919 resultados para Actos antisociales
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Contenido: Editorial – Jorge Joaquín Llambías / Mario Amadeo – El aporte de Llambías en materia de efectos de la nulidad de los actos jurídicos / Roberto Martínez Ruíz – El matrimonio en la regulación propuesta por el anteproyecto de 1954 / Jorge A. Mazzinghi – La reparación del agravio moral / Guillermo R. Quintana Terán – Responsabilidad civil de las personas jurídicas y, en especial, del estado / Federico N. Videla Escalada – La mora en las obligaciones cuyo lugar de pago es el domicilio del deudor / Francisco Alberto Vocos – Algunas páginas de Llambías – Documentos – Notas bibliográficas
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En el ámbito canónico, la noción de bien cultural es de reciente aparición. Durante los años sesenta del siglo pasado se trabajó mucho en la legislación sobre el patrimonio artístico de Italia. Esto dio origen a que la noción de bien cultural fuera ampliamente recibida en el ámbito administrativo y legal en general. El Código de Derecho Canónico utiliza distintas expresiones para referirse al mismo tema. En general usa: bona temporalia cuando se refiere a los actos sobre los bienes eclesiásticos en sentido técnico. Pero la expresión bona culturalia es referida en el canon 1283, 2° para referirse al patrimonio cultural sujeto a la administración. Se trata de bienes culturales de interés religioso...
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Resumen: Los actos de alcance general que emiten los diversos poderes del Estado –emanados de un legislador concebido latu sensu– pueden ser visualizados de dos maneras. Por un lado, se los puede considerar como emanados de un legislador que no tiene límites en su discrecionalidad; por el otro, como emanados de un legislador que se halla sujeto, en su discrecionalidad, a importantes limitaciones, de carácter inmutable y de plena actualidad. El presente trabajo destaca y ejemplifica las insuficiencias de las doctrinas de la no limitación de la discrecionalidad del legislador, y pone en primer plano los elementos iniciales para limitar esa discrecionalidad en la enseñanza tomista.
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Resumen: El problema de la deshumanización de la atención médica sido enfocado desde ópticas diferentes (y en diversos momentos históricos), ya sea desde la perspectiva del paciente, de los familiares o del propio equipo de salud que presta los servicios, pero no hay un estudio de las causas y de las posibles soluciones. Al realizar un recorrido de la atención profesional en el mundo de la salud observamos que solo podemos re humanizar esa atención con el compromiso directo de todos los participantes del equipo de salud para promover actos y condiciones que tengan como finalidad el respeto de los derechos humanos que se afirman en la dignidad de cada persona enferma. Creemos que esta presentación puede llevar a tomar conciencia sobre la vulnerabilidad de la intimidad en el proceso, hoy deshumanizante, de la atención profesional en el ámbito de la salud y desde este punto de partida asumiendo las responsabilidades subjetivas, sin anular la moralidad objetiva del hecho, comprometiéndonos a denunciar estas situaciones injustas y a trabajar día a día para humanizar la atención y de esta forma respetar el derecho a la intimidad.
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Siguiendo a Gaudium et spes (51.3), la declaración Persona humana reafirma que la bondad moral de las conductas sexuales depende de “criterios objetivos tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos” (PH 5.4). Esto no es expresión de un objetivismo naturalista, sino que surge del respeto de la “verdadera dignidad humana” y del sentido de su sexualidad. Estas afirmaciones deben ser comprendidas en el marco de la ética de la virtud, según la cual la razón práctica descubre naturalmente los bienes humanos y debidos, los fines virtuosos, en las inclinaciones naturales. A partir de ello es posible afirmar la existencia de conductas que contradicen dichas finalidades por su mismo objeto, aunque ello no exime de la necesidad de considerar los contextos a partir de los cuales las mismas se definen en su genus moris. Aplicando estos principios al ámbito de la sexualidad, se debe afirmar que el recto ejercicio de la misma tiene una referencia intrínseca y necesaria al matrimonio, aunque al mismo tiempo es preciso reconocer un cierto grado de tensión entre el orden de la castidad y el orden jurídico positivo. Estas consideraciones muestran que, precisamente por coherencia con la doctrina de la virtud y de los absolutos morales, es preciso que la teología moral evite la tentación del deductivismo, y se comprometa en un trabajo de refinamiento de las tipologías con mayor atención a los casos concretos. De este modo, podrá responder más adecuadamente al desafío de un contexto social en constante evolución. Con este artículo, el autor aporta precisiones para expresar mejor lo expuesto en dos artículos anteriores: “¿Relaciones prematrimoniales en «situaciones-límite »?”, Teología 83 (2004), y “El teleologismo después de la Veritatis Splendor”, Moralia 97 (2003).
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Abstract: The way of exercising power of the Roman Princeps Gaius Caesar Augustus Germanicus, better known by his agnomen Caligula, was largely driven by a different pattern of behavior of that promoted by his predecessors Augustus and Tiberius. Through a kind of ritualized acts, these princeps sought to show respect for the traditional social order and appear only as a primus inter pares among Roman aristocrats. As we can see, in this matter the young Gaius caused a radical change on imperial politics. From the valuation of a series of symbols and actions with strong symbolic connotations, in this work we will attempt to show that such a change was, in part, consequence of a new conception of the imperial power displayed by Caligula. The essence of such conception we must search it in the complex corpus of ideas that came to Rome from the pars orientis of the Roman Empire and based important aspects of the power of the Hellenistic Monarchies
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Resumen: La Historia regum Britanniae (circa 1139) del obispo galés Geoffrey de Monmouth, texto destacado en el corpus latino medieval a causa de sus proyecciones tanto historiográficas como ficcionales, tiene como objeto referir los actos de todos los monarcas célticos de la Gran Bretaña anteriores a la conquista germánica. En este propósito, sus capítulos 112 a 117 obran como una mise en abîme puesto que las Prophetiae Merlini que allí se leen, atribuidas al famoso mago pero inspiradas en la literatura apocalíptica vétero y neotestamentaria, reproducen proféticamente las grandes líneas de contenido de la propia crónica, e incluso anticipan la restauración definitiva de los celtas derrotados. Aunque Wace, Chrétien de Troyes y la tradición romancística francesa posterior, deudora de la Historia en muchos puntos, desecharon el texto a causa de su agudo hermetismo, el mismo sí se difundió por el continente y reapareció asombrosamente interpolado, en versión castellana, dentro de dos tardíos ejemplares del género caballeresco hispánico, el Baladro del sabio Merlín con sus profecías (Burgos, 1498) y la primera parte de la Demanda del santo Grial (Sevilla, 1535). La presente comunicación tiene como objetivos reseñar los actuales conocimientos de la crítica acerca de esta versión castellana de las Prophetiae y señalar los problemas aún pendientes de resolución; serán consideradas las contribuciones fundamentales relativas al original latino y, también, a las versiones francesas conservadas, dada la posibilidad de que nuestra traducción tenga una fuente gala
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No necesitamos justificar la actualidad del problema mente-cuerpo en una parte importante de la filosofía contemporánea. Puede decirse que el nacimiento oficial del asunto se remonta a dos artículos pioneros aparecidos en 1958 y en 1959 escritos por Herbert Feigl el primero y J.J.C. Smart el segundo. Se trata de un asunto planteado en buena medida a partir de los descubrimientos en materia de anatomía y fisiología cerebral y de la relevancia del funcionamiento del cerebro en los actos mentales. Sin ánimo de simplificar excesivamente, puede decirse que las neurociencias se proponen hallar en la complejidad de la organización cerebral la explicación fundamental de la mente misma, e incluso de los actos humanos.
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Dueños de un discurso contestatario y crítico, pero a la vez formativo y comprometido con el hombre trabajador como centro de sus proyectos, el principal objetivo del movimiento anarquista argentino fue impugnar, cuestionar y contradecir el discurso oficialista. Una de las tácticas que utilizaron los militantes libertarios fue la propaganda por el hecho o acción directa, como denominaremos los actos terroristas ácratas. Si bien en la Argentina encontramos una importante literatura libertaria con un lenguaje perturbador y radicalizado, los sucesos violentos fueron aislados, aunque no por ello dejaron de preocupar tanto a la clase dirigente como a la sociedad en general, que llegó a identificar al militante ácrata con un criminal y lo transformó en un problema de higiene y seguridad pública. Esta situación, sumada no sólo al tenor violento que caracterizó los conflictos laborales, sino también a las noticias nada tranquilizadoras que llegaban de Europa, donde una ola de atentados sacudió la opinión pública, provocaron un pánico exagerado en los distintos ambientes sociales. La consecuencia directa fue la celebración del Centenario en medio de una oleada de huelgas, protestas y con declaración del estado de sitio.
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Resumen: Este trabajo pretende explicar el modo en que el yo humano se dice causa de los actos libres, en especial de los actos voluntarios corpóreos. Con este objeto se analiza la causalidad natural en el mundo, especialmente cuando se manifiesta en la vida como autoorganización, y más aún en la vida animal, en la que la conducta intencional es guiada por la cognición y las emociones. Se establece una distinción entre la causalidad downward, de los niveles superiores sobre los inferiores, y la causalidad bottom-up, que es la inversa. Además se introduce una distinción entre el “sí mismo natural” (naturaleza perfeccionada por hábitos) y el “sí mismo intencional” (sujeto dotado de conciencia y posibilidad de control de sus operaciones). Esos esquemas se aplican al hombre, cuya causalidad downward más alta es la que ejerce la persona, con su inteligencia y voluntad, sobre sus actos sensitivos y de este modo sobre su cuerpo.
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El entendimiento es la principal potencia del alma, la que primero emana de ella, la más perfecta de todas y la característica distintiva de la naturaleza humana. A través de ella el hombre participa en algo de los seres superiores, Dios y los ángeles. Como las demás potencias, el entendimiento no puede ser directamente conocido por nosotros, sino sólo por medio de sus actos propios. A diferencia de los sentidos, cuyo conocimiento se limita a los accidentes, el entendimiento penetra hasta la esencia de la realidad; más aún, la esencia de las cosas materiales constituye el objeto propio del entendimiento humano. El nombre con que se le designa (intellectus = intus-legere = leer dentro) quiere expresar precisamente esta índole peculiar. Penetrando en las esencias, el entendimiento humano es capaz de abstraer (extraer lo universal de lo particular o singular) y concebir ideas o conceptos. Estos actos y objetos, eminentemente espirituales, demuestran que su sujeto, el entendimiento, también lo es; y si el entendimiento es una potencia o energía espiritual, necesariamente debe serlo también el principio del cual fluye, o sea, el alma humana...
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Resumen: El texto trata sobre la “conciencia”, que posibilita al hombre una pertenencia personal y autoría intencional de sus actos, siendo por tal motivo fundamento de la imputación, en general, y de la imputación penal, en particular. De esa conciencia, que permite al hombre ejercer dominio sobre sus actos, deriva su libertad, condicionamiento metafísico y psicológico de todo el orden moral y, consecuentemente, del jurídico. También se analiza que son los fines los que le dan dirección y sentido a los actos del hombre, y que la “imputación” implica una autoría intencional y voluntaria del acto y de sus consecuencias, de lo que surge la responsabilidad, como correlato de aquella imputación.
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Duración (en horas): De 11 a 20 horas. Nivel educativo: Grado
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Exemplar manuscrito
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Parte 1 - Actos do Poder Legislativo