Resolución 241 del 20 de noviembre de 2009: ¿Cuáles son los criterios sobre los que la Cámara de Comercio se fundamenta para el recaudo y liquidación del impuesto de registro? ¿Cual es el alcance que tiene la obligación de respuesta a los derechos de petición que los usuarios presentan ante la entidad?


Autoria(s): Cámara de Comercio de Bogotá; Vicepresidencia Ejecutiva
Data(s)

02/12/2014

02/12/2014

2009

Resumo

Servicios registrales

Hechos: - Por medio de la cual se solicita a la cámara de comercio por medio de derecho de petición proceder a efectuar la liquidación del impuesto de registro. - La cámara de comercio en respuesta al derecho de petición solicita el pago del impuesto de registro como requisito para proceder a la inscripción del revisor fiscalque informa el aumento de capital. Interposición del recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la respuesta al derecho de petición , solicitando la liquidación oficial del impuesto de registro susceptible de ser recurrida, teniendo en cuenta que dicho acto se encuentra exento del pago del impuesto ya que la base grabable del 50% del aumento del capital suscrito informado por la revisoría fiscal de ECOPETROL S.A

Resoluciones

Identificador

http://hdl.handle.net/11520/3514

Publicador

Bogotá: Cámara de Comercio de Bogotá, 2009

Direitos

Todos los derechos reservados Cámara de Comercio de Bogotá

Palavras-Chave #Impuestos #Registro Mercantil #Servicios registrales #Art 23 Constitución