parecen raquiticas y lentas. Si consideramos las circustancias económico-políticas de la época estudiada, llegaremos a la conclusión de que los resultados conseguidos no han sido, ni mucho menos estériles, habiendo servido de base para una serie de reformas posteriores que intentas colocar a la mujer en el sitio que le corresponde dentro de la sociedad.

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Recoger las disposiciones más sobresalientes sobre educación de adultos y extraer los objetivos y contenidos del periodo 1857 al 1974 que han aparecido en la legislación española. La educación de adultos en grandes períodos de tiempo ha estado fundamentalmente orientada a la erradicación del analfabetismo, 'oficialmente' logrado en el año 1968. Ha pretendido acomodarse a las características y necesidades de las distintas regiones y localidades. Ha tenido predominantemente un cáracter correctivo pretendiendo impartir los conocimientos que por diversas causas no pudieron adquirirse en la edad escolar. Los presupuestos destinados a la educación de adultos han sido insuficientes y en consecuencias: los locales y material destinados a ella no reunían las condiciones exigibles para desempeñar su función con las suficientes garantías de éxito. El profesorado de estas clases al no estar suficientemente remunerado, no les ha prestado la dedicación que sus características requerían. No se programaron los cursos necesarios para una adecuada preparación y especialización del profesorado, condiciones imprescindibles para un recto desarrollo de su función. Los cursos, no numerosos de especialización del profesorado, por la poca duración de los mismos no podían dar una preparación adecuada. En algunos casos se encargó de las clases de adultos a personas sin titulación lo que suponía un inconveniente para el adecuado desarrollo de las mismas. Se ha seguido en estas clases, en muchas ocasiones los mismos objetivos, contenidos y metodología que en las clases de niños sin tener en cuenta las diferentes características existentes entre los niños y los adultos. En la formación profesional se ha mirado con excesiva atención la satisfacción de necesidades materiales. La ley general de educación abrió un camino a la esperanza. El retraso en la puesta en práctica de algunos aspectos de su articulado nos hace desconfiar se logre la auténtica educación permanente que propugna. El poco reconocimiento de las instituciones educativas de adultos por parte de la sociedad ha sido causada por el escaso rendimiento y mal enfoque de las mismas. La juventud, especialmente la de ambiente rural, está aun desatendida en su formación por carecer de centros de educación permanente en sus localidades o en las próximas, y no encontrar facilidad para asistir a las no numerosas de las ciudades.

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Resumen basado en el de la publicación. Resumen en inglés

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La participación ciudadana es explicada desde la perspectiva de la legislación de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Península y la Unión Europea. Se incide en la Ley Canaria de Fomento de la Participación y de Juventud como procesos participativos activos en los que se sustentan los sistemas democráticos, tal como se recoge en la propia Constitución.

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Se pretende reflexionar sobre la eficacia y adecuación de la legislación que rige en los centros educativos para el desarrollo comunitario y el impulso de acciones de tipo social.