1000 resultados para EJERCICIO DEL DERECHO A LA GRATUIDAD


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Este artículo de antropología jurídica busca desentrañar las estructuras de significación desde las cuales víctimas y desmovilizados, de un municipio de Antioquia (Colombia), se aproximan al derecho a la justicia. Evidencia cómo el protagonismo que la literatura sobre justicia transicional le atribuye al castigo criminal se desdibuja peligrosamente en las expectativas expresadas por las víctimas en el nivel local. La tesis que sugiero demuestra cómo esta interpretación local del derecho a la justicia esta muy asociado a la forma en que las víctimas definen las categorías de víctimas y victimarios. 

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La transformación de los servicios de salud en Colombia desde la década de los años noventa con la expedición de la ley 100 y sus posteriores desarrollos ha estado acompañada por diversos dispositivos jurídicos que han permitido su desarrollo y construcción del derecho a la salud. Sin embargo, ¿cuál ha sido el papel de estos mecanismos jurídicos? A partir del análisis de las diversas reformas a la ley 100 de 1993, el litigio en salud, y las complejas dinámicas alrededor del sistema de salud se argumenta que las formas jurídicas han devenido en formas útiles a la acumulación capitalista en salud, y que articulan la acumulación por desposesión en el momento posneoliberal que se desarrolla en Colombia.

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En Colombia la protesta y la manifestación social han sido objeto de control y represión por parte del Estado en contextos de excepcionalidad. Así, este artículo expone, a la luz de dos casos de protesta, la relación de contradicción que existe entre los estados de excepción y la protección de los derechos humanos, específicamente del derecho a la protesta y la reunión.

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El reconocimiento de los derechos sociales, económicos y culturales (DESC), es el segundo hito en materia de derechos humanos en el contexto internacional, después de la proclamación de los derechos civiles y políticos. Esta secuencia en el reconocimiento de los derechos humanos, ha llevado a clasificar los civiles y políticos como derechos de primera generación, y los DESC como de segunda generación. El reconocimiento de los DESC se materializa en su inclusión en los textos constitucionales de un buen número de países, o de su reconocimiento implícito aún sin estar incluido como un mandato constitucional

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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscaa hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general

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Demostrar que el tan sabido tópico de la 'igualdad de oportunidades' es una mixtificación. 26.083 alumnos de la provincia de Badajoz pertenecientes a octavo de EGB durante los cursos 1975/1979. Analiza el alumnado de octavo de EGB de la provincia de Badajoz, por ser un curso decisivo con el que finaliza la enseñanza obligatoria, y da paso a opciones tales como la continuación de estudios en BUP o Formación Profesional, o al abandono de los mismos. Divide el trabajo en cuatro capítulos. En el primero se centra en las características de la provincia de Badajoz. El segundo capítulo está dedicado al estudio de las teorías acerca de la igualdad de oportunidades. En el capítulo tercero explica la hipótesis de trabajo, el método elegido, la descripción de la muestra y las variables controladas. El capítulo cuarto se centra en el análisis de los datos recogidos y su comentario. Para finalizar el trabajo expone una serie de conclusiones referentes a las múltiples comarcas extremeñas, a los tipos de centros analizados, la igualdad de los resultados académicos y la evolución de las oportunidades educativas. Estudio descriptivo. Metodología seguida: 1) Obtención de los resultados académicos de los alumnos de octavo de EGB en cada centro escolar de la provincia y en los cuatro cursos presentados. 2) Agrupación y ordenación de los datos de cada año según comarcas. 3) Agrupación y ordenación de los datos de cada año según el tipo de centro. Variables independientes: La comarca y el tipo de Centros. Variable dependiente: resultados académicos del alumnado de octavo de EGB. 1) El problema de la 'igualdad de oportunidades' dentro de la escuela se hace acuciante en el proceso de democratización social, dada la estrecha relación existente entre ambos sistemas (educativo y social). 2) Las comarcas que gozan de un nivel económico más alto se ven favorecidas con mayor número de alumnos en octavo de EGB, lo que hace suponer un aumento de centros educativos y por tanto más facilidades de acceso a los mismos. 3) Los centros menos favorecidos están ubicados en zonas pobres, como es el caso de las mixtas y unitarias. Los que gozan de mejoras educativas se encuentran en zonas más desarrolladas, como los centros privados de la Iglesia. 4) Según la categoría de los centros, las condiciones educativas junto con los resultados serán más o menos favorables. Ante esto, la igualdad de oportunidades en la provincia de Badajoz aparece como mera ilusión. 5) Los graduados escolares obtenidos durante los cursos 1975-76 hasta 1978-79 oscilan entre un 75 y un 90 por cien en las distintas comarcas y tipos de centros. 6) Los centros de la privada de la Iglesia cuentan con un alumnado perteneciente a la clase alta y con un nivel cultural alto, las aspiraciones de las mismas tienden a la educación secundaria, por lo que la obtención del graduado será más frecuente desde el momento en que la obtención de graduados escolares resultan de manera tan selectiva y los porcentajes tan bajos, no podemos hablar de igualdad de oportunidades existentes en la provincia. 7) La evolución que han seguido los resultados académicos ha sido casi imperceptible, siendo, en algunos casos, descendiente. Esto hace pensar que la educación se encuentra paralizada en cuanto a mejoras se refiere y que existe un total desinterés por superar las causas impiden que se lleve a cabo una enseñanza igualitaria y lo más eficaz posible. 8) Se hace necesaria una revisión del sistema educativo de la provincia, adaptando la educación a las necesidades de cada zona y facilitando a todos el ejercicio del derecho a la educación.

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Monográfico con el título: El análisis de la interacción alumno-profesor: líneas de investigación. Resumen basado en el de la publicación

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Monográfico con el título: 'Mercantilización de la educación'. Resumen basado en el de la publicación

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Premios Nacionales 1998 a la Innovaci??n Educativa

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Este artículo forma parte de una sección de la revista dedicada a acción comunitaria. - Resumen tomado de la revista

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Analizar la normativa constitucional y el desarrollo legislativo acerca del Derecho a la Educación en Honduras desde 1982 al 2005. Describir y evaluar la funcionalidad de los planteamientos de política educativa en referencia al cumplimiento del Derecho a la Educación en Honduras desde 1982 hasta el 2005. Contrastar el desarrollo legislativo y los planteamientos de política acerca del Derecho a la Educación en Honduras desde 1982 hasta el 2005. Se ha trabajado utilizando el método histórico aplicando a educación, utilizando como fuentes primarias básicamente documentos legislativos impresos (Tratados Internacionales, Constitución Política de la República, Leyes, Reglamentos, Decretos, Acuerdos) y documentos e informes oficiales de instituciones estatales; complementando las mismas referencias bibliográficas referidas al tema y publicaciones de la prensa escrita hondureña. Existe un apartado de contextualización aparte de los cinco capítulos en los que se divide el trabajo. En este se hace una descripción general de la situación política, socio-económica y educativa de Honduras. Los datos expuestos han sido tomados, principalmente de tres fuentes vigentes y actuales. La primera es el Currículo Nacional Básico (CNB), instrumento de orientación general para la realización de la transformación educativa hondureña, actualmente en proceso, la segunda está constituido por el Informe de desarrollo humano Honduras 2002 (IDH-2002), desarrollado por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, y la tercera es la trigésima segunda encuesta permanente de hogares (TSEPH-2006), realizada por el Instituto Nacional de Estadística de Honduras. La obligatoriedad escolar en Honduras se asume desde tres perspectivas complementarias entre sí; la primera que se concreta como el compromiso estatal de satisfacer una demanda educativa social, la segunda considerada como un deber de los padres en proveer de cierta cantidad de educación a sus hijos conforme se determine por parte del estado, y la tercera como la obligatoriedad de los niños y niñas como sujetos dinamizadores del sistema escolar para darle un accionar particular al mismo. Las deficiencias de la educación hondureña en la actualidad tienen que ver con la lógica de asignación de recursos financieros y de las prácticas de gasto del sistema. La inversión pública en educación, además de ser insuficiente, revela una falta de estrategia y criterios claros y equitativos de asignación de los recursos, delimitada además por las presiones salariales, lo que muestra la necesidad de reorganizar el sistema y de introducir mecanismos de rendición de cuentas y cambios en la lógica de asignación de recursos.

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Estudiar los fenómenos que se dan en la estructura de la población de Badajoz: déficit de la población adulta en ambos sexos, déficit de la población infantil, disminución progresiva de nacimientos, emigración, escolarización. Así como influye la sociedad en la educación, la comarca es un condicionante más de la igualdad de oportunidades. El número de alumnos que se encuentran en situación de repetir curso o abandonar los estudios es muy elevado en todas las comarcas, pero especialmente en las menos desarrolladas. No existe una enseñanza igualitaria ni eficaz. Ante esta situación, se hace necesaria una revisión del sistema educativo de la provincia, adaptando la educación a las necesidades de cada zona y facilitando a todos el ejercicio del derecho a la educación. El proceso de mejoras será lento, como lo es la evolución de la sociedad democrática, pero no por eso hemos de olvidar que la igualdad de oportunidades es un deber en toda sociedad en progreso.