998 resultados para Subsidio (Impuesto)-València-S.XVII
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Sign.: [A]-I2
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El ISR en El Salvador (y en la mayoría de los países con un ISR típico) contiene dos aspectos generales que terminan desincentivando la inversión y la capitalización propia de la misma. Por un lado, la ley no permite la deducción de los gastos de inversión en el período en que se efectúan; esto, junto con las normas de la depreciación que sí se permite, dan por resultado un castigo tributario doble a las inversiones. No solo deben soportar la tasa nominal del ISR sobre sus rentas netas, sino que también el fisco en efecto sistemáticamente le confisca al inversor una fracción del valor actual de la inversión. El importe de la confiscación es igual a la tasa nominal del impuesto multiplicada por la diferencia entre el valor actual de la inversión y el valor actual de la depreciación permitida por la ley. Con una tasa de descuento positivo, el monto del segundo castigo es mayor cuanto mayor la inversión y cuanto más largo el período sobre el cual se permite la depreciación. Evidentemente, la tasa efectiva del impuesto, definida como el valor actual del impuesto pagado como fracción del valor actual neto del proyecto sin impuesto, varía enormemente entre inversionistas y sectores económicos. A la vez, el ISR, al permitir deducir los intereses pagados en concepto de créditos concedidos al inversionista, da un alivio a la confiscación anterior, pero lo hace de manera en efecto no uniforme, beneficiando solamente a aquellos inversionistas que tengan acceso a crédito. En conjunto, estos dos aspectos constituyen distorsiones cuyos efectos incluyen: Reducir el número de proyectos de inversión emprendidas, reducir el monto de las inversiones realizadas y, de manera factible, la vida útil de ellas; introducir un sesgo a favor de aquellos inversionistas con más fácil y efectivo acceso al mercado formal de préstamos; reducir la capitalización propia de la economía, a favor de la capitalización acreedora. Todo esto funciona en contra del monto y la sanidad económica del capital en el país, lo cual, por ende, genera una tasa menor de crecimiento económico.
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Servicios registrales
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The synthesis and facile elaboration of 7-methoxycalamenal (4b) to four naturally occurring phenolic sesquiterpenoids, 7-hydroxycalamenene (4e), 7-hydroxycadalene (13e), 7-hydroxycalamenal (4f), and 7-hydroxycadalenal (13f) are described.
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ESCEPTICISMO
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Contenido: Para una vigencia actual del tomismo / Octavio N. Derisi – La virtud de la prudencia en la ética de Christian Wolff / Emilio Komar – Reflexiones en torno a la filosofía actual / Octavio N. Derisi – Notas y comentarios -- Bibliografía
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La Corte madrileña de los Austrias, al igual que el resto de las monarquías europeas del siglo XVII, generó una variada gama de fiestas públicas y privadas, como por ejemplo teatro musical, mascaradas y procesiones callejeras en las que desfilaban carros alegóricos con danzantes y músicos. Estos espectáculos no eran un mero entretenimiento sino que estaban destinados a resaltar las virtudes del monarca y a hacer conscientes a los espectadores del lugar que les cabía ocupar en esa sociedad recurriendo para ello a un complejo discurso simbólico. Las Cortes virreinales de América trasladaron a sus territorios estas prácticas que valían, fundamentalmente, para hacer presente la figura del rey y mantener viva la lealtad a la corona. Analizamos dos ejemplos de fiesta, una mascarada celebrada en Pausa (Perú) y un intermedio dramáticomusical en Sucre, que nos revelan la forma de pensamiento, las conductas y la organización de la sociedad cortesana virreinal.
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Contenido: Cultura latina / Octavio N. Derisi – Reflexión ontológica sobre el miedo y la angustia / Oswaldo Robles – Perfectibilidad y educabilidad / Francisco Ruiz Sánchez – Notas y comentarios -- Bibliografía
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Como aclaración previa quiero señalar que cuando hablemos de Estado de Derecho en esta disertación nos limitaremos al Estado de Derecho liberal moderno, no porque sea el único modelo de Estado de Derecho, ni el mejor, sino porque es el que se ha impuesto a partir de la modernidad. Por supuesto que existieron otras realidades políticas que se dieron a lo largo de la historia, como ser la ciudad antigua o polis, los reinos y los imperios que, por otra parte, constituyen elementos indispensables en la formación de la cultura occidental. Sin duda van a surgir ineludibles comparaciones, pero por una cuestión metodológica nos limitaremos a la realidad política y jurídica moderna. Estado de Derecho que se origina en los procesos revolucionarios de los siglos XVII y XVIII que se dan en los Estados Nacionales surgidos en la modernidad, proceso más moderado en su versión inglesa y luego americana, mientras que más radical en la versión francesa. Actualmente, el fenómeno de la globalización o mundialización en el que estamos inmersos sirve de contexto para plantearnos la aporía sobre el futuro del Estado de Derecho: ¿vamos hacia un Estado Mundial por encima o en sustitución de los Estados Nacionales?, ¿vamos hacia un Derecho Global por encima o en sustitución de los Derechos Nacionales? Intentando dar una respuesta a estos interrogantes (no sé si lo lograré) voy a dividir la exposición en dos partes claramente diferenciadas: 1) un análisis fáctico puramente descriptivo del cuadro de situación actual y de sus antecedentes, sin entrar en valoraciones; 2) un análisis teórico de las distintas interpretaciones y justificaciones de esa realidad fáctica, dentro de las cuales analizaremos especialmente la Doctrina Social de la Iglesia. Finalmente, terminaré con algunas reflexiones personales sobre el tema en cuestión...
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Contenido: Ser y hacer / Octavio N. Derisi – Caridad social, alma y complemento del orden social / Teófilo Urdanoz – La “sindéresis” como “hábito” en la Escolástica / Guido Soaje Ramos – Relojes, mellizos y tiempo / J. E. Bolzán – Notas y comentarios -- Bibliografía
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[ES]Se analiza el ejercicio de la prostitución y el control de su ejercicio por parte de las autoridades municipales del País Vasco durante el periodo de reglamentación (siglos XIII-XVII). Además se explican las razones del por qué en el País Vasco no se consolidó un modelo de prostitución municipalizada.
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[ES]La formación de oligarquías municipales es un fenómeno que, arrancando de la Baja Edad Media, va alcanzando madurez durante la época de los Austrias. En ese tiempo fue posible hacer compatible el crecimiento del poder real con el mantenimiento del poder de las oligarquías en su territorio. En el presente trabajo se analizan el desarrollo y las peculiaridades de este proceso en las principales villas de la Cornisa Cantábrica.
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[ES]Cuando a partir de 1564 las salinas de Añana comenzaron a producir para la Corona, sus propietarios se vieron obligados a pagar al rey un tributo anual por el uso de las mueras, admitidas como un ius regalia de la monarquía: el diezmoseñor. Desde entonces, todo el entramado de la fabricación y venta de la sal se organizó en torno a él. En este artículo se analizan algunas de las características de este canon tan singular que se mantuvo en vigor hasta el siglo XX.
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[ES]Este artículo pretende analizar la situación de la actividad siderometalúrgica guipuzcoana durante el siglo XVII y testar la verdadera repercusión de la crisis del siglo XVII en dicho sector. Para ello se ha utilizado un amplio elenco documental procedente tanto de archivos locales como regionales y nacionales, que responde a una amplia variedad tipológica.
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[ES]El presente trabajo presenta una fuente documental infrautilizada, la de los libros de manifestaciones, que representa un interesantísimo instrumento de estudio para el conocimiento de la realidad comercial e industrial de la Guipúzcoa de los siglos XVI y XVII. Esta documentación permite matizar algunas de las afirmaciones que durante décadas han venido marcando la historiografía vasca sobre la tan manida “crisis del siglo XVII”, más en consonancia con los criterios que en los últimos años se vienen imponiendo en los ámbitos español y europeo. Las relaciones comerciales con puertos, principalmente franceses, que se pueden seguir a través de las mencionadas fuentes permiten seguir los fluidos intercambios y las llegadas de cereales y bastimentos, así como la salida de hierro y moneda desde algunos de los principales puertos guipuzcoanos. Una de las principales conclusiones es que la exportación de hierro a los puertos franceses tuvo continuidad a fines del siglo XVI y principios del siglo XVII