73 resultados para : mito jurídico
Resumo:
El matrimonio ha dejado de ser para muchos sectores de la sociedad española como la única vía posible para la vida conyugal. Lo que significa que haya sido regulado por el derecho como un modelo alternativo al matrimonio. Han sido primero los tribunales y después el regidor quienes sin llegar a formular un tratamiento global y homogéneo a las parejas de hecho, han ido corrigiendo algunas injusticias provocadas por las leyes vigentes. No obstante, no existe una regulación global al respecto. Es tratamiento regulativo de las parejas homosexuales requiere un enfoque jurídico, psicológico y sociológico que evite caer en estereotipos y de cierta racionalidad a las controversias en temas como la adopción por parte de este tipo de parejas. En este caso debiera de darse un debate abierto y plural que hasta el momento no ha tenido lugar en España, tanto en el ámbito social como en el legislativo, atendiendo a los criterios más expertos de psicólogos, pedagogos, educadores especializados, sin perder el norte de que no hay un derecho de adoptar en ninguno de los dos casos (parejas casadas, no casadas, hetero u homosexuales, etcétera).
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Programa emitido el 22 de diciembre de 1994
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Programa emitido el 26 de febrero de 1996
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En esta asignatura es donde más se ha notado el cambio y ha habido que proyectar hacia el bachillerato las adquisiciones de una nueva historia atenta a los temas sociales y económicos, integradora de los distintos ámbitos del análisis histórico, más preocupada por las condiciones de vida y las mentalidades de las gentes que por las hazañas de los individuos destacados y en la que la voluntad de explicación de estructuras y procesos sustituye felizmente a la narración arbitraria de los hechos. Hoy día la renovación didáctica se resume en la programación a la que no podemos negar sus aspectos positivos, pero no podemos centrar todo en ella. Lo que resulta doloroso es el carácter formal superficial del cambio. Sabemos lo que la historia tradicional tiene de malo y la hemos sometido a una crítica despiadada y convincente. Pero no resulta tan fácil decidir como ha de ser la nueva que ocupe su lugar. Construid esta nueva exigirá un largo trabajo colectivo de elaboración, tanteo, rectificación y enriquecimiento. La faena es dura, pero merece la pena hacerla. Por ello, debemos de hacer un esfuerzo de honestidad intelectual y de buen sentido para conseguir ir hacia delante sin atascarnos en las nuevas ortodoxias de moda y sabiendo a la vez recoger de ellas aquello que pueda tener de útil.
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Título anterior de la publicación : Boletín de la Comisión Española de la UNESCO
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Monográfico con el título: 'Enseñanza virtual, innovación e internacionalización de la educación'. Resumen basado en el de la publicación
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Memoria de máster (Universidad Pablo de Olavide, 2009). Resumen basado en el de la publicación
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Memoria de máster (Universitat de Barcelona - FREIE Universität Berlín, 2007). Resumen basado en el de la publicación. Incluye anexos
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Resumen basado en el de la publicación
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A partir del estudio sobre 'Educación nacional en democracia: políticas y resultados a partir de 1958', desarrollado en la Unidad de Investigaciones de la Escuela de Educación de la Universidad Central de Venezuela, se analiza la intervención de las fuerzas históricas que han propiciado la expansión o contracción de la iniciativa pública en el sistema escolar de este país, desde la perspectiva actual de una larga crisis económica y social que favorece la disminución de la contribución del estado a los gastos en educación. También, se examinan las consecuencias negativas de esta pérdida efectiva de participación estatal en el objetivo de mejorar la calidad del servicio educativo en Venezuela, tras varias décadas de democratización y extensión masiva de la educación.
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El autor del artículo, Jefe de la Sección de Fundaciones del Ministerio de Educación Nacional, hace unas consideraciones sobre la conveniencia de actualizar la regulación de las fundaciones de carácter benéfico-docentes y aborda los problemas que deben contemplarse y resolverse.
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Se define la situación jurídica y laboral del profesorado de enseñanza no estatal en cualquiera de sus grados, que garantizaba los derechos a los profesionales de la educación en centros privados de enseñanza. Se fijan los preceptos legales en torno al año 1946, cuando fue reglamentada laboralmente la enseñanza no estatal. Se establece el ámbito de aplicación al ejercicio de la actividad docente o educativa de cualquier clase o grado en Centros que no dependan directamente del Estado y cuyo personal no sea retribuido con cargo al presupuesto del mismo. En cuanto al tipo de enseñanza, se refería a la superior, media, especial o técnica y elemental. También se definen los ingresos y la tipología de contratación que podían darse entre estos profesionales, sus retribuciones y las jornadas y descansos. Las licencias y excedencias, faltas, sanciones y los reglamentos de régimen interior que habían de cumplirse.
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Se reproducen los Títulos primero y segundo del Decreto número 417 del Estatuto jurídico del personal docente, directivo y de inspección de la escuela maternal, elemental, secundaria y artística del Estado italiano, que comprenden veintitrés artículos en total. El Título primero se refiere a la Función docente, directiva y de inspección y el Título segundo se refiere al reclutamiento del personal, las normas generales de reclutamiento a través de oposiciones y exámenes y a través de oposiciones para titulados, únicamente.
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Averiguar qué regimen jurídico ha de aplicarse realmente a las universidades públicas cuando la solución no viene dada expresamente por su derecho específico y determinar cuál es su naturaleza jurídica. Investigar cuál es el sistema general de distribución de competencias normativas en materia de enseñanza universitaria y cuál es el sistema particular de distribución de competencias en cada uno de los apartados fundamentales del regimen jurídico de las universidades, especialmente de los recogidos en el articulo 3.2 de la LORU. Investigar el problema de la configuración jurídico-administrativa de las universidades, examinando por periodos históricos los indicadores básicos de dicha configuración en un ente público. Trabajo realizado desde las premisas conceptuales y metodológicas del Derecho administrativo. Se investiga el derecho aplicable y la distribución de competencias normativas entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Universidades públicas, todo ello siguiendo un método analítico. Se indaga la naturaleza jurídica de las universidades públicas. Ello se consigue mediante el estudio de los términos con que se califica a las universidades en los textos normativos, el estudio de los autores y de los pronunciamientos jurisprudenciales. Se hace un análisis histórico, acudiendo a los autores que pueden ofrecer datos sobre los aspectos de la investigación, a los documentos históricos y a las obras doctrinales de cada época. Finalmente, del análisis obtenido en torno a cada uno de los apartados básicos, se obtienen unas conclusiones finales para cada periodo. Desde la perspectiva de la distinción de personas jurídicas públicas en entes fundacionales o institucionales, por un lado, y entes corporativos, por otro, las universidades públicas aparecen con rasgos propios de los entes institucionales, pero también con algunos otros de los corporativos, por lo que el autor considera que estamos ante una nueva categoría mixta respecto de las anteriores. No en vano es ésta también la solución a la que hay que llegar actualmente en Alemania y ésta es también la posible herencia histórica que tienen las universidades españolas actuales, respecto de la posición jurídica de las medievales y de la Edad Moderna, nunca fueron exclusivamente corporaciones, sino fundamentalmente fundaciones reales concejiles o de nobles y prelados, con derechos corporativos. Se puede asumir también que estos entes jurídico-administrativos de naturaleza mixta son, a su vez, administraciones independientes, por contar con un status autónomo frente a la acción del gobierno.
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Se analiza la evoluci??n hist??rica de los medios did??cticos utilizados en educaci??n especial en Espa??a en este siglo. La sociedad espa??ola ha modificado de forma perceptible su actitud ante la diversidad humana, impulsando, a pesar de las lagunas metodol??gicas, los derechos fundamentales de las personas diferentes. Esta orientaci??n conduce a una educaci??n para todos , inclusiva, que garantiza junto a otros el derecho de los diferentes al acceso al libro de ense??anza. Se abordan los siguientes aspectos: la educaci??n especial durante la dictadura; la educaci??n especial en la Espa??a democr??tica. Desarrollos auton??micos y tecnol??gicos.