816 resultados para Teoría del reflejo
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Esta disertación académica pretende presentar los principales enfoques en torno al término del Estado fallido. En particular, busca defender que no se dispone de un arsenal teórico y práctico para afirmar que un Estado es fallido, puesto que los desacuerdos entre los autores clásicos y modernos persisten, por ende el Índice organizado por el Fondo para la Paz no es transparente ni confiable.
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La tesis de Maestría propone que los árbitros puedan operar como verdaderos jueces en la jurisdicción contencioso administrativa, sin que su actuación se vea limitada a ningún tipo de materia, ya que ellos podrían llevar la adjudicación en esta jurisdicción con igualdad y neutralidad.
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Dos son los principales propósitos de esta investigación: por un lado, dar cuenta de la manera en que Estanislao Zuleta hizo filosofía desde la literatura, y, por otro, destacar como consecuencia principal de un hacer filosófico tan particular la presencia en la obra de Zuleta de una inconclusa teoría estética. En procura de cumplir estos objetivos, tres serán los derroteros a seguir: primero, desde el concepto de Lebenswelt y la noción freudiana de sublimación, justificar la compleja relación que tiene lugar entre vida, literatura y filosofía en el pensador colombiano. Segundo, definir el criticismo de Zuleta desde una lectura de Kant semejante a la de la “ontología del presente” de Foucault para mostrar cómo desde allí la literatura obtiene un privilegiado lugar en la reflexión filosófica de la modernidad. En tercer lugar, ver cómo desde la novela moderna y la lectura cruzada que hace Zuleta de Marx y Freud es posible justificar una noción de experiencia estética según la cual la literatura, como el arte en general, ofrece la posibilidad de reconocer la identidad cultural e individual de forma autónoma y crítica. La construcción de esta noción de experiencia estética atravesará el conjunto de la exposición revelando y articulando paulatinamente el concepto de sublimación de Freud, la estética kantiana, el concepto de transfiguración artística común a Nietzsche y Heidegger y las estrechas relaciones que guardan las nociones de historia y trabajo en Marx con el concepto de elaboración de Freud.
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Resumen tomado de la propia publicación
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La responsabilidad disciplinaria no se puede ser entendida como la existencia de dolo o culpa en la actuación del funcionario público sino como el juicio de exigibilidad en el cual el juez disciplinario debe establecer si el deber funcional era exigible en las específicas circunstancias del caso, dependiendo de los requisitos necesarios para el ejercicio del cargo de representante legal de una Entidad estatal y dados los conocimientos requeridos para la ejecución del deber funcional.
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Durante los días 14, 15 y 16 de septiembre de 2011 se realizó en la Universidad del Rosario el Primer Concurso Nacional de Semilleros de Investigación, en el marco del Seminario Internacional “Veinte años de Constitucionalismo Social”. En el ejercicio pedagógico de este encuentro se observaron los resultados y la importancia de la investigación formativa en las facultades de Derecho. Se presentaron 41 ponencias, de las cuales 36 fueron seleccionadas para participar en el concurso. De estas, 21 procedían de universidades de Bogotá y 16 de universidades de otras ciudades del país. Participaron, por Bogotá, semilleros de las universidades de la Sabana, Sergio Arboleda, Católica de Colombia, Cooperativa de Colombia, La Gran Colombia, Santo Tomás, Nacional de Colombia, Pedagógica y del Rosario. De igual forma, vinieron a este concurso los semilleros de las universidades de Antioquia, del Atlántico, Mariana de Pasto, Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC) sede Tunja y Santo Tomás de la misma seccional. Es emocionante ver a la generación de relevo de las facultades de Derecho presentar sus investigaciones, debatir las conclusiones y aportar propuestas para consolidar la eficacia de los derechos sociales y de las instituciones establecidas en la Constitución de 1991. La pertinencia de los trabajos, la construcción de sus propuestas metodológicas y los problemas e hipótesis planteados, nos muestran que las discusiones y la investigación constitucional están presentes en las universidades colombianas y seguirán siendo importantes ejes de reflexión e incidencia en los próximos años. Los avances de la jurisprudencia constitucional seguramente seguirán contando con la evaluación garantista y crítica de la academia. Debemos agradecer especialmente a quienes propiciaron este espacio: a la coordinación académica del Dr. Julio Gaitán, director del Doctorado en Derecho de la Universidad del Rosario, y de la Dra. Martha Sáchica, coordinadora del Área de Derecho Constitucional de la Facultad de Jurisprudencia, en la misma universidad. La organización del evento y del concurso contó con un equipo de altas calidades, liderado por los doctores Luis Manuel Castro, Clara Inés Atehortúa, Ximena Sierra, María Lucía Torres, Adriana Borda y Julieth Grajales; y en la logística del concurso reconocemos el apoyo del Semillero de Investigación en Derechos Humanos y de Soraya Estefan, Adriana Becerra, Sheila Giraldo y Martha Gallego. Fueron también muy importantes los aportes y la participación de los profesores de las áreas de Derecho Constitucional, Derechos Humanos, Derecho Penal y Teoría del Derecho de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario; y de los magistrados auxiliares de la Corte Constitucional y los profesores externos que nos apoyaron como jurados de los trabajos escritos y de las sustentaciones orales en las mesas de trabajo y en la ronda final. La publicación de este trabajo es posible gracias a la financiación de la Fundación Hanns Seidel. Esperamos que su difusión, a través de la página web y de la edición impresa, sirva para darles continuidad a estos esfuerzos, y reconocimiento al trabajo serio y responsable de los estudiantes de Derecho de nuestro país. El trabajo que ocupó el primer lugar pertenece al Semillero de la Universidad Santo Tomás de Tunja. El autor es el estudiante Germán Andrés Camargo Fonseca, quien en su ponencia “Aplicación del estado de cosas inconstitucional sobre desplazamiento forzado a inmigrantes internacionales y refugiados naturales colombianos”, plantea una novedosa hipótesis acerca de las obligaciones del Estado colombiano para con los migrantes internacionales. El siguiente trabajo, que ocupó el segundo lugar, fue presentado por los estudiantes Yénifer Yiseth Suárez Díaz y Fabián Andrés Rojas Bonilla, de la Universidad Nacional de Colombia. Su reflexión y aportes críticos, de gran novedad y utilidad, se ocupan de “El Estado social de derecho y las medidas alternativas a la prisión en Colombia”. Finalmente, se encuentra el trabajo del estudiante de la Universidad de Antioquia e integrante de su Semillero, David Sierra Sorockinas. El tema es de actualidad: “El derecho al acceso al agua potable: discusiones entre los derechos fundamentales y los servicios públicos domiciliarios en la Constitución de 1991”. En este trabajo se presentan las líneas jurisprudenciales de la Corte Constitucional en relación con el acceso al agua potable y las garantías del derecho, y se plantean alternativas creativas para que las autoridades locales asuman el reto de garantizar el mínimo vital en materia de agua potable.
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La presente monografía está dividida en cuatro capítulos que han sido analizados de modo ascendente, en uno parámetros de hechos causas y consecuencias. El primer capítulo se torna de modo explícito al mencionar hechos concretos de la historia, pues es importante entender el porque de las decisiones del gobierno Bush en mantener a estas personas en la base en una situación tan inhumana e indebida. Por eso se analizan los antecedentes al 11 de septiembre, los mismos sucesos y los que procedió después de estos, como la creación de la guerra contra le terrorismo y los hechos que le han dado fuerza. En el segundo capítulo nos internaremos en la base naval de Guantánamo, analizándola desde sus primeros momentos de existencia en la historia y por supuesto estudiando lo que actualmente sucede en su interior a la luz de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario. En el tercer capítulo se descubrirán los intereses del gobierno norteamericano en consonancia con la teoría del poder y el incumplimiento de los acuerdos internacionales en el marco del neoliberalismo institucional. Finalmente, se darán las conclusiones y recomendaciones. La presente monografía se ha apoyado en los teóricos del realismo para entender a través de la política de poder el fin último de un Estado en acrecentar su poder y actuar a favor de sus propios intereses. Esta teoría permite entender el comportamiento de Estados Unidos frente en su ansiosa necesidad de cobrar cuentas después del 11 de septiembre, la guerra contra el terrorismo y sus verdaderos objetivos en mantener a estas personas en La Base.
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Esta monografía busca establecer la forma en que la estrategia para la destrucción de cultivos de coca a la luz de la teoría del neoinstitucionalismo de Douglas North forma parte de un esquema de cooperación internacional en el marco del Plan Colombia porque por medio de las instituciones, ya sean formales o informales, y el poder que estas tienen se estipulan las condiciones a las cuales el Estado y la sociedad se acogen para enfrentar el problema de los cultivos ilícitos.
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Es innegable la situación de constante y acelerada evolución que ha venido experimentando nuestra sociedad pos industrial, y a la par con este, el vertiginoso ritmo de difusión que el desarrollo tecnológico ha tenido. En atención a tales supuestos, puede decirse que se ha generado un modelo social, cuyo progreso depende en gran medida de los sistemas de información y comunicación. Hace tiempo que el centro de gravedad de la lucha por el poder político y económico se ha desplazado del ámbito del control de las grandes energías al del dominio de la información. Por eso puede afirmarse que a diferencia de la primera revolución industrial, que dependía de recursos finitos y que se organizaba en torno a la energía, la sociedad post-industrial se asienta en la información y se nutre del suministro inagotable de conocimientos. No se puede negar por tanto que la información se configura como un bien de incuestionable valor1 , cuyo tratamiento automatizado repercute en múltiples ámbitos (económico, social, político, cultural) y cuya salvaguarda merece tutela jurídica.
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Se presenta desde el punto de vista histórico-jurídico, el papel de los Actos Políticos o de Gobierno en la formación constitucional de la República de Colombia y su tratamiento y control en las Constituciones colombianas de 1821 a 1991.
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El siguiente trabajo pretende, mediante la revisión de diferentes fuentes bibliográficas, mostrar las distintas categorías en las que la muerte se trabaja dentro de la psicoterapia fenomenológico existencial. Es así como se hace un recorrido por los antecedentes filosóficos de este enfoque psicoterapéutico, las diferentes escuelas que dentro de él se desarrollan y sus planteamientos frente a la muerte, las maneras de morir, la muerte y el ciclo vital, y los avances actuales como la Teoría del Manejo del Terror (TMT) . Todos estos elementos se revisan para después ser relacionados y así proponer una serie de acciones prácticas a llevar a cabo dentro del encuentro psicoterapéutico con miras a un trabajo adecuado y productivo con la muerte desde una perspectiva existencial.
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El primer fallo de la Corte Penal Internacional ha confirmado que el Artículo 25(3) del Estatuto de Roma se basa en la teoría del dominio del hecho para hacer la distinción entre autoría y participación. Por el contrario, desde 2003, la jurisprudencia de los tribunales ad hoc construye el concepto de coautoría con base en la doctrina de la empresa criminal conjunta y emplea un criterio subjetivo de autor. En el presente texto analizaremos primero los problemas planteados por esta línea jurisprudencial de los tribunales ad hoc,para proseguir con el análisis del artículo del Estatuto de Roma que más parece asemejarse a la doctrina de la empresa criminal conjunta :el Artículo 25 (3) (d). El documento concluye que ninguna de las categorías de la empresa criminal conjunta tiene cabida en dicha disposición.
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Estudiar qué teoría sostienen los estudiantes universitarios de La Laguna sobre la vejez. 1a. Fase: dos grupos de sujetos, el primero formado por 7 sujetos con edades entre los 30 y 42 años. También participaron 8 personas que actuaron como jueces; todos eran licenciados en Psicología. 2a. Fase: se utilizaron 44 estudiantes, 22 varones y 22 hembras, todos estudiantes de Psicología y Filología, con edades entre los 18 y 24 años. 3a. Fase: participaron 131 alumnos, 76 de Matemáticas y 55 de Psicología. 4a. Fase: 8 estudiantes de primero de Filología cuyas edades oscilaban entre los 17 y 21 años y 64 estudiantes más de otras facultades cuyas edades oscilaban entre 22 y 30 años. Cuatro fases: a) La búsqueda de proposiciones: siguiendo la similitud entre las teorías implícitas (patriarcal, ancianos independientes, tradicional y el abuelito) y las categorías naturales de Rosch, se utilizó la técnica del Brainstorming para la búsqueda de proposiciones. Se obtuvieron las proposiciones más prototípicas de cada categoría, luego fueron seleccionadas por un grupo de jueces. b) Para comprobar si las proposiciones de cada teoría se distribuyen según su grado de tipicidad y su consistencia. Se partió de un gran número de sujetos. c) Fase cognitiva: para comprobar si las proposiciones más o menos prototípicas son rápidamente procesadas y si las proposiciones intermedias necesitan más tiempo para ser procesadas. Se usa un taquitoscopio en un ambiente controlado. d) Estudio de las teorías que sostienen los estudiantes acerca de la vejez y los ancianos: cuatro teorías, dos variables dependientes intragrupo (atribuciones y hétero-atribuciones) y dos variables dependientes intergrupo (los dos grupos de edades). Un cassette, 4 cintas, instrucciones previas y cuatro protocolos para las teorías y las frases de empuje y cuatro cuadernillos de instrucciones. Tarjetas donde iban escritas las proposiciones; hojas de registro, historietas e instrucciones, un taquitoscopio y dos interruptores conectados a un cronoscopio hoja de instrucciones, un cuaderno para CCDA teoría. Cuestionario. En general, los jóvenes universitarios canarios sostienen la teoría tradicional sobre la vejez. Todos rechazan la teoría del deterioro, sin embargo sostienen de forma moderada las otras dos teorías: la patriarcal e independiente.
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Con este trabajo se pretende analizar si las teorías de Parsons y Luhmann, implicadas en el debate entre individualistas metodológicos y colectivistas, dan cuenta acertadamente de la acción social, es decir, del funcionamiento de la sociedad y del individuo que la genera. Esta investigación se estructura en los siguientes capítulos: 1. Individualismo metodológico versus colectivismo. 2. La teoría de sistemas: aplicación en Sociología. 3. El sistemismo en las teorías de Parsons y Luhmann. 4. Del funcionalismo a la teoría de sistemas: el esquema ágil de T. Parsons. 5. La teoría del sujeto en Parsons. 6. N. Luhmann: la complejidad del sistema. 1. Tanto Parsons como Luhmann mantienen una perspectiva sistémica en lo que se refiere al estudio de las sociedades, perspectiva que si bien se debe a su enfoque funcionalista, no se limita a éste, ya que ambos autores les dan a los elementos funcionalistas que toman un giro personal. Es más, en el caso de Parsons, la perspectiva sistémica que adopta va más allá del funcionalismo cuando en su última época analiza el cambio y la evolución en los sistemas sociales. Ambos autores elaboran una teoría de largo alcance que intenta dar explicaciones globales de los sistemas sociales y culturales. Para elaborar tales explicaciones, ambos autores defienden un enfoque interdisciplinar, que es sumamente interesante y fructuoso en las Ciencias Sociales. Las críticas más frecuentes que se les hacen a estas teorías son su generalidad y abstracción, su olvido de las discontinuidades a la hora de tratar el cambio social. Desde nuestro punto de vista, nos parece que el enfoque interdisciplinar ha olvidado algunas disciplinas fundamentales (en el caso de Parsons) o ha tomado algunas innecesarias (Luhmann), así como que utilizan un modelo de sujeto individual incompleto, y un concepto de sistema de acción erróneo. Al hilo de nuestras críticas exponemos el perfil de una alternativa que, en nuestra opinión, se ve libre de las limitaciones que estas teorías presentan. Esta alternativa es fruto del trabajo del grupo constituido en el Departamento de Lógica y Filosofía de la Ciencia de la Universidad de La Laguna.
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Objective: To determine the effect of ankle joint mobilization on the H reflex amplitude of thesoleus muscle in people with spasticity. Materials and methods: A quasi-experimental study withcrossover design and simple masking was conducted in 24 randomized subjects to initiate thecontrol or experimental group. Traction and rhythmic oscillation were applied for five minutesto the ankle joint. H wave amplitude changes of Hoffmann reflex (electrical equivalent of themonosynaptic spinal reflex) was assessed, stimulating the tibial nerve at the level of the poplitealfossa and recording in the soleus muscle. In each subject 12 measurements were taken: basalrate, during and after mobilization. Changes in H reflex amplitude were calculated in relationto basal measurement. For each measurement a hypothesis test was performed (Student t test).Results: In groups of patients with brain injury and incomplete spinal cord injury, a significantdifference was found between measurements of both studies, concerning variation in H reflexamplitude during the application of joint mobilization techniques, with a decrease in the experimentalgroup and an increase in the control group. In contrast, no significant differences werefound after mobilization therapy. Patients with complete spinal cord injury showed no significantdifferences in any measurements. Conclusion: We demonstrate the effectiveness of jointmobilization in the decrease of H reflex amplitude in patients with brain injury or incompletespinal cord injury during the mobilization maneuver, but no residual effect after completion ofthe trial. This research showed no evidence regarding excitability reduction in complete spinalcord injury. We suggest that therapeutic interventions to decrease muscle tone based on the jointmobilization should be reconsidered.