493 resultados para LEGISLACIÓN LABORAL


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Monogr??fico con el t??tulo: Educaci??n Social en la escuela. Resumen tomado de la publicaci??n

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Monográfico con el título: Consenso y disenso: ¿es posible el pacto social en educación?. Resumen tomado de la publicación. Texto completo solo disponible en el CD anexo o en la versión en línea

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Resumen tomado de la publicación. Monográfico con el título: Violencia de género y relaciones de poder : implicaciones para la educación

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Resumen tomado del de la publicación. Monográfico con el título: La enseñanza-aprendizaje del español como segunda lengua (L2) en contextos educativos multilingües

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Resumen tomado del de la publicación. Monográfico con el título: La tarea de enseñar: atraer, formar, retener y desarrollar buen profesorado. Texto completo sólo disponible en el CD anexo o en la versión en línea

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Resumen tomado del de la publicación. Monográfico con el título: La cualificación profesional básica: competencias para la inclusión sociolaboral de jóvenes

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Resumen tomado del de la publicación. Monográfico con el título: La cualificación profesional básica: competencias para la inclusión sociolaboral de jóvenes. Incluye cuestionario

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Estudio de los problemas en el tránsito de la enseñanza primaria a las enseñanzas medias, ante la falta de fundamentos psicológicos y pedagógicos de la reforma de la enseñanza. En primer lugar, se sugiere que la edad de diez años establecida por la nueva Ley de Enseñanza es demasiado prematura, y que debería fijarse en doce, tanto por la inmadurez de los alumnos, como por la falta de formación pedagógica de los profesores. En cuanto al paso a las enseñanzas laborales y técnicas, se propone una mejora del periodo de iniciación profesional en las escuelas primarias, para orientar y despertar efectivamente las vocaciones de los escolares. Para las mujeres, se propone exclusivamente la enseñanza de labores femeninas desde la escuela primaria. Respecto al bachillerato, considera muy acertadas las medidas de la reforma de la nueva Ley de Enseñanza Media para la capacitación de los alumnos.

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El 12 de octubre de 1943 se inaugura parte de la Ciudad Universitaria tras la ardua labor de reconstrucción llevada a cabo una vez acabada la Guerra Civil española. Este día se inauguran tres facultades, un colegio mayor y la nueva Ley Universitaria, cuyos principales fines son la de introducir mejoras para la educación, la formación de la juventud para la vida, la culturalización y la aumento de la profesionalidad en el panorama laboral de la época.

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En el trabajo de Marx, 'El Capital', se evidencian y desentrañan los pilares económico-sociales sobre los que se apoya el Modo de Producción Capitalista, y los aspectos que sustentan cualquier formación social capitalista. Sin embargo, se expone que no trata adecuadamente las relaciones y correspondencias entre la base económica y la superestructura jurídico-política, en el contexto de la legislación fabril inglesa del siglo XIX, que sirve de base a su análisis final de la sección IV de 'El Capital'. Por lo tanto, se llama la atención sobre algunas lagunas existentes en este trabajo de Marx. Se abordan en detalle cada uno de los siguientes aspectos: no diferencia entre clase económicamente dominante y administradores del Estado; no estudia el carácter propulsor que la legislación fabril tiene para el desarrollo y consolidación del capitalismo; y se mueve en una dinámica que parece más positivista que revolucionaria.

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Se presentan algunos de los fundamentos metodológicos y los resultados de una investigación sobre las formas de incorporación de los Técnicos Especialistas de FP en tres Mercados Locales de Trabajo situados en la cornisa cantábrica: comarca del Ferrol, Cuencas Mineras de Asturias y el Área Metropolitana del Gran Bilbao. Se analiza la experiencia de inserción de los jóvenes que terminan sus estudios de FP2 en tres zonas caracterizadas por un proceso de declive o de crisis y reconversión industrial. El estudio se realiza en 1988 y su objetivo es analizar las trayectorias ocupacionales, la situación de trabajo y de mercado de los jóvenes de FP2 que terminan sus estudios entre 1981-1984. Además, se realiza una breve reflexión teórica sobre la Construcción Social del Mercado de Trabajo.

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Resumen tomado del autor

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Para la recuperación completa del deficiente es imprescindible el desarrollo de una profesión. Esto implica tanto la posesión de una serie de conocimientos, como el desarrollo de habilidades para la convivencia. Así, se estudia la integración laboral de las personas con minusvalías, a partir de los siguientes aspectos: la actuación pedagógico-curativa termina con el encuadramiento laboral del deficiente; el encuadramiento laboral no debe confundirse con la terapia ocupacional, ni por la forma en que se realiza, ni por el contenido, ni por la finalidad que se persigue; el encuadramiento laboral del deficiente es posible y conveniente; y por último se estudian la amplitud y modalidades de la integración socio-laboral de los deficientes mentales.

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Esta denominación aparece formalmente con la ley de 1938 y queda condenada a desaparecer en el Libro Blanco, elaborado treinta años después, aunque es ahora cuando está realmente llegando a su término al introducirse el nuevo bachillerato, instituido por la Ley General de Educación de 1970. A lo largo de este periodo, 1935-45 principio y años setenta fin mismo, se produce un proceso muy amplio de transformación social, económica y política en el cual la reforma educativa ocupa un papel preponderante Primera ley de 1938, conviene señalar que era sólo el comienzo de una reforma que pretendía abarcar todos los grados y especialidades de la enseñanza; y que la enseñanza media aparecía como un género del cual el bachillerato universitario sólo constituía una especie. La ley se limitaba a reforma este bachillerato, basándose en la primacía de lo espiritual, tradición y modernidad, elitismo mitigado y formación de la personalidad como principios filosóficos; separación de las funciones docente y examinadora, libertad de enseñanza (más bien en el sentido de libertad de empresa docente), supresión de la enseñanza libre, aproximación del grado de bachiller a la universidad, examen de Estado al término de los estudios, etcétera, como principios jurídicos; cultura clásica y humanística como instrumento formativo con firme base religiosa y patriótica como principios pedagógicos. Los efectos de la ley de 1938 fueron la recuperación y expansión de la enseñanza privada o no estatal, gran impulso y desarrollo de la formación clásica e indiferenciación de los colegios de la Iglesia respecto de los privados. Se suprimía la enseñanza libre. Duró quince años. Se acabó desgastando. En 1950 una nueva enseñanza para una sociedad nueva, ya que España había cambiado y deseo de un nivel de vida distinto, menos diferenciado. Convicción de que más años de estudio proporcionarían más medios de situarse en la vida; extensión de hecho, aunque todavía insuficiente de la posibilidad de seguir estudiando en los niveles no gratuitos con becas y otras ayudas del Estado; esa concienciación demandaba más educación y en 1953 Ley de Ordenación de la Enseñanza Media; las dos primeras finalidades que se le asignaban era el perfeccionamiento técnico de la enseñanza y el servicio a los valores de España. Esta ley frente a la de 1938 no articula un plan de estudios, sino que admite y da entrada a la pluralidad de planes, sobre una base común de división en dos grados: elemental y superior; el primero de cuatro años y el segundo, de dos cursos a los que se añadía un curso pre-universitario, posterior a la obtención del título de bachiller superior; y sobre una base también de materias comunes y optativas, destacando dos ramas en el grado superior: ciencias y letras; el acceso a los estudios superiores a través de unas pruebas de madurez. Efectos, difusión creciente hasta la masificación del grado de bachiller elemental. La última etapa, (1953-1958) supone una democratización y unificación en cuanto a su ruptura definitiva de su carácter minoritario y unificación de los estudios de ese ciclo. En adelante, ese primer ciclo (bachillerato elemental) constaría de cuatro curso (ley de 1953) y sería único para todos los alumno, lo que implicaba la desaparición del bachillerato laboral. Para terminar si comparamos ambas leyes: la de 1938 rompe con la etapa anterior en lo ideológico y en lo jurídico, pero desarrolla y consuma las tendencias pedagógicas anteriores y, la de 1953 se mantiene en la línea ideológica y jurídica de la ley de 1938, a la que intenta perfeccionar, rompiendo con ella en los fines y estructura de la enseñanza y abre las puertas a una organización flexible de los planes de estudios, a una participación , mínima de padres en la gestión de la enseñanza media.