1000 resultados para Incumplimiento del contrato
Resumo:
Este libro presenta algunos resultados de dos proyectos de investigación institucional: "la teoría de los riesgos en el derecho privado colombiano" y "la relación entre el contrato con el consumidor y el paradigma contractual de Código Civil y el Código de Comercio colombiano. Las dos investigaciones fueron adelantadas por el autor para la línea de investigación en derecho contractual del Grupo de investigaciones Jurídicas de la Universidad de Medellín. Existen contratos: éste, aquel, el de más allá, cada uno con su propia fisonomía "Todo concepto dice el joven Nietzsche Se forma por equiparación de contratos no iguales. Todos los contratos, por más diferenciales que los separen, tienen algunos elementos comunes: pluralidad de partes, acuerdo, contenido patrimonial, forma, efectos jurídicos. De eso se trata este libro: de los elementos comunes a todos los contratos. Por las páginas de este libro desfilan autores nacionales y extranjeros, sentencias de casación civil y de constitucionalidad. En algunos puntos, el autor acepta las ideas que dominan la doctrina y la jurisprudencia colombiana. En otros puntos, las críticas, se aparta de ellas y expone ideas alternativas, algunas originales, otras no tanto.
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Declara infundado el recurso de anulación
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Con la entrada en vigor de la Ley 21/1995, de 6 de julio, reguladora de los viajes combinados (LVC) se instaura una nuevo régimen de responsabilidad contractual del organizador y el detallista. Ahora el consumidor de esos viajes no sólo mantiene una relación contractual con el organizador si no también, en su caso, el detallista, cuya actuación deja de tener carácter representativo. Ambos sujetos responderán frente al consumidor "en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado..." (art. 11.1), circunstancia que plantea algunas dificultades en orden a delimitar el alcance de su responsabilidad. Esa misma norma establece la responsabilidad del organizador por los actos de los prestadores de los servicios del viaje utilizados como auxiliares en el cumplimiento contractual. Analizados los sujetos responsables, la presente tesis doctoral estudia los supuestos de incumplimiento del contrato de viaje, las partidas de daños resarcibles y su extensión. El trabajo propone distintos criterios en orden a calcular el valor de los daños por lesión al llamado interés de prestación, los daños corporales, los daños ocasionados por el extravío, destrucción o deterioro de objetos del consumidor, los daños por gastos inútiles y costes de negocios de reemplazo, los daños no patrimoniales y los daños por ganancias dejadas de obtener. Cada una de esas partidas e daños merece un estudio pormenorizado. Así, por ejemplo, se constatan enormes problemas en cuanto a la identificación e indemnización separada de los daños por frustración o pérdida de vacaciones, así como la nesesidad de establecer unas circunstancias a las que los jueces deban acogerse para llevar a cabo su valoración discrecional. La tesis propone que dichas circunstanciasd sean el alcance del incumplimiento del contrato de viaje, las condiciones personales del consumidor, el tipo de vacaciones objeto del viaje contratado y el valor residual de las vacaciones.
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La Propuesta para la Modernización del Derecho de Obligaciones y Contratos, hecha pública por la Sección Primera, de Derecho Civil, de la Comisión General de Codificación española en 2009, introduce una nueva concepción del contrato civil, de manera especial incorpora el nuevo concepto de cumplimiento contractual que se defiende en los textos legales europeos sobre la compraventa y en el borrador del Commnon Frame of Reference, así como en la normativa europea sobre los Derechos de los consumidores. En este artículo se da cuenta de tales avances en cuanto pueden referirse, no solo al contrato de compraventa, regulado ex novo en la Propuesta, sino también al contrato de servicios. Se propone centrar la mirada también en este contrato y acometer su regulación.
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Este trabajo busca encontrar una solución para aquel consumidor local que ha celebrado un contrato de compraventa internacional de mercaderías, y el bien objeto de contrato tiene un defecto que genera daño. Propone la aplicación de la falta de conformidad, a través de la figura del efecto atenuado del orden público, como una medida que sustituye la responsabilidad por producto defectuoso contenida en la ley 1480
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En este trabajo se analizará el incumplimiento contractual dentro de la Contratación Pública , para lo cual se deberá tener claro lo que es un contrato, lo que es un contrato administrativo, los elementos y principios que rigen la contratación. Por último, centraré mi estudio en el tema principal de esta monografía, estableciendo lo que es el incumplimiento contractual, el incumplimiento del contratista y de la administración, para poder llegar a establecer por último la responsabilidad del Estado en el retardo de la entrega de la obra pública que se va a derivar del incumplimiento contractual.
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En todo contrato las personas en su calidad de partes podrán instar al órgano judicial para revisar el negocio jurídico pactado cuando las prestaciones se vuelven excesivamente onerosas para alguno de los contratantes en virtud del acaecimiento de hechos imprevisibles, extraordinarios, inevitables y ajenos a la voluntad de estas. Empero, algunos códigos civiles niegan la posibilidad de aplicación de esta teoría a determinados tipos contractuales, entre estos a los contratos aleatorios, y particularmente el de seguro. En este sentido un sector de la doctrina también ha apoyado este planteamiento partiendo del análisis de que sería impropio hablar de imprevisión en un tipo contractual que se configura exactamente por la presencia de elementos imprevisibles que van a determinar el resultado final del contrato. Pero negar esta posibilidad sería ir en contra de la buena fue como principio general del Derecho, que en sede de contratos adquiere especial relevancia. Ante este imperativo, el presente artículo discurre sobre la tesis que permite aplicar la revisión judicial de los contratos aleatorios, en especial del contrato de seguro a partir del análisis histórico - doctrinal y legislativo de la teoría de la imprevisión y su relación con el alea como elemento característico de estos tipos contractuales.
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Las necesidades de efectivo en las medianas empresas del sector comercio han ido en aumento a lo lardo estos años, aunado con la globalización que ha traído empresas de nivel mundial a competir con las empresas nacionales lo que ha causado un estancamiento en sus ventas, y una creciente necesidad de capital de trabajo para poder seguir vigentes en este ambiente tan competitivo. Se pretende con este trabajo la implementación de un sistema estándar de capital de trabajo para la mediana empresa basado en el contrato de factoraje, para la agilización de obtención de este y así poder continuar sus labores y ser más competitivos ante estos nuevos agentes. El trabajo se ha estructurado en tres capítulos y el contenido de cada uno de ellos es el siguiente: El capítulo I, incluye las generalidades de la empresa mercantil, así de conceptos básicos de factoraje, capital de trabajo, contratos, así como también las generalidades del análisis financiero de corto plazo, los aspectos generales de la determinación de necesidades de capital de trabajo. El capítulo II, está conformado por el diagnostico de situación actual de uso del contrato de factoraje para obtención de capital de trabajo. En este se describe la metodología empleada para realizar la investigación de campo y seguido la presentación de los resultados de la investigación de campo mediante un análisis de la información recolectada directamente de las 33 Medianas Empresas, con base a dichos resultados se establecen las conclusiones de la situación financiera actual de las Medianas Empresas del Sector Comercio en el Municipio de San Salvador En El Capítulo III, se ha creado una Propuesta de Obtención de Capital de trabajo para la mediana Empresa del Sector Comercio Basado en el Contrato de Factoraje en el Municipio de San Salvador, cuya finalidad es el de maximizar el desempeño financiero de dicho rubro, en este capítulo se presenta además se presenta el correspondiente plan de implementación
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La investigación analiza si, con el horizonte del Libro Sexto del Código Civil de Cataluña relativo a las obligaciones y los contratos, el legislador catalán tiene que mantener el modelo tradicional de la rescisión por lesión ultradimidium, o bien tiene que integrar esta institución en el marco de la protección de la parte débil del contrato, en la línea de las modernas propuestas de derecho europeo.
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La reciente publicación del draft del Common Frame of Reference invita a reflexionar sobre la figura del contrato de servicios, tal como ha sido desarrollada por el Study Group on a European Civil Code, y respecto de la que encontramos verdaderas innovaciones en comparación con la teoría tradicional que aún mantienen nuestra doctrina y jurisprudencia. El objeto del trabajo es exponer algunas de las soluciones que propone el derecho contractual europeo, e incidir en la posibilidad y conveniencia de su aplicación en nuestro país, con vistas a la oportuna elaboración de la tan esperada regulación civil sobre el contrato de servicios.
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En sus inicios, la huelga como tal, era considerada jurídicamente como un delito o como una libertad, pero no como un derecho, y así, se mantuvo durante muchos años. En una primera etapa, común en los ordenamientos jurídicos europeos del S. XIX, la huelga no fue admitida como un fenómeno de protesta lícito, por su origen y desarrollo claramente colectivo, consti-tuyendo de forma clara un atentado a los principios de la concepción individualista de la rela-ción laboral; de ahí que fuese reprimida enérgicamente por la vía penal al ser considerada un delito. En una segunda etapa, encontramos primero que se toleró a medida que las conciencias políticas y sus nuevas ideas entendieron que el fenómeno era imparable, con lo que a pesar de existir normas penales que prohibían y castigaban esas manifestaciones colectivas de trabaja-dores no se hacía uso de la represión. Más tarde se aceptó abiertamente pero no se reguló, lo que dio lugar a que al ser calificada la conducta del trabajador como una falta voluntaria de asistencia al trabajo, pudiese ser reprimida por el empresario y así justificar su despido por incumplimiento contractual, es decir, la huelga como libertad individual jugaba exclusivamen-te en el marco de la relación laboral individual de trabajo, pudiendo provocar, si esa era la decisión del patrono, la ruptura del contrato. No había excusa, en este supuesto, dado que la orden sindical de ir a la huelga no cambió la naturaleza del acto del trabajador, que, como se ha dicho anteriormente, representaba un incumplimiento de la obligación contractual
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En este artículo se analizará la forma de los contratos de crédito al consumo, con especial atención a la manera en que debe exteriorizarse la declaración de voluntad (por escrito, en otro soporte duradero) y al contenido del contrato (menciones que forman parte de la información contractual). Lo primero es la forma "externa" y lo segundo es la forma "interna" del contrato. La diferenciación entre forma interna y forma externa también sirve para analizar el deber de información precontractual. Los efectos civiles previstos en la ley para el caso de contravención debe tener en cuenta esa distinción. El análisis se centra en la ley española de crédito al consumo, pero otros ordenamientos jurídicos se tomarán igualmente en consideración.
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El treball que es presenta conté un text articulat sobre la part de teoria general del contracte (arts. 612-1 i següents) del llibre sisè del Codi Civil de Catalunya. El procés de codificació civil que es viu a Catalunya justifica aquest treball, que podria ser útil per a elaboració del llibre sisè del CCCat dedicat a les obligacions i els contractes. El treball consta d’una proposta de text articulat, amb el seus respectius comentaris a cada article. Es tracta del capítol segon del títol primer del llibre sisè, i es divideix en les següents seccions: 1) El contracte, els seus elements essencials, i la seva eficàcia; 2) La formació del contracte; 3) La interpretació del contracte; i 4) La ineficàcia del contracte, que inclou l’anàlisi dels vicis del consentiment. El treball ha pres com a referència les principals propostes d’harmonització del dret contractual (Principis Unidroit [PICC], Principis de Dret Contractual Europeu [PECL], Marc Comú de Referència [DCFR], i l’Instrument Opcional sobre Compravenda Europea [CESL] i la regulació dels codis més moderns (entre ells, el del Quebec, l’Holandès, el Portuguès o l’Italià) i les seves propostes de reforma (el projecte Terrè a França, i la Propuesta de Modificación del Código Civil Español en materia de obligaciones y contratos). En la proposta presentada s’incorporen institucions no regulades en el Codi civil espanyol actualment vigent a Catalunya en la seva condició de dret supletori, i s’omplen algunes llacunes d’aquest cos legal. Es poden citar, entre elles, les clàusules abusives dels contractes, el canvi en les circumstàncies essencials del contracte, el contracte per a persona per designar, la responsabilitat per culpa in contrahendo, les cartes d’intencions, el règim de l’oferta i l’acceptació del contracte, els contractes preparatoris, els drets de preferència, la possibilitat d’anul·lació del contracte per concessió d’un avantatge injust a alguna de les parts, i el règim dels contractes en frau de creditors.
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Gestión del conocimiento