257 resultados para Legítima
Resumo:
Este trabajo presenta una eximente de responsabilidad criminal recientemente incorporada en el Código Penal chileno basada en el estado de necesidad. Esta se agrega a partir de la discusión sobre la defensa de la mujer, que vive dentro de un contexto de violencia intrafamiliar por conductas no protegidas bajo la legítima defensa. A pesar de ello, el texto reformado terminó por incluir una eximente general que no se refiere a la mujer y que –sobre la base del conflicto de necesidad– contempla requisitos que van más allá de una causa de justificación basada en el mal menor, sin que sea clara la clase de defensa que establece. La definición de esta eximente de responsabilidad penal y la identificación de los problemas que provoca son los objetivos centrales de este estudio. En primer lugar, se nota que la norma pareciera aceptar ambas clases de defensa por necesidad: justificación y exculpación o excusa. La determinación exige un especial análisis de las bases de cada modalidad de defensa para distinguirlas y precisarlas en sus alcances y límites.
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El trabajo realizado tiene como objetivo revisar la problemática planteada en la jurisdicción contencioso administrativa, a través de un estudio concentrado de aspectos procesales esenciales en la estructura de la acción popular como (i) el incentivo (en este caso, se evaluará el impacto de su eliminación), (ii) la efectividad de la audiencia de pacto, (iii) las medidas cautelares como quiera que fueron objeto de modificación en la Ley 1437 de 2011 y por último, (iv) el estudio del mecanismo de revisión eventual incorporado en el año 2009 como mecanismo de unificación.
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El principio de seguridad jurídica en el Estado de Derecho, constituye la expectativa legítima que tienen los ciudadanos, de conocer la regulación aplicable a una conducta determinada y se manifiesta fundamentalmente, como una limitación al ejercicio
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El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.
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El retiro del servicio de los empleados públicos aparece como una facultad reglada en las normas del empleo público que, cuando se da alguna de las hipótesis legales que lo hacen procedente, facultan al nominador para ejercer sus atribuciones legales, persiguiendo, ante todo, razones del servicio: su mejora, renovación, eficiencia y moralidad, entre otras. A partir del concepto de una buena administración del Estado, establecer la procedencia y elementos estructurales de una política de prevención del daño antijurídico en relación con el retiro del servicio de servidores públicos que, conforme al ordenamiento jurídico gozan de una especial protección constitucional. Conocer el concepto, el alcance, la regulación y desarrollo jurisprudencial de esta trascendental atribución para el servicio público, resulta indispensable para la debida aplicación del derecho, del ejercicio de las atribuciones públicas por parte de la Administración, y para la prevención del daño antijurídico.
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El propósito de esta investigación es explorar los efectos del liderazgo carismático religioso sobre el desempeño electoral y la supervivencia del movimiento político MIRA en Colombia. Para ello, emplea una metodología cualitativa, que se vale principalmente de entrevistas a profundidad y observación no participante, para acercarse a las prácticas religiosas y a las actitudes políticas de los fieles de la Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional. A partir de la información recabada a lo largo de este estudio, se pretende demostrar que hay una relación entre el tamaño de la congregación religiosa y el número de votos que obtiene el movimiento MIRA. Ello, gracias a que el papel que María Luisa Piraquive desempeña dentro de la comunidad religiosa contribuye a la legitimación del accionar del movimiento político y al surgimiento de un voluntariado activo dentro de este, que se comporta disciplinada y comprometidamente con los objetivos de dicha organización.
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La autoridad legítima del soberano y la obligación política del ciudadano constituyen el fundamento del poder del Estado, no obstante, una y otra se ven seriamente cuestionadas ante situaciones de extrema injusticia como lo es el Genocidio. En casos como este la obligación de obedecer la ley por parte del súbdito puede e, incluso, debe ser exceptuada y sustituida por los mandatos de la razón moral. El caso de un tribunal alemán que decide absolver al asesino del principal perpetrador del Genocidio Armenio, desobedeciendo de esta manera la ley penal de su país, apoya la tesis enunciada apoyándose en argumentos de la teoría contractualista de Thomas Hobbes y John Locke. La misma tesis es analizada desde la perspectiva del Juego Limpio, en este caso la conclusión no es tan clara, sin embargo, plantea un nuevo problema sobre el Derecho de los Pueblos que deberá ser abordado en otra instancia.
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El presente trabajo tiene como objeto analizar, desde una revisión documental, la utilización de los medios electrónicos a la que se enfrenta el Estado colombiano, en el procedimiento administrativo y en los procesos contencioso administrativos, en el marco del Código de Procedimiento administrativo y de lo Contencioso Administrativo, (Ley 1437 de 2011). Con ese fin, daremos cuenta de las influencias, el análisis de conceptos y alcances. Para luego hacer unas reflexiones sobre el uso de estos medios, el cual trae unas implicaciones, que están sujetas a las expectativas, retos y perspectivas inherentes a todo cambio.
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Demostrar cómo el poder determina la educación en Chile. El sistema educativo chileno entre los años 1964-1985, considerando como determinantes las relaciones de poder, económicas y socio-culturales. Descripción de las tres etapas de gobierno: 1) Eduardo Frei: la dinámica educativa. 2) Salvador Allende: la dialéctica educativa. 3) Augusto Pinochet: la reacción educativa. Investigación bibliográfica. Seminarios, reuniones, entrevistas. Realiza esquemas descriptivo-interpretativos dentro de un contexto historicista; para ello realiza cortes históricos junto a la descripción más detallada de momentos cruciales. Con Frei el Estado juega un papel mediador entre clases y burguesía. Allende crea un sistema educativo de doble red: 1) Sistema Escolar Regular; 2) Sistema de Educación Popular. Con Pinochet el ejecutivo controla el Sistema Escolar global. La mayoría de las reformas son propulsadas para lograr un ajuste al sistema productivo. El aparato educativo es la instancia 'legítima' de legitimación de una concepción cultural determinada. Tiene una función de reproducción. En contradicción al aparato educativo, se desarrolla siempre una Pedagogía de liberación.
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Estudiar los factores que intervienen en la delincuencia. Explica el concepto de delincuencia, analiza el aprendizaje de la conducta antisocial y estudia la etiopatología general de la delincuencia. 1) La frecuencia con que los muchachos de mal comportamiento son llevados al tribunal, puede reflejar la política de padres, maestros y policías en el tratamiento del mal comportamiento juvenil, así como la incidencia real de la delincuencia. 2) Si un niño no logra dar satisfacción a su seguridad y prestigio, y calmar su curiosidad de un modo adecuado desde un punto de vista social, procurará utilizar otros medios para hacerlo. 3) Todo niño tiene necesidad de una confianza y orientación que sólo puede brindarle la familia, la escuela y las personas mayores de su grupo comunitario. A pesar de todo, aunque se vean protegidos por la orientación más amplia que pueden ofrecerles todos los medios aludidos, son numerosos los niños que tropiezan con enormes dificultades al tratar de solventar los problemas de su existencia de un modo aceptable socialmente. 4) La delincuencia juvenil y la criminología adulta no son meros conceptos filosóficos. Constituyen gravísimas amenazas contra la prosperidad social en general. Estas profundas desviaciones de la conducta tienen su origen en otras de menor intensidad cuyos síntomas pueden observarse. 5) Por regla general, la tensión emocional que se da en la pubertad no determina una conducta antisocial en los niños y niñas que anteriormente no han demostrado signo alguno de poseer un carácter antisocial. 6) La adaptación social es una tarea ardua y casi imposible. Una característica común a todos los delincuentes es la incapacidad de postergar la realización de los deseos, como consecuencia de su imposibilidad de establecer buena relación con las personas que le rodean, de las que deriva su extremado narcisismo. El verdadero sentido de la liberación, sólo se puede alcanzar a través de un ambiente responsable en la vida familiar. De esta forma se podrá evitar que algunos adolescentes confundan la legítima felicidad y la búsqueda del placer de la libertad, para satisfacer los instintos.
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La evaluación se ha convertido, dentro de lo que suelen ser los modelos de enseñanza, en una palestra de confrontación tanto ideológica como técnica. Desde hace unos años esta polémica se ha manifestado en la dicotomía evaluación cuantitativa-evaluación cualitativa. Reivindicar la evaluación cualitativa como otra forma legítima de evaluar pasa necesariamente por revisar las limitaciones que la perspectiva cuantitativa arrastra en la práctica educativa. Pero con este breve artículo no pretendo atacar o descalificar métodos y técnicas cuantitativos, sino más bien reflexionar sobre los procesos y resultados de la práctica evaluadora desde la perspectiva cualitativa. Lo que supone que reconsideremos el significado de la evaluación para aproximaros a una apertura de enfoque, metodológica, ética e innovadora.
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Resumen tomado de la publicación
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Los principales agentes del pensamiento ilustrado fueron un grupo de intelectuales situados en la clase media-alta de la estratificación social. Los filósofos del Siglo de las Luces trataron de definir su propia identidad de grupo, lo que implica la autoafirmación de su especificad frente a otros grupos y clases sociales y a la elaboración de un proyecto coherente de sociedad. Así, esta cultura ilustrada supone negar la existencia de otros estilos de vida y otras culturas. La exclusión de la vida cultural de los dominados los hace desaparecer de la historia y otorga legitimidad científica a quienes pretenden monopolizar la cultura. Se intenta mostrar algunos de los medios que hicieron posible la creencia de que la Ilustración española se impuso como cultura legítima sin necesidad de utilizar medidas de fuerza.