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Resumo:
Antecedentes El dolor en neonatos ha sido un problema poco explorado. Se ha propuesto el uso de las terapias no farmacológicas para su tratamiento, sin embargo existen pocas aproximaciones sistemáticas para la evaluación de su eficacia. Objetivos Determinar la eficacia de las terapias no farmacológicas en el manejo del dolor en neonatos pretérmino a través de una revisión sistemática. Metodología Se realizó una revisión sistemática de la literatura para evaluar la eficacia de las terapias no farmacológicas en el manejo del dolor en el recién nacido petérmino. La búsqueda se realizó a través de las bases de datos Embase, Cochrane, Bireme y Embase. Se identificaron estudios publicados inglés y español. Se realizó un análisis cualitativo y cuantitativo. Resultados Se incluyeron 10 ensayos clínicos. La solución de sacarosa administrada por vía oral mostró reducir la intensidad del dolor en el recién nacido. La intubación y toma de muestras facilitada por el cuidador mostró también reducir la intensidad del dolor. Conclusión Se recomienda la administración solución de sacarosa y acompañamiento del cuidador durante los procedimientos como medidas para reducir el dolor en el recién nacido pretérmino.
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Con la finalidad de mantener la mirada financiera equivalente entre las partes - lo que responde a la relación entre el derecho y la economía- no en vano la Ley 1150 de 2007 contempló dentro de su articulado el restablecimiento del equilibrio económico y financiero del contrato. Por su parte, el Decreto Nacional 0734 del 13 de abril de 2012 –hoy derogado por el Decreto 1510 de 2013- impuso la obligación a las entidades del Estado de incluir los riesgos previsibles en los estudios previos pero sólo aquellos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato que pretenda celebrar la Entidad Pública contratante. Aunado a lo anterior, el Decreto Nacional 1510 del 17 de julio de 2013 también contempla la teoría de los riesgos dentro de su articulado. No obstante lo anterior, la normatividad legal pese a su esfuerzo, no puede regular todas las situaciones, prueba de ello, es que para los contratos de prestación de servicios profesionales la disposición legal en lo que respecta a los riesgos previsibles resulta ser innecesaria por la naturaleza misma de éstos y otras razones que se abordo a fondo. Es así como las actuaciones que se desplieguen en la contratación Estatal deben funcionar sobre una lógica económica, por ello, resulta pertinente investigar sobre la eficacia o no de incorporar los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico en los contratos de prestación de servicios profesionales cuando la ejecución de éstos depende exclusivamente del desarrollo intelectual que corre por cuenta del contratista.
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Se trata de una nueva actualización del marco económico de la concesión de servicio público, resaltando principalmente las nuevas aplicaciones que este contrato puede tener en un marco del servicio público liberalizado. De esta manera puede vislumbrarse un nuevo uso generalizado en el control del oportunismo político en materia del régimen tarifario lo que lo erige en un valido instrumento para la preservación de la inversión extarnjera. Del mismo modo puede emplearse como un instrumento para la generación de infraestructura en materia de servicios públicos y finalmente como un instrumento para la regulación alterna de monopolios naturales.
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El Estatuto General de Contratación colombiano (Ley 80 de 1993 y normas que lo aclaran, complementan y desarrollan), como desarrollo de los artículos 4 y 209 de la Constitución Política y como ejemplo de la implantación de nuevas maneras de entender el derecho administrativo, habilita a las entidades estatales sujetas al estatuto general de contratación, en aras de alcanzar sus fines constitucionales y legales, para acudir a contratos del derecho privado, plasmados en normas especiales y aquellos derivados del ejercicio de la autonomía de la voluntad, sin que ello se oponga al principio de legalidad, piedra angular del derecho público. No obstante esta autorización legal expresa, el uso de contratos atípicos es muy limitado.
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El interés de esta monografía es analizar el diseño y la formulación de la Política Pública de Restitución de Tierras del Gobierno de Juan Manuel Santos. En particular, se busca establecer los aciertos y los desaciertos de dicho proceso para evidenciar que si bien la Restitución de Tierras propuesta por el Gobierno fue creada con el propósito de superar las desigualdades asociadas a la tenencia de tierras en Colombia, su formulación ha sido insuficiente para responder a las demandas de las víctimas del conflicto armado. Para tal fin se utilizan los dos modelos para el análisis de políticas públicas propuestos por la Universidad de Rosario como la herramienta teórica principal que permite entender cómo se llevo a cabo la formulación de esta política pública.
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El Ordenamiento jurídico colombiano desde sus inicios se ha enmarcado en la familia jurídica Romano Germánica, donde la Jurisprudencia ocupa un papel secundario en el momento de tomar decisiones por parte de los jueces, fungiendo como un instrumento meramente auxiliar, totalmente opacado por la ley. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia de la Constitución de 1991, con la creación de la Corte Constitucional junto al valor vinculante que se ha dado a sus decisiones, el tradicional sistema de fuentes ha presentado una evolución que lo aproxima al uso de instituciones, como el precedente judicial, que parecían exclusivas del Common Law. De esta manera, lo novedoso del problema de investigación es que la discusión sobre la alteración de la jerarquía de las fuentes del derecho, se aborda desde una perspectiva teórica, pero desarrolla puntualmente, mecanismos como las sentencias de unificación y la extensión de jurisprudencia, que posiblemente dan alcance al concepto de precedente judicial en el Contencioso Administrativo en la práctica.
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El presente documento se basa en el estudio de tres asociaciones que hacen parte del sector del reciclaje: Ecoalianza, Asociación de recicladores de Suba y Centro de reciclaje la Alquería, con la finalidad de conocer los efectos de la aplicación del Programa Basura Cero cuyo principal objetivo además de reestructurar el modelo de operación con las empresas privadas y cambiar el esquema tarifario y financiero, es el de institucionalizar la actividad del reciclaje en la ciudad; es decir, crear una política de reciclaje inclusivo en respuesta al artículo 275 del 2011 por decreto de la corte constitucional. A lo largo del documento, se describe la situación actual de las tres asociaciones teniendo en cuenta la legislación nacional y distrital de la ciudad de Bogotá en materia de reciclaje y los efectos que ésta ha tenido en el desarrollo del modelo de negocio. Adicionalmente y para complementar dicha investigación, se realizó un análisis DOFA, con el fin de conocer las debilidades, oportunidades, fortalezas y amenazas que tienen estas asociaciones como modelo de negocio. Finalmente, se incluyó una herramienta, que le permite a las asociaciones de recicladores llevar un control detallado de sus movimientos financieros como soporte y mecanismo de evaluación de la gestión de sus recursos. Se pretende adicionalmente examinar la percepción del negocio en materia legal, organizacional y financiera, al igual que sintetizar los alcances y limitaciones que tiene el modelo de negocio con respecto a la política pública
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Esta investigación hace una aproximarse al tema de la democracia buscando reconocer la tradición representativa de nuestra democracia y cómo ha sido la evolución de dicha tradición desde nuestro orden constitucional.Habrá un especial análisis sobre la democracia representativa versus democracia participativa. Se analizarán otros temas directamente relacionados con la revocatoria del mandato y el voto programático,como lo son los mecanismo de operación, los factores de desviación de la práctica electoral, y entre ellos especialmente la abstención y sus formas; como último punto se trabajará una propuesta que consiste en la fundamentación de la imposición del voto obligatorio como medio para sacar adelante el mecanismo de la revocatoria del mandato y subsanaren cierta medida el sistema político y electoral colombiano.Finalmente con esta investigación se quiere rescatar del olvido los problemas que tradicionalmente vienen afectando el sistema político y constitucional colombiano, desde ella aproximarse a una sistematización de los espacios participativos y analizar el mecanismo de la revocatoria del mandato, que de su efectividad depende la depuración y lat rasparencia de la clase dirigente de Colombia
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Introducción: La fractura de cadera se presenta predominantemente en población mayor; se espera que para el año 2050 se presenten alrededor de 6 millones de fracturas de cadera a nivel global. Parkkari et al (1). Dado que el sistema de salud colombiano dificulta el seguimiento adecuado de los pacientes y su manejo posoperatorio integral, desconocen las estadísticas reales de los desenlaces funcionales, mortalidad y complicaciones asociadas a la fractura de cadera. Método: Estudio observacional descriptivo de corte transversal. Mediante una encuesta telefónica cuyo objetivo fue determinar el manejo intra y extra hospitalario por los servicios de rehabilitación y ortopedia, describir la mortalidad y la recuperación funcional percibidos por los encuestados. Resultados: De 286 pacientes intervenidos, 116 aceptaron participar (24% hombres y 76% mujeres). Edades entre 65 y 99 años (media: 81.3 años). En el primer año después de la cirugía, el 29% de los pacientes presento al menos un reingreso hospitalario; la mortalidad en el grupo femenino fue de 23% frente a un 43% en el grupo masculino. El 98% de los pacientes deambulaba previo a la cirugía, frente a un 78% de los pacientes a un año del procedimiento, 83 pacientes refirieron complicaciones pos-operatorias. En el grupo entre 65 y 74 años la capacidad de deambular posterior al procedimiento fue de 84%, para las edades entre 75 a 84 años fue del 82% y en los mayores de 85 años del 75%. Conclusiones: La recuperación funcional de los pacientes intervenidos por fractura de cadera, difícilmente llegan a alcanzar el estado funcional previo a la fractura, lo cual se traduce en situaciones de dependencia, riesgo de caída y complicaciones médicas.
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Ofrece tanto una recopilación de las iniciativas legislativas presentadas en el Senado de la República y en la Cámara de Representantes en este periodo, como un análisis del trabajo legislativo clasificado por congresistas, partidos y categorías temáticas. Este informe refleja el seguimiento realizado al trabajo legislativo de todos los congresistas elegidos directamente, y además incluye referencias al trabajo de algunos de los suplentes, cuando estos han presentado algún tipo de iniciativa legislativa a consideración del Congreso
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El interés de esta monografía será analizar al Desarrollo como un discurso originado en Occidente como espacio meta-geográfico. Este discurso se difunde y adquiere un carácter incuestionable a nivel internacional por medio de los procesos de Profesionalización e Institucionalización que gracias a la universalización de conceptos como la Pobreza ponen a diferentes grupos sociales alrededor del globo en situación de vulnerabilidad, una condición que permite ejercer en ellos la Colonialidad del poder, pues crean unas Identidades de inferioridad y anterioridad a Occidente que lo ubican como el punto de llegada deseado. Por medio de Ikiam como ejemplo, veremos que las alternativas al Desarrollo no son realmente alternativas a éste sino que siguen suscritas en su discurso gracias al proceso descrito anteriormente. Se propondrá el concepto de Posdesarrollo como opción para salir del Paradigma de Desarrollo occidental creado como certeza.
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El presente trabajo realiza un análisis sobre los diferentes fundamentos que ante la falta de regulación legal, nuestra jurisprudencia ha invocado para atribuirle efectos retroactivos –ex tunc- o efectos a futuro –ex nunc- a las sentencias de nulidad de los actos administrativos, los cuales van desde la asimilación de éste con el acto jurídico civil, hasta la pretendida identidad del acto administrativo general con la ley, todo enmarcado dentro de lo que se ha entendido por situaciones jurídicas consolidadas. Este estudio demuestra que la retroactividad o no retroactividad, no es una condición necesaria o automática de las sentencias de nulidad de los actos administrativos, porque tal idea anula reflexiones importantes que tienen que ver con la ponderación de principios básicos como la garantía de eficacia de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica, la justicia material, la confianza legítima y la igualdad. Se impone así entender que los efectos temporales de las sentencias no se derivan de alguna formalidad del proceso, ni de la naturaleza del acto administrativo, ni del tipo de sentencia; estos son más bien una de las herramientas para que el juez a través de la modulación en cada caso, pueda darle eficacia a su sentencia y cumplir con las obligaciones que le impone la Constitución y la ley, que no son otras que garantizar la protección de derechos fundamentales y preservar el orden jurídico.
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En el contexto organizacional actual, que se caracteriza por ser hiper-conectado, cambiante, globalizado y cargado de incertidumbre, la capacidad de las organizaciones para identificar y tratar provechosamente el riesgo se hace necesaria e ineludible. Dicho más claro: gestionar adecuadamente el riesgo se convierte en un aspecto crítico para la perdurabilidad de las organizaciones. Más allá de las comprensiones tradicionales del riesgo, cuyo núcleo es el riesgo financiero, nuevas tendencias –más generales y abarcadoras– se han gestado en las últimas décadas. Una de la más destacada es la gestión del riesgo sistémico. Pese a este reconocimiento, sin embargo, siguen predominando los enfoques analítico-financieros, sobre todo en el ámbito latinoamericano. Este trabajo de grado pretende, por tanto, hacer un análisis sobre la gestión del riesgo sistémico e identificar las diferentes tendencias del riesgo y sus potencialidades de cara al ambiente organizacional actual.
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Background: Isometric grip strength, evaluated with a handgrip dynamometer, is a marker of current nutritional status and cardiometabolic risk and future morbidity and mortality. We present reference values for handgrip strength in healthy young Colombian adults (aged 18 to 29 years). Methods: The sample comprised 5.647 (2.330 men and 3.317 women) apparently healthy young university students (mean age, 20.6±2.7 years) attending public and private institutions in the cities of Bogota and Cali (Colombia). Handgrip strength was measured two times with a TKK analogue dynamometer in both hands and the highest value used in the analysis. Sex- and age-specific normative values for handgrip strength were calculated using the LMS method and expressed as tabulated percentiles from 3 to 97 and as smoothed centile curves (P3, P10, P25, P50, P75, P90 and P97). Results: Mean values for right and left handgrip strength were 38.1±8.9 and 35.9±8.6 kg for men, and 25.1±8.7 and 23.3±8.2 kg for women, respectively. Handgrip strength increased with age in both sexes and was significantly higher in men in all age categories. The results were generally more homogeneous amongst men than women. Conclusions: Sex- and age-specific handgrip strength normative values among healthy young Colombian adults are defined. This information may be helpful in future studies of secular trends in handgrip strength and to identify clinically relevant cut points for poor nutritional and elevated cardiometabolic risk in a Latin American population. Evidence of decline in handgrip strength before the end of the third decade is of concern and warrants further investigation
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En el presente artículo se analiza la forma en que se ha abordado la relación de causalidad como elemento estructurador de la responsabilidad en aquellos eventos en que los daños provienen de terceros —grupos armados ilegales— y cómo se han asimilado las figuras jurídicas de imputación y causalidad. Se realiza un estudio sobre las teorías predominantes en la jurisprudencia de la CIDH, que han influido en los posteriores desarrollos de la Corte Constitucional colombiana y del Consejo de Estado, así como el traslado que se ha realizado de la teoría de la imputación objetiva a la responsabilidad del Estado. Adicionalmente, se presenta el marco normativo y conceptual con fundamento en el cual se sostiene la tesis de que el nexo causal subsiste como un tercer elemento autónomo de la responsabilidad, con fundamento en el artículo 90 de la Constitución Política y el 140 de la Ley 1 437 de 2 011, determinando los aspectos esenciales que lo diferencian de la imputación.