925 resultados para "Configuración híbrida"


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El proceso de transformación en el que se encuentra la Enseñanza Universitaria, en el camino hacia la convergencia europea, permite encuadrar los cambios que se están llevando a cabo en la formación inicial del profesorado, una enseñanza basada en la adquisición de competencias. Estos cambios se han visto ya regulados a través de la nueva normativa en la que se plantean las directrices para configurar la estructura de los Planes de Estudio del Título de Grado del Maestro en Educación Infantil. Cada universidad debe iniciar la configuración de su propio Plan de Estudios, por ello, puede ser de interés la reflexión y la valoración sobre el lugar de la Didáctica de las Ciencias Sociales en el nuevo plan de estudios para formar al Maestro de Infantil y analizar algunos aspectos metodológicos sobre la implantación del crédito europeo.

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Monográfico con el título: 'El deporte: diálogo universal'. Resumen tomado de la publicación

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A partir de un proceso que se está llevando a cabo en una Escuela Universitaria de Formación del Profesorado de la Universidad Autónoma de Madrid, el autor aboga por la configuración de un Centro Superior de Formación del Profesorado que, estructurado como Facultad, asumiría la formación de Profesores en todos los niveles educativos. Este proyecto nace con la idea de unificar, sistematizar y optimizar los recursos que actualmente dispone la Universidad Autónoma de Madrid en el campo de la Formación del Profesorado (distintas especialidades de Maestro, curso de formación inicial de Profesorado de Educación Secundaria, Curso de Capacitación Profesional Docente, programas de doctorado en el ámbito de la educación, formación permanente, títulos propios,etc... Entre sus funciones se recoge además la de elaborar propuestas conducentes a la licenciatura de Magisterio. Esta propuesta parece más acorde con el actual desarrollo de la sociedad, la Psicología y las Ciencias de la Educación.

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Se trata de desvelar las consecuencias de integrar al 'otro', a la diversidad en la escuela, tanto para los alumnos y los docentes, como para la comunidad en general. Se contempla implementar un análisis metodológico que permita hacer análisis de discursos, observación de cómo los actores viven la integración de los alumnos con necesidades educativas especiales y las implicaciones en la configuración de su identidad. Se constata que cualquier iniciativa relacionada con la integración tendrá siempre la culpa como movimiento inicial, la diferencia entre las escuelas está en la forma en cómo se asume.

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Se centra en la educación no formal como un servicio ofertado a las familias que han ido variando sus demandas en función de los cambios sociales. Se abordan tres aspectos: describir algunos rasgos de las transformación social acontecidos desde la transición española, la relevancia que esto ha tenido en la configuración de género de niños y niñas y en último lugar la importancia que a causa de las nuevas situaciones ha tomado la educación fuera de la escuela en los últimos treinta años.

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Estudiar la libertad de enseñanza en la España de Franco. Libertad de enseñanza entendida como el derecho de los particulares e instituciones no estatales a crear Centros de enseñanza, y más concretamente, Centros de enseñanza superior o Universidades. Consta de seis capítulos: 1.- Es introductorio y en él se presentan datos correspondientes a la trayectoria histórica en política universitaria desde el siglo XIX (a partir de la Constitución de 1812) hasta aproximadamente el primer tercio del siglo XX (incluida la II República española), al hilo de los intentos y logros legislativos más significativos. En ellas se reflejan las ideas educativas que quisieron aplicar los diferentes grupos dirigentes o susceptibles de serlo, a través de la configuración de un específico sistema educativo. 2.- Se contemplan las modificaciones que se produjeron en España durante los primeros años del franquismo, por actuación del Ministerio de Educación Nacional, para contribuir a la transformación de la vida del país, a través de reformas en el Bachillerato, en las altas instituciones científicas dedicadas principalmente a la investigación y en la Universidad. 3.- Está dedicado a considerar las sugerencias, propuestas y opiniones de determinadas instituciones de católicos (que de una u otra forma se dedican a la docencia), en relación con la anunciada reforma de la Universidad española, fundamentalmente las que hacen una referencia más directa a la libertad de enseñanza de la Iglesia en materia universitaria. 4.- Se centra en el proceso legislativo que precede a la promulgación de la Ley de Ordenación de la Universidad española de 1943 y en el estudio particular de los factores implicados en el reconocimiento de Centros universitarios no estatales. 5.- Considera la evolución cronológica del tema de la creación y reconocimiento de Centros de enseñanza superior no estatales en España, desde 1944 hasta los años finales del Ministerio de Joaquín Ruiz Giménez. 6.- La primera parte trata de la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 1957, cuya promulgación supone la ruptura del monopolio estatal en la enseñanza técnica superior. La segunda parte del capítulo se refiere más específicamente a los aspectos que rodean la firma del Convenio entre el Estado Español y la Santa Sede, en 1962, que regula las condiciones para el reconocimiento civil de los estudios no eclesiásticos realizados en las Universidades de la Iglesia. 1.- En los años de Gobierno de Franco no se ha encontrado ninguna opinión destacada que cuestione el cometido de la Universidad como formadora de las minorías dirigentes. 2.- En el nuevo Estado surgido del golpe del 18 de julio la preocupación por la reforma de la Universidad es temprana (Proyecto de 1939 que regula las Universidades del Estado, Anteproyecto de Ley de Organización de las Universidades Nacionales de 1941, la Ley de Ordenación de la Universidad de 1943_). 3.- Con respecto a la reforma de la Universidad en los primeros años del franquismo deber señalarse que tanto las instituciones de católicos (reclaman el derecho de la Iglesia a crear Universidades), como algunos falangistas (también católicos, pero pertenecientes a instituciones oficiales), afirman que el liberalismo es el causante de los males de la Universidad española. 4.- En general, al reclamar la libertad de enseñanza se piensa en el derecho de creación de Centros docentes independientes de los del Estado. 5.- La firma del Concordato de 1953 supone el reconocimiento por el Estado español de los derechos de la Iglesia en todos los niveles de la enseñanza. 6.- Con la Ley de Ordenación de las Enseñanzas Técnicas de 20 de julio de 1957 se asiste a un punto de inflexión en el tema de la libertad de enseñanza. Dos avances significativos: El derecho a la existencia de Escuelas de Enseñanza Técnica de Grado Superior no estatales y el establecimiento de un examen global ante un Tribunal mixto para esas Enseñanzas Técnicas no estatales. 7.- El régimen de Franco, al reconocer los derechos docentes de la Iglesia hace posible que se haga realidad la libertad de creación de Universidades no estatales.