996 resultados para libertad de enseñanza
Resumo:
Estudiar la legislación y la jurisprudencia existente en relación con los aspectos más importantes de la educación en los niveles no universitarios. Se distinguen ocho apartados en la investigación. En el primero se ofrece información sobre la regulación del derecho a la educación en la Constitución Española y en textos internacionales. A continuación se tratan las libertades de enseñanza y de creación de centros docentes. Los siguientes apartados se ocupan del derecho a la creación de centros educativos con ideario o carácter propio, los derechos educativos de los padres, la libertad de cátedra, los centros docentes privados con ideario, y la financiación pública de las instituciones educativas privadas. Consulta de bibliografía y documentos jurídicos. La Constitución de 1978 establece las líneas básicas del sistema jurídico de la enseñanza en España. Además, debe tenerse en cuenta el contenido de los distintos textos internacionales que regulan esta materia. También hay que respetar la jurisprudencia obtenida a partir de la aplicación de esta legislación.
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Poner de manifiesto la necesidad de una concreción jurídica del complejo relacional educativo, constituido por los padres, el centro docente y el alumno menor de edad. Se analizan las más modernas reclamaciones de responsabilidad contra centros docentes generadas por la prestación defectuosa de servicios educativos. También se estudia el tratamiento jurídico-privado de los derechos fundamentales en el ámbito de la educación. Además, se comparan las características del complejo relacional educativo con las del contrato a favor de tercero. Consulta de bibliografía. El contrato a favor de tercero es la configuración jurídica más adecuada para el complejo relacional educativo y, además, permite la articulación recíproca y la protección eficaz de la libertad de enseñanza y del derecho a la educación, incluyendo los supuestos de contratación de servicios de centros docentes de titularidad pública.
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En esta investigación se aborda el conflicto mantenido entre la Iglesia y el Estado en España, al tratar éste último de implantar una política docente de carácter ilustrado desde de la segunda mitad del siglo XVIII. . Como consecuencia de la política mencionada se reduce la influencia eclesiástica en las universidades. Al asumir el Estado competencias en materia Instrucción pública, a través de la enseñanza y conforme al pensamiento de ilustrados y de los primeros liberales, se traspasa la influencia social que se ejerce en la sociedad. Se produce una tendencia hacia la secularización de quienes imparten la enseñanza, profesores seglares, y de centralización educativa, que se consuma en la primera mitad del siglo XIX. En siglo XVIII al gobierno ilustrado presta especial atención al nivel universitario pero no se olvida de las primeras letras y del nivel secundario. En las Cortes de Cádiz se prepara el informe Quintana, que articula la Instrucción pública para todo el Estado desde la enseñanza primaria a la superior. Este informe se aprueba con importantes modificaciones en el reglamento general de Instrucción pública de 1821. Este reglamento permite la creación de centros privados en todos niveles educativos, pero la libertad de enseñanza de las corporaciones religiosas queda sujeta a la autorización del gobierno y a la uniformidad de textos y métodos con los establecidos por el Estado.. Los doceañistas, durante el Trienio liberal imponen a los exaltados unos criterios realistas tras la experiencia reaccionaria del Sexenio fernandino (1814-1820) y la libertad de cátedra, propugnada por Romero Alpuente, se supedita a los textos oficiales..
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Resumen tomado de la publicación
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Resumen tomado del autor
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Aportar elementos de juicio sobre la autonomía universitaria en la España contemporánea, estudiando uno de los intentos más decisivos de reforma: el Decreto de 21 de mayo de 1919, obra del ministro Maurista, César Silio. Contenido de la reforma Silio: decreto Silio, disposiciones que derivaron de él, proyectos de ley presentados en las Cortes y los estatutos que redactaron las universidades. Tras una introducción histórica, ideológica y pedagógica sobre la libertad de enseñanza y la autonomía universitaria se aborda el contenido de la reforma centrada en 5 textos legales básicos. En una segunda fase se estudian los debates parlamentarios que se producen sobre la reforma, y más en general, sobre la universidad y la política educativa. La tercera analiza la prensa diaria y las revistas especializadas correspondientes a estos años, que se convierten en foro donde escriben las personalidades universitarias más representativas. Fuentes legislativas: decretos y órdenes que inician, desarrollan y suspenden el régimen autonómico. Textos y debates parlamentarios. Prensa y revistas especializadas de la época, fundamentalmente 'El Debate', 'El Sol', 'ABC', 'El Socialista' y el 'Boletín de la Institución Libre de Enseñanza'. Bibliografía. La reforma autonómica supuso unas realizaciones concretas para la Universidad (elección de autoridades académicas, desarrollo del asociacionismo escolar, incremento de la vida cultural universitaria, etc.) pero también trajo consigo una gran polémica, que se extendió desde la Universidad hasta el Parlamento y la prensa diaria. Por encima de los componentes puramente pedagógicos o políticos, la reforma Silio constituye un claro ejemplo del enfrentamiento ideológico en el que se movía la Universidad y el mundo de la cultura. El conocimiento de lo ocurrido entre 1919 y 1922 con motivo del nuevo régimen universitario arroja gran luz sobre las coordenadas intelectuales y educativas de la sociedad española.
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aportaciones generadas en el marco del XI Congresos Nacional de Teoría de la Educación
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Analizar la presencia de 'Razón y Fe' en la problemática educativa, el tipo de tendencias desarrolladas y defendidas, el concepto de educación y finalidades entrañadas en ellas, la coherencia, o su falta, con las metodologías propugnadas y, finalmente, si resulta un ente abstracto educativo, anclado en el pasado, o si se desarrolla en la España del siglo XX y en qué manera. La problemática educativa de 'Razón y Fe'. El desarrollo de la investigación se apoya en dos juicios fundamentales. Por un lado, en la temática educativa abordada por 'Razón y Fe', con lo cual se construirán cuatro grandes apartados a los que responden los escritos de la revista continuamente: concepto de educación, ordenación y metodología educativa, libertad de enseñanza y educación religiosa escolar. Por otro lado, considerando el tiempo en que se desarrolla la vida de esta publicación dentro de los límites escogidos para el trabajo: 1901, año de nacimiento hasta 1936, final de una etapa histórica tanto para España como para la revista. La conjunción de estos dos juicios constituirá el núcleo fundamental de engarce a las ideas y sistemas propugnados por la revista en relación a la problemática educativa. Ver bibliografía. Análisis teórico-histórico. La máxima productividad está emplazada en el segundo período (1923-1931), seguido del primero (1901-1923) y acabando en el tercero (1931-1936), la revista defiende a ultranza la enseñanza privada de la Iglesia en España. En la etapa de la dictadura se produce una apertura. Se comienza a distinguir entre principios educativos y pedagógicos por una parte y valores filosóficos por otra. Se aportan datos para el aprendizaje y formación del maestro. En la Segunda República, la revista no se interesa por la ordenación y metodología educativa, sino que está inmersa en el devenir político y social del momento. La revista es más avanzada en algunas de sus ideas pedagógicas, soluciones concretas a problemas reales de la vida educativa española y metodología didáctica, que la misma realidad social educativa de su tiempo; si bien se debe afirmar asimismo que algunas conclusiones teóricas provenientes de sus principios y filosofía de la educación están más atrás que sus propias soluciones concretas a los problemas de la educación de la España de los años 1901-1936 en que se desarrolla la investigación.
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Realizado por la Cátedra de Laicidad y Libertades Públicas Fernando de los Ríos, perteneciente al Instituto de Derechos Humanos Bartolomé de las Casas
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Resumen basado en la publicación
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Monográfico con el título: Consenso y disenso: ¿es posible el pacto social en educación?. Resumen tomado de la publicación
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Repaso de la evolución de las cuatro grandes universidades escocesas, St. Andrews, Glasgow, Aberdeen, Edinburgh, las diferencias con las inglesas, su evolución moderna, el sistema de financiación, la libertad de enseñanza que las caracteriza y el desarrollo de las enseñanzas de ciencia aplicada, especialmente la Medicina.
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Repaso de la evolución de las cuatro grandes universidades escocesas, St. Andrews, Glasgow, Aberdeen, Edinburgh, las diferencias con las inglesas, su evolución moderna, el sistema de financiación, la libertad de enseñanza que las caracteriza y el desarrollo de las enseñanzas de ciencia aplicada, especialmente Medicina.
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El problema básico de la educación española consiste en la armonización de la libertad de enseñanza con la igualdad de enseñanza, lo que daría lugar a alcanzar un texto constitucional que fundamente la legislación ordinaria. Se examinan tres aspectos dentro de la libertad de enseñanza: el ideológico, el pedagógico y el estructural. Esta armonización exige una toma de postura sobre los siguientes aspectos: la educación como servicio público; la gratuidad de la educación; la libertad y la planificación; la libertad y la homologación; la igualdad y la regionalización de la enseñanza. En definitiva, un consenso real sobre el problema de la educación española se fundamenta en una escuela con igualdad de condiciones, libremente creada, sometida a los requisitos de una planificación y homologación pública, en la que se garantiza la intervención de los padres en la orientación ideológica y a los profesores en la autonomía pedagógica.
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La libertad de enseñanza es muy importante en Holanda. Esta libertad permite elegir a los padres entre distintas escuelas: privadas, públicas, estatales y municipales. No existe ninguna discriminación entre enseñanza pública y privada tanto a nivel financiero como de títulos otorgados. Además, es descentralizada debido a la libertad de enseñanza. Esta libertad y descentralización influyen sobre la construcción escolar, pues es casi siempre la dirección escolar ya existente o a construir la que toma la iniciativa; el Ministerio sólo reacciona ante las peticiones. Pero la construcción está, en gran parte, reglamentada por el Estado. Existen diferentes modalidades de financiación. El Ministerio es el responsable de las construcciones escolares. No existe un Ministerio de Obras Públicas que se ocupe de la construcción. El servicio responsable, a nivel central, forma parte del Ministerio de Educación y Ciencia; por esta razón adquiere notable importancia la enseñanza considerada en su totalidad, convirtiéndose el cuidado de los edificios escolares en un elemento esencial.