1000 resultados para Reparación del daño.


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En este artículo proponemos una explicación novedosa del efecto Knobe. El efecto Knobe es una asimetría peculiar en la atribución de intencionalidad a un agente con relación a los efectos colaterales previstos de su acción, dependiendo sólo de la valoración moral del efecto y sin que nada más cambie en la situación juzgada: los efectos colaterales malos, pero no los buenos, se consideran intencionalmente producidos. Nos enfocamos aquí en la pregunta por la explicación de esa peculiar asimetría ¿basta la valencia moral del efecto colateral para explicarla? Hacemos un análisis sistemático de una gran variedad de viñetas presentes en los estudios experimentales y de sus resultados. Intentamos así aislar los factores explicativos. Proponemos que la asimetría se explica por concordancia o discordancia entre la valencia moral del efecto colateral y la actitud moral del agente, juzgada por los espectadores.

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En los últimos años el termino Desarrollo Sostenible ha tomado gran relevancia en el contexto internacional. El mundo entero es consiente del daño ambiental que las actividades del hombre han causado al planeta tierra. El presente documento pretende hacer una aproximación a un marco teórico en donde se definen y se caracterizan los conceptos de Desarrollo Sostenible y Eco-Eficiencia. A través de la revisión de documentos oficiales de la Organización de las Naciones Unidas se busca exponer la evolución del Desarrollo Sostenible como tema de importancia mundial. Posteriormente se muestra la relación entre éste concepto y la Eco – Eficiencia aplicada a los negocios, y cómo las empresas pueden lograr que sus actividades sean mas amigables con el medio ambiente. Con esta revisión bibliográfica queremos mostrar cómo en esta nueva era de desarrollo y globalización es primordial tener en cuenta que para lograr satisfacer las necesidades de los seres humanos es necesario reconocer los limites de la naturaleza y respetarla para asegurar la sobrevivencia de la raza humana.

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Introducción. Los pintores de vehículos automotores están expuestos a solventes puros o mezclas de estos, los cuales se han asociado con efectos neurológicos y mutacarcinogénicos. Materiales y Métodos. Se realizó un estudio descriptivo de corte transversal para caracterizar las condiciones de salud y trabajo de individuos expuestos a solventes orgánicos en talleres de lámina y pintura en Bogotá. Se comparó un grupo de expuestos a solventes orgánicos con un grupo no expuestos. Se determinaron concentraciones de benceno, tolueno y xileno (BTX) en aire, se aplicó una encuesta individual y se midieron en orina, los ácidos fenil mercaptúrico, hipúrico, orto-para metilhipúrico como metabolitos de benceno, tolueno y xileno. Los resultados de las mediciones y de la encuesta se correlacionaron para establecer el panorama de exposición. Resultados: hubo diferencias estadísticamente significativas entre la población expuesta y la población no expuesta a solventes (p = 0,00) para los tres metabolitos de BTX. Se encontraron correlaciones positivas entre el tolueno en aire y ácido hipúrico en orina de los expuestos, (Spearman de 0,82) y entre el xileno en aire y el ácido o-metilhipúrico (Spearman de 0,76). Se encontraron valores de ácido hipúrico por encima de los límites permisibles en 11 2 trabajadores y de ácido p-metilhipúrico en 8 de ellos. No hubo valores para ácido fenilmercapturico fuera de límite. Discusión: los pintores de carros se encuentran expuestos a niveles altos de solventes orgánicos en sus sitios de trabajo y no cuentan con condiciones adecuadas de higiene y seguridad industrial para realizar sus labores.

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El marcaje de proteínas con ubiquitina, conocido como ubiquitinación, cumple diferentes funciones que incluyen la regulación de varios procesos celulares, tales como: la degradación de proteínas por medio del proteosoma, la reparación del ADN, la señalización mediada por receptores de membrana, y la endocitosis, entre otras (1). Las moléculas de ubiquitina pueden ser removidas de sus sustratos gracias a la acción de un gran grupo de proteasas, llamadas enzimas deubiquitinizantes (DUBs) (2). Las DUBs son esenciales para la manutención de la homeostasis de la ubiquitina y para la regulación del estado de ubiquitinación de diferentes sustratos. El gran número y la diversidad de DUBs descritas refleja tanto su especificidad como su utilización para regular un amplio espectro de sustratos y vías celulares. Aunque muchas DUBs han sido estudiadas a profundidad, actualmente se desconocen los sustratos y las funciones biológicas de la mayoría de ellas. En este trabajo se investigaron las funciones de las DUBs: USP19, USP4 y UCH-L1. Utilizando varias técnicas de biología molecular y celular se encontró que: i) USP19 es regulada por las ubiquitin ligasas SIAH1 y SIAH2 ii) USP19 es importante para regular HIF-1α, un factor de transcripción clave en la respuesta celular a hipoxia, iii) USP4 interactúa con el proteosoma, iv) La quimera mCherry-UCH-L1 reproduce parcialmente los fenotipos que nuestro grupo ha descrito previamente al usar otros constructos de la misma enzima, y v) UCH-L1 promueve la internalización de la bacteria Yersinia pseudotuberculosis.

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El presente artículo analiza la razonabilidad del artículo 1006 del Código de Comercio Colombiano que prohíbe que los herederos del pasajero fallecido en un accidente, durante la ejecución de un contrato de transporte, ejerciten acumulativamente la acción contractual transmitida por su causante y la extracontractual por los perjuicios que sufran en razón de dicha muerte. En el escrito se revisa la problemática general de la concurrencia del daño que sufre la persona que fallece con el daño que se infiere a los herederos por el deceso del causante. A partir de esta revisión, se afirma que los dos daños deben ser resarcidos en su totalidad y en el mismo proceso, y que las razones que otrora explicaban la prohibición de acumulación de ambas acciones para cualquier evento, han desaparecido como consecuencia de la afortunada posición de la jurisprudencia a este respecto. Sin embargo, esta afirmación no es válida respecto del contrato de transporte por existir norma expresa en contrario, precisamente el artículo 1006 en comento. Se propone entonces la modificación de esta norma como consecuencia de la ausencia de razonabilidad de tal prohibición, ya que los argumentos que permiten la acumulación de acciones para otros eventos son igualmente aplicables al contrato de transporte.

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The aflatoxin B1 (AFB1) is a mycotoxin that has been identified as the most potent hepatocarcinogen. The metabolite resulting from detoxification process of AFB1 in liver, has the ability to react with the genomic DNA, generating AFB1-DNA adducts; during DNA replication process, this adduct induced the G:C→T:A transversion. Polymorphism in genes encoding for enzymes involved in the activation and detoxification of AFB1 and DNA repair enzymes has been associated with the risk of hepatocellular carcinoma (HCC) development. Additionally, in populations of high exposure to aflatoxin and high prevalence of hepatitis B virus (HBV) infection, has been demonstrated a synergism between these two risk factors for the development of HCC.

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A través de un programa de Mejoramiento Integral para el Pasaje Rivas, se pretende optimizar la calidad de vida de sus habitantes, reparación del edificio, mejora del entorno urbano, optimización de las relaciones comerciales y sociales, generación de empleo.

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Los solventes orgánicos son sustancias químicas que por sus propiedades físico-químicas son fácilmente inhalados o absorbidos por la piel, pueden causar daños de diversa índole en la salud. En Colombia existen normas que contemplan las medidas de protección, sin embargo persiste la informalidad en el sector de pintores de autos, por lo cual los trabajadores expuestos, a largo plazo pueden ver afectada su salud. En este estudio se analizó la relación entre individuos expuestos laboralmente a los solventes orgánicos versus no expuestos con respecto a la longitud de sus telómeros y formación de fragilidades. Se emplearon muestras de sangre extraídas por venopunción, recolectada en dos tubos: uno con Heparina, destinado al cultivo de linfocitos, para obtener cromosomas metafásicos y evaluar en ellos la presencia de fragilidades; el otro tubo con EDTA, fue empleado para la extracción de ADN y se utilizó para obtener los valores de longitud telomérica mediante la técnica de PCR cuantitativa. Los análisis estadísticos se realizaron aplicando la prueba de rangos de Wilcoxon, en el caso de la presencia de fragilidades se analizó la razón No.Fragilidades/No.Metafases, aplicando el método de Wilcoxon se encontró que existe diferencia estadísticamente significativa entre expuestos y no expuestos (p = 0,036), en donde los expuestos presentan mayor frecuencia de fragilidades. Por otra parte el valor relativo de longitud telomérica del grupo de expuestos fue mayor que el observado en el grupo de no expuestos, esta diferencia fue estadísticamente significativa (Wilcoxon, p = 0.002).

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'Los pequeños cambios son poderosos' es el eslogan de esta serie que pretende aleccionar sobre cómo modificar los hábitos cotidianos que inciden en el medio ambiente y la conservación de la naturaleza. Los diferentes capítulos son: 'Animales exóticos, no gracias'; trata del comercio ilegal de animales exóticos; 'Conocer es amar': trata de la caza de pequeños animales y de la cadena trófica; 'No os comáis el césped': pide respeto por el césped y los árboles que hay en la ciudad ; 'El profesor de naturales': trata del daño que hacen en el bosque los grupos de alumnos que van con sus profesores a buscar hojas o flores. Recomienda utilizar cámaras de fotos y vídeos ya elaborados; 'No toques los huevos': trata del cuidado que hay que tener cuando se pasea por el bosque para no molestar a los animales; 'Una flor siempre hace verano', trata de los domingueros que recogen flores y destrozan la vegetación; 'Tocat del bolet': critica los 'boletaires' aficionados que sin cuidado destrozan el bosque; 'Peor que una plaga': presenta a los domingueros que toman fruta y verdura en los huertos de los campesinos; 'No dejes la carretera por el atajo': critica a los que con coches todoterreno destrozan el bosque y los arroyos; 'Alto el fuego': trata de los peligros de incendio por hábitos descuidados en las visitas al bosque.

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Se analiza la responsabilidad civil en los centros docentes, derivada de daños causados por elementos tanto inmateriales como sobre todo materiales (físicos), es decir se trata de ver la responsabilidad civil que se puede causar por ser propietario o poseedor de edificios o instalaciones educativas, ya que a través de esos edificios se pueden causar daños a personas o bienes. Es el caso del alumno que se cae en el pasillo por que está encerado y no se pone señalización al respecto; o el supuesto del daño causado al paseante en vía pública sobre el que se desploma la rama de un árbol del colegio. Se habla de las diferentes instalaciones y las partes que pueden ocasionar más daños, exponiendo las regulaciones normativas, prescripciones técnicas, deberes de vigilancia y prevención de riesgos laborales y normas contraincendios.

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El proyecto propone continuar con la experiencia de aula-huerto que se viene realizando desde el año 84-85, y que se paraliza a partir del curso 87-88, en la que van a participar la Escuela Infantil San Fermín, el Colegio Público República de Brasil y, el Aula-Taller de Compensatoria y el Centro de Educación de Adultos de San Fermín, mediante la adecuación de las diferentes actividades a sus fines y edades. Los objetivos fundamentales son convertir el aula-huerto en un espacio educativo, de promoción juvenil y en un lugar de encuentro y convivencia. Para el desarrollo de la experiencia se parte de una serie de trabajos de reconstrucción y puesta en marcha del aula-huerto (reparación del sistema de riego, mejora de la tierra, arreglo del vallado y la caseta, etc.). Una vez acondicionado el mismo se diseñan actividades tanto al aire libre y de carácter práctico centradas en la organización, investigación y experimentación (reposición de árboles, plantación de arbustos, invernadero, semilleros, transplante y recolección); como en el aula, en la que se completan y amplían los procesos observados en el huerto (elaboración de material, grabación de las labores prácticas en vídeo, etc.). Con carácter complementario se realizan visitas y excursiones y se participa en campañas ambientales (día del árbol, fiesta huerto, etc.). Es importante destacar el establecimiento en el aula-huerto de dos talleres de prevención y reinserción (carpintería y electricidad) y, la integración y participación en este espacio de jóvenes con problemas y del grupo juvenil 'Ecología y Ocio' en tareas de cuidado y vigilancia. La valoración del proyecto es positiva al lograr crear un espacio en el que trabajen y convivan diferentes entidades juveniles y vecinales.

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Resumen tomado de la publicación

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El trabajo de investigación surge en el año 2001, ante la necesidad de hacer frente a una nueva realidad jurídica, el mobbing. Para ello fue decisivo el estudio de lo publicado (básicamente de ramas ajenas al Derecho) pero sobre todo las entrevistas con las víctimas de mobbing y sus asociaciones; este extremo, unido a la ausencia de un tratamiento internacional, obligó a un camino autodidacta para definir mobbing jurídicamente. La Tesis define mobbing como la presión laboral tendente a la autoeliminación de un trabajador mediante su denigración (presión laboral tendenciosa), y con ello por primera vez se tiene una definición de mobbing en línea y media, con plena validez jurídica, que es susceptible de ser memorizada y por lo tanto divulgada, para corregir el problema. El denominado "concepto uniformado de mobbing" recalca la denigración como mecanismo frente a los tratos degradantes y recalca la autoeliminación como finalidad de un comportamiento doloso. El trabajo aporta fórmulas para deslindar casos de mobbing de otras figuras próximas, y en este sentido debe citarse "la regla del 9" para saber si hay mobbing; en sede de estadísticas se critican metodológicamente muchas de ellas presentadas hasta el momento y se aporta alguna en sede de Tribunales; pero sobre todo se advierte de los riesgos jurídicos de una previsible regulación específica antimobbing, mediante el examen de las distintas definiciones que se han esgrimido hasta el momento. La segunda parte de la Tesis profundiza sobre el grado de sensibilización de nuestro ordenamiento jurídico y Tribunales, a cuyo fin se ha trabajado con más de un centernar y medio de sentencias dictadas sobre la materia, y por supuesto la totalidad de las recogidas en las bases de datos de las editoriales. El análisis sirve para apreciar la bondad de la sistemática aquí defendida, poniendo en evidencia errores, y contradicciones. La Tesis advierte que la presión laboral tendenciosa más allá de vulnerar el derecho constitucional al trabajo, o los derechos fundamentales a la integridad moral y el honor, es una transgresión a todo un "espíritu constitucional", y en este sentido se analiza con detalle tanto la posibilidad de recurrir en amparo, como el derecho a la indemnidad para quien se enfrenta a esta situación. Advirtiendo de las ventajas de efectuar esta reacción mediante la modalidad procesal de tutela de los derechos fundamentales, se analiza la recurrida acción del art.50 ET, donde se realizan aportaciones sugerentes como el plazo prescripción o la "doctrina de los antecedentes", y se otorgan respuestas a las preguntas sobre obligación de seguir trabajando y ejecución provisional. En sede de acciones de Seguridad Social, la Tesis distingue entre la incapacidad temporal y permanente (depresiones) y la muerte y supervivencia, aportándose sobre la primera la técnica denominada "interpretación en tres niveles" y descartando la posibilidad de considerar accidente de trabajo el suicidio tras un mobbing por imperativo legal, pero aportando un sucedáneo bastante razonable como es el accidente no laboral. Junto a ello se razona por la viabilidad del recargo del art.123 LGSS. Civilmente, la Tesis se posiciona de "lege ferenda" por reconducir este tipo de acciones resarcitorias del daño psíquico y moral al orden civil, por una mayor explicación sobre el origen del quantum, pero sobre todo considera inadmisible la STS 11-3-04, y ello por una pluralidad de argumentos, pero sobre todo por cuanto viene a autorizar "de facto" este tipo de conductas. La posibilidad de accionar administrativamente frente a este riesgo psicosocial se analiza en un doble terreno, la empresa y la Administración. Si bien el cauce sobre el primero tiene algunos meandros que se desbelan, la situación es radicalmente frustrante en la Administración -donde se encuentra el mayor caldo de cultivo del mobbing- , y ello por el RD 707/2002, pero todavía en mayor medida por el Criterio Técnico 34/2003 mediante el cual la interpretación del Director General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha venido tácitamente a derogar parcialmente la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para la Administración. En materia penal, la Tesis se decanta "a priori" por dos tipos penales, los delitos contra los derechos de los trabajadores, y el delito de trato degradante; sin embargo, en la práctica sólo este segundo es el camino que puede alcanzar buen puerto. Finalmente se realiza un estudio detallado de la Ley 62/2003, ley que se divulgó como reguladora del acoso moral, y que después se defiende como un avance frente al mobbing. La Tesis advierte que no es cierto ni lo uno, ni lo otro, habiendo creado un "espejismo legal" que puede perjudicar a las víctimas de mobbing, además de no servir su estructura para una futura regulación explícita antimobbing.

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El recurso de casación desde la perspectiva de la doctrina penal y en especial desde la óptica práctica del órgano de jurisdicción penal, tiene por objeto reparar los errores de derecho en que pudo haber incurrido el juzgador al momento de pronunciar sentencia por una parte y, por otra, coadyuvar a la unificación normativa a fin de garantizar la correcta aplicación de la ley. Sin embargo cabe señalar que este instituto procesal penal, en los últimos tiempos ha presentado una inusitada evolución que nace de la aplicación de los sistemas neoconstitucionalistas que propenden a la constitucionalización del derecho penal originando que la naturaleza del recurso de casación se transforme y evidencie rasgos netamente garantistas que trascienden el propio fin con el único objetivo de implantar a los derechos como el principio mismo de su esencia. Es evidente que una institución de la complejidad de la Casación, destinada a velar por la exacta y correcta observación de la ley, a unificar la jurisprudencia y a controlar el sistema judicial, no puede haber surgido espontáneamente, sino que como ya lo analizaremos, es el resultado de la incorporación de varios principios jurídicos, doctrinarios y prácticos de los sistemas judiciales; cuya aplicación corresponde al más alto tribunal de justicia, a fin de que sus fallos sean acatados y de esta manera cumplir con el objetivo básico que no es sino la defensa del derecho objetivo, la reparación del agravio sufrido a través de una sentencia que puede ser anulada total o parcialmente, cuando es evidente el vicio de “in juricidad” por errores en la aplicación del derecho. La investigación que planteamos, no trata de desarrollar una nueva teoría sobre el tema, ya que existen varios escritores que lo han abordado desde diferentes perspectivas, sin embargo, consideramos que la visión de este recurso en el Ecuador, cambió a raíz de la implementación del sistema acusatorio oral, porque los principios de inmediación y contradicción que rigen la presentación de la prueba en la audiencia oral de juzgamiento, originan que las sentencias sean el producto de la percepción directa del juzgador sobre los hechos narrados, lo que de alguna manera debería contribuir a acrecentar la confianza en el hacer judicial, es por ello, que pretendemos ilustrar la doctrina y describir la normativa vigente sobre la casación a fin de comprender su naturaleza y función, lo que nos releva de realizar análisis críticos por necesarios que sean.

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Incluye Bibliografía