999 resultados para Estudos legislativos
Resumo:
Apesar de as tecnologias e os Sistemas de Informação (SI) serem hoje fatores essenciais para uma gestão eficiente, estes não têm, por si só, sido suficientes para garantir os resultados desejados na medida em que fragmentam os processos de negócio em torno de suas aplicações funcionais. Clareza na perceção dos requisitos dos processos de negócio a serem implementados em SI torna-se um fator determinante para que os resultados provenientes da sua implementação revertam em benefícios para as organizações. Esta dissertação tem por base a utilização do recurso da modelação, inserida nas melhores práticas de Business Process Management (BPM), como ferramenta de eliciação dos requisitos dos processos de negócio, com a intenção de mitigar ou eliminar dificuldades no seu entendimento e garantir o alinhamento destes com os objetivos estratégicos da organização. Para o desenvolvimento prático, foi realizado um Caso de Estudo, onde se procedeu à Modelação do Processo de Negócio de Reconhecimento de Estudos em Angola, utilizando a Business Process Modeling Notation (BPMN). O contributo deste trabalho consiste na apresentação dos benefícios da prática de modelação de processos de negócio, suportada pela aplicação da abordagem BPM. Ambiciona-se que o resultado obtido possa contribuir na explicitação e visibilidade dos processos, favorecendo o entendimento dos seus requisitos, e garantir o alcance dos resultados esperados aquando da sua implementação em SI.
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El manual contiene una sección de páginas web relacionadas con la temática tratada y un glosario para la mejor comprensión de la misma
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Determinar la relación existente entre la práctica del proceso de enseñanza-aprendizaje de la lectura y la escritura con lo establecido en los ordenamientos legales surgidos en el periodo concreto de estudio, la segunda mitad del siglo XX. Para la consecución final del objetivo perseguido se establece un proceso metodológico basado en primer lugar en determinar las posibles fuentes documentales: libros, enciclopedias y revistas. Posteriormente estos documentos son analizados y contextualizados para poder decidir sobre su inclusión en el trabajo o no. Se parte de un análisis de la situación política-educativa del periodo, diferenciando en primer lugar dos regímenes políticos: uno dictatorial y otro democrático. Este análisis permite situar de forma ordenada el conjunto de leyes, decretos, órdenes, circulares... promulgadas durante esos años y la relación directa que podían tener con el proceso de enseñanza-aprendizaje de las técnicas de lectura y escritura. Posteriormente se hace un análisis de la Ley de Educación Primaria de 17 de julio de 1945 y referencias de la Ley Orgánica de Calidad de la Enseñanza de 23 de diciembre de 2002, entre otras. Por otra parte, antes de analizar el tratamiento que investigadores y legisladores otorgan al cómo enseñar, se describen dos líneas metodológicas dominantes en España durante décadas, una de carácter sintético y otra de carácter analítico, así como sus variantes. También se recoge de forma literal diferentes justificaciones que los métodos o cartillas trabajadas reflejan en sus prólogos, recomendaciones, cartas a los maestros... para la utilización de un metodología u otra.
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Diversos proyectos de acto legislativo que se han presentado en los últimos años parecen reducir la eficacia directa de la Carta y cargarla con una eficacia simbólica que compromete su coherencia, legitimidad y permanencia. En este artículo se argumenta, a la luz de tres proyectos de acto legislativo que se han planteado en el último período legislativo en Colombia, que el ordenamiento constitucional estaría siendo cargado de un poder simbólico hipertrófico que provoca, en realidad, una tensión entre la eficacia directa de las normas constitucionales y las aspiraciones programáticas permanentemente inconclusas.
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El presente trabajo busca examinar cómo los elementos modificados en el Sistema Electoral Colombiano a través del Acto legislativo 01 del 2003 y el 01 del 2009, a saber: lista única, cifra repartidora y umbral electoral, propiciaron el transfuguismo político dado en las elecciones legislativas del año 2006 y 2010 en Colombia. La investigación partirá de la explicación del fenómeno transfuguista y de sus respectivas variables causales; se analizaran las elecciones al Congreso de la República previas a la reforma política, con el fin de poder interpretar desde su comportamiento tradicional, los efectos de los elementos modificados del Sistema Electoral en la práctica transfuguista de las elecciones legislativas de los años 2006 y 2010.
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Dejar constancia de la evolución que ha sufrido tanto el tratamiento que se le han dado a la diversidad como los conceptos que se han utilizado para definirla en la legislación española del año 1850 hasta el 2000. Realiza una síntesis de los antecedentes de la educación especial en diferentes países, analiza la legislación desde 1850 a 1985 en todo lo que respecta a las personas diferentes: educación, empleo, ayudas sociales, avances médicos, puesta en marcha de diferentes centros e instituciones, patronatos y organismos. Así como examina los regímenes políticos en los que surgieron, sus contenidos, coincidencias y los intereses y valores. Además explica el paso de la integración a la inclusión a través de la cronología de la atención a la diversidad en la educación. 1) Con la revisión de las normas hemos comprobado que la legislación sigue expuesta a los avatares de los cambios políticos con las consecuencias que ello trae para los beneficiarios directos de la educación y más en concreto para los alumnos con Necesidades Educativas Especiales. Se hace patente la necesidad de llegar a un acuerdo en la educación que evite el continuo ir y venir de las leyes en un sentido o en otro en cada legislatura; llegar a un acuerdo que garantice estabilidad en la implantación de las leyes, atención a todos los colectivos y participación de todos los estamentos implicados en la educación para evaluar sus resultados. 2) No ha habido un trato equitativo ni en la implantación de normas legislativas, ni en el trato de las diferentes deficiencias. La deficiencia psíquica ha ido siempre a la zaga en el tratamiento legislativo. En relación con la educación de los enfermos mentales, en España no se encuentran indicios de atención específica hasta bien entrado el siglo XX, anteriormente todo se situaba en el marco puramente caritativo y asistencial a diferencia de otras deficiencias que contaban con esta atención ya desde mediados del siglo XIX. Hemos de esperar hasta la mitad del silgo XX para presenciar los primeros intentos claros de asistir a los deficientes mentales de forma eficaz, es decir, no sólo desde el punto de vista terapéutico sino también educativo. 3) La legislación siempre ha ofrecido respuestas a las demandas de la sociedad al tiempo que ha ido proponiendo nuevas formas en el tratamiento de la diferencia. Se puede establecer relación clara entre la publicación de los documentos legislativos y la evolución de las personas con discapacidad en lo social, laboral, sanitario y educativo. Algunas de estas normas han tenido mucha importancia, incluso las que tienen ya más de un siglo de antigüedad, como las Órdenes de 1851 y 1852 por las que la Escuela de sordomudos y de Ciegos pasaron a depender del Ministerio de Fomento, sentando las bases de lo que luego sería el carácter asistencial y educativo del Estado con estas personas. El Mismo Estado adquiere por primera vez el compromiso claro de asumir su cuidado y educación, desterrando la idea de que estas personas no merecieran atención educativa alguna y siguieran siendo tratadas como individuos de naturaleza diferente a la de los llamados normales. Estas órdenes cuajarían sin duda en una ley que constituyó una auténtica revolución aunando uno y otro ámbito, el de la ceguera y la sordera. La Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857, normativa que constituyó el más importante precedente legislativo conveniente a una protección especial por parte de los poderes públicos a favor de los sordomudos y de los ciegos, determinó la obligatoriedad de la enseñanza entre los 6 y 9 años para aquellos niños cuyos padres no pudieran pagar. Aspectos como la creación de escuelas para niños sordos, la obligación que incumbía al Estado de educar a estas personas en establecimientos docentes especiales o la obligación de formar a los maestros en Pedagogía Especial dan una idea del paso adelante que supuso la publicación de esta norma a mediados del siglo XIX. 4) El ámbito educativo ha sido uno de los más prolíferos en cuanto a la redacción de las normas, en todos los años analizados. El ámbito social destaca de igual manera en todas las décadas, pero con la llegada del nuevo siglo inauguró la etapa más intensa de la primera legislación social española y se incrementó a partir de la segunda mitad de los años 60 y la década de los 70. Con anterioridad el Gobierno durante todo el siglo XX reorganizó los servicios de beneficencia y comenzó una política de tutela, protección y atención de los discapacitados físicos y psíquicos. Mientras que los Poderes Públicos han prestado en todas las décadas una especial atención a los incapacitados laboralmente y especialmente a los mutilados de guerra durante todo el siglo XX. 5) Algunos de los términos que aparecen en los epígrafes de las normas legislativas son: anormal, ciego, educación especial, inválido, minusválido, sordo y subnormal, todos ellos mencionados en más de 35 normas. Algunos son términos que hace ya tiempo que no se utilizan, otros desaparecieron hace sólo algunos años y otros se siguen utilizando. Pero es preciso destacar que en los últimos años ha habido un exceso de celo en el cuidado del lenguaje oficial, incurriéndose en errores o en la utilización de términos pedantes e incluso ridículos. Es el caso de hacer siempre hincapié en: los, las, el, la; para no ser discrimantes con el género, o la invención de giros gramaticales enrevesados como necesidades educativas especiales por educación especial, deficiente visual por ciego, deficiente auditivo por sordo, etc., incluso circunloquios verdaderamente difíciles de leer y aprender y ocurrencias modernas que han servido durante siglos para entendernos e incluso han formado parte de la legislación de nuestro país.
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Resumen tomado de la publicaci??n
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Resumen tomado de la revista
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El artículo forma parte de una sección dedicada reflexión
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Este artículo pertenece a un número temático dedicado al Marco Europeo de Cualificaciones
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El artículo forma parte de un monográfico de la revista dedicado a los cambios educativos (2002-2004)
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Recoger varias de las actuaciones llevadas a cabo por diferentes países; extraer algunas consideración acerca de la legislación española vigente y sobre la puesta en marcha de una nueva legislación del menor. Trata sobre la delincuencia juvenil. Está estructurado en cuatro partes: en la primera parte se explican las teorías biológicas, psicológicas, sociológicas y sociopsicológicas. En la segunda parte se explica el tratamiento del delincuente por las técnicas de modificación de conducta, el tratamiento por la psicoterapia y el tratamiento preventivo por los hogares funcionales. En la tercera parte se recogen las distintas actuaciones llevadas a cabo sobre esta problemática en la unión soviética, Japón y Estados Unidos. Por último en la cuarta parte se recoge la legislación vigente sobre protección de menores y el Anteproyecto provisional de Ley penal de menores. 1) En la intervención con delincuentes no hay que limitarse a considerar los criterios legislativos, de edad, hay que tener en cuenta la responsabilidad, la educación, la personalidad, las condiciones familiares. 2) Los programas de rehabilitación deben extenderse mas allá de la edad penal. Es preciso alargar los programas mientras el delincuente sea verdaderamente menor psicológicamente. 3) Un programa no debe de atarse dogmáticamente a una sola teoría sobre la etiología de la delincuencia, es interesante extraer los aspectos positivos de cada una de ellas y saber aprovecharlos. 4) El internamiento ha de ser el último recurso, y éste podrá ser eficaz si el tiempo es breve. 5) Es recomendable que el sujeto en rehabilitación disponga de libertad tanto para iniciar un programa como para dejarlo. 6) La libertad debe llegar hasta permitir el tipo de programa, si son capaces de decidir, ello fomenta la responsabilidad y el interés.
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Resumen basado en el de la publicaci??n
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