851 resultados para Víctimas de desastres - Armero (Colombia)


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El presente trabajo trata de analizar las posibles estrategias de cooperación que deben seguir el PMA y ECHO de manera conjunta para aumentar el impacto de sus acciones en el tema de la ayuda humanitaria, en especial lo referente a la asistencia alimentaria.

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Analizar el papel de la ONU a través de la UNIFEM en la protección de Derechos Humanos de la mujer desplazada colombiana frente a la gestión y efectividad en el cumplimiento de las políticas de gobierno del Presidente Uribe Vélez.

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Aplicabilidad del Derecho Penal del Enemigo en los diferentes sistemas normativos de países como Colombia España y Estados Unidos el análisis de los antecedentes al concepto de Derecho Penal Del Enemigo, más específicamente al fenómeno del terrorismo

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Los hospitales son el pilar fundamental para la atención de las víctimas de situaciones de emergencia o desastre. Las instituciones de salud son consideradas indispensables para la población, por lo que deben estar preparadas para funcionar no solo en condiciones normales sino en situaciones de alerta, como suele suceder en desastres de origen natural como los sismos. La relevancia de la problemática, radica en que de acuerdo con la amenaza sísmica de Colombia, Bogotá se encuentra en una zona de amenaza sísmica intermedia, los actuales eventos naturales como el terremoto de Haití con un saldo de 300.000 muertos y más de 700.000 mil heridos, y el de Chile, nos hace pensar en la importancia de la preparación hospitalaria ante un evento con múltiples víctimas como lo es un sismo. El Objetivo general del estudio es identificar la capacidad de respuesta hospitalaria distrital en Bogotá ante un evento con múltiples víctimas (terremoto). Además se identificaran las oportunidades de mejora para optimizar la respuesta hospitalaria de acuerdo a su nivel de atención. La Investigación se realizó por medio de un estudio de corte transversal, en donde se tomó una muestra de la red hospitalaria Distrital por conveniencia, bajo la aplicación de una encuesta dirigida. Los resultados fueron recopilados en una base de datos de Excel 2013, y fueron analizados bajo un software estadístico, STATA 12.0, donde se evaluaron variables, categóricas, nominales y cuantitativas. Como resultados se encontraron un porcentaje de ocupación de más del 100% en el 25% de los hospitales. Los 16 hospitales encuestados cuentan con comité hospitalario de emergencias, así como también con la elaboración de planes de emergencia y la revisión e implementación de estos. El 50% de los hospitales contemplan dentro su estructura de plan de emergencias, el sistema comando de incidentes; Sólo el 18.8% de los hospitales cuentan con reforzamiento estructural, y el 81,2% de los hospitales refieren tener una cooperación con organizaciones locales o externas. Solo 4 de los 16 hospitales cuentan con protocolos de diagnóstico y tratamiento médico en desastres. El plan de contingencia para un Sismo, es el plan bandera de todos los hospitales dado el esfuerzo por parte de la secretaria de salud y de FOPAE en información y capacitación en todo el Distrito, es por eso que el 93,85 de todos los hospitales cuentan con este plan. Al realizar el análisis general, la red hospitalaria no está en capacidad de una adecuada respuesta en caso de un evento con múltiples víctimas, en el escenario de un sismo de gran magnitud, teniendo en cuenta el porcentaje de ocupación actual donde el 25% de la red hospitalaria distrital cuenta con sobrecupo y el 50% se encuentra a tope de su capacidad instalada. En cuanto a la capacidad de respuesta, no se cuenta con protocolos de atención; Haciendo una evaluación según los niveles de atención, solo los hospitales de III nivel estarían medianamente preparados y con capacidad de respuesta ante un evento con víctimas en masa.

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La presente investigación tiene como objetivo explicar cuál es el papel de la construcción de memoria histórica por parte de la asociación de familias víctimas de Trujillo “AFAVIT” en su reconocimiento como víctimas por parte del Estado colombiano. Se pretende demostrar que la construcción de memoria histórica juega un papel fundamental como herramienta visibilizadora tanto del conflicto colombiano como medio que permite el reconocimiento por parte del Estado. Para lograr dicho fin, se hace imperativo abordar dicha problemática desde un enfoque psicosocial; adicionalmente se tendrán en cuenta entrevistas realizadas a la comunidad AFAVIT.

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En el marco de la reparación a las víctimas del conflicto armado en Colombia, se han desarrollado iniciativas de carácter simbólico como la construcción de memoria histórica, en donde confluyen elementos de carácter artístico y cultural que buscan relatar lo sucedido y restaurar los lazos sociales quebrantados. A continuación, se analiza la manera en que estas iniciativas de construcción de memoria histórica a partir del arte, en el municipio de El Salado, se pueden considerar como un acto estético que configura la sensibilidad de los espacios y los tiempos para generar la visualización y reconocimiento de quienes se han visto vulnerados por la violencia. Se utilizan las teorías de Paul Ricoeur y Jaques Rancière como herramienta fundamental de análisis, así como las manifestaciones artísticas realizadas por los colectivos de víctimas y el CMH, con el fin de explicar la funcionalidad política y las relaciones que se establecen entre las dos variables fundamentales del trabajo, el arte y la memoria.

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Esta monografía tiene como propósito analizar la pertinencia de la inclusión de un enfoque de interseccionalidad en el proceso de construcción de derecho a la verdad como instrumento de Justicia Transicional de la masacre de Bahía Portete perpetrada el 18 de abril de 2004 por paramilitares. Para lo cual se realiza un acercamiento al proceso de reparación llevado a cabo por el Estado colombiano y a la concepción del pueblo Wayuu del derecho propio y del rol de la mujer. Adicionalmente se realiza una caracterización de las mujeres víctimas desde el enfoque de la interseccionalidad. La presente investigación se desarrolló principalmente a partir de los hallazgos del trabajo de campo realizado en la Guajira durante el año 2014.

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Esta investigación aborda las condiciones bajo las que se llevó a cabo en Colombia, en el primer gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez (2002-2006), la negociación entre el Estado y los grupos paramilitares. Se establecen las características de ese proceso de paz, su correspondencia con modelos tradicionales de negociación y sus alcances sobre el proceso de Desmovilización, Desarme y Reinserción (DDR) de las organizaciones paramilitares.

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El presente estudio de caso tiene como objetivo explicar la incidencia de la adopción del enfoque del concepto de Desarrollo Sostenible en el Acuerdo de asociación entre la Unión Europea y Colombia en el sector hortifructífero colombiano. Se realiza una análisis y se identifica cómo el enfoque adoptado por las partes, no le brinda igual importancia a los tres pilares del desarrollo sostenible, por lo tanto se dificulta su aplicación en el sector hortifructífero. Partiendo del concepto planteado por Jeffrey Sachs, se evidencian las falencias del concepto adoptado en el acuerdo, y se establecen las dificultades de la aplicación del concepto de desarrollo sostenible estipulado en el acuerdo de asociación, dentro del sector hortifructífero atendiendo a las dinámicas del mundo actual. Esta investigación surge a raíz de la creciente importancia que ha tenido el desarrollo sostenible en el ámbito internacional, estableciéndolo como punto fundamental en la agenda internacional. ría

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El Estado Colombiano en los últimos años ha venido sufriendo múltiples condenas por la privación injusta de la libertad, de la que han sido víctimas miles de ciudadanos que luego de pasar varios años en la cárcel son absueltos, conllevando esto a que se presenten una serie de demandas de reparación directa contra el Estado para que sean reparados patrimonialmente por este error, afectando de manera notoria e impactante ocasionando un perjuicio fiscal , pues las demandas por esta causal son las más costosas contra el Estado, según la Agencia Nacional de Defensa Judicial estas demandas a 2013 acumulan aproximadamente 20 billones de pesos en pretensiones. De acuerdo con el preámbulo anterior, se plantea y se responde el siguiente interrogante: ¿Hasta dónde llega la carga de un ciudadano por la privación injusta de la libertad, y cómo debe ser esta reparada administrativamente por el Estado en Colombia? En 5 capítulos, en donde se desglosa el tema y se analizan cada uno de los componentes relacionados con la privación injusta de la libertad se da respuesta al interrogante planteado; En el primer capítulo se inicia dando una visión global de la privación de la libertad en Colombia, sus normas generales y normatividad internacional; en el segundo capítulo se trata sobre los regímenes de la privación injusta de la libertad, posturas por parte de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado al respecto, incluyendo la carga de un ciudadano por la privación de manera injusta de su libertad; continuando el análisis, en el tercer capítulo se habla sobre la aplicación del principio de in dubio pro reo y cuando hay lugar a declarar la responsabilidad del Estado por una absolución con base en este principio; en el cuarto capítulo se trata sobre los regímenes de responsabilidad y como se configura la responsabilidad del estado frente a los mismo; y el último capítulo trata sobre la cuantía de las condenas en el momento que el estado debe indemnizar por la privación injusta de la libertad y su diferente evolución presentado las sentencias de unificación sobre la reparación de daños, topes indemnizatorios, entre otros. La jurisprudencia que sobre el régimen de responsabilidad por privación injusta de la libertad avala en la actualidad el Consejo de Estado, establece que es ilegítimo para un Estado Social de Derecho como el nuestro, exigir a los asociados, la asunción de la carga de soportar una investigación penal y la privación de la libertad, bajo el argumento de conservación del interés y seguridad general de la comunidad, en la investigación y sanción de los delitos. La tesis expuesta se sustenta en el carácter fundamental del derecho a la libertad, que obliga al Estado a su cuidadosa protección y defensa, por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido, análisis que debe realizar en cada caso concreto el juzgador, pues no se trata de condenar al Estado por todas las investigaciones penales en las que se absuelva al sindicado. La responsabilidad del Estado puede originarse en dos fuentes: la falla del servicio o la responsabilidad objetiva por el daño especial, cuando aún sin que se presente falla en el servicio, el Estado deba responder por el daño antijurídico causado por un agente suyo. La privación de la libertad puede ser legal o ilegal; será legal cuando de los elementos materiales probatorios y evidencia física recogidos y asegurados o de la información obtenida legalmente, se pueda inferir razonablemente que el imputado puede ser autor o partícipe de la conducta delictiva que se investiga; además, dicha privación de la libertad, debe tener como fin evitar la obstrucción de la justicia y asegurar: 1º) La comparecencia del imputado al proceso, 2º) La protección de la comunidad y de las víctimas y 3º) El cumplimiento de la pena. Dicha privación legal de la libertad se puede presentar de tres maneras a saber: 1º) En virtud de orden judicial, la cual consiste en orden escrita proferida por un juez de control de garantía con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley. 2º) Sin orden judicial, la cual tendrá lugar cuando no sea posible obtener inmediatamente orden judicial y por los motivos previstos en la ley y 3º) Por captura en flagrancia. (Arts. 296, 297, 300, 301 y 308 de la ley 906 de 2004 C.P.P.); o será ilegal cuando no se cumplan los requisitos anteriormente descritos. La responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad a un ciudadano no depende del tiempo qué este permanezca en tal situación, sólo basta con demostrar los supuestos o los requisitos que la legislación y la jurisprudencia han determinado para que opere. El Estado debe responder por la legal privación injusta de la libertad a título de desequilibrar las cargas públicas, ya que con ello ocasiona un daño especial al privado legal e injustamente de su libertad, lo especial de dicho daño es que el Estado responda por sus actuaciones ajustadas al ordenamiento jurídico, debiéndose desarrollar este bajo el régimen de responsabilidad objetivo, en el que, el elemento culpabilidad no es tenido en cuenta y lo fundamental para endilgar responsabilidad al Estado es únicamente el daño y su antijuridicidad. El ser privado de la libertad, siendo inocente - así sea que dicha privación se de con apego al ordenamiento jurídico - no es una carga que las personas estén obligadas jurídicamente a soportar; por lo cual los daños producto de tal privación son antijurídicos, naciendo con ellos una responsabilidad para el Estado. Es decir, tal como lo ha reiterado el Consejo de Estado, los ciudadanos no están en la obligación de soportar que estos errores de procedimiento afecten su derecho a la libertad, sin compensación alguna, por el solo hecho de vivir en sociedad; por tanto, cualquier restricción, por corta que sea, siempre que no encuentre justificación, configura un daño antijurídico que debe ser resarcido. La detención preventiva, debe ser concebida, como una medida excepcional que se debe aplicar sólo en circunstancias extremas, pero no como procedimiento regular. Las millonarias indemnizaciones que podrían generarse por estos errores de la Fiscalía hacen de este tema, sin duda, un asunto prioritario para la entidad y para el Estado en general

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a ciencia que estudia los cambios de estado de los sistemas o de los fenómenos es la termodinámica. Este texto hace hincapié en la segunda ley de la termodinámica, que expresa la entropía o el grado de desorden de un sistema. La importancia de esta ley radica en que evidencia la irreversibilidad de los cambios de estado y la naturaleza unidireccional de los procesos termodinámicos, al establecer una línea del tiempo. Este paradigma del conocimiento representa para las ciencias sociales y los estudios políticos un reto en cuanto a la interpretación de fenómenos sociales de alta complejidad, como lo puede ser el desplazamiento forzado y su política pública de atención, pues revela un diálogo entre el paradigma clásico de la ciencia y el paradigma de las ciencias de la complejidad creciente.

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A lo largo de esta investigación se analizaron comparativamente tres experiencias auto-definidas como de Educación en Derechos Humanos, a saber, una organización no gubernamental, la Escuela de Derechos Humanos de Cinep; un colegio oficial de la ciudad de Bogotá, la IED Eduardo Umaña Mendoza; y un movimiento social, el Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado-Capítulo Bogotá. En lo fundamental, se analizaron los procesos de constitución de cada escenario, los discursos, y las prácticas políticas y pedagógicas a la luz de un enfoque antropológico de la Educación en Derechos Humanos. Lo que he denominado el enfoque o mirada antropológica de esta noción, implica, por una parte, una aproximación etnográfica alrededor de los discursos, las prácticas y los sentidos que los protagonistas movilizan en cada escenario con respecto a lo educativo, a los Derechos Humanos y a los sentidos de la Educación en Derechos Humanos, y por otra, la distinción entre la diversidad de redes de significado que precedieron su proceso de institucionalización, a lo cual denominaré campo simbólico, y su cohesión como un campo de saber dotado de claves analíticas propias. Campo simbólico y campo de saber operan como dos momentos analíticos diferenciables. A través del primero, se hacen evidentes las representaciones políticas, sociales y culturales heredadas del “mundo bipolar” y de la guerra fría que en términos generales exponen una defensa a ultranza de los valores y principios de la democracia liberal y de la lucha anti-comunista. Por otra parte, la noción de campo de saber permite 6 esbozar las trayectorias que le han permitido a la Educación en Derechos Humanos recrear nociones como la de sujeto de derechos o pedagogías de la memoria, claves que sin lugar a dudas cohesionan un cuerpo de saber ciertamente autónomo, dotado de fronteras porosas y móviles. La distinción entre una y otra esfera de análisis permite trazar cuando menos tres rutas de emergencia e institucionalización de la Educación en Derechos Humanos que, como se expondrá en el análisis de las experiencias, no trascurren paralelamente sino en medio de superposiciones, intersticios y desplazamientos. Así, se hacen plausibles las huellas del colonialismo, permanentemente ligadas a voces disonantes que eventualmente arrojan pistas en torno a una Educación en Derechos Humanos capaz de impugnar su propia institucionalización.

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El objetivo de esta investigación es el de abordar los trabajos académicos, realizados en el periodo comprendido entre 2005 hasta 2011, a propósito de las reparaciones en el marco jurídico de la justicia transicional en Colombia, a saber; la Ley de Justicia y Paz 975 de 2005 y la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras Ley 1448 de 2011. Este esfuerzo puso en evidencia que solo hasta la promulgación de una ley con contenido de justicia transicional, el ejercicio investigativo frente a las reparaciones logró un desarrollo y una continuidad. Para lograr dicho objetivo, fue necesaria la implementación de fichas de estudio de cada una de las publicaciones citadas a lo largo de la investigación, sumada a otras herramientas de análisis, que dieron como resultado la clasificación de las producciones académicas en tres grandes tendencias de estudio.

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El discurso en el que se inscriben las/os integrantes del Grupo de Memoria Histórica posibilita un escenario de enunciación del dolor de las víctimas, de sus memorias y resistencias, pero así mismo, las condiciones de este discurso opacan otras narrativas de las víctimas, de sus sufrimientos y dolores.

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La Justicia Penal Militar es el privilegio histórico más importante que ha sido concedido a las Fuerzas Militares colombianas debido a la función pública que desempeñan. De allí, que la presente investigación esté dirigida a comprender las causas que han conducido a que el Fuero Militar sea una figura cada vez más restringida no sólo en el mundo, sino en Colombia. Así mismo, el papel de las víctimas será transcendental en el trabajo para comprender un proceso de deslegitimación de la institución marcial traducido en la generación de un debate nacional en torno a la conveniencia de la ampliación de las competencias judiciales de su jurisdicción especial. Finalmente, se planteará una posible alternativa a partir de la conceptualización sobre la Justicia elaborada por John Rawls en el siglo XX, con miras solventar este fenómeno político, jurídico y social.