790 resultados para GLOBALIZACION EDUCACION Y DERECHOS HUMANOS
Resumo:
La elaboración que Paul Ricoeur hiciera insistentemente para proponer una ética a la vez posible y justa tiene un rico desarrollo en la que cruza esas tesis con las de la identidad humana y las abre a preocupaciones presentes y conflictivas. El encuadre teórico es el que combina la descripción fenomenológica con una hermenéutica rigurosa pero que se define por la necesidad de aceptar su conflictiva y pluralidad -que es preciso explicar y comprender-. Este estilo dialéctico e itinerante puede encontrarse, a nuestro juicio, en varias obras como son: "Sí mismo como otro" donde encontramos la tensión y relación entre la identidad idem y la identidad ipse, mediadas por la identidad narrativa y entre los niveles de la eticidad y la moralidad, tal como aparecen allí, fundados en el deseo. También en una obra anterior donde el fundamento es la libertad, "conjugada" en primera, segunda y tercera persona. Y entre lo que podríamos llamar su "cuarteto" de la ontología del hombre capaz y su cruce con la experiencia del sufrimiento. En la síntesis que es su "Recorridos del reconocimiento" se recogen esas tensiones y aperturas y se las corona con las tesis que desarrollara al comparar el amor y la justicia, en especial, el mandamiento del amor al enemigo. Partiendo de la riqueza y polisemia del verbo reconocer recorre el camino de su conjugación en voz activa, en la forma reflexiva y en la voz pasiva. Todo este entramado paciente y sostenido durante tantos años nos proporciona un marco teórico precioso para pensar el actual fenómeno de los derechos humanos: por su condición de históricos, pactados, parciales y sucesivos y, a la vez, universales -o, como dice Ricoeur, con pretensión de universalidad-. No pueden ser pensados en profundidad y honestamente sino con una filosofía que acepte la conflictiva hermenéutica, transite las tensiones presentes y se abra a una propuesta a la vez amplia, crítica y situada, dado que no parece posible pensar hoy la vida buena sin referirnos a este sistema de derechos humanos
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Tanto el sindicalismo argentino, como el impulso de la perspectiva de género en Argentina tienen una característica peculiar, que no se da en otros países del Cono Sur. Estas dos situaciones generan una retroalimentación entre los debates de género y sindicalismo. En este contexto se encuadra el caso a analizar, a saber, la "Asociación Bancaria" de Argentina, en el período 2013-2016. Nuestro objetivo general consistió en observar la implementación de las políticas de género de la Secretaría de Derechos Humanos, Género e Igualdad (SDHGI) de la Asociación Bancaria. Encarando el trabajo de identificar la representatividad estadística o descriptiva (cantidad de mujeres en cargos y las tareas realizadas) y la representatividad política (si está presente y de qué forma la incorporación de la perspectiva de género en las actividades que planea y desarrolla) Esto nos llevó a ver si había una articulación entre estas dos representaciones. La hipótesis que guió esta investigación es que, si bien se desarrollaron distintas estrategias para visibilizar la problemática de género, estas no fueron suficientemente efectivas para avanzar sobre las desigualdades generizadas a la hora del acceso a los cargos más importantes. El trabajo se divide en tres capítulos. El primero, construye un estado de la cuestión, en relación a lo escrito sobre sindicalismo, género y los bancarios. El segundo ofrece una breve reconstrucción histórica del sindicato bancario. En el tercer capítulo analizamos la SDHGI, a partir de los documentos generados y las actividades realizadas, así como de la composición del secretariado nacional del sindicato. Por último, en las conclusiones, elaboramos algunas reflexiones finales, y nos planteamos otras preguntas que fueron surgiendo a lo largo de la investigación y que pudieran orientar otras líneas de acción
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Las Constituciones iberoamericanas reflejan la preocupación de reconocer y garantizar a todos sus habitantes los derechos humanos fundamentales del ser humano, para lo cual integran dentro de su articulado cláusulas especiales donde reconocen la apertura a estos derechos. Para dicho reconocimiento cada Estado elige los principios y elementos que considera esenciales, y que dentro de esta reflexión se han denominado elementos básicos de las cláusulas de apertura. El análisis comparativo parte precisamente de estos puntos que mencionan casi todos los textos constitutivos de Iberoamérica.
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El documento asume que el ejercicio de la ciudadanía plena, enun contexto globalizado, debe partir de consideraciones políticas,culturales y económicas antes que de un reconocimiento legal. Seentiende que la ciudadanía global, como un vehículo planetario,puede ser ostentada por personas individuales y por gruposidentitarios, como las mujeres, de manera que se llega a concebirel movimiento social de mujeres como el Estado en Red de Castells.Sin embargo, se aprecia que este ejercicio ciudadano no puedeser pleno, sin la existencia de unos tribunales internacionales dejusticia que garanticen los derechos implícitos en el concepto deciudadanía, que en el caso concreto de la Corte Interamericana havenido moldeando el ejercicio de la ciudadanía global a partir delestablecimiento de unos estándares jurisprudenciales en materiade derechos humanos de las mujeres, aplicables en cada uno de losEstados que han reconocido la competencia de la Corte Regional.
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Este ensayo pretende discutir los modos de subjetivación propuestos por Michel Foucault y los derechos humanos. Tomando esas implicaciones Faucaultianas del cuidado de sí mismo y de una estilización de la existencia de la constitución en nuestras vidas, es posible substituir el llamado a lo universal y lo esencial por formas más disonantes de subjetivación, significativamente más singulares. Este ensayo se enfocó en un referencial bibliográfico que contempla obras de Foucault y obras sobre el autor, sobre derechos humanos, sin perder de vista las implicaciones practicas y las experiencias del campo jurídico. Sin embargo, la percepción de las insuficiencias de la teoría tradicional de los derechos humanos de encarar las diferencias de la subjetividad y de promover la autonomía y la emancipación de los sujetos, evidencia el motivo por el cual buscamos elementos nuevos de la subjetividad en la filosofía de Foucault y en una teoría critica de los derechos humanos..
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Tesis (Maestría en Estudios y Gestión del Desarrollo).-- Universidad de La Salle. Maestria en Estudios y Gestión del Desarrollo, 2013
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Pese a que la mayoría de ordenamientos europeos regulan las técnicas de reproducción asistida, ello no reduce la diversidad existente entre los estados miembros por lo que respecta a cuestiones especialmente sensibles, tales como las condiciones de acceso estas técnicas; el uso del diagnóstico genético preimplantacional para evitar que un hijo sea portador de una determinada enfermedad genética; el recurso a técnicas heterólogas o con gametos donados; los efectos que deben otorgarse a los acuerdos de gestación por sustitución celebrados en el extranjero; o el destino de los embriones sobrantes de un ciclo de fecundación "in vitro". Las diferentes respuestas a estas cuestiones dan cuenta de la variedad de aproximaciones de los estados en la materia. Esta diversidad se ha visto fomentada, en el momento actual por el mal llamado "turismo reproductivo", un fenómeno que, como se analiza críticamente en este trabajo, se ha visto avalado por el propio TEDH.
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La violencia y discriminación contra la mujer se vive en toda la región latinoamericana y ante eso los países han comenzado en los últimos años a hacer énfasis a redoblar esfuerzos para eliminar este mal. Convencidos de que es urgente avanzar en El Salvador, en la erradicación de la violencia contra las mujeres, nuestra Coordinación Política quiere dejar constancia de su quehacer contra la impunidad e injusticia y de los retos que es necesario vencer para que las mujeres alcancen realmente el derecho a una vida libre de violencia. Es importante recalcar que la violencia contra las mujeres tiene su fundamento en la desigualdad social de género que se presenta de manera generalizada en modalidades diferentes afectando de forma directa sus vidas como también en el desarrollo de sus capacidades y sus libertades. La violencia contra las mujeres es un problema vital dentro de la sociedad, ya que se convierte en un gran impedimento para su desarrollo en nuestro país, se ha presentado un gran avance en materia legislativa generando condiciones jurídicas que fortalecen las necesidades de transformación, especialización, profesionalización de las instituciones para detención, prevención, atención, sanción e institución de los derechos de las mujeres que enfrentan la discriminación, desigualdad, exclusión y violencia. La violencia contra las mujeres no es más que una clara evidencia de la violación de sus derechos humanos, ante ello sólo una minoría de las víctimas denuncia tal agresión, la mayor parte soportan en silencio, pero lo más triste es que otras no viven para contarlo, durante las últimas décadas, la violencia contra la mujer ha ido recibiendo una atención creciente a nivel mundial, pasando de ser una cuestión oculta y privada a declararse en la actualidad como un problema de derechos humanos que afecta a la dignidad, a la integridad y a la libertad de las personas y que atenta contra el bienestar social. La realidad de la mujer Salvadoreña descansa en políticas estatales, las cuales deben respaldar toda iniciativa en pro del progreso humano y colectivo, aunque, bien es cierto que en la práctica, como se puede observar, este papel ha tenido aún poca incidencia en mejorar las condiciones de vida y desarrollo de las mujeres, de forma sostenida y al mismo tiempo entender que no puede haber desarrollo sin superar el déficit de las mujeres.
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Se identificó cuáles son los Derechos contemplados en instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos, que el Estado de El Salvador por medio del Código de Familia les vulnera a los adolescentes al autorizar el matrimonio a edades prematura. Este objetivo se ha logrado realizando un análisis de los derechos de los adolescentes, debido que en muchas situaciones al permitirse el matrimonio entre adolescentes se vulneran derechos. Se estableció el impacto jurídico que tiene el matrimonio entre adolescentes a la luz de los Convenios sobre Derechos Humanos ratificados por El Salvador mediante las entrevistas no estructuradas cuando las unidades de análisis hacen referencia que los adolescentes que contraen matrimonio se ven limitados en su realización personal tal como lo regula el artículo 32 de la LEPINA y, por último, se explicó jurídicamente las consecuencias acerca de la no orientación sexual adecuada hacia los adolescentes por parte de las autoridades competentes. Metodología: para el desarrollo de la investigación se utilizaron el método científico, de análisis, de síntesis, estadístico y comparativo interpretativo. Conclusión: Al concluir la investigación se establece que el matrimonio es una institución y que goza del reconocimiento del estado de El Salvador, dentro de las teorías doctrinarias que existen, la que mejor se apega a la legislación salvadoreña es la teoría mixta que como ideas fundamentales de ella concibe al matrimonio como un acuerdo de voluntades; esto vendría hacer dentro de la legislación salvadoreña un matrimonio como acto en primer lugar se refiere a la unión legal de un hombre y una mujer, en segundo lugar la permanencia en el tiempo se toma como una institución y que al permitir el matrimonio entre adolescentes se vulneran los derechos consagrados en tratados internacionales algunos de ellos mencionados a continuación, el derecho a la educación art. 28, derecho a estar protegidos de todas las formas de violencia física y mental, lesión o abuso incluido el abuso sexual art. 19, derecho a disfrutar el nivel más alto de salud posible art. 24 , derecho a procurar recibir e impartir información e ideas art.13, el derecho a no ser separados contra su voluntad de sus progenitores art 9, entre otros, todos de la CDN, y el derecho a la igualdad entre los adolescentes art. 10, el derecho a la no discriminación contra las mujeres en todas las materias relativas al matrimonio y todas las relaciones familiares art. 16 inc. Final artículos antes relacionados de la CEDAW, derecho a la igualdad art. 6, entre otros de la Belém do pará.
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En la presente temática se abordó aspectos esenciales que fundamentan doctrinariamente, teóricamente y jurídicamente la eficacia de los mecanismos de protección de los derechos humanos en el hacinamiento carcelario. Se realizaron los siguientes análisis e investigaciones: El origen del hacinamiento carcelario, las consecuencias que produce el hacinamiento carcelario en la persona que se encuentra privada de libertad dando lugar esta privación a una serie de vulneraciones y graves violaciones a los derechos humanos fundamentales e inherentes al privado de su libertad. Esta investigación se orienta a que uno de los principales problemas que tiene el Estado en el desarrollo de sus políticas públicas es que no se ha preocupado por crear y ejecutar políticas enfocadas a la prevención del delito y así incentivar al ciudadano a no delinquir y al privado de libertad a no reincidir, actualmente la consecuencia de esta omisión por parte del Estado genera que las cárceles estén abarrotadas de delincuentes llevando este factor a la sobre población carcelaria. Es por ello, que se debe hacer un estudio profundo con la finalidad de obtener respuestas al porque las instituciones se vuelven ineficaces frente al hacinamiento carcelario teniendo a su disposición un marco jurídico que en su texto es efectivo. Además es de señalar que la persona privada de libertad no pierde la calidad de ser "persona" por lo tanto al Estado le nacen obligaciones respecto a los privados de libertad y es el principal obligado por mandato constitucional de garantizar el goce de los derechos fundamentales e inherentes a la persona tales como: la dignidad humana porque del goce de estos derechos depende el goce de los subsiguientes derechos.
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92 p.
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La elaboración que Paul Ricoeur hiciera insistentemente para proponer una ética a la vez posible y justa tiene un rico desarrollo en la que cruza esas tesis con las de la identidad humana y las abre a preocupaciones presentes y conflictivas. El encuadre teórico es el que combina la descripción fenomenológica con una hermenéutica rigurosa pero que se define por la necesidad de aceptar su conflictiva y pluralidad -que es preciso explicar y comprender-. Este estilo dialéctico e itinerante puede encontrarse, a nuestro juicio, en varias obras como son: "Sí mismo como otro" donde encontramos la tensión y relación entre la identidad idem y la identidad ipse, mediadas por la identidad narrativa y entre los niveles de la eticidad y la moralidad, tal como aparecen allí, fundados en el deseo. También en una obra anterior donde el fundamento es la libertad, "conjugada" en primera, segunda y tercera persona. Y entre lo que podríamos llamar su "cuarteto" de la ontología del hombre capaz y su cruce con la experiencia del sufrimiento. En la síntesis que es su "Recorridos del reconocimiento" se recogen esas tensiones y aperturas y se las corona con las tesis que desarrollara al comparar el amor y la justicia, en especial, el mandamiento del amor al enemigo. Partiendo de la riqueza y polisemia del verbo reconocer recorre el camino de su conjugación en voz activa, en la forma reflexiva y en la voz pasiva. Todo este entramado paciente y sostenido durante tantos años nos proporciona un marco teórico precioso para pensar el actual fenómeno de los derechos humanos: por su condición de históricos, pactados, parciales y sucesivos y, a la vez, universales -o, como dice Ricoeur, con pretensión de universalidad-. No pueden ser pensados en profundidad y honestamente sino con una filosofía que acepte la conflictiva hermenéutica, transite las tensiones presentes y se abra a una propuesta a la vez amplia, crítica y situada, dado que no parece posible pensar hoy la vida buena sin referirnos a este sistema de derechos humanos
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La elaboración que Paul Ricoeur hiciera insistentemente para proponer una ética a la vez posible y justa tiene un rico desarrollo en la que cruza esas tesis con las de la identidad humana y las abre a preocupaciones presentes y conflictivas. El encuadre teórico es el que combina la descripción fenomenológica con una hermenéutica rigurosa pero que se define por la necesidad de aceptar su conflictiva y pluralidad -que es preciso explicar y comprender-. Este estilo dialéctico e itinerante puede encontrarse, a nuestro juicio, en varias obras como son: "Sí mismo como otro" donde encontramos la tensión y relación entre la identidad idem y la identidad ipse, mediadas por la identidad narrativa y entre los niveles de la eticidad y la moralidad, tal como aparecen allí, fundados en el deseo. También en una obra anterior donde el fundamento es la libertad, "conjugada" en primera, segunda y tercera persona. Y entre lo que podríamos llamar su "cuarteto" de la ontología del hombre capaz y su cruce con la experiencia del sufrimiento. En la síntesis que es su "Recorridos del reconocimiento" se recogen esas tensiones y aperturas y se las corona con las tesis que desarrollara al comparar el amor y la justicia, en especial, el mandamiento del amor al enemigo. Partiendo de la riqueza y polisemia del verbo reconocer recorre el camino de su conjugación en voz activa, en la forma reflexiva y en la voz pasiva. Todo este entramado paciente y sostenido durante tantos años nos proporciona un marco teórico precioso para pensar el actual fenómeno de los derechos humanos: por su condición de históricos, pactados, parciales y sucesivos y, a la vez, universales -o, como dice Ricoeur, con pretensión de universalidad-. No pueden ser pensados en profundidad y honestamente sino con una filosofía que acepte la conflictiva hermenéutica, transite las tensiones presentes y se abra a una propuesta a la vez amplia, crítica y situada, dado que no parece posible pensar hoy la vida buena sin referirnos a este sistema de derechos humanos
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La Agencia Española de Cooperación Internacional para el desarrollo (AECID) es un agente estatal que se encarga de desarrollar estrategias, comprendidas en sectores de cooperación como: la construcción de paz, crecimiento económico, desarrollo de género y gobernabilidad, con el objetivo de restablecer los derechos humanos en comunidades vulnerables víctimas del conflicto armado. En el caso de Colombia, este tipo de cooperación se da en el departamento del Chocó, a través de estrategias que emplean la ayuda humanitaria en busca de restablecer los derechos fundamentales de las comunidades tras el conflicto armado interno establecido en esta parte del país. En tal contexto, este estudio de caso pretende determinar si la AECID, a través de diferentes proyectos, logra restablecer los derechos humanos de los individuos del Chocó, además de analizar cómo la función de este agente estatal presenta un acercamiento entre el Estado colombiano y la población, teniendo en cuenta que la función de este ha sido casi nula.