950 resultados para Planes (baronia)-Derechos señoriales-Sentencias-S. XIX


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¿Una cosa que no cumple o cumple imperfectamente con su función es la cosa prometida en el contrato o es una cosa distinta ¿La función que debe cumplir una cosa hace parte de su definición contractualDe estas preguntas que, a primera vista, pueden parecer eminentemente teóricas se desprenden consecuencias prácticas de gran importancia: ¿Puede el comprador servirse de la acción por incumplimiento de la obligación de entrega o, más bien, debe reclamar por vicios ocultos o, incluso, solicitar la nulidad por error en las calidades sustanciales de la cosa ¿Y qué decir de la posibilidad de recurrir a las garantías especiales (como la garantía por buen funcionamiento) ¿O a las acciones propias del derecho al consumoSi se tiene en cuenta que estas diferentes vías le ofrecen al demandante plazos de prescripción diversos que en Colombia van desde seis meses hasta diez años y dan lugar a pretensiones distintas, todo abogado litigante para no mencionar a los académicos- se verá en la inminente necesidad de preguntarse sobre las definiciones funcionales de las cosas contractuales y sobre la delimitación del campo de aplicación de las distintas acciones del comprador insatisfecho. Éste es precisamente el objetivo que persigue y, sin duda, alcanza el autor en su libro.

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La valiosa Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derecho. Humanos no agota sus efectos en sus beneficiarios directos sino que también favorece al conjunto de la población de lo: estados sometidos a su jurisdicción al precisar el sentido contenido y alcances de los derechos. Esta función preventiva según se demuestra en esta publicación, constituye una finalidad esencial de todo sistema internacional de protección de derechos humanos. En este libro se identifica y analiza algunos de los principales estándares di cumplimiento de las obligaciones internacionales en materia de derechos humano: fijados durante casi tres décadas de jurisprudencia de la Corte Interamericana. La autora, adoptando un enfoque creativo, se concentra en tres áreas novedosas y el algunos casos polémicos: la situación de los niños, los pueblos indígenas y los derecho: económicos, sociales y culturales. Las sentencias de la Corte en esas materias muestra a un sistema de protección de derechos en permanente renovación y consolidación ) además señalan los dilemas y tareas que afrontan las sociedades de la región.

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Este texto describe las conclusiones del estudio de la jurisprudencia colombiana de control constitucional sobre derechos humanos del período 1886-2005. Fue realizada por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos con el apoyo de investigadores externos. El estudio evidencia las diferencias cualitativas y cuantitativas de la producción de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional, y esboza las líneas jurisprudenciales más importantes de cada corporación.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.Está dirigida a docentes, investigadores, estudiantes, funcionarios públicos y litigantes interesados en derecho constitucional y derechos humanos.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.La investigación se divide en dos partes. La primera incluye la descripción metodológica de la investigación, un análisis del camino hacia una cultura del precedente constitucional, la contextualización de los derechos que se abordó, la evolución del control judicial constitucional, los guardianes de la Constitución y un análisis de la producción jurisprudencial constitucional; se reseñan las premisas teóricas, informaciones historias, jurídicas e ideológicas, y la producción cuantitativa de la Corte Suprema y la Corte Constitucional. La segunda recoge la carta de los derechos cuya jurisprudencia fue objeto de análisis y se centra en la de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.ratio decidendi de las sentencias más relevantes. Al final se incluyen las conclusiones, que vienen a constituir la epistemología de la jurisprudencia constitucional colombiana.

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El documento está estructurado en tres partes. La primera consta de documentos generales sobre Derechos Humanos: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Declaración del Fórum de la juventud de la Commonwealth sobre los Derechos en salud sexual y reproductiva. La segunda parte consta de documentos específicos sobre VIH/Sida y Derechos Humanos. Y la tercera parte incluye la Resolució del Parlament de Catalunya sobre la garantía de la intimidad personal y de la confidencialidad en las pruebas diagnósticas del Sida.

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Investigar sobre el origen, creaci??n y evoluci??n de la Escuela Normal de Alicante durante el siglo XIX.. Escuela Normal de Alicante. Presenta una reflexi??n sobre la situaci??n socio-pol??tica de Espa??a anterior al nacimiento de las Escuelas Normales. Dedica especial atenci??n a la ense??anza primaria en Alicante anterior a la instalaci??n de la Escuela Normal. reflexiona sobre los centros de formaci??n de magisterio, analizando la formaci??n que recib??an los maestros antes de la puesta en marcha de las Escuelas Normales. Reflexiona sobre el funcionamiento de la Escuela Normal en la primera etapa. Analiza el per??odo hist??rico que comprende desde 1859 hasta v??speras de la revoluci??n de 1868. Analiza el per??odo comprendido entre 1968 a 1902.. Documentaci??n. Ser??a interesante reflexionar sobre aspectos de la historia de nuestra Escuela Normal, como por ejemplo, profundizar en el aspecto econ??mico, rastreando documentos de forma laboriosa, o bien profundizar en planes de estudio y an??lisis de contenidos compar??ndolos con los llevados a cabo en la Escuela Normal de Maestras..

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Se trata de un estudio sobre los estudiosos de la religión de la segunda mitad del siglo XIX. Se analiza la casi total ausencia de los estudios teológicos en las universidades españolas y se contraponen los mismos con situaciones similares en otros países europeos. Se concluye con la importancia de estos estudios desde un punto de vista no dogmático, y la importancia de incorporar los trabajos de los estudiosos de la religión en los planes de estudios universitarios como complemento a otros estudios filosóficos.

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Resumen tomado de la revista. Contiene dos anexos: 1. Sobre la enseñanza de la física y la química en los distintos planes de estudios y 2. Sílabo de algunos aparatos e instrumentos para la enseñanza de la física y la química

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Resumen tomado de la publicación. Esta publicación está circunscrita al Proyecto de Investigación financiado por el Ministerio de Educación y Ciencia

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Realizar un análisis comparativo de los proyectos educativos de Condorcet y Quintana. Explica las cuestiones más significativas de la Ilustración, para conocer la situación educativa francesa en el siglo XVIII, estudia el desarrollo y las características generales de la Revolución francesa para establecer una relación con la educación que defiende Condorcet, después realiza un encuadre histórico-cultural de Manuel José Quintana, en el cual, analiza la decadencia del antiguo régimen, las aportaciones educativas de otros autores de la época y examina el proyecto educativo de Quintana denominado Informe de la Junta. Y finalmente establece una comparación entre los planes de estudio de Condorcet y Quintana. 1) Quintana, en su proyecto Informe de la Junta, defiende el alcance de la enseñanza a todos los ciudadanos, y con ello no sólo se refiere a la adquisición de nuevos conocimientos, sino también a facilitar y garantizar la conservación de los ya obtenidos. Asimismo, Condorcet, en su proyecto Rapport, afirma que la enseñanza debe ser posible para todos. 2) Respecto a la educación de la mujer, Condorcet defiende la total igualdad de ambos sexos y por lo mismo pretende que exista igual instrucción. Mientras que Quintana opina que lo que debe recibir una mujer, pensando en su futuro limitado a esposa y madre, es una buena educación privada o doméstica. 3) Según Quintana, el Estado tiene la obligación de no negar a nadie su derecho a la instrucción, puesto que es lo que se exige a todos para admitirlos en el ejercicio de los derechos del ciudadano. El Estado costeará solamente los estudios de las primeras letras, el pago se haría a través de los diversos municipios, y en caso de ser insuficiente, la diputación añadiría lo que faltase. Esta idea ya estaba presente en el proyecto de Condorcet, proponiéndose una enseñanza gratuita para los niveles de primaria y profesional. Dicha subvención se haría por las aportaciones del horario público. 4) Quintana defiende que es preciso que cada uno tenga el arbitrio de buscar los conocimientos en donde, como y con quien le sea más fácil y agradable su adquisición. Con ello se abre un nuevo camino para crear centros privados, que suplan las deficencias de la escuela pública. Condorcet tampoco establece el monopolio estatal, al contrario, reconoce y defiende la existencia de centros docentes particulares. Las motivaciones que llevan a ambos a aceptar la escuela privada son diferentes. De un lado, Quintana pretende suplir deficiencias que con una única vía no se conseguirían, de otro, Condorcet ve la enseñanza privada como un estímulo para la estatal, debido a la competitividad que de otro modo no se podría establecer. 5) Respecto a la obligatoriedad, en el plan de Quintana, se exige a todos los ciudadanos la enseñanza de las primeras letras, mientras que Condorcet, influenciado por las ideas revolucionarias francesas, no se atreve a imponerla obligatoria, para no atentar así contra la total libertad de los ciudadanos. A pesar de ofrecer buenas ideas, tanto Condorcet como Quintana, sus proyectos no se pusieron en práctica. El proyecto Rapport de Condorcet no se llevó a cabo, debido a que al día siguiente de su presentación estalló la guerra en Francia, el proyecto Informe de la Junta de Quintana, tampoco a causa de la inestabilidad y de los avatares políticos españoles durante los siglos XVIII y XIX. Sin embargo, ambos proyectos han sido en gran manera válidos, no sólo como estímulo y orientación de ulteriores planes educativos franceses y españoles respectivamente, sino que pueden considerarse bandera de principios político-educacionales cuya proyección llega hasta nuestros días, en el caso concreto español, el Informe presentado por Quintana traza las directrices por donde caminarían durante medio siglo las elaboraciones jurídicas posteriores.

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La educación en derechos humanos es necesaria para formar ciudadanos activos, demócratas y comprometidos. La cuestión es, cómo se debe plantear ese tipo de enseñanza, cuáles han de ser los objetivos y quién es el objeto de dicha educación. Desde Amnistía Internacional se propone establecer una materia propia de educación en derechos humanos, dentro de los planes de estudio de Educación Primaria, Secundaria y Bachillerato. No obstante, la educación en derechos humanos tendría que servir como elemento transversal, haya, o no, una asignatura específica. Se describen tres fases consideradas necesarias para lograr objetivos adecuados; la fase cognitiva, la fase emocional y la fase activa. Se apunta también la conveniencia de reclutar activistas en derechos humanos. Finalmente, con el fin de hacer llegar a los profesores materiales para ayudar a educar en derechos humanos, se señalan dos páginas Web, la de Grup d'Educació de Amnistia Internacional de Catalunya, con materiales en catalán y castellano, y la del Equipo de Educación de la Sección Española de Amnistía Internacional.

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Analizar el centralismo en la enseñanza media partiendo de la enseñanza media de Valladolid y su provincia, y extendiéndose hacia consideraciones generales de nivel nacional. Centros oficiales de estudios medios, colegios privados incorporados al Instituto Provincial Vallisoletano y centros de enseñanza media no reconocida. Estudia la administración educativa en el siglo XIX en Valladolid, la centralización docente, la inspección como órgano de control, los planes de estudio y los centros educativos. En el Antiguo Régimen existe una desestructuración en la enseñanza, sin control ni intervención alguna del Estado. Sólo la Iglesia se preocupa de los niveles docentes. El centralismo en la primera mitad del siglo XIX, pese a algunos excesos cometidos, era necesario por razones de eficacia, racionalización y operatividad, dado el ingente desorden de la docencia española del Antiguo Régimen.

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Estudiar la política documental llevada a cabo en España durante el siglo XIX. En primer lugar, se analizan la legislación y las estructuras administrativas en materia de archivos y bibliotecas existentes en España durante el siglo XIX. Además, se estudia la creación del Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Anticuarios. A continuación, se investiga la implantación de las disciplinas documentarias en los planes de estudio de las distintas carreras universitarias, así como la institucionalización de estas enseñanzas mediante la creación de la Escuela Superior de Diplomática. Por último, se dan a conocer las instituciones documentales del siglo XIX. Se consultan fuentes institucionales, documentales y personales. Investigación de carácter teórico y de análisis de la aplicación del contenido a las actuaciones institucionales y sociales. La política documental de la administración española en el siglo XIX sigue dos direcciones. Por un lado, se dota a los organismos públicos de archivos y bibliotecas y, por otro, se incorporan estas unidades documentales a la enseñanza, la ciencia y la cultura popular.

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Se plantea un análisis de los períodos históricos en la atención socioeducativa a las personas con diversidad funcional (discapacidad) en España. Se analizan que acontecimientos han marcado las diferentes visiones sobre las personas con discapacidad que han permitido el avance del ocultamiento y la exclusión a la progresiva visibilidad inclusiva. Se resalta la labor de los diferentes profesionales que desde las distintas ramas del saber han reivindicado, a comienzos del S. XX, la atención social y educativa a estas personas. Se presentan los hitos significativos promotores de la progresiva inclusión y se destaca el papel que las propias personas con diversidad funcional han tomado en la defensa de sus derechos.

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La Asociaci??n del Profesorado de Did??ctica de las Ciencias Sociales, ha cre??do conveniente debatir en su XIX Simposio Internacional, celebrado en Ja??n en 2008, no s??lo cual es la funci??n de la did??ctica de las Ciencias Sociales en los t??tulos de grado y postgrado, dentro del modelo que propone la convergencia europea, sino tambi??n su vinculaci??n con la pr??ctica docente y curricular de los nuevos dise??os curriculares para las etapas de infantil, primaria y secundaria. El simposio estructura su reflexi??n en torno a la problem??tica referida a: 1-la funci??n de la did??ctica en los nuevos planes de estudio; 2-el curr??culo de las Ciencias Sociales en la ense??anza no universitaria; 3- qu?? tipo de investigaci??n se hace en el contexto cient??fico-did??ctico en torno a la did??ctica de las Ciencias Sociales.

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Repaso de la evolución de la enseñanza superior española desde comienzos del siglo XIX con el plan de 1807, el cual no pudo llevarse a cabo por el inicio de la Guerra de la Independencia, pasando por todo tipo de reformas y reales decretos sucesivos que intentan mejorar la enseñanza universitaria de las facultades, la creación del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes en 1900, la reorganización de las facultades, hasta la instauración del régimen franquista que prepara un nuevo sistema de educación universitaria más acorde con la época.