1000 resultados para Derecho penal-Historia
Resumo:
Hace una revisión histórica de la educación permanente y de la evolución de este concepto, desde Platón hasta la actualidad. Considera que en la historia de la educación permanente ha habido dos etapas importantes, la época romana, en la que se asientan los cimientos de esta educación y el siglo XX, en que la educación permanente deja de ser un lujo y pasa a ser un derecho para todos. Finalmente, expone y analiza las características que definen esta educación: continua, integral, universal, individual y anticipadora.
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Se estudian las políticas de la educación y comunicación a lo largo de la historia de la UNESCO hasta el periodo de crisis de la Organización 1945-1985. Comienza con un análisis de los orígenes y antecedentes que dieron lugar a la creación de la organización en 1945 teniendo como un de sus objetivos fomentar la educación y comunicación como medio para asegurar la paz y la comprensión entre las naciones. Se definen los contenidos de los programas , acciones y políticas centradas en la erradicación del analfabetismo, en la democratización de la educación, en la proclamación del nuevo orden mundial de la información y comunicación, o en programas para el desarrollo de la comunicación. Se plantea el análisis de dichas políticas como consecuencia de la evolución que ha ido sufriendo la UNESCO ante las nuevas situaciones económicas, sociales, culturales, y políticas de la sociedad internacional. La investigación concluye en 1985 como cierre de un ciclo histórico. Normativa de la UNESCO. Se utiliza un método de investigación inductivo con una fase descriptiva (composición de la UNESCO), un estudio teórico (su idiología) y una investigación cualitativa (visión crítica de su funcionamiento).
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Mostrar la relación sustancial entre democracia, educación y ciudadanía en la sociedad democrática occidental y cómo la propuesta democrática de los valores de la comunidad y la participaciòn ciudadana pueden servir de regeneración a la vida política democrática en la sociedad postmoderna y del bienestar de los albores del siglo XXI. Se estructura en cuatro partes. La primera procede a la aproximación conceptual en torno a la idea, fines y objetivos de la educación y su relación con la política y la organización jurídica de la Comunidad. La segunda desarrolla el discurso ilustrado sobre las propuestas de Rousseau. La tercera parte se centra en la función y reconocimiento de la educación en los regímenes jurídicos históricos españoles desdes la Constitución de 1812 hasta la presente de 1978, tomando como referente el desarrollo del pensamiento político occidental tras la Ilustración y la Revolución Francesa. La cuarta y última parte contiene un análisis de la realidad política y sociológica urgente, globalización y postmodernidad, donde, a través de un sistema de pensamiento de renovación democrática, el denominado republicanismo cívico o pensamiento republicano cívico, incorpora un análisis y propuesta de renovación y participación cívica democrática en los asuntos públicos. En esta compleja realidad contemporánea del siglo XXI, la educación inculca y transmite a la ciudadanía la necesidad de participación en la vida pública, y la asimilación y defensa de los valores democráticos. Por ello, se estima que la educaciòn para el estado democrático se ha transformado en uno de los instrumentos más valiosos para la legitimidad , subsistencia y renovación de los sistemas democráticos occidentales. Este proceso racional inductivo-deductivo se aplica desde la técnica de análisis de textos originales. El método comparado es necesario para buscar la contraposición entre universalismo y particularismo. Junto a la política, la educación representa la base de la cultura del sistema político, establece los fundamentos para que los individuos de una sociedad civil sean conscientes de quienes son y del lugar que ocupan, conozcan sus derechos y deberes, adquieran capacidad de juicio, criterio y decisión, y sean individuos más preclaros y más justos. La gestión de sistemas y políticas educativas por los poderes públicos, surgen con el nacimiento de la Universidades. La educación se convierte en una de las prioridades para las élites gobernantes de las sociedades medievales. Durante el Despotismo Ilustrado y en los albores de la Revolución Francesa, las ideas ilustradas incorporan a la educación una nueva misión de la educación como función pública. La educación del ciudadano democrático debe basarse en los principios democráticos de libertad política, igualdad, justicia y pluralismo político. Por ello, la educación puede representar un instrumento indispensable para el regeneracionismo democrático y social. En la presente propuesta, la educación se inserta en este punto como elemento fundamental y garantía de desarrollo del espíritu democrático y pieza de continuidad de la subsistencia de la comunidad al proporcionar, instruir y velar por el vivere civile de la comunidad política democrática.
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La Educación para la Ciudadanía es uno de los campos de las Ciencias Sociales más interdisciplinares. En ella convergen las disciplinas didácticas aplicadas como la Pedagogía y la Psicología con la ciencia política, la historia, el derecho, la filosofía, la antropología, la geografía y alguna más. Además concita sentimientos acerca de la identidad, pertenencia. El autor para contribuir a la cohesión social mediante la educación ha sondeado las propuestas educativas de países con un acervo democrático probado, Francia e Inglaterra, pensando en su adaptación a España. Sin embargo, existe una gran diversidad de opiniones y perspectivas en cuanto a qué enseñar en esta materia y de hecho no parece cercano el consenso ni en el seno de la Unión Europea. Tal dispersión se debe a la cantidad de factores culturales, políticos e históricos que influyen en cómo abordar este campo de la educación. Parecía obvio que uno de ellos fuese el contexto político, pero entendido éste no solo como el ideario del partido en el gobierno sino como 'cultura política' o 'ética filosófica nacional' que informa las pautas y procedimientos comúnmente aceptados en los países para gestionar la relación entre los individuos y el Estado y para resolver los conflictos de poder.
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Se analiza la perspectiva actual sobre la inclusión y más concretamente sobre la educación inclusiva no circunscribiéndose solamente al ámbito de la discapacidad. Superando las restricciones históricas que en este campo han existido se aboga por la educación para todos y entre todos, en definitiva de una educación inclusiva, en contraposición a la educación excluyente y segregadora heredada, propia de una sociedad también excluyente. No obstante y teniendo claro que el concepto de inclusión abarca mucho mas allá de la discapacidad, este trabajo se centra en la discapacidad para delimitar mas las aportaciones que se realizan.
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Se analizan las 'Declaraciones Internacionales' que jalonan y sancionan el reconocimiento legal y social de nuestros derechos, a la vez que desempeñan una labor formativa. Si la educación ha sido uno de los derechos fundamentales, cuyo reconocimiento se explicitó hace más de medio siglo, las personas con discapacidad han tenido que hacer un esfuerzo añadido para que se reconociera una obviedad que su innegable condición de personas les otorga el mismo derecho a dicha educación. Sin embargo en su caso, las circunstancias de sus déficits exigen que sean adaptados los medios y el entorno.
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En el contexto del sensible progreso que experimentó la educación especial en España en las primeras décadas del S. XX y siguiendo el ejemplo del Centro Instructivo y Protector de Ciegos de Madrid entre 1910-1918 fueron apareciendo sociedades similares en otras ciudades. En Málaga surgen el Centro de Instrucción y Protección de Ciegos 'La Nueva Aurora' y la 'Agrupación Artística de Ciegos'. Se analizan su organización estatutos y funciones.
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A comienzo de los años 30 del S. XX funcionan en Málaga dos establecimientos educativos para invidentes, el Instituto Malagueño de Ciegos y Sordomudos y las Asociaciones de Invidentes, entre las que se encuentran: La Asociación Provincial Protectora de Ciegos. La Unión de Trabajadores Ciegos. Unificación de las Asociaciones de Invidentes (La Sociedad Provincial de Ciegos). Se analizan su organización, objetivos y funciones.
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Presentar unas bases teóricas que puedan orientar propuestas de educación en derechos humanos comprometidas con el desarrollo personal pleno. En el primer capítulo se hace una aproximación al fundamento de los derechos humanos. También se ocupa del contenido y evolución de los principales documentos de derechos humanos en la historia, así como del actual sistema internacional de protección de estos derechos. El derecho a la educación, además de la educación en derechos humanos, incluye otros componentes que se estudian en el segundo capítulo. El capítulo tercero se centra en la educación en derechos humanos. La educación en derechos humanos es un medio para afirmar la dignidad humana, contribuir al desarrollo personal pleno, fomentar el respeto a los derechos humanos, estimular la participación social y favorecer el respeto a uno mismo y a los demás. En el capítulo cuarto se trata de descubrir cuales son las líneas de pensamiento y actuación de las Naciones Unidas con respecto a la educación en derechos humanos. 1.- El derecho a la educación es un derecho humano que como tal necesita apoyarse en una fundamentación sólida para promover su defensa y respeto incondicional con independencia de la variabilidad de las circunstancias. 2.- Los derechos humanos requieren implicación personal activa en su ejercicio, ligando así el derecho con el deber. 3.- En el sistema internacional, los derechos humanos se incluyen en diferentes generaciones de derechos. Primera generación descansan sobre el principio de libertad. Segunda generación se apoyan en el valor de la igualdad. Tercera generación se asientan en la solidaridad. 4.- El derecho a la educación es recogido en los textos internacionales de derechos humanos como un derecho económico, social y cultural. 5.- El contenido del derecho a la educación viene definido por su dimensión social, su dimensión de libertad y su vertiente colectiva. 6.- La educación en derechos humanos también es la base del derecho a la educación, así como de los demás derechos humanos, ya que con esta educación se hace posible el respeto, promoción y realización de los derechos humanos en la sociedad. 7.- El ejercicio de los derechos humanos en libertad es un modo de participación social de los ciudadanos. 8.- La educación en los derechos humanos posee tres componentes: cognitivo, actitudinal y procedimental. 9.- Con la educación en derechos humanos se trata de conseguir que las personas se comprometan con su humanización como medio para que la convivencia social se rija por los valores de los derechos humanos.
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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación
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Resumen tomado de la web del Departamento de Educación
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Dividido en tres partes: Conceptos básicos, historia de los fueros y del sistema foral en la actualidad. En la primera parte se explica qué es el Fuero, el Fuero Privado, el Fuero Público, el Régimen Paccionado, la posición navarra en la foralidad española, la libertad como principio fundamental del Fuero navarro y la orden de prelación del Fuero. La segunda parte se dedica al nacimiento del derecho propio en Navarra, Navarra en la Europa medieval, la unión de Navarra a Castilla, la foralidad en la época de los Borbones, la ley paccionada de 1841, la evolución de las instituciones públicas de Navarra, los Contrafueros y la recopilación de Derecho Foral. La tercera parte trata del amejoramiento del Fuero, las instituciones forales en la actualidad, las entidades locales, la Comunidad Foral de Navarra y las Comunidades Autónomas españolas y el Derecho Navarro en la Unión Europea. Contiene además una cronología dinástica y un vocabulario de términos.
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El derecho a la educación se desarrolla como un proceso imprescindible dentro de un sistema educativo regulado. Y las garantías jurídicas son el complemento imprescindible como instrumento de protección que permiten la aplicación de estos derechos. Además, la protección de estos derechos está directamente relacionada con el tipo de organización política que caracteriza a nuestro país, un estado autonómico, que se caracteriza por la descentralización administrativa y política en ciertas materias. La aceptación de competencias en materia educativa por parte de las Comunidades Autónomas las dota de una cierta autonomía para adaptar la enseñanza a la realidad social de su entorno. La educación está pasando por un proceso de reconceptualización de sus funciones y también de las funciones que se les atribuyen a los agentes educativos, lo cual deriva, a su vez, en una reconceptualización de las responsabilidades que genera el derecho a la educación. Se pretende que se produzca una mayor implicación de los distintos sectores sociales, lo que daría lugar, a una mayor democratización y autonomía educativa. A través de un análisis teórico y práctico, el presente artículo hace una aproximación a los distintos tipos de responsabilidades establecidos en el ámbito educativo: responsabilidad civil, administrativa, laboral, penal, corporativa y compartida.
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Análisis comparativo del tratamiento de una misma noticia en diferentes periódicos españoles en 1994. Se ponen de manifiesto los enfoques subjetivos e ideológicos. Va precedido de una introducción a la historia del derecho de la libertad de expresión.
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Trabajo sobre temas que atienden a la didáctica del derecho romano, las normas, profesores, áreas de trabajo, modelos. Trata la flexibilidad que poseen los departamentos universitarios, la creación de departamentos y de áreas de conocimiento donde se pierde la afinidad científica e imposibilita una programación de la docencia y la investigación.