998 resultados para CONVENCIÓN AMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Resumo:
Imaginar una cultura radical de paz y de derechos humanos pasa por el descubrimiento de las fisuras, de las quiebras y de las ambigüedades del proyecto conservador hegemónico. Ello permite, primero, denunciar su naturaleza contradictoria; y segundo, irrumpir en lo real refundando una política de transformación y de emancipación. En la actualidad, se vive y se produce bajo un proceso de subsunción “global” del hacer humano en el modelo de relaciones impuesto por la globalización neoliberal. Todo puede ser explotado. Las fronteras de la cumulación se extienden hasta tragarse el lenguaje, los afectos, los cerebros, la capacidad de cooperación, la actividad de cuidado, el uso y el conocimiento de nuevas (y viejas) tecnologías e incluso, el propio saber tradicional de pueblos históricamente marginados y explotados. La producción se confunde hoy con la actividad social. Pero, aunque la forma salarial siga dominado como forma arbitraria de dominación, la actividad social en su plenitud excede con mucho lo que se paga por su puesta en práctica.
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La elaboración que Paul Ricoeur hiciera insistentemente para proponer una ética a la vez posible y justa tiene un rico desarrollo en la que cruza esas tesis con las de la identidad humana y las abre a preocupaciones presentes y conflictivas. El encuadre teórico es el que combina la descripción fenomenológica con una hermenéutica rigurosa pero que se define por la necesidad de aceptar su conflictiva y pluralidad -que es preciso explicar y comprender-. Este estilo dialéctico e itinerante puede encontrarse, a nuestro juicio, en varias obras como son: "Sí mismo como otro" donde encontramos la tensión y relación entre la identidad idem y la identidad ipse, mediadas por la identidad narrativa y entre los niveles de la eticidad y la moralidad, tal como aparecen allí, fundados en el deseo. También en una obra anterior donde el fundamento es la libertad, "conjugada" en primera, segunda y tercera persona. Y entre lo que podríamos llamar su "cuarteto" de la ontología del hombre capaz y su cruce con la experiencia del sufrimiento. En la síntesis que es su "Recorridos del reconocimiento" se recogen esas tensiones y aperturas y se las corona con las tesis que desarrollara al comparar el amor y la justicia, en especial, el mandamiento del amor al enemigo. Partiendo de la riqueza y polisemia del verbo reconocer recorre el camino de su conjugación en voz activa, en la forma reflexiva y en la voz pasiva. Todo este entramado paciente y sostenido durante tantos años nos proporciona un marco teórico precioso para pensar el actual fenómeno de los derechos humanos: por su condición de históricos, pactados, parciales y sucesivos y, a la vez, universales -o, como dice Ricoeur, con pretensión de universalidad-. No pueden ser pensados en profundidad y honestamente sino con una filosofía que acepte la conflictiva hermenéutica, transite las tensiones presentes y se abra a una propuesta a la vez amplia, crítica y situada, dado que no parece posible pensar hoy la vida buena sin referirnos a este sistema de derechos humanos
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La elaboración que Paul Ricoeur hiciera insistentemente para proponer una ética a la vez posible y justa tiene un rico desarrollo en la que cruza esas tesis con las de la identidad humana y las abre a preocupaciones presentes y conflictivas. El encuadre teórico es el que combina la descripción fenomenológica con una hermenéutica rigurosa pero que se define por la necesidad de aceptar su conflictiva y pluralidad -que es preciso explicar y comprender-. Este estilo dialéctico e itinerante puede encontrarse, a nuestro juicio, en varias obras como son: "Sí mismo como otro" donde encontramos la tensión y relación entre la identidad idem y la identidad ipse, mediadas por la identidad narrativa y entre los niveles de la eticidad y la moralidad, tal como aparecen allí, fundados en el deseo. También en una obra anterior donde el fundamento es la libertad, "conjugada" en primera, segunda y tercera persona. Y entre lo que podríamos llamar su "cuarteto" de la ontología del hombre capaz y su cruce con la experiencia del sufrimiento. En la síntesis que es su "Recorridos del reconocimiento" se recogen esas tensiones y aperturas y se las corona con las tesis que desarrollara al comparar el amor y la justicia, en especial, el mandamiento del amor al enemigo. Partiendo de la riqueza y polisemia del verbo reconocer recorre el camino de su conjugación en voz activa, en la forma reflexiva y en la voz pasiva. Todo este entramado paciente y sostenido durante tantos años nos proporciona un marco teórico precioso para pensar el actual fenómeno de los derechos humanos: por su condición de históricos, pactados, parciales y sucesivos y, a la vez, universales -o, como dice Ricoeur, con pretensión de universalidad-. No pueden ser pensados en profundidad y honestamente sino con una filosofía que acepte la conflictiva hermenéutica, transite las tensiones presentes y se abra a una propuesta a la vez amplia, crítica y situada, dado que no parece posible pensar hoy la vida buena sin referirnos a este sistema de derechos humanos
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Hace décadas que los efectos de la actuación de las empresas sobre el disfrute los derechos humanos (DH) forman parte del debate jurídico internacional. En un contexto expansión transfronteriza de la actividad económica se han generado estructuras empresariales transnacionales que alcanzan en ocasiones la posibilidad de influir (directamente o a través de grupos de presión) a gobiernos y administraciones públicas y de incidir negativamente en el disfrute de los DH. Si bien estas situaciones pueden producirse en cualquier lugar del mundo, los países con un menor nivel de desarrollo o en situaciones de transición son más susceptibles de convertirse en escenarios de violaciones de DH. Además, en ellos es más difícil hacer efectiva la persecución y sanción de las conductas infractoras por una escasa o deficiente regulación nacional y/o por la debilidad de las estructuras administrativas y judiciales, imbuidas de corrupción en muchos casos. Jurídicamente, el estudio de posibilidades de articular y exigir responsabilidad a las empresas por violaciones de los DH requiere en primer lugar analizar la existencia y alcance de las obligaciones en materia de DH que repercuten sobre las empresas. Con este fin, y teniendo en cuenta las iniciativas y propuestas más novedosas, este trabajo aborda los distintos enfoques que permiten las dos disciplinas jurídico-internacionales: el Derecho internacional Público (DIP) y el Derecho internacional privado (DIPr) adoptando lo que, frente a la ya suficientemente estudiada perspectiva judicial (acceso a la justicia), puede calificarse como aproximación reguladora. Como es obvio, tanto las fuentes como las técnicas de reglamentación varían si tomamos como sujetos de referencia a los Estados o a las empresas que, por lo demás, operan en planos normativos y de responsabilidad distintos. Mientras el Estado incurre en responsabilidad internacional, ésta no es en principio atribuible a las empresas que, más allá de la eventual responsabilidad penal y/o administrativa, incurren en responsabilidad civil establecida a escala nacional.
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Las enfermedades raras o huérfano son una problemática que ha tomado mucha importancia en el contexto mundial del presente siglo, estas se han definido como crónicas, de difícil tratamiento de sus síntomas y con baja prevalencia en la población; muchas de estas enfermedades cursan con varios tipos de discapacidad, siendo el objetivo del presente trabajo el enfocarse en aquellas enfermedades raras que cursan con discapacidad intelectual. Para poder profundizar en estas enfermedades se realizó una revisión teórica sobre las enfermedades raras, así como de la discapacidad psíquica y su importancia a nivel mundial y nacional. A partir de estas definiciones, se revisaron en profundidad 3 enfermedades raras que cursan con discapacidad intelectual en el contexto colombiano, como son: el síndrome de Rett, el síndrome de Prader-Willi y el síndrome de X frágil. En cada una de estas enfermedades además se explicaron los tipos de diagnóstico, intervención, prevención, grupos de apoyo y tipos de evaluación que más se usan en el contexto nacional
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La Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo (AECID) es un agente estatal que se encarga de desarrollar estrategias, comprendidas en sectores de cooperación como: la construcción de paz, crecimiento económico, desarrollo de género y gobernabilidad, con el objetivo de restablecer los derechos humanos en comunidades vulnerables víctimas del conflicto armado. En el caso de Colombia, este tipo de cooperación se da en el departamento del Chocó, a través de estrategias que emplean la ayuda humanitaria en busca de restablecer los derechos fundamentales de las comunidades tras el conflicto armado interno establecido en esta parte del país. En tal contexto, este estudio de caso pretende determinar si la AECID, a través de diferentes proyectos, logra restablecer los derechos humanos de los individuos del Chocó, además de analizar cómo la función de este agente estatal presenta un acercamiento entre el Estado colombiano y la población, teniendo en cuenta que la función de este ha sido casi nula.
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Esta investigación tiene como objetivo estudiar la relación que existe entre política criminal y los derechos humanos carcelarios durante el desarrollo del gobierno de Álvaro Uribe Vélez (2002-2010), y su incidencia en la cárcel Modelo de Bogotá. Pues en Colombia, al amparo de un discurso meramente punitivo, la pena privativa de la libertad se ha vuelto el fin último del aparato judicial, lo que ha ocasionado altos índices de hacinamiento y, colateralmente, violaciones a los derechos fundamentales de la población reclusa en Colombia. Esta investigación se centra en el análisis de la política criminal, entendida como el estudio del conjunto de medidas empleadas por los órganos de gobierno para hacer frente a la criminalidad que afecta a un Estado. En este sentido, se pretende demostrar que la política criminal se ha enfocado en la pena más que en la prevención y/o la reinserción.
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"La coyuntura actual de Colombia con ocasión de las conversaciones de paz que desde hace casi tres años se realizan en La Habana entre el Gobierno y la guerrilla de las farc, y la eventual entrada a un periodo de posconflicto, sumado a las tendencias internacionales en materia de protección de los derechos humanos, nos invitan como Academia a dirigir nuestra mirada sobre las discusiones contemporáneas alrededor de los derechos humanos en el marco de la globalización, evaluando los aportes que los Estados, los organismos internacionales y los expertos realizan constantemente en diversos temas, incluso antes impensables para la ciencia jurídica, pero que hoy ocupan lugares prioritarios en la agenda de los gobiernos y las organizaciones que propenden por la defensa de los derechos humanos."--presentación.
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...este libro es el resultado de la implementación de la educación legal clínica, evidenciando, de un lado, la importancia de involucrar en la formación de los estudiantes de Jurisprudencia el componente práctico, al llevar a escenarios reales la aplicación de los conocimientos adquiridos en su carrera, incluso en asuntos de orden transnacional, y de otro lado, la imperiosa necesidad de poner en marcha el ejercicio responsable de su profesión, comprometiéndose con la realidad social de nuestro país. Adicionalmente, este libro es una herramienta de aprendizaje para clínicas de interés público en formación, para universidades y organizaciones que buscan implementar la enseñanza clínica en sus programas, para las comunidades y sus líderes, y en general para quienes buscan la forma responsable de ayudar a la comunidad a partir de la aplicación de sus conocimientos jurídicos..."--presentación.
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En este trabajo se profundiza en una posible relación entre el mundo de la ciencia-ficción y los derechos humanos. No solo existe una literatura y una filmografía de obras de ciencia-ficción barata, de mala calidad y/o con fines exclusivamente comerciales sino también hay una literatura y filmografía de carácter crítico y transgresor. Se insiste en la importancia de las tramas sociales y utilizamos el concepto de derechos humanos y los denominados principios de imposibilidad como otra manera de construir nuestro presente a través del imaginario sobre el futuro. Según se construya este, el presente será más o menos sacrificado. La condición humana siempre aparece de manera positiva o negativa en las obras de este género, bien desde el reconocimiento de la pluralidad o la diferencia o bien desde la imposición autoritaria de un único modo de ser humano.
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Resumen:Este artículo presenta los resultados de una investigación realizada en el primer semestre de 2009 por el Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario1 y financiada por la Secretaría de Integración Social del Distrito Capital, donde se buscó desarrollar lineamientos para una política pública para los adultos mayores en Bogotá. Se abordan, en primer lugar, los aportes conceptuales de la investigación y su relación con los principales trabajos que en la materia se adelantan por parte del Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario, luego se describen los hallazgos logrados a través del trabajo con grupos focales en 10 localidades de Bogotá y, finalmente concluir con una breve explicación acerca de los retos identificados en dicho proceso. Abstract:The article presents the results of a research done during the first semester of 2009 by the Human Right Research Team of the Rosario University, and financed by the Secretary of Social Integration from District Capital, where the development of guidelines for an the elder adult’s policy in Bogotá was pursued. The article considers, in first place, the conceptual contribution of the research and it is relation with the principal works that in the same subject are done by the Human Right Research Team of the University of Rosario. The findings are described throughout the focal groups of work in 10 communities of Bogotá. Finally, the article concludes with a brief explanation about the challenges identified in the process.
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En el mes de septiembre del año 2008, Chile ratificó el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la organización Internacional del Trabajo (OIT). Esta ratificación pone nuevamente sobre el tapete la discusión respecto la jerarquía de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos en el sistema jurídico chileno, discusión que no ha podido ser zanjada desde la reforma del año 1989, que modificó el artículo 5º de la Carta Fundamental.AbstractIn September 2008, the State of Chile proceeded with the ratification of the InternationalLabour Organization 169 Treaty Concerning Indigenous and Tribal People in Independent Countries. This ratification brings once again for discussion the hierarchical place that International Human Rights Treaties have within the jurisdictional system in Chile, discussion that has not been settled since the 1989 reform that modified article 5 of the Fundamental Letter.
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ResumenEste trabajo pretende ser un instrumento de reflexión sobre el rol histórico de la autoridad en el aula. El supuesto es que los períodos autoritarios han dejado huellas en las cosmologías docentes y por ello el autoritarismo se resiste a partir. Esto último impide enfatizar en actitudes y acciones didácticas de tipo cooperativo; invisibilizando derechos fundamentales, principalmente aquellos referidos en la infancia y adolescencia. Se hace hincapié en la participación democrática de docentes y estudiantes, enfatizando en la exaltación de un tipo de socialización enmarcada en la participación democrática desde la escuela, que pueda aportar hábitos trasladables a otros ámbitos sociales, contribuyendo a formar actitudes deliberativas, necesarias para participar activamente. El marco utilizado es, en el caso de las teorías del aprendizaje y como soporte metodológico, el principio de Zona de Desarrollo Próximo (Vigotsky) y el supuesto de aprendizaje práctico/participativo (Rogoff), además de brindar algunas concepciones sobre filosofía política en educación (Gutman).Respecto al marco normativo, se presta atención al cuerpo jurídico internacional sobre derechos humanos poniendo énfasis en la esfera de la educación, las recientes leyes argentinas de educación (2006) y de protección de la infancia y la adolescencia (2006). Palabras clave: autoridad democrática, diálogo horizontal, ciudadanía activa, talleres pedagógicos. AbstractThis work aims to be an instrument of reflection on the historical role of authority in the classroom. The assumption is that authoritarian periods have left footprints in the cosmologies of teacher, hence authoritarianisms resists to leave. This prevents the emphasis on didactic cooperative attitudes and actions, thus subduing fundamental rights, mainly those referred to infancy and adolescence. The teachers´ and students´ democratic participation is emphasized, remarking the exaltation of a kind of socialization framed by the democratic participation from the school, which can bring habits transferable to other social areas, facilitating the development of the deliberative attitudes needed to participate actively. The theoretical framework is, in the case of learning theories and as a methodological support, the principle of Near Area Development (Vigotsky) and as the second argument, we use the assumption of learning by doing/participatory (Rogoff). In the first case, a task that is done with help today will be autonomously tomorrow. For the latter, it means participatory activities in order to achieve habits that may relocate to other social environments. In the case of Guttmann, it is looking for framing issues of political theory of education, mainly those related to the new skills a twenty-first century citizenship must acquire. Regarding the regulatory framework, attention is paid to international norms on human rights with emphasis on education, recent Argentinean education laws (2006) and new laws on childhood and adolescence protection (2006). Keywords: democratic authority, horizontal dialogue, active citizenship, pedagogical workshops.
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Resumen El concepto de reparación integral en Colombia está mediado en gran parte por las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ello ha propiciado algunos avances en materia de ampliar el espectro de las reparaciones económicas; en la posibilidad de reabrir investigaciones antes cobijadas por la intangibilidad de la cosa juzgada; en la participación de las víctimas en los procesos penales y disciplinarios, y en algunas formas de reparación simbólica. Sin embargo, en general hay carencia de verdadera voluntad política y de mecanismos jurídicos que posibiliten que la reparación integral sea una realidad.Además, el cruce de decisiones de la Corte Interamericana con las decisiones del Consejo de Estado colombiano, ha originado situaciones absurdas que, aunque teóricamente se ven como un avance, en términos reales son un retroceso frente a los derechos de las víctimas. Ello se debe a la aparente similitud de las competencias de ambos tribunales; a una equivocada lectura del Consejo de Estado sobre los límites y posibilidades reales de su jurisdicción, y finalmente, a que la Corte no ha adoptado criterios claros en relación con las reparaciones económicas y en relación con la coherencia en el cumplimiento de sus sentencias. Palabras clave: reparación, Colombia, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Consejo de Estado. Abstract The concept of integral reparation in Colombia is mediated largely by the decisions of the Inter-American Court of Human Rights. This has led to some progress in broadening the spectrum of economic reparations; in the possibility of reopening investigations sheltered by the intangibility for defendants; in the participation of victims in criminal and disciplinary proceedings, besides in some symbolic forms of reparation. However, there is general lack of real political will and legal mechanisms that enable that comprehensive reparation be a reality. Furthermore, crossing inter-American court decisions with the decisions of the Colombian State Council has created absurd situations that, although theoretically are seen as a breakthrough, in real terms are a retreat from the rights of victims. This is due to the apparent similarity in the competencies of both courts; a mistaken reading of the State Council on the limits and real possibilities of their jurisdiction, and finally, the Court has not adopted clear criteria regarding economic reparations and in relation to consistent compliance with its sentences.Keywords: repair, Colombia, Interamerican Court of Human rights, State Council.