953 resultados para Assessment Administrative Act


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This paper seeks the determine the ways in which anomalous decisions derived from the particularization and constitutionalization of environmental law can arise given the general theory of administrative action. This is seen through the lens of a study and characterization of administrative decisions issued by the Regional Autonomous Corporation of Cundinamarca –CAR- within the superficial water concessions procedure. It also discusses the conceptual contents of these licenses.

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"Includes amendments/additions effective through ..., including selected sections of the Civil Administrative Code."

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El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.

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Esse trabalho se propõe a demonstração que o atual procedimento fiscal para o lançamento de ofício carece de um realinhado com os valores constitucionais da democracia e eficiência através da introdução do direito ao contraditório antes da constituição do crédito tributário. Apesar da redemocratização do país e o reconhecimento e valorização do constitucionalismo como sistema jurídico, ainda se adota no Brasil um sistema inquisitório no procedimento de constituição dos créditos tributários pelo lançamento de ofício. O que significa a vedação ao contribuinte da iniciativa de manifestação para demonstrar a inocorrência dos fatos lhe imputados pela fiscalização. A sua participação durante o procedimento se caracteriza pela passividade, quando se limita ao atendimento das intimações para a apresentação das provas e esclarecimentos do interesse da administração tributária; portanto, o contribuinte não participa da formação do ato administrativo de lançamento tributário, apenas cumpre deveres legais. Assim, procuramos demonstrar que apesar da existência de um processo administrativo fiscal após o lançamento e a suspensão da cobrança, o crédito tributário constituído provoca efeitos jurídicos imediatos negativos aos contribuintes, o que justifica o contraditório durante o próprio procedimento de lançamento e não apenas durante o processo que se forma posteriormente. Também enfatiza-se o reconhecimento desse direito ao apontar a contradição entre a necessária colaboração do contribuinte para a revelação dos fatos geradores de efeitos tributários contra si mesmo e a adoção no Brasil de um sistema inquisitório tomado emprestado dos inquéritos policiais.

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En el presente trabajo de grado, se realiza un acopio, valoración y respectivo análisis de la jurisprudencia nacional, la doctrina especializada y la legislación vigente en Colombia en materia de Facultades Administrativas Discrecionales, con el propósito de determinar, si en nuestro ordenamiento existe diferencia de fondo en el tratamiento de la Discrecionalidad Técnica entre la jurisprudencia contencioso administrativa y la constitucional. Así mismo, se resalta que en un Estado Social de Derecho como el nuestro, es necesario que el quehacer administrativo se aproxime cada vez más a los ideales constitucionales de transparencia y justicia social, de forma tal que las decisiones que se adopten, estén siempre sujetas a los principios de legalidad y debido proceso, y en todo caso, propendan por la salvaguarda del bien común y el interés general.

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El trabajo inquiere, examina y condena la concepción bíblico-antigua con el cual se ha pretendido acrisolar a las convenciones jurídicas bajo el estigma de la objetividad, especialmente en el contexto de la Responsabilidad Civil Extracontractual de la Administración Pública, contrastado con el débito acaecido una vez presente un juicio orgánico, esto es, la falla del servicio, supuesto extraído en el interactuar antitético de las autoridades públicas respecto de una obligación primaria de cuidado debido, esto es, una norma legal pre-constituida al momento de la actuación material o acto administrativo. Supuesta tal objetividad en la falla del servicio, una dicotomía se presupone en su contra, la elasticidad con que ésta teoría pretende amalgamar bajo unos mismos y nunca cambiantes elementos de imputación jurídica en manos del juez siempre una única responsabilidad en las autoridades públicas. Y por otro lado, la incidencia de la teoría en la praxis, pragmática que no deja de insinuar lo contrario, esto es, supone desavenencias inexpugnables en la aplicación de tales premisas supuestas objetivas. Luego, resultado de este cisma es la indeterminación en la concepción falla del servicio, como concepto que no conoce contornos definidos, lo cual ofrece como síntoma de su abstrusa constitución una espiritual-subjetiva aplicación, y un cuestionamiento ineludible ¿existen líneas jurisprudenciales cuando de responsabilidad extracontractual se trata, en particular, en la falla del servicio?

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El trabajo propuesto busca determinar las formas en las cuales se presenta atipicidad derivada de la particularidad y la constitucionalización del derecho del medio ambiente, ante la teoría general del acto administrativo, visto desde el estudio y la caracterización de las decisiones administrativas emitidas por la Oficina Bogotá D.C.-La Calera de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) en los procedimientos de concesión de aguas superficiales, así como exponer el contenido conceptual de este permiso.

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La falta de una ley general de procedimientos administrativos ha hecho que, en el Ecuador, no exista una regulación clara sobre la forma de extinguir los actos administrativos. Ello ha generado prácticas administrativas que lindan con la arbitrariedad y no toman en cuenta los derechos generados en virtud de los actos de la administración. La reciente promulgación del Código Territorial soluciona en algo el problema, al establecer un procedimiento general para todos los gobiernos autónomos descentralizados. El presente texto analiza la forma en que el referido Código aborda el tema, forma que, si bien tiene sus particularidades, en general sigue el esquema del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, permitiendo con ello una necesaria uniformización de procedimientos.

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Los sujetos pasivos que impugnen ante la vía judicial un acto administrativo mediante el cual se pretenda determinar o recaudar tributos, deben rendir una caución equivalente al 10% de la cuantía de su demanda, de no presentársela en el término de quince días, el acto impugnado queda ejecutoriado y los jueces deben ordenar el archivo del proceso. Nuestra Corte Constitucional para el Período de Transición considera que no se vulnera derecho alguno en ese caso, siempre y cuando se exija rendir la caución después de calificada la demanda. Estudiaremos los fundamentos que tuvo la Corte Constitucional para llegar a esa conclusión. Pretenderemos analizarlos y cuestionarlos objetivamente, para así demostrar por qué su falta de coherencia y de sustento permite concluir que su análisis pecó por falto de imparcialidad, y por qué es razonable suponer que sus móviles no fueron jurídicos en lo absoluto, sin perjuicio de que, a la par, demos nuestro parecer al respecto. Independientemente de la trascendencia jurídica que puedan o no tener en nuestro ordenamiento, esperamos se entienda por qué creemos que estos precedentes deben ser considerados como un capítulo funesto en la historia de la jurisprudencia constitucional ecuatoriana.

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En ocasiones las administraciones tributarias han errado en la comprensión del contenido y alcance de la facultad determinadora. Al constituir una actividad reglada, la determinación tributaria debe observar rigurosamente las normas relativas a materia, oportunidad y competencia. La sentencia materia de la presente recensión se refiere precisamente al ejercicio de la facultad determinadora en lo que hace relación con los actos administrativos que se encuentran impugnados judicialmente. Considerando que uno de los efectos de la judicialización del acto administrativo es abstraerlo de la órbita competencial de la administración tributaria, esta no puede ejercer sobre él ninguna de sus facultades, entre ellas, la verificadora. El criterio de juzgamiento analizado confirma este particular, dejando en claro las consecuencias que la impugnación judicial comporta tanto para los actos administrativos como para la administración tributaria.

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Esta dissertação tem como problema de pesquisa analisar o perfil normativo das Conferências Nacionais de Política para Mulheres a partir dos sentidos atribuídos à deliberação pelas representantes governamentais e não governamentais que organizaram e/ou participaram desses processos de Conferências, entrevistadas para esta pesquisa. A relevância do problema se dá pelo diagnóstico de que o perfil dessas Conferências, marcado por discursos históricos que buscam firmar o compromisso político do governo federal com a Política para as mulheres, não está claro, por um lado. Mas também se justifica pelos debates em torno de propostas de Sistemas de Participação que buscam trabalhar com a complementaridade de modelos de democracia, por outro. No arcabouço teórico está a noção de “momentos deliberativos” presente na literatura brasileira sobre efetividade da participação e as noções jurídicas de ato administrativo discricionário e vinculativo presentes no ramo do Direito Administrativo, como tentativas de compreender o perfil a partir das categorias analíticas consultiva e deliberativa presentes na literatura brasileira sobre participação. As categorias, contudo, se mostram limitadas para se compreender os diversos sentidos da deliberação que indicariam seu perfil.

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This work presents an analysis about the legitimation of independent regulatory commission`s rulemaking power by participation procedure. It is observed that political and administrative decentralization and fragmentation of State, with the purpose of approaching citizens and provide, more efficiently, the functions acquired by the passage of the Welfare State, leads to a deficit of legitimacy (democratic crisis), which is noticeable in the making of legal norms by directors of independent regulatory commission to regulate specific economic sector. However, we understand that this crisis stems from the observation of the contemporary world from dogmas and legal institutions of the eighteenth century, without their evolution and adaptation to the modern world. The legitimacy must be perceived as the justification of power, relation command /obedience, which, from the Modern State, has the democracy as standard. Therefore, just as the world has evolved and demanded political and administrative decentralization to accompany him, it is necessary to the development of the idea of representative democracy (formal legitimacy) to participatory democracy (legitimacy stuff). Legitimacy is not confused with the legality: as the legality is on observance to internal legal system, the "rules of play"; legitimacy, as inputs to be fed into this system, the selection of the different expectations in the environment. Nevertheless, the legitimacy will take place by legality, through introduction of rational and communicative procedures: procedures get fundamental importance because these will be the means to select the expectations to be introduced in the legal system in order to make decisions more fair, rational and qualified towards society. Thus, it is necessary to its opening to the environment for dialogue with the government. In this context, we try to make an analysis of constitutional norms based on systematic and teleological interpretation of these norms to build these arguments. According to the Constitution of 1988, participatory democracy is a result of the democratic principle (sole paragraph of art. 1 of the Constitution), and it is an expression of citizenship and political pluralism, both foundations of Republic (respectively Art. 1st, inc . V and II of the Constitution), as well as the national consciousness. From another point of view, that principle consists of an evolution in the management public affairs (principle of Republic). The right of interested participate in the rulemaking process derives both the principle of popular participation (part of the democratic principle) and the republican principle as the due process constitutional (art. 5, LIV and LV, CF/88) and the right to petition (Art . 5 °, inc. XXXIV, "a", CF/88), and it is the duty of the State not only be open to participation and encourage it. Ignoring stakeholder involvement in procedures and / or expressions compiled can be causes of invalidation of the rule of law produced by addiction of procedure, motive, motivation and/or because of the administrative act. Finally, we conclude that the involvement of stakeholders in the process of making rules within the independent regulatory commission is the legitimacy and the validity of rules; and that, despite of the expressions do not bind the decision making, they will enter the system as juridical fact, balancing the field of technical discretionary of agencies

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Pós-graduação em Direito - FCHS